Categoría: Civil / Mercantil

  • SMI 2016

    SMI 2016

    Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016.

    El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

    Al salario mínimo consignado en el artículo 1 se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.

    Los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo antes indicado la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que en ningún caso la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 31,03 euros por jornada legal en la actividad, así como la parte proporcional  correspondiente a las vacaciones legales mínimas en los supuestos en que no existiera coincidencia entre el período de disfrute de las vacaciones y el tiempo de vigencia del contrato.

    En los demás casos, la retribución del período de vacaciones se efectuará de acuerdo con el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de aplicación.

    Para el caso de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, el salario mínimo  será de 5,13 euros por hora efectivamente trabajada.

    Real Decreto 1171/2015 (BOE 30/12/2015)

     

  • Morosidad empresarial al alza

    Morosidad empresarial al alza

    La morosidad empresarial repunta al alza al cierre de 2015.

    CEPYME. Madrid, 10 de diciembre de 2015.

    La evolución del crédito financiero permite prever que en 2016 se observen, por primera vez en ocho años, tasas positivas de crecimiento si se mantiene la tendencia actual y no se producen episodios de inestabilidad financiera.

    La morosidad empresarial ha registrado un repunte al alza en el tercer trimestre de 2015, lo que permite adelantar que el ejercicio cerrará con una tasa ligeramente superior a la registrada en los trimestres precedentes, rompiendo la tendencia a la reducción que se venía registrando durante los tres últimos años.

    El Boletín de Morosidad y Financiación Empresarial, que edita CEPYME en colaboración con la Dirección General de Industria y de la Pyme, refleja un incremento tanto en el período medio de pago como en el porcentaje de crédito comercial en mora durante el tercer trimestre de este año, respecto del trimestre precedente.

    Así, el período medio de pago aumentó hasta los 81’4 días, dos décimas más que en el trimestre anterior, mientras que el crédito comercial en mora se elevó hasta el 68’5% del total de crédito comercial, lo que representa un incremento de 8 décimas respecto del trimestre anterior.

    El Índice Sintético  de Morosidad Empresarial (ISME) se situó en el tercer trimestre en 92’6 puntos, siete décimas por encima del registrado en el segundo trimestre del año.

    La evolución de este indicador refleja la dificultad de lograr reducciones sustantivas en el medio plazo, en ausencia de nuevas iniciativas estructurales de lucha contra la morosidad empresarial.

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    Tal como ha señalado el presidente de CEPYME, Antonio Garamendi, en la presentación del último número del Boletín de Morosidad y Financiación Empresarial, “uno de los riesgos asociados a la consolidación de la expansión económica y la mejora de las expectativas de crecimiento es que la mayor demanda y disposición de liquidez invite a las empresas a relajar la vigilancia en materia de cobros y pagos en plazo”. Por ello, es importante no bajar la guardia en materia de lucha contra la morosidad.

    El coste financiero de la deuda comercial se elevó hasta los 1.012 millones de euros (1.003 millones en el segundo trimestre), debido al incremento del stock de crédito comercial y del porcentaje de deuda comercial en mora. Este coste equivale al 0’1% del PIB.

    Por sectores, las empresas del sector textil superaron lo 102’5 días de demora en el cobro de sus facturas, unos plazos que no se registraban desde comienzos del año 2010 y que superan en más de 40 días el plazo legal y en más de veinte la media de demora (81’4 días).

    Por el contrario, el sector de actividades de distribución alimentaria registró el menor período medio de cobro, con 67 días, sólo siete por encima del plazo legal de 60 días.

    El Boletín de Morosidad y Financiación Empresarial confirma que las microempresas pagan a sus proveedores antes que las empresas de mayor tamaño. Así, el período medio de pago de las microempresas es de 74’9 días (77’4 en el segundo trimestre de este año), frente a los 82’2 días (80’9 en el segundo trimestre) de las pequeñas empresas y los 84’4 días (igual que en el segundo trimestre) de las medianas.

    Evolución del crédito financiero

    Por lo que respecta al crédito financiero a empresas no inmobiliarias, el Boletín refleja que el mismo se incrementó en torno a un 3% en el tercer trimestre del año, mientras que el destinado a empresas inmobiliarias y e construcción siguió descendiendo a un ritmo del 15%. De mantenerse las tendencias actuales en el ritmo de nueva concesión y descartando episodios de inestabilidad financiera, cabe esperar que en 2016 se observen, por primera vez en ocho años, tasas positivas de crecimiento en el stock de crédito financiero a empresas.

  • IRPF / IVA. Novedades

    IRPF / IVA. Novedades

    Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre, por la que se modifican la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido

    Orden HAP/2429/2015 (BOE 18/11/2015)

  • Nacionalidad Española por Residencia

    Nacionalidad Española por Residencia

    Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.

    Real Decreto 1004/2015 (BOE 07/11/2015)

  • Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

    Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

    Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

    Real Decreto Legislativo 7/2015 (BOE 31/10/2015)

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