Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Subvenciones para acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1396/2018, de 23 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

    La orden tiene como objeto convocar, para el ejercicio 2018, las subvenciones públicas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:

    Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.

    Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades) que, aún careciendo de personalidad jurídica, se comprometan a desarrollar la formación y realizar las contrataciones requeridas, asumiendo cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje y los periodos mínimos de contratación exigidos.

    Cuantía

    La financiación para la realización de las actuaciones objeto de esta convocatoria asciende a un millón doscientos cincuenta mil euros (1.250.000 €), seiscientos veinticinco mil euros corresponden al ejercicio presupuestario 2018 y seiscientos veinticinco mil euros al ejercicio presupuestario 2019.

    Plazo

    La solicitud podrá presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el día 15 de noviembre de 2018.

  • Ayudas para la contratación en el marco del Programa Integral de Cualificación y Empleo

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    ANUNCIO de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, relativa a la convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo de 2018: Programa Integral de cualificación y empleo – Plan de Capacitación.

    La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza hace pública una convocatoria de ayudas a empresas para la contratación de personas sin empleo y a emprendedores que decidan iniciar una actividad empresarial y/o profesional, y que hayan finalizado, en el marco del Programa Integral de Cualificación y Empleo, la fase de orientación vocacional del Plan de Capacitación.

    Actuaciones subvencionables

    Línea 1 – Ayudas a la Contratación Características de los contratos:

    • El importe de la subvención concedida por cada contratación realizada será de 4.950,00€, no pudiendo ser en ningún caso superior. 
    • La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos previstos en la normativa estatal que lo regula, y que al menos hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PICE.
    • La tipología de contratos subvencionables es la siguiente:
      a) Contratos indefinidos.
      b) Contratos temporales.
      c) Contratos en prácticas.
      d) Contratos para la formación y el aprendizaje.
    • No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido relación laboral con el beneficiario/a o empresa vinculada en los seis meses anteriores al de la formalización del contrato presentado en el marco de la presente convocatoria de ayudas.  A estos efectos, no se considerará que existe relación laboral previa del joven con la empresa cuando el joven haya estado realizando un período de prácticas de carácter no laboral en la empresa correspondiente.
    • Cualquiera que sea la tipología de contrato elegida, se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los seis primeros meses, a contar desde la firma del contrato.   
    • Únicamente se considerarán válidos los contratos firmados a jornada completa o tiempo completo.

    Línea 2 – Ayuda al Autoempleo

    • La puesta en marcha de una nueva actividad empresarial y/o profesional llevada a cabo por jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil recibirá una ayuda económica de 600,00€, no pudiendo ser en ningún caso superior.
    • La puesta en marcha de la nueva actividad empresarial y/o profesional deberá de llevarse a cabo por jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PICE, ya sea como persona física que en nombre propio desarrolla la actividad económica o profesional a título lucrativo, o mediante su participación, como socio en una sociedad civil o comunero en una comunidad de bienes según. Se excluyen, en este caso, las meras aportaciones de capital. En este caso, además, sólo podrá otorgarse una única ayuda por actividad empresarial y/o profesional, con independencia de que en la misma participe más de un joven que reúna los 5 requisitos señalados.
    • A los efectos de la presente convocatoria, no será compatible el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social en el momento de la concesión de la ayuda.   
    • Cualquiera que sea la forma jurídica en que la nueva actividad empresarial y/o profesional hubiera iniciado su actividad, esta deberá permanecer en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos  durante un mínimo de 12 meses.  

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes concluirá el día 28 de diciembre  de 2018, siendo las 24 horas la hora límite; o hasta agotar la 12 disponibilidad presupuestaria asociada a la presente convocatoria.

    Más info.

  • Ayudas a pymes y autónomos para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1115/2018, de 11 de junio, del Instituto Aragonés de Fomento, por la que se convocan ayudas para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel.

    Beneficiarios

    Empresas (grandes y pymes), autónomos y las entidades y administraciones públicas de la provincia de Teruel.

    Finalidad

    Proyectos de inversión en la provincia de Teruel relacionados con infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza, sean generadores de empleo y contribuyan a la fijación de la población.

    Importe

    El importe total de la convocatoria es de un millón de euros. El importe de cada subvención no podrá ser inferior a 20.000 euros ni superar los 200.000 euros en el caso de empresas y los 500.000 euros en el caso de administraciones y entidades públicas.

    Plazo

    Un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Ayudas a proyectos de inversión que promuevan directa o indirectamente la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel

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    ORDEN PRE/1073/2018, de 6 de junio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales) y el Gobierno de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que continúen favoreciendo la generación de renta y riqueza en dicha provincia.

    El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de la colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón, para la financiación de proyectos de inversión que promuevan directa o indirectamente la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel.

    Proyectos de inversión financiables

    Se financiarán preferiblemente los proyectos enmarcados en las siguientes líneas:

    • Apoyo a iniciativas empresariales, fundamentalmente en los ámbitos industrial, agroalimentario y turístico.
    • Apoyo a las infraestructuras para la implantación de empresas.
    • Infraestructuras de transportes y comunicaciones.
    • Puesta en valor del Patrimonio Cultural, Ambiental y Social.
    • Proyectos estratégicos y singulares.
    • Infraestructuras municipales.

    Coste mínimo

    Se entenderá por proyecto, las actuaciones individuales o grupo de actuaciones con un mismo objetivo. El coste mínimo de cada proyecto será de 125.000 €.

    Financiación

    La Administración General del Estado financiará como máximo el 50% de cada proyecto beneficiario del crédito al que se refiere el presente convenio.

    Los proyectos serán ejecutados por la Diputación General de Aragón. Así mismo, podrán incluirse inversiones a ejecutar por cualquier otra entidad u organización siempre y cuando se trate de organismos autónomos, empresas públicas y entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Plazo

    Los proyectos deben ser ejecutados desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020. Sin perjuicio de ello, la Comisión de Seguimiento podrá acordar, por circunstancias justificadas, una fecha de ejecución más amplia que la reflejada en el presente convenio para la ejecución de los proyectos que por sus circunstancias así lo aconsejen, en los términos que establece la cláusula 9 de este convenio.

  • Ayudas del Plan de Renovación de maquinaria agrícola para 2018

    Ayudas del Plan de Renovación de maquinaria agrícola para 2018

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    Extracto de la ORDEN de 1 de junio de 2018 por la que se convocan las ayudas correspondientes al Plan de Renovación del parque nacional de maquinaria agrícola (PLAN RENOVE) para el ejercicio 2018

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas del PLAN RENOVE 2018, las personas físicas, empresas privadas y agrupaciones de agricultores incluidos en el artículo 3 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de dicho real decreto.

    Objeto

    Concesión directa de las subvenciones estatales destinadas a la adquisición de cisternas de purín nuevas con sistemas de localización de productos en el suelo, con achatarramiento de la cisterna antigua, o para la sustitución del accesorio de aplicación de purín con platos, abanico o cañón por accesorios localizadores del purín en el suelo, adaptando para ello la cisterna en uso, de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio.

    Cuantía

    La cuantía máxima para conceder en esta convocatoria es de 5.000.000 euros para el conjunto de máquinas a subvencionar, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.12.412C.771 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, prorrogados para 2018.

    Plazo

    Desde el 15 de junio de 2018 hasta el 15 de septiembre de 2018.

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