Autor: CEPYME Aragón

  • Mejora la seguridad de tu equipo con esta formación gratuita en conducción segura

    Los accidentes in itinere y en misión son la principal causa de fallecimiento por accidente laboral, solo por detrás de las causas naturales. De hecho, 1 de cada 3 fallecidos por accidente laboral se produce por accidente in itinere y en misión.

    Muchas personas saben conducir, pero son pocas las que saben hacerlo correctamente en situaciones adversas; como la lluvia, nieve, hielo…, y no tienen la formación adecuada para actuar ante una frenada de emergencia o sobre cómo reaccionar en caso de derrape del vehículo, como por ejemplo en un reventón.

    Por eso, el Gobierno de Aragón, en colaboración con Educatrafic, ha organizado una formación para personas trabajadores. Hasta el 30 de junio de 2025 tiene la oportunidad de que su equipo de trabajo pueda realizar sin coste alguno para su empresa ni para sus trabajadores esta formación, que está subvencionada por los fondos New Generation y el Gobierno de Aragón.

    El único requisito es que se trate de trabajadores empadronados en municipios de menos de 20.000 habitantes.

    La formación tiene 25 horas on line y 5 horas presenciales en la escuela de conducción Educatrafic, siendo fundamental estas horas prácticas, porque la conducción es practicar y coger hábitos en nuestra conducción. En este tiempo practicaremos frenadas de emergencia con ABS y sin ABS, frenadas con esquiva y corrección de subvirajes y sobrevirajes.

    Cada curso es de 20 personas como máximo, y se ofrecen en turnos de mañanas, tardes, entre semana y fin de semana, al objeto de facilitar a los trabajadores su realización.

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  • El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Reducción de Jornada que se envía al Congreso

     

    El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Anteproyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión.

    La norma inicia, de esta manera, su tramitación parlamentaria para que la jornada máxima legal sea de 37,5 horas semanales en cómputo anual. Recordamos que las organizaciones empresariales no prestaron su conformidad al texto en las negociaciones previas a su elaboración.

    La web del  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publica la siguiente información sobre el Proyecto de Ley de Reducción de Jornada Laboral, defendiendo su implantación y motivando la necesidad de su reforma:

    El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social el Anteproyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión.

    “Hoy damos un paso decisivo para mejorar la vida a millones de personas trabajadoras en nuestro país, un impulso nuevo a la agenda social”, ha asegurado la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

    La norma inicia, de esta manera, su tramitación parlamentaria para que la jornada máxima legal sea de 37,5 horas semanales en cómputo anual tras más de cuatro décadas de vigencia de la establecida actualmente, de 40 horas semanales. Esta reducción permitirá que espacios ahora de trabajo reviertan en la vida tras una indudable evolución tecnológica y económica en nuestro país.

    “Se trata es de bajar la jornada por ley para que este derecho llegue donde la negociación colectiva no llega como camareros cuya jornada media es de 39,4 horas, cajeras y dependientas que trabajan más de 39 horas igual que los agricultores y agricultoras o las personas cuidadoras con 38,6 horas semanales” ha explicado la vicepresidenta segunda.

    Esta ley también se justifica por la oportunidad de adaptar la normativa laboral a las nuevas realidades y formas de organización que han demostrado la viabilidad y beneficios asociados a las jornadas laborales más reducidas.

    La medida también es fundamental en términos de seguridad y salud en el trabajo, ya que contribuirá a reducir la carga física y mental que, a su vez, redunda en una disminución del estrés laboral y la fatiga, aumentar la productividad y reducir el riesgo de sufrir accidentes de trabajo. Las jornadas laborales prolongadas provocaron, en el mundo, 745.000 defunciones por accidente cerebrovascular y cardiopatía isquémica en el año 2016, una cifra un 29% superior a la del año 2000.

    La nueva norma pivota sobre un registro de jornada fiable e interoperable, instrumento esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa de tiempo de trabajo y, en consecuencia, el derecho al descanso efectivo y a erradicar las horas extraordinarias no ajustadas a derecho.

    Por otra parte, se garantizar de manera más efectiva el derecho a la desconexión, para evitar que pueda exigirse el desarrollo de la prestación fuera de los horarios pactados, respetando el derecho al descanso y a la propia intimidad de las personas trabajadoras.

  • Cuenta atrás de las empresas para el cambio obligatorio al CNAE-2025

     

    La Tesorería de la Seguridad Social está enviando a las empresas notificaciones/recordatorios sobre la comunicación del cambio del CNAE de la actividad al formato 2025, que deberá realizarse antes del 30 del mes de junio de este año.

     

    ¿Qué información hay que comunicar a la Seguridad Social?

     

    Como ya indicamos en su día, el RD 10/2025, de 14 de enero recogía la nueva clasificación de CNAE 2025.

    Recordábamos igualmente que la Disposición adicional única de dicha norma recogía la obligación de comunicación de la codificación de la actividad económica por parte de los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, que deberán comunicar a la citada entidad, conforme a los procedimientos que esta establezca, la siguiente información:

    • En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los referidos registros a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio de 2025.
    • En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a dichos registros a partir de la entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
    • Asimismo, los sujetos responsables indicados en los párrafos anteriores deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.

     

    ¿Quién está obligado a comunicar el cambio al CNAE 2025?

     

    Están obligados todas las personas dadas de alta actualmente en trabajo autónomo y que, por lo tanto, ya han comunicado su actividad o actividades habituales con su correspondiente CNAE09.

    En función de la actividad o actividades que desempeñes, te puedes encontrar en alguna de estas situaciones:

    • Personas de alta en trabajo autónomo que realizan una o varias actividades, cuyos códigos CNAE09 tienen equivalencia unívoca con los códigos de la CNAE-2025. Este cambio se realizará automáticamente por la Tesorería General de la Seguridad Social. Podrás comprobar en tu Área Personal el nuevo código.
    • Personas de alta en trabajo autónomo que realizan una o varias actividades cuyos códigos CNAE09 tienen distintas opciones de código en el listado CNAE-2025. Es este caso, tienes que comunicar el nuevo código que corresponde a tu actividad o actividades.

    Ten en cuenta que, si realizas varias actividades, tendrás que comunicar el código CNAE25 para aquellas actividades que no tengan una correspondencia única con el antiguo código CNAE09.

     

    ¿Cómo se comunica el nuevo CNAE 2025?

     

    Para comunicar el nuevo CNAE dispones de un nuevo servicio “Comunicar código actividad CNAE25” en Importass y puedes acceder a este servicio de dos formas:

    • Desde tu Área Personal, en la ficha de trabajo autónomo a través del enlace “Datos de trabajo autónomo”. Revisa la información de tus actividades.

    También puedes acceder al servicio desde la App Importass.

     

    ¿Qué plazo hay para comunicar el nuevo CNAE 2025?

     

    El plazo finaliza el 30 de junio de 2025.

    El cambio de CNAE será operativo a partir del 1 de enero de 2026.

    Descargar tabla de correspondencias

  • Ya puedes presentar tu solicitud para integrarte a la Red Aragonesa de Empresas Saludables

     

    El Gobierno de Aragón abre la convocatoria para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables(RAES).

     

    ¿Quién puede adherirse a la Red Aragonesa de Empresas Saludables?

     

    Podrán solicitar la integración tanto microempresas, Pymes, grandes empresas, entidades públicas o cualesquiera otras empresas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

     

    Características de los proyectos

     

    El proyecto o proyectos presentados a esta convocatoria, deben reunir las siguientes características:

    • Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.
    • Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.
    • Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.
    • Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados.

    Se valorarán especialmente los proyectos cuya temática se ajuste a las áreas de trabajo priorizadas por el Gobierno de Aragón:

    • Promoción de alimentación saludable.
    • Promoción de actividad física.
    • Prevención (universal, indicada y selectiva) de adicciones: tabaco, alcohol, ludopatías, otras drogas, nuevas tecnologías.
    • Promoción de la vacunación recomendada a personas adultas.
    • Gestión de la edad y envejecimiento saludable.
    • Proyectos de seguridad vial laboral.
    • Proyectos para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
    • Proyectos para favorecer el bienestar emocional y la gestión del estrés.
    • Gestión de personas trabajadoras con enfermedades crónicas y diversidad funcional.
    • Proyectos para favorecer la igualdad y la participación en la empresa.
    • Otros: proyectos de voluntariado, colaboraciones con ONGs, estrategias de gestión empresarial con repercusión positiva a nivel social y ambiental

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación finaliza el 10 de julio de 2025.

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  • Ayudas a pymes de base tecnológica de hasta 325.000 euros

     

    El Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) y la agencia de innovación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades abren el periodo de solicitudes para la nueva convocatoria 2025 del Programa NEOTEC con un presupuesto total de 20 millones de euros en la modalidad de subvenciones de los cuales 5 millones quedan blindados en exclusiva para la línea Neotec Mujeres. Esta convocatoria financiará proyectos de pequeñas empresas de cualquier ámbito tecnológico y sectorial.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán solicitar las subvenciones las pequeñas empresas de base tecnológica con menos de tres años de antigüedad y un capital social mínimo de 20 000 €, que no hayan distribuido beneficios ni estén cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa. 

    El aspecto más relevante en las propuestas apoyadas en esta línea ha de ser una estrategia de negocio basada en el desarrollo de tecnología (la tecnología debe ser el factor competitivo de diferenciación de la empresa), basándose en la creación de líneas de I+D+i propias.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se financiará la puesta en marcha por parte de pequeñas empresas de proyectos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

    Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

    Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

     

    Cuantía

     

    Las ayudas podrán financiar hasta el 70% del plan de empresa presentado y los proyectos, que deberán iniciarse el 1 de enero de 2026 y, en caso de plan anual, finalizar antes del 31 de diciembre de 2026, o extenderse a proyectos plurianuales hasta el 31 de diciembre de 2027, deberán contar con un presupuesto mínimo de 175.000 euros y un límite de 250.000 euros por beneficiario. Sin embargo, los proyectos que contraten doctores en los términos previstos por la convocatoria recibirán hasta el 85% de financiación de su plan de empresa, con un límite de 325.000 euros.

    Además, la cuantía de la ayuda se incrementará en hasta 10.000 euros si se solicita acceso a la formación especializada en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa.

    Asimismo, tras la resolución definitiva de concesión, se posibilita el anticipo de hasta el 60 % de la subvención, con un tope de 150 000 €, sin avales ni garantías.

    El presupuesto total del programa es de 20 millones de euros en la modalidad de subvenciones de los cuales 5 millones quedan blindados en exclusiva para la línea Neotec Mujeres. Se considera que una empresa está liderada por mujeres cuando cumpla los siguientes requisitos:

    • El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres
    • Las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa

     

    Plazo

    Las solicitudes podrán presentarse del 12 de mayo hasta el 12 de junio de 2025.

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