Categoría: Igualdad

  • Seminario de Liderazgo Femenino y Dirección Económico-Financiera de la Empresa

    Seminario de Liderazgo Femenino y Dirección Económico-Financiera de la Empresa

    La Cátedra de Desarrollo Directivo Femenino organiza el Seminario de Liderazgo Femenino y Dirección Económico-Financiera de la Empresa.

    Esta Cátedra fue creada en 2018 mediante un Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, con la colaboración de la Asociación de Directivas de Aragón, y tiene el objetivo de fomentar la igualdad de oportunidades en el acceso a los cargos de responsabilidad y dirección en cualquier ámbito organizativo. 

    El objetivo de este seminario es que las mujeres que ocupan o pueden acceder a ocupar puestos de responsabilidad en el tejido empresarial aragonés puedan completar su formación en el área económico-financiera y de liderazgo. 

    Se va a desarrollar desde el día 10 de noviembre hasta el 20 de diciembre, todos los lunes y miércoles, en horario de 18 a 21 horas de forma online, aunque se podrá combinar con alguna sesión presencial a realizar en la Facultad de Economía y Empresa del Campus Paraíso. Un total de 30 horas de formación con profesores universitarios y expertos en Liderazgo y Dirección Económica-Financiera. 

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  • Programa de Desarrollo para la Dirección dirigido a mujeres con alto potencial

    Programa de Desarrollo para la Dirección dirigido a mujeres con alto potencial

     

    El Departamento de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón, en colaboración con la Escuela de Organización Industrial, impulsa un Programa de Desarrollo para la Dirección dirigido a Mujeres con Alto potencial.

    Supone una apuesta por un liderazgo en el que la mujer alcance mayor protagonismo a través de una formación multidisciplinar, que le permita adquirir habilidades directivas.

    El programa ofrece una formación estructurada e integral, cuyo fin es preparar a mujeres directivas y predirectivas de empresas privadas de Aragón para asumir responsabilidades gerenciales, de cualquier tipo y dimensión, con una perspectiva de formación multidisciplinar, fortaleciendo los conceptos de compromiso, esfuerzo y responsabilidad con los siguientes objetivos:

    • Facilitar la adquisición y desarrollo de competencias y habilidades directivas de aplicación práctica
    • Enriquecer el desarrollo personal y profesional,
    • Reflexionar y compartir con los profesores de EOI, expertos e invitados, experiencias y nuevos estilos de dirección
    • Entablar contacto con mujeres en puestos cercanos a la dirección que tienen potencial para desempeñar cargos de responsabilidad

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  • Convocadas ayudas a la pequeña empresa y entidades sin ánimo de lucro para la elaboración e implantación de planes de igualdad

    Convocadas ayudas a la pequeña empresa y entidades sin ánimo de lucro para la elaboración e implantación de planes de igualdad

     

    El Gobierno de Aragón convoca ayudas a la pequeña empresa y entidades sin ánimo de lucro para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes a 2021. Los planes de igualdad constituyen una herramienta de desarrollo y modernización que favorece las relaciones laborales. Por ello, a través de ayudas, el departamento de Economía, Planificación y Empleo impulsa su elaboración e implantación, fomentando así la igualdad efectiva en los entornos de trabajo.

     

    Beneficiarios

     

    Pueden optar a estas ayudas las empresas y entidades sin ánimo de lucro con plantillas compuestas por entre 25 y 49 trabajadores que, en el ámbito de las relaciones laborales, adopten por primera vez un plan de igualdad para alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo, siempre y cuando no se encuentren obligadas por convenio colectivo.

     

    Requisitos

     

    Los planes de igualdad que se presenten deberán impulsar principalmente acciones en relación con las áreas de trabajo que se especifican a continuación:

    a) Proceso de selección y contratación: Igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización, asegurando la ausencia de políticas discriminatorias en materia de selección y contratación.

    b) Clasificación profesional: Medidas que garanticen la igualdad en la clasificación de los grupos profesionales para todas las personas trabajadoras con iguales aptitudes profesionales, titulaciones y desempeño de las mismas tareas, funciones o especialidades profesionales y responsabilidades.

    c) Formación: Formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que estén subrepresentadas. Acciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres dirigidas al personal de la entidad.

    d) Promoción profesional: Reglas de ascenso basadas en criterios que no lleven a situaciones de discriminación en función de sexo.

