Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Subvenciones a la contratación para cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales

    Subvenciones a la contratación para cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales

     

    Se convocan, para el ejercicio 2023, subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    • Incorporación de socios trabajadores a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales
    • Adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora del empleo y de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
    • Prestación de asistencia técnica

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son las siguientes:

    Para las subvenciones por incorporación de socios trabajadores

    Un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o, cuando se trate de trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo o relación de carácter temporal, desde la fecha de su incorporación como socio trabajador con carácter indefinido.

     

    Para la subvención financiera

    Un mes a contar desde la concesión del préstamo, salvo que se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, en cuyo caso se solicitará en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad.

     

    Para la subvención directa para inversiones

    Sin perjuicio del límite establecido, en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos:

    • A lo largo de los tres primeros años de actividad para los supuestos de empresas de nueva creación.
    • En el plazo de un mes desde la incorporación de los nuevos socios trabajadores.

     

    Para la subvención de asistencia técnica por contratación de director o gerente

    Un mes a contar desde la fecha de dicha contratación.

     

    Para la subvención de asistencia técnica por contratación de estudios, informes o asesoramiento

    En cualquier momento a lo largo de la vigencia de la convocatoria correspondiente, sin perjuicio del límite establecido en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos.

     

    Para aquellos supuestos en que el plazo de solicitud hubiese vencido entre el 1 de octubre de 2022 y el día de entrada en vigor de la presente convocatoria, se podrán solicitar las correspondientes subvenciones en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Orden completa

  • Ayudas a la contratación del Proyecto SURGE para microempresas y autónomos

    Ayudas a la contratación del Proyecto SURGE para microempresas y autónomos

     

    Se convocan para el año 2023 las subvenciones del Proyecto SURGE que busca contribuir a la contratación de trabajadores por cuenta ajena, tanto en el ámbito de la economía verde como en el de la economía digital, así como al desarrollo local a través de microempresas y emprendedores autónomos ubicados en municipios y núcleos de población de la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios las microempresas y emprendedores autónomos de Aragón que contraten trabajadores por cuenta ajena, tanto en el ámbito de la economía verde como en el de la economía digital.

     

    Gastos subvencionables

     

    Podrán ser objeto de subvención los contratos de trabajo que se formalicen con personas desempleadas no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y que pertenezcan a algunos de los siguientes colectivos:

    • Personas jóvenes menores de 30 años.
    • Personas mayores de 45 años.
    • Mujeres, cualquiera que sea su edad.
    • Personas con discapacidad.
    • Personas desempleadas de larga duración, independientemente de su edad, que hubiesen permanecido desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo como demandantes de empleo, al menos, 360 días durante los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.

     

    Los contratos para ser subvencionables deberán cumplir además los siguientes requisitos:

    • El contrato tendrá una duración mínima de seis meses.
    • Se utilizará la modalidad de contrato que mejor se adapte al objeto del mismo.
    • La jornada de trabajo será a tiempo completo.
    • El contrato se formalizará por escrito y se incluirá en el mismo una cláusula para la información y conocimiento de la persona contratada con la indicación “Proyecto SURGE. Gobierno de Aragón. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”.
    • El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón
    • Las empresas beneficiarias deberán mantener durante un período mínimo de seis meses, el nivel de empleo alcanzado tras el nuevo contrato subvencionado. Dicho período se contará desde la fecha de inicio de dicho contrato.
    • La actividad de la empresa o el empleo generado contribuirán al cumplimiento de los objetivos de transformación digital o transición ecológica previstos en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia

     

    ¿Qué se considera empleo verde?

     

    Se considerarán como empleos verdes, entre otros, los siguientes:

    • Procesos de producción de bienes y servicios que incorporen sistemas o tecnologías respetuosas con el medio ambiente.
    • Agricultura y ganadería dirigida a la restauración de los ecosistemas y a implantar modelos de explotación animal más ecológicos y sostenibles.
    • Aprovechamientos forestales y agrarios respetuosos con el medio.
    • Actividades dedicadas a mejorar la eficiencia en el consumo de energía y materias primas.
    • Tratamiento de aguas y residuos.
    • Actividades en el ámbito de la economía circular.
    • Actividades relacionadas con el montaje y el mantenimiento de aerogeneradores y parques eólicos, así como instalaciones solares fotovoltaicas.
    • Actividades que limiten las emisiones de gases de efecto invernadero.
    • Actividades que minimicen la contaminación y la producción de residuos.
    • Actividades que implementen medidas para proteger y restaurar los ecosistemas.
    • Rehabilitación de viviendas y la edificación sostenible.
    • Desarrollo local y sostenible ligado a productos endógenos.
    • Prestación de servicios on-line basados en las nuevas tecnologías de la información y comunicación que contribuyan a una movilidad sostenible y a reducir desplazamientos: teletrabajo, tele-atención médica, teleconferencia, tele-enseñanza o tele-asistencia.
    • Servicios de proximidad, atención de la dependencia e intervención con colectivos vulnerables.
    • Digitalización de documentos que contribuyan a la sostenibilidad ambiental.
    • Desarrollo local rural y servicios de proximidad.
    • Turismo interior y sostenible, turismo rural, turismo cultural y natural, turismo termal, dinamización turística.
    • Comercio sostenible y de proximidad.
    • Actividades vinculadas al turismo ecológico.
    • Cualquier otra actividad en la que, por sus procesos de producción de bienes o prestación de servicios o por las medidas adoptadas, se acredite por el beneficiario su contribución a la transición ecológica y a la reducción del impacto ambiental de dicha actividad

     

    ¿Qué se considera empleo digital?

     

    Se considerarán empleos digitales aquellos que contribuyan a la transformación digital por medio del uso creativo, crítico y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación para alcanzar, a través de competencias digitales, los objetivos relacionados con el trabajo a desempeñar.

    Dichos empleos requieren de conocimientos relacionados con el lenguaje específico básico: textual, numérico, icónico, visual, gráfico y sonoro, así como sus pautas de decodificación y transferencia; el conocimiento de aplicaciones informáticas para la creación de contenidos; el acceso a las fuentes de información; el procesamiento de la información; el conocimiento de los derechos y las libertades que asisten a las personas en el mundo digital; el uso de los medios informáticos para garantizar la seguridad. E

    Entre otros, se considerarán empleos digitales los vinculados a las actividades comerciales online, la digitalización de servicios y procesos, los servicios on-line, la ciberseguridad y seguridad informática; o la Industria 4.0, que incluye, a su vez, las nuevas tecnologías como la robótica, la analítica avanzada, el Big Data, la inteligencia artificial, las tecnologías cognitivas, la nanotecnología y el Internet of Things o “Internet de las cosas” (IoT).

     

    Cuantía

     

    El importe máximo de subvención a obtener por cada empresa beneficiaria será de 5.000 euros a tanto alzado que se concederán por la celebración de un contrato de trabajo.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora, destinataria final de la subvención, salvo en el supuesto de aquellos contratos que, acogidos al ámbito temporal de la presente convocatoria, se hayan iniciado entre el 16 de octubre de 2022 y el día de entrada en vigor de esta convocatoria, en cuyo caso el plazo de solicitud será de 15 días a contar desde dicha entrada en vigor.

    Folleto informativo

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  • Abierta la convocatoria de ayudas del Proyecto MEMTA para microempresas, autónomos, sociedades laborales y cooperativas

    Abierta la convocatoria de ayudas del Proyecto MEMTA para microempresas, autónomos, sociedades laborales y cooperativas

     

    Se convocan para el año 2023 las subvenciones del Proyecto MEMTA, que buscan contribuir al mantenimiento del empleo de los trabajadores contratados por microempresas y trabajadores autónomos, así como el de los socios trabajadores y de trabajo de sociedades laborales y cooperativas, para facilitar la transición productiva hacia la economía verde y la economía digital.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las microempresas y trabajadores autónomos, así como las sociedades laborales y cooperativas, para facilitar la transición productiva hacia la economía verde y la economía digital en municipios y núcleos de población de menos de 25.000 habitantes, donde las empresas beneficiarias han de tener, al menos, un centro de trabajo.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    La realización por la empresa beneficiaria de una actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia la economía verde o a su transformación digital podrá consistir, entre otras, en alguna de las siguientes acciones:

    En el ámbito de la transición ecológica hacia una economía verde:

    • Implantación de medidas que contribuyan al ahorro de energía o a la utilización de energías renovables.
    • Impulso de mercados locales para productos y servicios.
    • Impulso de producción de bienes o prestación de servicios que contribuyan a la transición ecológica y a la reducción del impacto ambiental de dicha actividad.
    • Iniciativas en el ámbito de la economía circular y la reducción de residuos.

    En el ámbito de la transformación digital:

    • Desarrollo de competencias digitales en los empleados a través de acciones formativas.
    • Incorporación de procesos de digitalización.
    • Mejora o implantación de infraestructuras tecnológicas.
    • Impulso de acciones en materia de ciberseguridad y protección de datos.
    • Creación y mejora de contenidos digitales, páginas web y Apps.
    • Implantación de modelos de flexibilización horaria y teletrabajo adaptados al mundo digital para la mejora de la productividad, ayuda a la conciliación y apoyo a una economía sostenible mediante la reducción de las emisiones ligadas al transporte.
    • Creación de plataformas on-line de e-commerce y marketing digital.

     

    Gastos subvencionables

     

    La actividad subvencionada, en función del tipo de beneficiario, podrá consistir:

    a) En el mantenimiento en la plantilla, durante seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la correspondiente subvención, de los trabajadores asalariados por cuenta ajena que, en el momento de la solicitud, tuviera contratados la microempresa o la persona trabajadora autónoma, en un centro de trabajo ubicado en un municipio o núcleo de población de menos de 25.000 habitantes.

    b) En el mantenimiento, durante seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la correspondiente subvención, de los socios trabajadores o de trabajo que, en el momento de la solicitud, estuvieran de alta en la sociedad laboral o cooperativa, en un centro de trabajo de la entidad beneficiaria ubicado en un municipio o núcleo de población de menos de 25.000 habitantes.

