Autor: CEPYME Aragón

  • El Gobierno aprueba la jubilación anticipada para profesiones penosas y peligrosas

    El Gobierno aprueba la jubilación anticipada para profesiones penosas y peligrosas

     

    El objeto de esta norma es regular el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores, respecto de aquellas ocupaciones o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, en desarrollo de la previsión contenida en el artículo 206 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

    Conforme a lo establecido en el artículo 206.1, párrafo tercero, del citado texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el establecimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación solo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo.

    Será requisito indispensable que quede acreditado que las personas trabajadoras se encuentren en la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente por razón del desempeño de las ocupaciones o actividades profesionales que permiten la aplicación de los correspondientes coeficientes reductores y prestando servicios efectivos en las mismas, o que se encuentren en la situación de prolongación de efectos económicos de la situación de incapacidad temporal prevista en el artículo 174.5 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de forma subsiguiente a la referida alta.

    Deberá acreditarse igualmente que se ha permanecido realizando un trabajo efectivo en la ocupación o actividad penosa, tóxica, peligrosa o insalubre durante un periodo equivalente al periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la ordinaria de jubilación previsto en el artículo 205.1.b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, indicándose igualmente que para el cómputo del tiempo efectivamente trabajado a efectos de la aplicación del coeficiente reductor para la anticipación de edad se descontarán los periodos en los que la persona trabajadora no haya desarrollado la actividad penosa, tóxica, peligrosa o insalubre.

     

    Reconocimiento y contenido de los coeficientes reductores

     

    El reconocimiento de los coeficientes reductores se llevará a cabo, en los términos y condiciones previstos en este real decreto, respecto de aquellas ocupaciones o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, en las que concurra alguna de las siguientes condiciones:

    • Que, en función de los requerimientos físicos o psíquicos exigidos para su desempeño, experimenten un elevado índice de morbilidad o mortalidad a partir de una determinada edad.
    • Que su desempeño ocasione secuelas que den lugar a elevados índices de morbilidad o mortalidad.

     

    Para acreditar la concurrencia de las condiciones objetivas que justifiquen anticipar la edad de jubilación mediante la aplicación de coeficientes reductores se estará a los indicadores que se relacionan en el anexo de la norma y relativos a la incidencia, persistencia y duración de los procesos de incapacidad temporal, las declaraciones de incapacidad permanente y los fallecimientos.

    La aplicación de coeficientes reductores, respecto de cada ocupación o actividad profesional, habrá de establecerse a través del correspondiente real decreto, una vez que se determine la procedencia de su tramitación como consecuencia del procedimiento establecido en el capítulo III de la norma.

     

    Reducción de la edad de jubilación por aplicación de los coeficientes reductores.

     

    Para las ocupaciones o actividades profesionales que cumplan las condiciones establecidas, la edad ordinaria exigida en cada caso para el acceso a la pensión de jubilación de acuerdo con el artículo 205.1.a) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor que se establezca en el real decreto correspondiente al tiempo efectivamente trabajado en la ocupación o actividad profesional.

    El periodo de tiempo en el que resulte efectivamente reducida la edad de jubilación de la persona trabajadora, se computará como cotizado exclusivamente para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de jubilación.

    La aplicación de la reducción para la anticipación de la edad de jubilación en ningún caso dará lugar a que la persona trabajadora pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los cincuenta y dos años.

     

    Procedimiento previo para determinar los supuestos en que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores

     

    La norma establece (nos remitimos a su contenido) el procedimiento a seguir para determinar la procedencia de anticipar la edad de jubilación mediante la aplicación de coeficientes reductores, otorgando legitimación a organizaciones empresariales, de trabajadores y sindicales, y que culmina con la publicación del pertinente decreto que recoja el coeficiente o coeficientes acordados.

    Real Decreto completo

  • Apagón del 28 de abril: ¿Qué deben hacer las empresas para reclamar daños?

    Apagón del 28 de abril: ¿Qué deben hacer las empresas para reclamar daños?

     

    Como en cualquier reclamación por daños, además de justificar los daños sufridos, su valoración, y su relación causal con el hecho del que se trate, se hace necesario un tercer y esencial elemento: acreditar la autoría o entidad responsable del mismo.

    Nos encontramos todavía a la fecha – en relación al evento del pasado 28 de abril – en fase de averiguación de la entidad o entidades responsables (por acción u omisión) del cese de suministro eléctrico sufrido. Es decir, es necesario saber primero quién es el responsable de dicho daño.

    Hasta ese momento la labor de los perjudicados no es poca: recopilar y acreditar con su pertinente valoración los daños sufridos con motivo del apagón, a espera de conocer a los responsables contra los que dirigir la reclamación que proceda.

    Adelantándose a la concreción de la autoría todavía por determinar, es en todo caso recomendable que los autónomos o empresas, planteen sin mucha demora reclamación, y aportando la relación de daños y valoración (ya sea inicial), a la oficina de atención al cliente o de reclamaciones de la compañía distribuidora de electricidad con la que tenga tal servicio contratado, e incluso directamente contra Red Eléctrica Española, como operador del sistema eléctrico español con la misión primordial es la de garantizar el correcto funcionamiento del suministro eléctrico.

    Tal notificación de daños debería realizarse igualmente con las aseguradoras con las que se tengan pólizas contratadas, a fin de averiguar la existencia de posibles coberturas por daños eléctricos.

    En esto no hay diferencias esenciales entre empresas y particulares o consumidores finales, y por ello trasladamos, en lo que pudiera ser de utilidad, la publicación de una Guía para el ejercicio de derechos de consumo tras el apagón eléctrico del 28 de abril de 2025 publicada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y que, aun sabiendo que su destinatario es el consumidor final particular, será de utilidad igualmente para las empresas y autónomos en cuanto a las prevenciones básicas antes expuestas, como la acreditación y valoración del daño, obtención y custodia de pruebas, uso de las pólizas de seguro que se tengan contratadas.

    Más información sobre la Guía

     

    Otras posibilidades

     

    Dicho lo cual, dado que se ha tratado de un evento generalizado, acaecido de forma extraordinaria e imprevista – no es descartable que lo sucedido pueda calificarse como un caso de “fuerza mayor” y, en consecuencia, haya que esperar a que por la Administración se pudieran aprobar ayudas o compensaciones para los afectados, decayendo las posibles reclamaciones a empresas o entidades inicialmente expuestas.

    También puede mencionarse, a espera de concreción de autoría, como hemos indicado, de la declaración o no de fuerza mayor  y como hipótesis, la posible reparación de los daños y perjuicios sufridos, por la vía de la exigencia de responsabilidad patrimonial a la Administración Pública, por la prestación del servicio público esencial del suministro eléctrico, dado que la Administración está obligada a indemnizar toda lesión que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor.

    En cualquier caso, la imprescindible labor de las empresas será la de acreditar la realidad los daños sufridos y su cuantificación.

  • Descárgate ya el Boletín Informativo PRL del mes de mayo

    Descárgate ya el Boletín Informativo PRL del mes de mayo

     

    CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, ha publicado el Boletín Informativo PRL correspondiente al mes de mayo de 2025, encuadrado en el marco de las acciones desarrolladas por la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa correspondientes a la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales correspondientes a 2024.

    Este Boletín informativo, que se edita de forma mensual, contiene información sobre guías, publicaciones, e información de interés y trata de ser una herramienta de apoyo a la actividad preventiva, que contribuya al fomento de la cultura preventiva y permita implantar la prevención de riesgos laborales de forma eficaz y eficiente.

    El boletín contiene información actualizada sobre temas relacionados con la prevención de riesgos laborales, con información técnica y jurídica en materia preventiva, seguridad y salud laboral, higiene industrial, ergonomía, etc.

    A través de estos boletines pretendemos proporcionar a las empresas, especialmente pymes y a las personas trabajadoras información actualizada sobre prevención de riesgos laborales y apoyar en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en las pymes facilitando su gestión diaria.

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  • CEPYME Teruel celebra en Alcañiz una jornada clave para la digitalización de las empresas

    CEPYME Teruel celebra en Alcañiz una jornada clave para la digitalización de las empresas

     

    CEPYME Teruel ha celebrado en Alcañiz la jornada “Transformación Digital en Pymes: Facturación Electrónica y Registro Horario”, una cita dirigida a aquellas empresas que buscan adaptarse a los nuevos entornos digitales. Esta actividad se enmarca dentro de la II Semana de la Pyme en Aragón, impulsada por el Gobierno de Aragón a través de la Dirección General de Pymes y Autónomos.

    El propósito de este acto ha sido dotar a las empresas de recursos y conocimientos prácticos para implementar la facturación electrónica y el registro digital de la jornada laboral. De este modo, los asistentes han aprendido claves para mejorar sus procesos, reducir gastos y cumplir con la normativa actual. A través de esta jornada, CEPYME Teruel también ha querido mostrar cómo la digitalización puede convertirse en una aliada clave para crecer y ser más competitivos en el mercado actual.

