Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Ayudas a empresas del sector audiovisual para la realización de cortometrajes

    Ayudas a empresas del sector audiovisual para la realización de cortometrajes

     

    Publicada la convocatoria de ayudas durante el ejercicio 2023 para la realización de cortometrajes de ficción, documentales o de animación por empresas del sector audiovisual aragonés.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán solicitar estas subvenciones las empresas, tanto personas físicas como jurídicas, con domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.

    Se podrá solicitar ayuda para coproducciones, siempre que la empresa solicitante tenga su domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Asimismo, deberá tener una participación como mínimo de un 20% en el coste total de la coproducción.

     

    Modalidades

     

    Cortometrajes director novel

    Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por un director novel (empresario individual) o por una productora con menos de dos años de antigüedad, ambos con domicilio social en Aragón y que no hayan registrado anteriormente ninguna producción audiovisual en algún depósito legal.

     

    Cortometrajes empresas del sector

    Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón, tanto empresario individual que con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria haya realizado y registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal, como empresa productora con más de dos años de antigüedad o que haya registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal.

    En ambas modalidades la solicitud de subvención será para el proyecto completo, debiendo estar terminado el cortometraje y registrado en un Depósito Legal a fecha 13 de noviembre de 2023.

     

    Cuantía

     

    La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 euros en ninguna de las dos modalidades.

    La cuantía máxima de la subvención no será superior a 7.000 euros en la primera modalidad y a 10.000 euros en la segunda.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 4 de mayo de 2023.

    Orden completa

  • ITAINNOVA pone en marcha una nueva edición de sus Bonos Tecnológicos para pymes aragonesas

    ITAINNOVA pone en marcha una nueva edición de sus Bonos Tecnológicos para pymes aragonesas

     

    El Instituto Tecnológico de Aragón ITAINNOVA pone en marcha su cuarta edición del Programa Bonos Tecnológicos, que suponen descuentos para contratar servicios de desarrollo tecnológico, transferencia y ensayos.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser seleccionadas para este programa las empresas que:

    • Tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Aragón
    • Ostenten la condición de PYME
    • Estén válidamente constituidas a fecha de presentación de la solicitud

     

    Cuantía

     

    Los Bonos se articulan como descuentos para desarrollar el trabajo acordado con las pymes.

    El importe del descuento puede ser del 50% para proyectos de I+D+i (con un máximo de 15.000 euros) y del 20% para ensayos (con un máximo de 5.000 euros).

    A estos porcentajes se añade un 10% más para pymes de fuera del término municipal de Zaragoza, y, como novedad, también se suma este 10% a las pymes que hayan participado en los programas INNOIDEA e INNORUTA promovidos desde el centro tecnológico.

    Al igual que en años anteriores, cada empresa sólo podrá disfrutar de un bono, y las pymes que ya hayan participado en ediciones anteriores no podrán acumular un descuento total mayor de 5.000 euros, a excepción de las participantes en INNOIDEA e INNORUTA a las que no se aplicarán restricciones. 

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta que se agoten los fondos disponibles y la asignación de los Bonos se realizará por orden de llegada.

    Más información

     

    Recuerda que sigue abierta la convocatoria PADIH para pymes

     

    Recuerda que sigue abierta también la convocatoria de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs basado en la prestación de servicios por EDIH españoles, entre los que se encuentra el Aragón EDIH.

    Aragón EDIH lo conforman, además de ITAINNOVA, el Instituto Aragonés de Fomento, la Universidad de Zaragoza, CEPYME Aragón, CEOE Aragón, el Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio y el Clúster TIC de Aragón (Tecnara).

    La ayuda consiste en la prestación de servicios por parte de los EDIH de forma gratuita que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas por parte de las pymes.

    En esta convocatoria, las ayudas financian el 100% de las actuaciones en materia de innovación. En concreto, están enfocadas a servicios de asesoramiento y de implantación de tecnologías digitales disruptivas con el objetivo de transferir tecnología europea de centros de conocimiento de referencia a las pymes para mejorar su competitividad y diferenciación en el mercado.

    Más información

  • Jornada informativa sobre las ayudas al diseño industrial

    Jornada informativa sobre las ayudas al diseño industrial

    El Centro Aragonés de Diseño Industrial en colaboración el Consejo Aragonés de Cámaras, CEPYME Aragón y CEOE Aragón organizan el próximo 19 de abril a las 18 horas una jornada informativa sobre la convocatoria de ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP), publicadas el pasado 10 de marzo en el BOA y cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el 2 de mayo de 2023.

    Estas ayudas son una oportunidad para incorporar las metodologías de gestión del diseño dentro de la cultura empresarial y para diseñar, rediseñar o innovar en un producto, servicio o marca con foco en las necesidades de los clientes o personas usuarias.

    A través de estas ayudas se facilita a la empresa solicitante el acompañamiento de equipos de profesionales homologados en consultoría y diseño durante un proceso completo de gestión del diseño, desde los análisis previos y la detección del proyecto a realizar, la investigación sobre el mercado y las personas usuarias y el desarrollo de un proceso de diseño que converja en un concepto de solución.

     

    Programa

     

    Presentación de la Jornada.

    Representante de las organizaciones empresariales convocantes.

    Introducción de las ayudas.

    Javier Burillo. Jefe de Servicio de Apoyo a la PYME.

    Experiencias con las ayudas.

    • Ana Félez. Directora Comercial de Alcomobi
    • Javier Luis Bail. Director de Bugcle Bioindustrias
    • Ignacio Rey. Director de Desarrollo y Expansión del Mueble

    Exposición de la Convocatoria de 2023.

    Juan Manuel Ubiergo. Director del CADI, Centro Aragonés de Diseño Industrial.

    Inscripción

  • Abierta la convocatoria de subvenciones del “Programa JOVEM” para la contratación de entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro,

    Abierta la convocatoria de subvenciones del “Programa JOVEM” para la contratación de entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro,

     

    Se convocan subvenciones del “Programa JOVEM” para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades:

    • Las entidades locales aragonesas y sus organismos públicos vinculados y dependientes, así como las demás entidades que integran su sector público institucional.
    • Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Las Universidades aragonesas.
    • Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Los proyectos de obras, servicios o actividades a realizar se desarrollarán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, tendrán una duración mínima de seis meses y se ejecutarán por las entidades solicitantes en alguno de los ámbitos previstos.

    Los proyectos de obras o servicios a realizar deberán cumplir los siguientes requisitos:

    • Que se trate de obras y servicios de interés general y social.
    • Que se ejecuten por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
    • Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas participantes.
    • Que el porcentaje de personas trabajadoras desempleadas a ocupar en la realización de la obra, servicio sea, al menos, del 50 por ciento.
    • Que las obras y servicios a ejecutar se inicien en el ejercicio presupuestario de concesión.
    • Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estén subvencionadas por el Instituto Aragonés de Empleo para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
    • Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, se realicen preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.

     

    Requisitos de las personas contratadas

     

    Las personas destinatarias finales de las subvenciones previstas en esta convocatoria son las personas jóvenes mayores de 16 años que figuren inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y tengan la condición de beneficiarias de dicho sistema. Para generar el derecho a la correspondiente subvención, la persona contratada en el marco del Programa JOVEM deberá cumplir los siguientes requisitos:

    • Ser menor de 30 años en la fecha de inicio del contrato subvencionado.
    • Estar identificada como beneficiaria en la base de datos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y haber acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos de acceso al Sistema. Este requisito se deberá cumplir desde, al menos, el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato.
    • Estar desempleada e inscrita como demandantes de empleo en alguna de las oficinas del Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón desde, al menos, el día inmediatamente anterior a la fecha de la contratación.
    • No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de inicio del contrato subvencionado.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 31 de mayo de 2023, inclusive.

    Orden completa

  • Ayudas para el autoempleo y el emprendimiento en Aragón

    Ayudas para el autoempleo y el emprendimiento en Aragón

     

    Se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo que buscan apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando para ello el establecimiento de personas desempleadas como trabajadores autónomos, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones aquellas personas físicas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

    • Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
    • Que se incorporen al negocio familiar como autónomos colaboradores.
    • Que alcancen el primer año de actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia y hayan sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como trabajador autónomo o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
    • Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
    • Que contrate al primer trabajador por cuenta ajena.
    • Que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y soliciten y obtengan un préstamo a título individual.

    Se entenderá que las personas beneficiarias ejercen la actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Colegio profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas se encuentre en el ámbito territorial de Aragón.

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son los siguientes:

    • Para la subvención al establecimiento como trabajador autónomo, la subvención para el fomento del relevo generacional y la subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autónomos colaboradores: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.
    • Para el incentivo a la consolidación de proyectos: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el primer año de actividad.
    • Para la subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la Seguridad Social de la persona contratada
    • Para la subvención financiera: en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Por el contrario, si el préstamo se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, el plazo de seis meses se computará desde dicho inicio. En todo caso, tanto los gastos como los pagos de la inversión deben estar realizados en la fecha de solicitud.

    Para aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal, se hubieran producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes a los que se refieren los tres primeros puntos anteriores se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Para la subvención financiera, en aquellos casos en los que el vencimiento del plazo de seis meses quedase comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y la entrada en vigor de la convocatoria, el plazo de solicitud será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de ésta en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Orden completa

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies