Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Subvenciones para participar en misión comercial a Chile y Perú

    Subvenciones para participar en misión comercial a Chile y Perú

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    ANUNCIO de la Cámara de Comercio de Zaragoza, relativo a la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado en un 40% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) de la Unión Europea (Misión Comercial a Chile y Perú, del 3 al 17 de noviembre de 2018).

    El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

    Beneficiarios

    Pymes, micropymes y autónomos de la Comunidad Autónoma de Aragón. El número máximo de empresas beneficiarias será de diez.

    Cuantía

    Los recursos estimados para los servicios de apoyo prestados por la Cámara de Comercio de Zaragoza, será de 11.740 euros, y serán aportados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) de la Unión Europea y por la Cámara de Comercio de Zaragoza.

    La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria a las empresas participantes en la Misión Comercial a Chile y Perú es de 58.800 euros en concepto de subvención. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje del 40% con cargo a los fondos FEDER, a través del programa operativo “Plurirregional de España Feder 2014-2020 PO”.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre el día de publicación de este anuncio y finalizará el día 18 de julio de 2018. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com.

  • Subvenciones para la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

    Subvenciones para la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

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    Extracto de la Orden EIE/995/2018, de 31 de mayo, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero.

    La finalidad de estas subvenciones es incentivar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que contraten a trabajadores con discapacidad, siempre que no concurra ninguna causa de exclusión expresa de las previstas en su artículo 3 y se reúnan los requisitos y condiciones establecidos en el Capítulo II de la citada orden.

    Bases reguladoras

    Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se establecen en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena de las personas con discapacidad. (Ver BOA)

    Plazo

    Un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que da derecho a subvención. En caso de transformación de contratos temporales, el plazo de un mes se contará a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

    Las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad previstas en los artículos 10 y 11.1.b) de la citada Orden EIE/608/2016, podrán solicitarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de un mes desde el pago de la correspondiente adaptación.

    No obstante, para aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes se contará a partir de dicha entrada en vigor.

  • Subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación

    Subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación

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    EXTRACTO del decreto núm. 1.468, de fecha 4 de junio de 2018, de la Presidencia, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación.

    Beneficiarios

    • Pymes y autónomos que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • Asociaciones y fundaciones que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • Organizaciones empresariales y sindicales que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza.

    Finalidad

    El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para las pequeñas y medianas empresas (pymes), trabajadores autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza referidas a gasto corriente y/o inversión, cuyo objeto sea la creación de nuevos empleos o el mantenimiento de los ya existentes y se desarrollen en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

    Cuantía

    A) Importe de 500.000 euros, susceptible de ampliarse hasta un límite de 500.000 euros de importe adicional mediante la pertinente modificación presupuestaria en su caso, cuyos créditos iniciales y su distribución se realiza, con carácter estimativo, de la siguiente manera:

    1. Pymes y autónomos:

    • 275.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • 56.250 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

    2. Asociaciones y fundaciones:

    • 25.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital, que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
    • 18.750 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

    3. Organizaciones empresariales y sindicales:

    • 125.000 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

    B) El importe máximo subvencionable es de 30.000 euros teniendo en cuenta lo siguiente:

    1.º Para los gastos en inversión, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 24.000 euros.

    2.º Para los gastos corrientes, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 6.000 euros. No obstante, en el caso de organizaciones empresariales y sindicales, al subvencionarse únicamente gasto corriente, la cuantía máxima a otorgar no superará la cantidad de 30.000 euros.

    Plazo

    El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 11 de julio.

  • La DGA invita a las empresas del sector de la automoción a que manifiesten su interés en acceder a la futura línea de ayudas dirigida a proyectos de innovación

    La DGA invita a las empresas del sector de la automoción a que manifiesten su interés en acceder a la futura línea de ayudas dirigida a proyectos de innovación

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    ORDEN EIE/922/2018, de 28 de mayo, por la que se invita a empresas del sector de la automoción para que manifiesten su interés de acceder a una línea de ayudas para realizar en Aragón proyectos empresariales con desarrollo experimental y/o investigación industrial relativos al vehículo eléctrico.

    El Gobierno de Aragón quiere convertir a la Comunidad Autónoma en  un referente de la movilidad del futuro, tanto en fabricantes de vehículos como en sistemas de recarga, y continuar con el impulso al vehículo eléctrico cuyo inicio ha venido marcado por la adjudicación del Corsa eléctrico a la planta de Opel de Figueruelas (Zaragoza). El objetivo es convertir a Aragón en uno de los centros neurálgicos del vehículo eléctrico en España a corto plazo, haciéndolo atractivo para que otras empresas se instalen, aprovechando su posición estratégica y su carácter pionero en energías renovables.

