Autor: CEPYME Aragón

  • Vuelve el Parque de las Marionetas de la asociación ARES. Aragón Escena

    Vuelve el Parque de las Marionetas de la asociación ARES. Aragón Escena

     

    En este año 2022 el Parque de las Marionetas, organizado por el Ayuntamiento de Zaragoza y ARES. Aragón Escena con el patrocinio de Ibercaja, cumple 23 años desde que celebró su primera edición y 12 desde que se incorpora en su diseño el Festival Internacional de Teatro de Feria en su actual ubicación, el Parque José Antonio Labordeta. Esta trayectoria le convierte en uno de los acontecimientos más emblemáticos de la vida cultural de Zaragoza y un buen referente para las compañías de Títeres y los profesionales de la programación del sector, y por supuesto una de las citas más esperadas por las familias en estas fiestas.

    En esta edición de 2022, recuperan la apertura de espacios y espectáculos de libre acceso, y los formatos habituales de antes de la pandemia. Así podremos disfrutar de más de 290 funciones, carruseles, juegos y variados talleres de animación a la lectura, introducción al circo y a la papiroflexia.

    El festival se centra en una programación de calidad para público familiar en el marco de las Fiestas del Pilar, y apuesta por compaginar la tradición popular con la innovaciónapostando por la creatividad local y la participación de compañías de prestigio nacionales e internacionales en el Teatro de Títeres y Marionetas y el Teatro Infantil y familiar. En la sección internacional podemos destacar la participación de Puran Bhatt (India); Salvatore Gatto (Nápoles, Italia); Théâtre Pas Sage (Francia); Hugo Suarez e Inés Pasic (Perú y Bosnia); Valeria Gugliette y Quique Di Mauro (Argentina); y Daniel Raffel (Francia).

    En la sección nacional, Ymedio Teatro (Andalucía); Xarop Teatre (C.Valencia); Tanxarina (Galicia); Siesta Teatro (Andalucía); Mar Rojo (Asturias); y de Cataluña, Eugenio Navarro, Galiot Teatre y Eudald Ferré.  En la sección aragonesa contamos con Ttitiriteros de Binéfar; Títeres de la Tía Helena; Teatro Arbolé; Títeres sin Cabeza; Circo la Raspa; Civi Civiac y Teatro Che y Moche con su Orquesta Zingarozana.

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  • CEPYME Aragón, CEOE Aragón, CEPYME Teruel y CEOE Teruel muestran su decepción por los requisitos para albergar la sede de la Agencia Espacial

    CEPYME Aragón, CEOE Aragón, CEPYME Teruel y CEOE Teruel muestran su decepción por los requisitos para albergar la sede de la Agencia Espacial

     

    CEPYME Aragón, CEOE Aragón, CEPYME Teruel y CEOE Teruel quieren expresar su decepción tras la aprobación en el Consejo de Ministros del pasado martes de los requisitos para elegir a la sede que albergará la futura Agencia Espacial Española y la Agencia de Inteligencia Artificial.

    Las organizaciones empresariales critican que cualquier opción que parece abrirse en favor de la cohesión territorial y la lucha contra la despoblación en la provincia de Teruel se convierta en una nueva oportunidad perdida por la incoherencia de unos requisitos incompatibles con la España despoblada.

    El compromiso estatal en la lucha contra la despoblación debe plasmarse en acciones concretas, como sería la instalación de la Agencia Espacial Española en Teruel, ya que revertir la situación exige apoyar que haya en territorios como Teruel proyectos de futuro, dinamizadores y engarzados con su tejido productivo local.

    A pesar de la nula sensibilidad demostrada en la definición de los criterios de selección de la sede de la futura agencia hacia los territorios más despoblados, la candidatura compartida de Teruel y Aragón, sigue presentando todos los requisitos objetivos para ser valorada como una alternativa tan adecuada como cualquier otra.

    Por ello, desde CEPYME Aragón, CEOE Aragón, CEPYME Teruel y CEOE Teruel seguiremos brindando todo nuestro apoyo, experiencia, medios y recursos disponibles para colaborar con el conjunto de las administraciones aragonesas en la presentación de la mejor de las candidaturas posible.

    Estamos convencidos de que la implantación de la Agencia Espacial Española en Teruel supondría un impulso tanto para Teruel y Aragón, como para la propia agencia, y demostraría la verdadera apuesta del Gobierno por la descentralización.

  • Participa en la encuesta para la estrategia del Pacto por el Diseño

    Participa en la encuesta para la estrategia del Pacto por el Diseño

     

    CEPYME Aragón está colaborando con diferentes entidades del sector del diseño a escala nacional, unidas en torno a un grupo que se ha denominado La Multilateral.

    Esta entidad, entre otras  actuaciones ha elaborado un Pacto por el diseño https://pactoporeldiseno.es/, como paso para la unión de intereses que conduzca a la puesta en marcha de una Estrategia Nacional de Diseño de nivel estatal.

    En este momento se persigue elaborar un documento, abierto a la participación de diferentes sectores y estamentos, que pueda servir de base para la elaboración de esta Estrategia. Es por ello que se quiere conocer la opinión del sector empresarial sobre una iniciativa de este tipo, su valoración, y propuestas.

    Por ello te invitamos a que te tomes unos minutos en su cumplimentación, en la convicción de que esta iniciativa de concluir con éxito redundará en beneficio también del sector empresarial.

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  • ¿Cómo modifica el Estatuto de los Trabajadores la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual?

    ¿Cómo modifica el Estatuto de los Trabajadores la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual?

     

    Además de modificaciones en los tipos penales previstos en el Código Penal y la adopción de diversas medidas de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual modifica (entre otras normas) el actual Estatuto de los Trabajadores:

    Disposición final decimocuarta. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

    Se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en los siguientes términos:

    Uno. Se modifica el primer párrafo del apartado 8 del artículo 37, (referente a descansos semanales, fiestas y permisos) que quedará redactado como sigue:

    «Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctima de violencia de género, de violencias sexuales o de terrorismo tendrán derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa. También tendrán derecho a realizar su trabajo total o parcialmente a distancia o a dejar de hacerlo si este fuera el sistema establecido, siempre en ambos casos que esta modalidad de prestación de servicios sea compatible con el puesto y funciones desarrolladas por la persona.»

    Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo 40 (referente a movilidad geográfica), que queda redactado como sigue:

    «4. Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia de género, de víctimas del terrorismo o de víctimas de violencias sexuales, que se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venían prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.

    En tales supuestos, la empresa estará obligada a comunicar a las personas trabajadoras las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro.

    El traslado o el cambio de centro de trabajo tendrá una duración inicial de entre seis y doce meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto de trabajo que anteriormente ocupaban las personas trabajadoras.

    Terminado este periodo, las personas trabajadoras podrán optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior, la continuidad en el nuevo, decayendo en este caso la obligación de reserva, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.»

    Tres. Se modifica la letra n) del apartado 1 del artículo 45 (referente a causas y efectos de suspensión del contrato), que queda redactada como sigue:

    «n) Decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género o de violencia sexual.»

    Cuatro. Se modifica la letra m) del apartado 1 del artículo 49 (referente a causas de extinción del contrato) , que queda redactada como sigue:

    «m) Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género o de violencia sexual.»

    Cinco. Se modifica la letra b) del apartado 4 del artículo 53 (referente a forma y efectos de la extinción del contrato por causas objetivas), que queda redactada como sigue:

    «b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a); el de las personas trabajadoras que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 37, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en el artículo 46.3; y el de las trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencia sexual por el ejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos en esta ley para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.»

    Seis. Se modifica la letra b) del apartado 5 del artículo 55 (referente a forma y efectos del despido disciplinario) , que queda redactada como sigue:

    «b) El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a); el de las personas trabajadoras que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 37, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en el artículo 46.3; y el de las trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencia sexual por el ejercicio de derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos en esta ley para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.»

    Ley completa

  • Taller FITCA: Marca y estrategias digitales de marketing

    Taller FITCA: Marca y estrategias digitales de marketing

     

    FITCA en colaboración con la consultoría de marketing MARIA GURREA  y contando para su financiación con el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, pone en marcha un taller en formato presencial que, por su contenido, es de importancia vital para las empresas del sector textil y moda, el cual se basa en dos retos en un mercado tan complejo como el que estamos viviendo y que no debemos ignorar si queremos que nuestra empresa sea cada vez más competitiva: “LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL ESTRATÉGICA y LAS CLAVES PARA CREAR UNA MARCA FUERTE”.

     

    Transformación Digital Estratégica

    En un mundo digital marcado por silos tan distintos de información y tecnología, el responsable de una empresa necesita una visión global y estratégica que pasa por el conocimiento de las herramientas digitales que existen para ordenar e informar sus decisiones. Todos sabemos que en esta rueda de aprendizaje hay que estar actualizado, pero también importa más que nunca poner en valor los cimientos del marketing y su papel en el mundo digital.

    La transformación digital global de la empresa va mucho más allá de implementar plataformas digitales y la mejor tecnología, la mayor parte del éxito depende de elementos no digitales. La transformación digital exitosa es la que, desde la dirección, promueve la integración desde la estrategia, necesidades y capacidades de la empresa.

     

    Claves para crear una marca fuerte
     
    Una marca fuerte, es una garantía de éxito para afrontar los retos de un entorno de cambio constante, en el que lo único que no se puede ser es un commodity.

    Desde la experiencia, se compartirán las claves para crear una marca potente analizando diferentes modelos de branding de éxito al alcance de los asistentes, porque como dijo Howard Schulz, CEO de Starbucks “las marcas fuertes no salen de una agencia de comunicación o de un despacho de marketing, sino que emanan de todo lo que hace una empresa”
     

    Tu marca a análisis

    Los participantes en el programa, podrán optar, si así lo desean a un informe de su empresa con estudio, diagnóstico y propuestas de actuación.  

     

    DIAS TOTALES: 8   HORAS: 20 HORARIO: 17:00/19:30 

    OCTUBRE:
    19 (miércoles) 26, 27 (miércoles y  jueves) 

    NOVIEMBRE:
    2, 3 (miércoles y  jueves)  9, 10, 11 (miércoles,  jueves y viernes)

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