Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Publicadas las bases reguladoras de subvenciones para proyectos innovadores para la lucha contra la despoblación

    Publicadas las bases reguladoras de subvenciones para proyectos innovadores para la lucha contra la despoblación

     

    Se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.

    Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica.

     

    Modalidades

     

    Modalidad A

    Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.

     

    Modalidad B

    Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.

     

    Modalidad C

    Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes, para el fomento del desarrollo de zonas con especiales dificultades demográficas, con especial atención a aquellos proyectos impulsados por la juventud y mujeres.

    Debe cumplir al menos dos objetivos específicos:

    • Estructura productiva y desarrollo económico. Propuesta, desarrollo y puesta en marcha de iniciativas empresariales y de actuaciones tendentes a la reactivación económica y social de las zonas interesadas, en especial mediante el aprovechamiento de los activos de capital fijo y el mantenimiento de la provisión de servicios.
    • Bienestar social y economía de los ciudadanos. Propuesta y desarrollo de iniciativas para la mejora de la atención y el cuidado de la población.
    • Formación y ayuda al emprendimiento. Propuesta, desarrollo y puesta en marcha de actividades formativas destinadas a mejorar la capacitación laboral y el apoyo al emprendimiento de la población activa.
    • Desarrollo en innovación en el territorio. Iniciativas dirigidas a la creación de actividades económicas que aporten una mejora de la competitividad y una puesta en valor de las ventajas absolutas y comparativas y fomenten el valor económico agregado de estas áreas geográficas.
    • Mantenimiento y renovación de la vivienda y la conservación del patrimonio arquitectónico. Actuaciones destinadas a la rehabilitación y puesta en valor de la vivienda rural, recuperación del patrimonio propio.
    • Transición digital y plena conectividad territorial. Actividades dirigidas a garantizar la conectividad de las zonas afectadas y fortalecer la interacción rural-urbana y la continuidad territorial.

     

    Los proyectos podrán desarrollarse en uno o varios municipios, siendo elegibles tanto los municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, como aquellos municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores con una población inferior a los 5.000 habitantes. Los proyectos podrán presentarse tanto para un municipio como para un conjunto de municipios.

     

    Cuantía

     

    Las ayudas concedidas no podrán superar el 90 % del total de gasto subvencionable para las modalidades A y B y el 70 % para la modalidad C.

    Orden completa

  • El CADI organiza un webinar informativo sobre las ayudas para el desarrollo del diseño industrial

    El CADI organiza un webinar informativo sobre las ayudas para el desarrollo del diseño industrial

     

    Tras la publicación de la convocatoria para el ejercicio 2022, de las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP), el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI) ha organizado una presentación on line el próximo día 5 de mayo a las 12,30h.

    Para asistir habrá que unirse a la reunión en el link que se facilitará a los inscritos.

    Los interesados deben enviar un correo con sus datos a cadi@aragon.es

    Más información de la convocatoria

  • Ampliado el plazo de presentación de solicitudes del PERTE de vehículo eléctrico

    Ampliado el plazo de presentación de solicitudes del PERTE de vehículo eléctrico

     

    Publicada en BOE una modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    La orden establece un modelo colaborativo de solicitud, de forma que las entidades interesadas en presentar una solicitud se deberán constituir como una agrupación de empresas sin personalidad jurídica y suscribir con carácter previo un acuerdo interno.

    Entre otras modificaciones, se amplía el plazo de presentación de solicitudes:

    “De acuerdo con el inciso final del segundo párrafo del artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se pospone los efectos de la convocatoria, de forma que el plazo de presentación comenzará desde el día 1 de abril de 2022 y finalizará el día 17 de mayo de 2022.

    La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo”

    Bases reguladoras

    Convocatoria

    Última modificación

  • Ayudas a pymes y autónomos con problemas de liquidez por el conflicto de Ucrania

    Ayudas a pymes y autónomos con problemas de liquidez por el conflicto de Ucrania

     

    El Departamento de Economía del Gobierno de Aragón, a través de SODIAR, acaba de lanzar una nueva Línea de Financiación denominada “Apoyo a Empresas Conflicto Ucrania”, dotada con 7 millones de euros, que se destinará a financiar las necesidades de liquidez ocasionadas directa o indirectamente, por el conflicto de Ucrania (elevación de precios de materias primas, suministros, energía, pérdida de contratos, perturbaciones de la cadena de suministros, etc.)

     

    Beneficiarios

     

    Autónomos y empresas que tengan necesidades de liquidez ocasionadas, directa o indirectamente, por el conflicto de Ucrania.

     

    Requisitos

     

    • Tener el domicilio social y fiscal en Aragón.
    • Proyecto viable técnica y económicamente.
    • Que se acredite y justifique la necesidad de financiación solicitada y la capacidad de reintegro.
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

     

    Gastos subvencionables

     

    Se podrán financiar las necesidades ya sean de liquidez o de inversión que sean consecuencia directa o indirecta de la crisis de Ucrania, derivadas de:

    • Elevación anormal de los precios de materias primas y suministros, en especial la energía.
    • Perturbaciones en las cadenas de suministros.
    • Reducción significativa de la demanda.
    • Interrupción o pérdidas de contratos y/o proyectos.