     

    Cuantía

     

    La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 5.000 euros por empresa beneficiaria, será 2.500 euros a tanto alzado por cada trabajador por cuenta ajena que figurase contratado mediante contrato temporal o indefinido por la microempresa o trabajador autónomo beneficiario, o por cada persona que tuviese la condición de socia trabajadora o de trabajo en la sociedad laboral o cooperativa beneficiaria.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 5 de mayo de 2023, inclusive.

    Folleto informativo

    Orden completa

  • Ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para concurrir a programas europeos de I+D+i

    Ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para concurrir a programas europeos de I+D+i

     

    Se convocan ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para la preparación, elaboración y presentación de propuestas para concurrir a programas europeos de I+D+i.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellas las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs) que reúnan los siguientes requisitos:

    • Tener su sede en la Comunidad Autónoma de Aragón y desarrollar en ella los proyectos y actuaciones objeto de esta subvención.
    • Estar inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (anteriormente Economía, Industria y Competitividad).
    • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.
    • No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente.
    • No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

     

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Son subvencionables las actuaciones de preparación, elaboración y presentación de proyectos de I+D+i a las convocatorias de ayudas de los siguientes programas:

    • Programa Horizonte Europa (anteriormente denominado Horizonte 2020 ó H2020) y otros programas de financiación de la I+D+i a nivel comunitario como Programas de Cooperación Interregional (en adelante Interreg), Programa para la Competitividad de las Empresas y las PYME (COSME), Programa Europeo de Educación, Formación, Juventud y Deporte (Erasmus +), Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) o Programa PRIMA (Partnership for Research and Innovation in the Mediterranean Area).
    • Programas de cooperación tecnológica internacional:
      – Proyectos de cooperación tecnológica internacional gestionados a través del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (en adelante CDTI): multilaterales (Eureka, Iberoeka, Eurostars, etc.) o bilaterales (Brasil, Canadá, Japón, China, Corea, India, Sudáfrica, etc.).
      – Proyectos de cooperación tecnológica internacional amparados bajo los esquemas ERA-NET, ERA-NET Plus o ERA-NET COFUND.
    • Programas para promover el crecimiento, el empleo y la competitividad como Connecting Europe Facility (CEF)

     

    Cuantía

     

    El importe de cada subvención no podrá ser inferior a 1.500 euros ni superar los 15.000 euros, con los siguientes límites y condiciones en función del presupuesto del proyecto que se presente a las distintas convocatorias de I+D+i:

    • Cuando el presupuesto sea inferior a los 70.000 euros, el importe máximo de la ayuda será de 3.000 euros.
    • Cuando el presupuesto se encuentre entre los 70.000 y los 200.000 euros, el importe máximo de la ayuda será de 8.000 euros.
    • Para proyectos con presupuestos superiores a 200.000 euros la cuantía de la ayuda el importe máximo de la ayuda será de 15.000 euros.

    Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 75% del gasto subvencionable.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” (publicado el 31/03/2023)

    Orden completa

  • Ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para el fomento de la cooperación empresarial

    Ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para el fomento de la cooperación empresarial

     

    Se convocan ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para la realización de proyectos colaborativos con el objetivo de fortalecer el potencial innovador, la competitividad y el crecimiento del tejido empresarial aragonés.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellas las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs) que reúnan los siguientes requisitos:

    • Tener su sede en la Comunidad Autónoma de Aragón y desarrollar en ella los proyectos y actuaciones objeto de esta subvención.
    • Estar inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (anteriormente Economía, Industria y Competitividad).
    • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.
    • No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente.
    • No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    • Proyectos de colaboración entre AEIs y/o de las AEIs con sus asociados, orientados a la mejora competitiva en el ámbito de:
      – Internacionalización: Prospección y acceso a nuevos mercados y nichos globales de negocio y su integración en las cadenas globales de valor.
      – Innovación tecnológica: Incremento del contenido tecnológico e innovador de los productos o servicios de las empresas de la Agrupación Empresarial Innovadora, aplicación de tecnologías convergentes, incorporación al proceso productivo y productos finales de nuevas tecnologías facilitadoras, apoyo a la colaboración de los centros tecnológicos aragoneses con las empresas de la AEI en proyectos conjuntos de desarrollo y transferencia tecnológica.
      – Innovación empresarial: Desarrollo de nuevos modelos de negocio combinando capacidades existentes y tecnologías convergentes, estímulo y apoyo de iniciativas de intraemprendimiento, dimensionamiento y convergencia de empresas, y apoyo a la creación de cadenas completas de actividad desde la I+D hasta mercado.
    • Realización de jornadas de innovación y jornadas entre AEIs regionales.
    • Materiales de comunicación de la AEI.

     

    Cuantía

     

    El importe de cada subvención no podrá ser inferior a 3.000 euros ni superar los 22.000 euros.

    Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 75% del gasto subvencionable.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” (publicado el 31/03/2023).

    Orden completa

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