    Por ello, el Departamento de Economía, Industria y Empleo invita a las empresas del sector de la automoción para que manifiesten su interés de acceder a una línea de ayudas para realizar en Aragón proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

    Beneficiarios

    Las empresas deben estar radicadas y desarrollar o ir a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entiende por radicada en Aragón la empresa que tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento, o solicite ayuda para un nuevo establecimiento, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Características de los proyectos

    Los proyectos empresariales que se presenten, bien por parte de una empresa individual o por varias empresas en cooperación, deben incluir una parte de desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

    Se entenderá por investigación industrial, desarrollo experimental y estudio de viabilidad las definiciones incluidas en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    La dimensión mínima de los proyectos debe ser superior a los 3 millones de euros, siendo gasto elegible, a efectos de la futura convocatoria, el destinado a desarrollo experimental y/o investigación industrial. En el caso de los estudios de viabilidad, podrán optar aquellos que den lugar a proyectos superiores a 3 millones de euros.

    Los proyectos deberán ser ambiciosos y proponer innovaciones disruptivas, por lo que se podrá establecer la colaboración efectiva con organismos de investigación a través de la cual se definan proyectos con objetivos innovadores más amplios y con mayor riesgo tecnológico.

    Condiciones de participación

    La participación en este procedimiento, los posibles contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información producidos en el seno de este procedimiento no podrán dar lugar a infracciones de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos.

    La participación en este procedimiento no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de las convocatorias de subvenciones que puedan realizarse con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución.

    La participación en esta convocatoria no conlleva por parte de la Administración ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas.

    Los costes derivados de esta participación correrán a cargo de los interesados.

    Plazo

    El plazo de presentación será de tres meses desde la fecha de publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Modelo manifiesto

  • Subvenciones del Plan Renove Aragón 2018

    Subvenciones del Plan Renove Aragón 2018

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    EXTRACTO de la Orden EIE/895/2018, de 23 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2018 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

    Beneficiarios

    • Serán beneficiarios de las ayudas, las personas físicas. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas al Plan Renove Aragón 2018.
    • Los compradores de un aparato o equipo serán considerados beneficiarios finales de las ayudas y los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, serán considerados beneficiarios directos del Plan, dado que se les abonará a estos últimos la ayuda que habrán trasladado al beneficiario final mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.

    Cuantía

    • La cuantía total de ayuda prevista para esta convocatoria es de 1.300.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15050/7311/780160 91002, denominada Plan Renove, de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2018.
    • Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de una cantidad fija por cada tipo de aparato o equipo, a descontar en el precio de la compra. Dichas cuantías son las siguientes:
      Frigorífico, frigorífico € congelador (c.e.) A++ : 120€
      Frigorífico, frigorífico € congelador (c.e.) A+++: 160€
      Congelador (c.e.) A++: 85€
      Congelador (c.e.) A+++ : 100€
      Lavadora (c.e.) A++: 110€
      Lavadora (c.e.) A+++: 150€
      Lavavajillas (c.e.) A++: 110€
      Lavavajillas (c.e.) A+++: 150€
      Horno clase energética A+ o superior: 85€
      Encimera de inducción total: 100€
      Encimera de gas: 50€
      Aparatos de aire acondicionado con clasificación energética A+ o superior y al menos A en calefacción, función de las siguientes potencias en kW (Pf):
      pf< 5 kW: 150€
      5 <=Pf<10 kW: 200€
      10 <= Pf<=12 kW: 250€
      Calderas de condensación con clasificación energética A+ o superior, de gas natural o GLP con potencia máxima, inferior a 70 kW y de baja emisión NOx (Clase 5): 350€
    • La cuantía de ayuda, en ningún caso podrá ser superior al 25 % del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido).

    Adhesión de los establecimientos comerciales y empresas instaladoras al Plan Renove 2018

    Los establecimientos y empresas instaladoras que deseen participar en el “Plan Renove Aragón 2018”, deberán obtener la condición de establecimiento adherido. Para ello, deberán presentar solicitud de adhesión debidamente cumplimentada y firmada por el interesado según el modelo que se reproduce como anexo I de la orden convocatoria, a través de la web de la campaña: www.renovearagon.com, acompañando a dicha solicitud, la documentación justificativa que se recoge en el anexo III de la convocatoria.

    Plazo

    Con carácter general, el plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día de la entrada en vigor de esta orden hasta el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes, destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día 28 de septiembre de 2018.

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