     

    Financiación

     

    Importe entre 10.000 € y 100.000 €. Excepcionalmente, y en el caso de que se destine el préstamo a paliar el incremento de los costes de energía, el importe mínimo se podrá reducir a 5.000 €. 

    La inversión se efectuará a través de préstamos, con o sin garantía de socios:

    • Los intereses podrán ser bonificados por SODIAR al 100%, sujeto a minimis.
    • Plazo de amortización: hasta 3 años con hasta 1 de carencia (1+2).
    • Sin comisiones.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes se efectuarán a través del formulario de solicitud de la página web de SODIAR (www.sodiar.es) hasta el 10 de diciembre de 2022.

    Documentación requerida: Plan de negocio (con arreglo al modelo que se incorpora en la propia página web) y cualquier otra documentación adicional que pueda precisar SODIAR para el análisis de viabilidad del proyecto.

    Más información

  • Ayudas para el sector artesano

    Ayudas para el sector artesano

     

    Se convocan para el año 2022 ayudas para el sector artesano, que contempla acciones en los siguientes ámbitos estratégicos:

    • Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.
    • Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo.
    • Nuevos profesionales artesanos

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos, excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (artesanía alimentaria).

    Los beneficiarios, deberán estar en posesión del Documento de Calificación Artesanal que concede el Gobierno de Aragón.

    Se considerarán nuevos profesionales artesanos los profesionales que se hayan dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas por la actividad de fabricación o producción artesanal, desde el 1 de septiembre de 2021 hasta la fecha de solicitud y ser ésta, su actividad principal, permaneciendo en dicha situación de alta en el IAE, en la fecha de la solicitud.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Realización de inversiones en el taller artesano:

    Respecto a la instalación, reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, las siguientes inversiones en activos fijos, con un máximo 20.000 euros de inversión subvencionable:

    • Obras de acondicionamiento del local destinado a la producción, actividad o comercialización de los productos artesanos.
    • Maquinaria e instrumental vinculado a la actividad productiva artesanal.
    • Equipamiento de las instalaciones productivas, de almacenamiento y del local comercial vinculado directamente a la actividad artesanal.
    • Aplicaciones y programas informáticos destinados a contabilidad, facturación, marketing digital, comercio electrónico, páginas web, investigación y diseño, debiéndose especificar en la memoria descriptiva la descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad artesana.
    • Kit de digitalización. Incluye equipo necesario para fotografiado, elaboración de fochas de catálogo y carga de producto en plataforma. Excluye la adquisición de cámaras fotográficas, teléfonos móviles y ordenadores personales.
    • Adquisición de equipos Terminal Punto de Venta y otros equipos específicos de gestión comercial.

     

    Participación en ferias profesionales, comerciales o mercados de artesanía fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, o en ferias internacionales que tengan lugar en la Comunidad Autónoma de Aragón, con un gasto máximo subvencionable de 5.000 euros por solicitante:

    • Canon de ocupación e inscripción.
    • Instalación y decoración de stands en los espacios contratados a tal efecto.

     

    Incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana

    Respecto a la incorporación de nuevos profesionales, se considerarán nuevos profesionales artesanos los profesionales que se hayan dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas por la actividad de fabricación o producción artesanal, a partir de 1 de septiembre de 2021 hasta la fecha de solicitud y ser ésta, su actividad principal, permaneciendo en dicha situación de alta en el IAE, en la fecha de la solicitud. Serán subvencionables las cotizaciones a la seguridad social como trabajador autónomo o la parte empresarial de las cotizaciones en el caso de trabajadores por cuenta ajena. El porcentaje subvencionable no excederá del 80%, con un tope máximo de subvención de 210 euros por cada mes de actividad.

     

    No serán objeto de subvención los siguientes conceptos:

    • Los vehículos de turismo y transporte.
    • Impuestos y tasas.
    • La adquisición y alquiler de terrenos, locales y naves.
    • Las obras en las viviendas.
    • El pago de los derechos de traspaso.
    • Las edificaciones de locales.
    • Los muebles, electrodomésticos, aparatos e instalaciones que no cumplan una función claramente relacionada con la actividad artesana desarrollada en los talleres.
    • La adquisición de materias primas y consumibles que se utilicen durante el proceso de elaboración, presentación, venta o transporte del producto.
    • Los ordenadores fijos o portátiles o de bolsillo, fotocopiadoras, fax, aparatos de teléfono fijos o móviles y cámaras digitales.
    • No será subvencionable la adquisición de maquinaria, herramientas o equipamiento de segunda mano.
    • No se podrán subvencionar inversiones cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse autofacturación.

     

    Cuantía

     

    Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 31 de agosto 2022.

    Orden completa

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies