Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Ayudas para empresas innovadoras lideradas por mujeres

    Ayudas para empresas innovadoras lideradas por mujeres

     

    Se convocas ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres (Programa NEOTEC MUJERES EMPRENDEDORAS).

    Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres, constituidas como máximo en los tres años anteriores, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.

    Asimismo, deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, en su caso, en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

    No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

     

    Financiación

     

    La financiación alcanzará hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de 250.000 euros por entidad beneficiaria y la actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.

    Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.

    Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa posterior a la concedida en virtud de la presente convocatoria.

     

    Costes subvencionables

     

    • Inversiones en equipos
    • Gastos de personal
    • Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
    • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor requerido en el anexo IV de la presente convocatoria. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros.

    A efectos de esta convocatoria se considerarán, a nivel de desglose presupuestario, como partidas susceptibles de ayuda: las inversiones en equipo, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas y otros costes. A su vez dichas partidas presentarán desglose por conceptos.

    En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes y documentación comenzará el día 17 de febrero de 2022 y finalizará el día 19 de abril de 2022, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

    Resolución completa

  • Avalia ofrece financiación para pymes industriales con bonificación del 100% del tipo de interés y comisiones

    Avalia ofrece financiación para pymes industriales con bonificación del 100% del tipo de interés y comisiones

    Avalia pone en marcha el Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial que tiene por objeto apoyar la financiación de las PYMEs que realicen proyectos industriales de emprendimiento o crecimiento, mediante la bonificación de los costes de la financiación. 

    La entidad ofrece financiación destinada a impulsar el crecimiento, productividad y el emprendimiento de PYME´s INDUSTRIALES de Aragón, con BONIFICACIÓN del 100% del tipo de interés y comisiones mediante Fondos Europeos Next Generation. 

     

    Beneficiarios

     

    Las empresas beneficiarias deberán desarrollar su actividad en los sectores manufacturero y servicios a la industria. La actividad se determinará no necesariamente por el código CNAE en el que está registrada la empresa, sino por el que corresponda a la inversión para el que se solicita la financiación.

    Los Códigos CNAE elegibles, que de forma resumida son:

    • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009)
    • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, con limitaciones
    • Actividades complementarias a la producción industrial
    • Actividades de servicios a la industria

    QUEDAN EXCLUIDOS: Empresas o proyectos que perjudiquen el medioambiente según el programa PRTR, Autónomos, empresas sin trabajadores, empresas con consumo de MÍNIMIS >200.000€

     

    Proyectos elegibles

     

    Serán elegibles los proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales dentro de los sectores indicados en el apartado anterior, por parte de una PYME que haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los tres años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.

    También serán elegibles los proyectos de inversión de las PYMEs aun cuando cuenten con más de tres años de antigüedad, que estén dirigidos a un cambio de escala en la producción o a mejorar su competitividad.

    Los conceptos de inversión y gastos financiados elegibles serán los siguientes:

    • Adquisición o adecuación de instalaciones ubicadas en España.
    • Adquisición de aparatos y equipos de producción.
    • Ingeniería de proceso de producción
    • Gastos de primera constitución, sólo en las operaciones de emprendimiento

     

    Características de las operaciones de préstamo a subvencionar

     

    • Las operaciones tendrán que haber sido formalizadas entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
    • El plazo de la operación de préstamo y la de garantía asociada no podrá ser inferior a 3 años ni superar los 15 años.
    • El importe de la garantía otorgada por AVALIA ARAGON SGR no podrá superar la cantidad de 450.000 euros
    • Las operaciones podrán tener períodos de carencia de hasta tres años y tendrán que tener un calendario de amortización, quedando expresamente excluidas las operaciones que tengan formato revolving.

    Convocatoria completa

    Resumen de la convocatoria

  • Foro Fondos Europeos 2022

    Foro Fondos Europeos 2022

     

    El próximo 14 de febrero a las 10h tendrá lugar el Foro Fondos Europeos 2022, organizado por El País, en el que intervendrán, entre otros, Nadia Calviño, vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital y Carme Artigas, secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, entre otros.

