Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • El IAF pone en marcha el Bootcamp de Innovación 2025 dirigido a pymes y startups aragonesas

    El Instituto Aragonés de Fomento abre el periodo de inscripción para el Bootcamp de Innovación 2025, un programa intensivo y gratuito dirigido a pymes, startups y personas autónomas con empleados/as ubicadas en Aragón, que deseen fortalecer su capacidad de innovación.

    Esta actuación se enmarca en el proyecto Tech FabLab de la iniciativa RETECH, cofinanciado con fondos Next Generation EU y fondos propios del Gobierno de Aragón.

    El Bootcamp ofrece formación especializada, mentorías personalizadas y acompañamiento estratégico durante seis semanas, con el objetivo de ayudar a las empresas a superar las principales barreras para innovar. El programa incluye sesiones formativas presenciales, mentorías online individualizadas y un tutor de referencia que acompañará a cada empresa desde el diagnóstico inicial hasta el Demo Day final, previsto para noviembre.

     

    ¿Quién puede presentarse?

     

    Pueden participar pymes y startups aragonesas que estén desarrollando o hayan puesto en marcha proyectos de innovación, así como personas registradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) con uno o más empleados. Se priorizarán aquellas con menos de 10 años de antigüedad.

     

    ¿Qué contenidos se abordarán?

     

    El Bootcamp está estructurado en torno a tres grandes temáticas clave:

    Organización de la innovación en la empresa

    • Diseñar estructuras internas que fomenten la innovación de forma sistemática.
    • Establecer roles y responsabilidades claros dentro del equipo.
    • Identificar y reducir frenos internos que ralentizan la toma de decisiones.
    • Establecer mecanismos para medir y evaluar el impacto de la innovación organizativa.

     

    Generación de ideas disruptivas

    • Técnicas para fomentar el pensamiento creativo y lateral, como brainstorming, SCAMPER y otras técnicas de Design Thinking.
    • Análisis de tendencias de mercado y tecnológicas para detectar oportunidades emergentes.
    • Dinámicas de co-creación para fomentar la innovación abierta (open innovation).
    • Herramientas para evaluar, priorizar y seleccionar ideas con alto potencial de retorno y viabilidad.

     

    Financiación de la innovación

    • Identificación de fuentes de financiación públicas (locales, nacionales y europeas) y privadas (inversores, fondos, convocatorias).
    • Redacción de propuestas y elaboración de pitches eficaces.
    • Evaluación de la sostenibilidad financiera de proyectos a medio y largo plazo.
    • Preparación de documentación clave para presentar ante entidades financiadoras.

     

    Plazo

     

    El plazo de inscripción finaliza el 4 de septiembre de 2025.

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  • Abierto el plazo para la segunda edición del Programa de Aceleración Industria 5.0 del IAF

    El IAF abre el plazo de inscripción para la segunda edición del Programa de Aceleración Industria 5.0, una iniciativa desarrollada en el marco del proyecto Tech FabLab para impulsar la transformación de startups y pymes industriales en Aragón.

    El programa ofrece una experiencia formativa y estratégica de tres meses, con una combinación de mentoría individualizada, capacitación especializada y acceso a herramientas clave para el crecimiento empresarial.

     

    ¿Quién puede presentarse?

     

    Dirigido a startups y pymes industriales ubicadas en Aragón con proyectos orientados a la transición hacia la Industria 5.0. Se priorizarán empresas con menos de 10 años de antigüedad.

     

    ¿En qué consiste el programa?

     

    El programa incluye un diagnóstico inicial del modelo de negocio, formación en tecnologías avanzadas como inteligencia artificial, IoT, 5G, ciberseguridad o gemelos digitales, y un acompañamiento experto a través de mentores asignados. Además, se facilita el acceso a oportunidades de financiación, ferias tecnológicas y contactos estratégicos en el ecosistema industrial.

    La edición 2025 se desarrollará del 15 de septiembre al 4 de diciembre, con una dedicación media de 3,5 horas semanales. El formato combina 30 horas online con mentorías y formación, junto a tres sesiones presenciales en las instalaciones del IAF. Las empresas participantes podrán alternar la asistencia del equipo en función de sus intereses.

     

    Plazo

     

    El plazo de inscripción finaliza el 4 de septiembre.

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  • Ya se pueden solicitar las ayudas para reparar los daños por las inundaciones del 13 y 14 de junio

     

    Se publica la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales), mercantiles y comerciales, producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados, que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales) siempre y cuando sea como consecuencia directa de las lluvias torrenciales producidas entre los días 13 y 14 junio de 2025 y se encuentren ubicados en los municipios incluidos.

     

    Municipios incluidos

     

    • Aguilón
    • Almochuel
    • Almonacid de la
    • Azaila
    • Azuara
    • Bádenas
    • Belchite
    • Herrera de los Navarros
    • Híjar
    • La Puebla de Híjar
    • La Zaida
    • Lagata
    • Letux
    • Moyuela
    • Nogueras
    • Quinto
    • Santa Cruz de Nogueras
    • Vinaceite
    • Villar de los Navarros

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se consideran actuaciones subvencionables las siguientes:

    • La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles, incluidos posible daños producidos en la parcela en donde se ubican.
    • La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, bien sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valorización con anterioridad al desbordamiento, que hayan quedado inservibles o no comercializables.
    • La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.

     

    Cuantía

     

    La cuantía máxima por entidad o persona solicitante alcanzará los siguientes importes:

    • En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta 300.000€
    • En el caso de establecimientos comerciales: hasta 3.000€ La cuantía definitiva a reconocer será la obtenida de restar de la valoración, las cantidades que se hayan obtenido de seguros u otras ayudas concedidas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales.

     

    Plazo

     

    El plazo para presentar solicitudes finaliza el 24 de julio de 2025, salvo daños ocultos que puedan advertirse con posterioridad, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes será de seis meses a contar desde la fecha de publicación en BOA.

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  • Ayudas para inversión y digitalización del pequeño comercio en Aragón

     

    Se convocan para el año 2025 las ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora, así como a la digitalización del pequeño comercio, correspondientes a los programas de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles. Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento físico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales de Aragón.

    La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

    • 641
    • 642
    • 643
    • 644
    • 645
    • 647.1
    • 647.2
    • 647.3
    • 647.4
    • 651
    • 652.2
    • 652.3
    • 652.4
    • 653
    • 654.1
    • 657
    • 659
    • 661.3
    • 662.2

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a continuación:

    • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
    • Mejoras y equipamiento de escaparates.
    • Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
    • Equipamiento destinado a la sala de ventas: mobiliario de exposición, cámaras frigoríficas, y balanzas o TPVs.
    • Adecuación de puertas de acceso, para que permanezcan cerradas bien por medios mecánicos o electrónicos.
    • Inversiones en la transformación digital del establecimiento comercial para mejorar la gestión interna del negocio, o para incorporar o mejorar la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra de los clientes.
    • Inversiones en la conectividad mediante enrutador satelital.
    • Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de diagnósticos sobre la viabilidad del negocio, su potencial transmisión o relevo generacional.
    • Inversiones en seguridad del espacio de venta.

    Se considerará gasto realizado y pagado el que haya sido facturado y abonado entre el 1 de junio de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud.

    En ningún caso serán objeto de subvención los siguientes conceptos:

    • Mamparas u otro equipamiento de distanciamiento personal o uso sanitario por motivo del Covid-19.
    • El gasto corriente derivado de las actuaciones objeto de subvención.
    • Alquileres.
    • Equipos informáticos de uso genérico, cámaras fotográficas y teléfonos móviles.
    • Impuestos y tasas.
    • Los bienes usados.
    • Los gastos de reparación y mantenimiento.
    • Equipamiento destinado al almacén
    • No se podrán subvencionar inversiones o gastos cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación

     

    Cuantía

     

    Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de las inversiones subvencionables, con un presupuesto máximo subvencionable de 6.000 euros, por establecimiento comercial.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 27 de junio de 2025.

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  • Ayudas a pymes de las provincias de Zaragoza y Huesca para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización

     

    Se convocan las ayudas para actuaciones de digitalización de las pequeñas y medianas empresas con el objetivo de incentivar la digitalización de las PYME que desarrollen su actividad en las provincias de Zaragoza y Huesca subvencionando las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán acogerse a las ayudas las PYME que realicen las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias de Zaragoza y Huesca y que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2025):

    • Sector Industrial y Agroalimentario – Sección C – Divisiones 10 a 33
    • Sector Defensa y Seguridad – Sección P – Divisiones 84.22 y 84.24
    • Sector Bienestar y Salud – Sección R –Divisiones 86, 87 y 88

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Son subvencionables las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas, en los siguientes ámbitos:

    • Ciberseguridad (antivirus, frewall, IDS, single sign-on, etc).
    • Mejora de servicios, procesos y productos mediante utilización de soluciones desarrolladas con cloud computing, inteligencia artificial, procesos cognitivos y/o big data.
    • Soluciones digitales en el ámbito comercial como e-commerce que incorporensistemas de pago seguro.
    • Sistemas de conectividad e incorporación de soluciones TIC que permita la monitorización, control y gestión en tiempo real en la empresa y la digitalización de los procesos de negocio: producción, relaciones con proveedores o clientes, gestión logística y distribución, recursos humanos, cuadros de mando, business intelligence, analítica de datos y soporte a la toma de decisiones.
    • De la producción, robótica avanzada y proyectos IoT (internet de las cosas).
    • Realidad virtual, aumentada y mixta.
    • Visión artificial.
    • Fabricación aditiva e impresión 3D.
    • Gemelo digital.
    • Blockchain.
    • Machine learning.
    • Otras tecnologías y soluciones que contribuyan a la transformación digital de las pyme.

     

    Cuantía

     

    El importe de cada subvención no podrá ser inferior a 10.000 euros ni superar los 50.000 euros.

    Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 70% del presupuesto subvencionable para las microempresas y del 50% del presupuesto subvencionable para las pequeñas y medianas empresas.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 19 de junio de 2025.

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