    e) Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres: Medidas que impulsen la igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad y puestos directivos, entre otras.

    f) Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral: Medidas de adaptación de la jornada para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, así como la corresponsabilidad.

    g) Infrarrepresentación femenina: Medidas que aseguren mayor representación de las mujeres en aquellos grupos profesionales en que se hallan infrarrepresentadas con el fin de conseguir la paridad entre mujeres y hombres, asegurando la ausencia de políticas discriminatorias y fomentando la promoción de las trabajadoras a todos los grupos y funciones en las que estén infrarrepresentadas.

    h) Retribuciones: Igualdad en materia retributiva, eliminando la discriminación directa o indirecta por razón de sexo en las condiciones salariales y la brecha salarial.

    i) Prevención del acoso sexual y por razón de sexo: Elaboración de un procedimiento/ protocolo para la prevención y el tratamiento del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en la entidad, implantando medidas preventivas para la erradicación de estas conductas

     

    Cuantía

     

    Se podrá financiar hasta el 80% de la actividad subvencionada. En el caso de percibir otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no podrá superar este porcentaje. El importe de la actividad subvencionable no alcanzado por la subvención que se otorgue será cubierto con fondos propios de la entidad beneficiaria. No obstante, en ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

    La determinación de la cuantía individualizada de la subvención será un porcentaje de la cuantía solicitada en función de la puntuación obtenida al aplicar los criterios de valoración establecidos en el apartado decimotercero de esta convocatoria. La cuantía máxima a percibir será de ocho mil euros (8.000 €) y, solo se otorgará una única ayuda para cada entidad.

    En aplicación de los criterios de valoración y baremación fijados en esta convocatoria, se subvencionarán los siguientes porcentajes:

    • 80% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 90 y 100 puntos.
    • 70% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 89 y 70 puntos.
    • 60% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 69 y 50 puntos.

     

    Plazo

     

    Las empresas y entidades que deseen optar a estas ayudas tienen hasta el 21 de junio para realizar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

    Orden completa

  • ¿Cómo hacer el registro retributivo?

    ¿Cómo hacer el registro retributivo?

     

    El pasado 14 de abril entró en vigor el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres que establece medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, y desarrolla los mecanismos que permiten identificar y corregir la discriminación en este ámbito.

    El Real Decreto establece la obligación para empresas y convenios colectivos de integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva, orientado a la identificación de discriminaciones derivadas de la incorrecta valoración de puestos trabajo. Este principio de transparencia se deberá aplicar en los registros retributivos, en las auditorías retributivas, en el sistema de valoración de puestos de trabajo y en el derecho de información de las personas trabajadoras.

    Todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras que tengan, deberán contar con un registro retributivo de toda su plantilla, incluyendo al personal directivo y altos cargos. Se trata de una obligación ya existente a la entrada en vigor del RD 902/2020, RD que ahora desarrolla su contenido. El registro incluirá los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales desagregados por sexo. Además, deberá establecerse la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada grupo o categoría profesional, puesto, nivel…. con un periodo de referencia que con carácter general será de un año natural.

    Este registro será accesible para toda la plantilla a través de la representación legal de las personas trabajadoras. En caso de no existir representación legal no se dará a conocer el contenido íntegro del mismo, sino que se informará de las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, que también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.

     

    ¿Cómo hacer el registro retributivo?

     

    Las organizaciones sindicales y patronales y elaborada de manera conjunta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad han publicado una herramienta de Registro Retributivo que incorpora un modelo voluntario de registro retributivo que permite a las empresas cumplir con la obligación establecida.

    La herramienta cuenta con:

    • Guía de uso en formato pdf que proporciona las indicaciones necesarias para poder rellenar el fichero adecuadamente con los datos de la plantilla y posteriormente obtener a través de sus cálculos automatizados y tablas dinámicas los resultados de manera fácil. La automatización de la herramienta posibilita su uso con unos conocimientos de Microsoft Excel a nivel usuario/a.

    Descargar guía de uso

    • Fichero Excel en el que se deben incorporar los datos y a partir de ellos, de forma automatizada, la aplicación realizará los cálculos necesarios para los análisis.

    Descargar modelo

    • Fichero Excel con un ejemplo de uso, a través del cual se facilita la comprensión de los pasos a seguir para su cumplimentación.