    El secretario general de CEPYME nacional, Luis Aribayos, participará en la mesa sobre El camino de las pymes y los autónomos para solicitar los Fondos Europeos.

    Los Fondos Europeos son una oportunidad única en la historia económica española y de su gestión y su capilaridad para llegar a todos los sectores y empresas de nuestro país va a depender en buena medida nuestra recuperación tras esta crisis que estamos viviendo y el futuro y prosperidad de nuestro país.

    Inscripción

  • Ayudas para rehabilitación energética en municipios de menos de 5.000 habitantes

    Ayudas para rehabilitación energética en municipios de menos de 5.000 habitantes

     

    El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial gestionará, a través de la Dirección General de Energía, un importe de casi 3,7 millones de euros. Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en Aragón y construidos con anterioridad a 2007, tal y como se establece en las bases reguladoras.

     

    Beneficiarios

     

    a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.

    b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.

    c) Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.

    d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa.

    e) Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.

    f) Las entidades locales.

    g) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán actuaciones subvencionables las previstas en el artículo 17 de las bases reguladoras que deberán cumplir los requisitos que se establecen en esta Orden, y demás normativa de aplicación, para cada una de ellas:

    a) Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

    b) Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

    c) Actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

    Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón (opción A del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto), construidos con anterioridad a 2007.

    Los usos de los edificios sobre los que se pueden realizar las actuaciones serán:

    • Edificios de vivienda unifamiliar
    • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda
    • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE)

     

    Cuantía

     

    Se establecen los siguientes límites para las actuaciones subvencionables:

    a) Coste elegible mínimo: 6.000 euros.

    b) Cuantía de ayuda máxima por destinatario y convocatoria: 500.000 euros, excepto para entidades jurídicas de naturaleza pública; para entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y para el sector público institucional defnido según las bases reguladoras, para quienes el límite se amplía a 1.000.000 de euros.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” y durará hasta la conclusión de su vigencia que se producirá el 31 de diciembre de 2023, salvo que, con anterioridad, se hubiera agotado el presupuesto disponible del programa, conforme a las solicitudes de ayuda recibidas. A la finalización del expresado plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes.

    Orden completa

  • Ayudas para la implantación de Sistemas de Inteligencia Competitiva en empresas de Zaragoza

    Ayudas para la implantación de Sistemas de Inteligencia Competitiva en empresas de Zaragoza

    El Gobierno de Aragón y la Cámara de Comercio de Zaragoza, en el marco del Plan Cameral de Internacionalización de Aragón, ponen a disposición de las empresas recursos para la implantación de sistemas de inteligencia que permitan mejorar su capacidad para competir en un mercado cada vez más global.  

    El programa incluye el diseño, configuración y mantenimiento de un sistema de inteligencia competitiva desarrollado por el Área de Mercados de la Cámara de Comercio de Zaragoza, que permite disponer de información actualizada sobre aspectos clave para el negocio de una empresa, como mercados, competidores, proyectos, etc.

     

    Beneficiarios

     

    Empresas de la provincia de Zaragoza que tengan entre sus prioridades estratégicas, la ampliación o consolidación de nuevos mercados internacionales y la digitalización de la empresa como vía para incrementar su competitividad.

    Criterios para la valoración de solicitudes:

    • Empresa exportadora regular (que exporte durante cuatro años consecutivos), valorándose el porcentaje de exportación respecto de su facturación total
    • Valoración del proyecto, definición y relevancia para los objetivos de internacionalización de la empresa
    • Experiencia de la empresa en inteligencia de mercados: recursos de información utilizados habitualmente (por vías telemáticas o tradicionales), sistematización, seguimiento y áreas de actuación.

     

    Cuantía

     

    El importe subvencionable se establecerá en función de la dimensión del proyecto y de las tecnologías necesarias para su implantación, estableciéndose los siguientes niveles:

    Entre un 20% y un 50% del importe total del proyecto (hasta un máximo de 3.500 Euros por proyecto).

     

    Plazo

     

    La ficha de inscripción debe ser cumplimentada antes del 28 de febrero de 2022.

    Más información

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