Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Subvenciones para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados

    Subvenciones para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1379/2017, de 6 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

    Se convocan para el ejercicio 2017 las subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades. Las beneficiarias deberán contratar, al menos, al 50% de los alumnos formados en los seis meses posteriores a la finalización del curso. La subvención concedida a cada entidad variará en función de la familia profesional, la calidad de los contratos comprometidos y el porcentaje mínimo de alumnos a contratar.

    Beneficiarios

    • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
    • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas a fecha de publicación de esta convocatoria, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
    • Las agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades) que, aún careciendo de personalidad jurídica, se comprometan a desarrollar la formación y realizar las contrataciones requeridas, asumiendo cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje y los periodos mínimos de contratación exigidos.

    Cuantía

    La financiación para la realización de las actuaciones objeto de esta convocatoria asciende a un millón cien mil euros (1.100.000 -) y con carácter estimativo, se distribuye con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Instituto Aragonés de Empleo y anualidades siguientes:

    Partida Presupuestaria Ejercicio 2017 Ejercicio 2018 Total
    G 51014 3221 470090 33004 100.000€ 300.000€ 400.000€
    G 51014 3221 470090 91002 150.000€ 450.000€ 600.000€
    G 51014 3221 480413 33004 25.000€ 75.000€ 100.000€
    Total 275.000€ 825.000€ 1.100.000€


    Plazo

    Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el día 10 de noviembre de 2017.

  • Modificación convocatoria de ayudas a empresas para la contratación de personas sin empleo y a emprendedores

    Modificación convocatoria de ayudas a empresas para la contratación de personas sin empleo y a emprendedores

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    ANUNCIO de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, Huesca y Teruel relativa a la convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo de 2017, Programa integral de cualificación y empleo – Plan de Capacitación.

    Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, Huesca y Teruel, hacen pública una modificación de la convocatoria de ayudas a empresas para la contratación de personas sin empleo y a emprendedores que decidan iniciar una actividad empresarial y/o profesional, cuyos anuncios iniciales fueron publicados en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 15, de 24 de enero de 2017 y número 54, de 20 de marzo de 2017.

    Convocatoria

    El texto completo de la convocatoria se encuentra disponible en la web de cada una de las tres Cámaras:
    Zaragoza
    Huesca
    Teruel

    Y en la sede de las mismas: Zaragoza (paseo Isabel la Católica 2, 50009), Huesca (c/ Sto. Ángel de la Guarda 7, 22005), Teruel (c/ Amantes 17, 44001). Asimismo se puede solicitar información al respecto a través de los siguientes emails: En Zaragoza picezaragoza@camarazaragoza.com, en Huesca pice@camarahuesca.com y en Teruel formacion@camarateruel.com.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará, según lo establecido en la convocatoria, el 29 de diciembre de 2017.

  • Líneas ICO de financiación

    Líneas ICO de financiación

    Como recordatorio de una de las ayudas para empresas, se indican brevemente las diferentes líneas de financiación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) existentes en la actualidad.

    Se incluye vínculo a la información de la página web para cada una de las modalidades.

    Líneas y modalidades disponibles:

    1. MEDIACIÓN: Las Líneas de Mediación o Líneas ICO, son líneas de financiación en las que el ICO actúa a través de las Entidades de Crédito, es decir, concede los fondos con la intermediación de las citadas Entidades.

    2. EMPRESAS Y EMPRENDEDORES: disponibles para financiar tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez de autónomos y empresas. Los particulares y comunidades de propietarios podrán solicitar financiación exclusivamente para la rehabilitación de viviendas.

    En cada enlace se informa de cuantía y requisitos de cada modalidad:

    – ICO Empresas y Emprendedores 2017
    Financiación orientada a autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en el territorio nacional y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez. También pueden solicitar financiación particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas.

    – ICO Garantía SGR/SAECA 2017
    Financiación orientada a autónomos y empresas que cuenten con el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) o SAECA que realicen inversiones en España o fuera del territorio nacional y/o quieran cubrir sus necesidades de liquidez. La empresa que solicite financiación para realizar una inversión fuera de España ha de tener domicilio en España o al menos un 30% de capital de empresa española.

    – ICO Crédito Comercial 2017
    Financiación orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional o cubrir los costes previos de producción y elaboración de los bienes objeto de venta en España.

    3. INTERNACIONAL:

    – ICO Internacional 2017 
    – ICO Exportadores 2017
    – ICO Canal Internacional

  • Ayudas a PYMES para participar en el Programa Plan Internacional de Promoción

    Ayudas a PYMES para participar en el Programa Plan Internacional de Promoción

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    ANUNCIO de La Cámara de Comercio de Zaragoza relativo a la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Misión Comercial a Estados Unidos y Canadá, del 5 al 18 de noviembre de 2017).

    El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

    Beneficiarios

    Pymes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Cuantía

    La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 50712 euros en concepto de subvenciones. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje de 50% con cargo a los fondos FEDER, a través del “Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020”.

    Convocatoria

    El texto completo de la convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Zaragoza. Además puede consultarse a través de la web www.camarazaragoza.com.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 27 de septiembre de 2017. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com.

  • Plan MOVEA 2017

    Plan MOVEA 2017

    Real Decreto 617/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2017 (Plan MOVEA 2017)

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que recoge las ayudas a la adquisición de vehículos de energías alternativas y puntos de recarga, el Plan MOVEA 2017, dotado con 14,26 millones de euros. De esta manera se continúa con el impulso que desde hace varios años viene dando el Gobierno a este tipo de vehículos mediante subvenciones directas a su compra.

    Los vehículos propulsados con energías alternativas a los combustibles fósiles tradicionales están llamados a formar parte de la movilidad sostenible en el transporte, tanto en las ciudades, como en las carreteras. Ello es debido a sus beneficios en materia de diversificación energética y reducción de la dependencia del petróleo, así como por la reducción de emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes y de efecto invernadero.

    Todo ello ayuda a mejorar la calidad del aire de nuestras ciudades y a disminuir la contaminación acústica. Además, favorece el consumo de energías autóctonas, especialmente de fuentes renovables.

    Características de las ayudas

    • El Plan MOVEA 2017 fomenta exclusivamente la adquisición de vehículos de combustibles alternativos:
    • Vehículos eléctricos
    • Vehículos de gas licuado de petróleo
    • Vehículos de gas natural comprimido y licuado
    • Vehículos que se propulsan con pila de combustible de hidrógeno
    • Motos eléctricas
    • Además, se fomenta la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.

    La cuantía de las ayudas se fija con diferentes baremos dependiendo del tipo de vehículo y del combustible utilizado. La ayuda será a partir de 500 euros (turismos y furgonetas), 5.000 euros para microbuses y camionetas y 18.000 euros para autobuses y camiones. Para las motocicletas la ayuda oscila entre 1.500 y 2.000 euros.

    Podrán ser beneficiarios personas físicas, autónomos, empresas privadas, entidades locales, comunidades autónomas y entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado. En el caso de puntos de recarga, podrán ser beneficiarios todos los anteriores, salvo personas físicas y autónomos. Los beneficiarios deberán mantener la titularidad del vehículo y la matriculación en España, al menos, dos años.

    Los vehículos objeto de subvención deberán pertenecer a una de las siguientes categorías: turismos (M1), autobuses (M2, M3), furgonetas (N2), camiones (N3), cuadriciclos (L6e, L7e) o motocicletas (L3e, L4e, L5e), todos ellos alimentados con las energías citadas anteriormente.

    Para el caso de camiones y autobuses, será necesario achatarrar un vehículo antiguo (anterior al 1 de enero de 2010). En el caso de los turismos, el achatarramiento es voluntario y supondría un incremento de la subvención de 750 euros.

    El reparto de los 14,26 millones de euros de ayudas será el siguiente: 10,1 millones de euros se destinan a vehículos eléctricos; 2,23 millones de euros, a gas natural; 1,38 millones de euros, a GLP y 0,56 millones de euros, a puntos de recarga para vehículos eléctricos.

    Cuantía

    • La cuantía de las ayudas es la siguiente:
    • Vehículos de GLP: entre 500 y 15.000 euros.
    • Vehículos de gas natural: entre 1.000 y 18.000 euros.
    • Vehículos de pila de combustible (hidrógeno): 5.500 euros.
    • Vehículos eléctricos, híbridos enchufables o de autonomía extendida: entre 1.100 y 15.000 euros.
    • Cuadriciclos eléctricos: entre 1.950 y 2.350 euros.
    • Motocicletas eléctricas: entre 1.000 y 2.000 euros.
    • Puntos de recarga: entre 1.000 (convencional) y 15.000 euros (carga rápida)

    Precios máximos de venta

    Para el caso de turismos y motocicletas, se incluye un precio máximo de venta para evitar subvencionar a través del programa los vehículos “Premium”. Para turismos, el precio máximo sin IVA es de 25.000 euros para turismos de GLP y GNV, y de 32.000 euros para eléctricos. Para las motos eléctricas el máximo es 8.000 euros.

    Los puntos de venta que deseen adherirse al MOVEA tendrán que aplicar un descuento adicional mínimo de 1.000 euros para todos los vehículos, excepto cuadriciclos (150 euros) y motos (sin descuento). En el caso de que el vehículo sea eléctrico, el punto de venta deberá comprometerse a facilitar la instalación de un punto de carga. Por otro lado, las ayudas para la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas públicas podrán alcanzar un importe de hasta el 40 por 100 del coste, con un máximo de mil euros por punto de recarga convencional, de dos mil euros por punto de recarga semirrápida y de quince mil euros por punto de recarga rápida.

    Según las estimaciones del Gobierno, las ayudas incentivarán la adquisición de 1.800 turismos y furgonetas eléctricos, y 230 motos eléctricas. Para el gas natural (GNV), la estimación es de 240 turismos o furgonetas y 100 camiones. En cuanto al GLP, serían unos 1.300 turismos o furgonetas.

    El Plan MOVEA 2017 entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y estará en vigor hasta hasta el 15 de octubre de este año o hasta que se agoten los fondos disponibles.

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