    Con este tipo de iniciativas, la patronal refuerza su compromiso con el tejido empresarial de la provincia, ofreciendo apoyo constante e información útil para afrontar los retos presentes y futuros con mayores garantías de éxito.

    El evento se ha desarrollado en el Espacio LICEO de Alcañiz, que ha congregado a numerosos empresarios interesados en digitalizar sus negocios. Durante el discurso de apertura, el vicepresidente primero de CEPYME Teruel, Daniel Giner, no ha querido perder la ocasión para reivindicar la necesidad de maximizar las ayudas de funcionamiento entre el tejido empresarial del territorio. Además, ha valorado positivamente la celebración de iniciativas como la Semana de la Pyme en Aragón y la gran acogida que ha tenido esta jornada entre los empresarios de la zona.

    Por su parte, el director general de Desarrollo Estatutario del Gobierno de Aragón, José María Fuster, ha destacado la importancia que tiene para las empresas adaptarse a la transformación digital para no quedarse fuera.

    Tras estas intervenciones, ha sido el turno de la empresa Solitium, que ha abordado las claves de la facturación electrónica, centrándose en temas como la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece, los sistemas Sage 50 y Sage 200, Verifactu, las ayudas de digitalización que pueden solicitar las empresas, entre otras cuestiones.

    Por último, la empresa Starglob ha ofrecido una ponencia sobre el registro digital de la jornada laboral, en la que ha explicado qué exige esta nueva normativa, las sanciones que conlleva no cumplirla, qué debe cumplir una solución de fichaje, entre otros temas que afectan a las empresas.

    El encuentro ha finalizado con un cóctel, que ha permitido a los asistentes intercambiar ideas y crear nuevas oportunidades de colaboración.

    Con esta jornada, CEPYME Teruel finaliza los dos actos que ha organizado con motivo de la celebración de la II Semana de la Pyme en Aragón.

  • CEPYME Teruel impulsa la digitalización de las pymes con una jornada sobre facturación electrónica y registro horario

    CEPYME Teruel impulsa la digitalización de las pymes con una jornada sobre facturación electrónica y registro horario

    Con motivo de la II Semana de la Pyme en Aragón, CEPYME Teruel, con el apoyo del Gobierno de Aragón a través de la Dirección General de Pymes y Autónomos, ha celebrado esta mañana la jornada “Transformación Digital en Pymes: Facturación Electrónica y Registro Horario” en la capital turolense. La iniciativa ha reunido a empresarios interesados en conocer las claves para adaptarse a los nuevos retos digitales y normativos que afectan a su actividad diaria.

    Durante el encuentro, los asistentes han conocido de la mano de expertos las herramientas y conocimientos necesarios para implantar la facturación electrónica y el registro digital del horario laboral en su empresa. El objetivo de esta iniciativa ha sido ofrecer a las empresas turolenses información práctica sobre la implantación de la facturación electrónica y el control digital de la jornada laboral, dos herramientas clave para mejorar la eficiencia de los procesos, reducir costes y asegurar el cumplimiento normativo. Además, se ha puesto en valor la digitalización como palanca estratégica para el crecimiento y la competitividad empresarial.

    El presidente de CEPYME Teruel, Jesús Blasco, ha sido el encargado de inaugurar la jornada y ha explicado que con este evento se pretende informar a las pymes de estos nuevos retos que tienen en cuanto a obligaciones, tanto normativas como de actualización, por lo que respecta a la digitalización e informatización de las empresas.

    Tras su intervención, Alba Castellà, asesora comercial en Solitium, ha impartido una ponencia sobre facturación electrónica, en la que ha abordado temas como la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece, los sistemas Sage 50 y Sage 200, entre otras cuestiones de interés para las empresas.

    A continuación, ha sido el turno de Gabriel Fuertes, CEO de Starglob, quien ha dado una charla sobre el registro digital del horario laboral, en la que ha explicado la importancia de la adaptación de las empresas a la nueva normativa de control horario, qué exige esta nueva ley, las sanciones que conlleva no cumplirla, entre otros temas.

    El director general de Desarrollo Estatutario del Gobierno de Aragón, José María Fuster, ha sido el encargado de clausurar esta jornada. En su intervención, ha destacado el papel clave de la revolución digital y la IA, así como la importancia de saber utilizar estas herramientas en nuestros trabajos. También ha puesto en valor la celebración de la II Semana de la Pyme en Aragón, que se está desarrollando estos días por todo el territorio aragonés.

    Como colofón, los asistentes han disfrutado de un coffee networking, donde han podido intercambiar ideas y experiencias y establecer nuevos contactos.

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