    Descargar ejemplo

     

  • Ayudas de la DPZ para el autoempleo femenino en el mundo rural

    Ayudas de la DPZ para el autoempleo femenino en el mundo rural

     

    La Diputación de Zaragoza publica un proyecto de apoyo al impulso de iniciativas de la creación de empleo femenino en el mundo rural. 

    El objetivo general de este proyecto es “impulsar estrategias que faciliten el avance social de las mujeres mediante su inserción en el mercado laboral como trabajadoras autónomas e integrar la igualdad de oportunidades en todas las políticas, medidas y acciones que inciden en la vida de las mujeres de la provincia de Zaragoza”.

    Para la consecución de este objetivo general, una de las iniciativas impulsadas por la Diputación Provincial de Zaragoza es la “Actuación dirigida a la creación de empleo mediante la promoción del autoempleo femenino”, con la misión de contribuir a la empleabilidad de la mujer, mejorar su espíritu de empresa, apoyar la igualdad de oportunidades y la inversión en recursos humanos.

     

    Beneficiarias

     

    Podrán acogerse a esta convocatoria aquellas mujeres que se hayan establecido o se vayan a establecer y se den de alta como trabajadoras autónomas desde el día 1 de junio de 2020 hasta el 30 de mayo de 2021 en los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida Zaragoza capital.

    Es necesario estar desempleada previamente a la fecha de inicio de la actividad. A los efectos de este Decreto se considerarán trabajadoras desempleadas a las demandantes de empleo, no ocupadas, que estén registradas en los Servicios Públicos de Empleo.

    También podrán acogerse a esta convocatoria aquellas mujeres que hubiesen sido subvencionadas en la convocatoria de Autoempleo Femenino del año anterior y no se les hubiese subvencionado el máximo por ayuda individual, es decir, 6.000 euros, por no haber completado un año de actividad.

     

    Gastos subvencionables

     

    Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen desde el 1 de junio de 2020 y hasta el 30 de mayo del año 2021 para las solicitantes que se acojan a la convocatoria según el punto primero. Ello significa que la emisión de las facturas y otros documentos justificativos tendrán como plazo máximo la precitada fecha. En todo caso, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación de gasto determinado por estas normas, es decir, los gastos habrán tenido que ser efectivamente pagados como máximo hasta el 15 de noviembre de 2021.

    Serán gastos objeto de subvención los que a continuación se detallan, subvencionándose solamente el 80 % de los mismos calculados sin IVA:

    • Gastos relacionados con el asesoramiento legal y empresarial derivado de la constitución de la empresa, y gastos financieros de asesoría jurídica del primer año de actividad.
    • Gastos de publicidad.
    • Gastos de alquiler de locales, alquiler de materiales, renting o leasing de vehículos necesarios u otros materiales para el desarrollo del proyecto o actividad durante el primer año.
    • Seguro del primer año de actividad de la empresa.
    • Impuestos que graven el inicio de la actividad y que no sean susceptibles de recuperación o compensación
    • Seguridad Social del primer año de actividad.
    • Gastos derivados como consecuencia de la COVID 19 que no supongan inversión, tales como Epis, mascarillas, desinfectantes, geles, artículos higiénicos de un solo uso para prevenir el virus y/o relacionados con él, por un importe máximo total de 1.000,00€ (sin IVA) por beneficiaria. Estos gastos también podrán incluirlos las beneficiarias de la convocatoria del Plan de Autoempleo de 2020 que no hayan percibido el máximo anual por ayuda de 6.000,00€.

    Para las solicitantes beneficiarias de subvención en la convocatoria de 2020 se consideran gastos subvencionables aquellos que como consecuencia de la finalización del período de ejecución de gastos hasta el 30 de mayo de 2020 no hubiesen estado de alta como empresarias autónomas un año completo y además no hubiesen percibido la totalidad de la subvención a conceder por importe de 6.000,00 €. Podrán percibir subvención hasta completar los gastos del año entero de cumplimiento como empresarias autónomas, siempre que respondan a los mismos conceptos
    subvencionados durante el año anterior(a excepción de los mencionados en la cláusula g que podrán incluirlos como nuevos) y se hayan producido desde el 1 de junio de 2020 y como máximo y hasta el día del mes que corresponda del año 2021 en que cumpla un año como empresaria autónoma.

     

    Cuantía

     

    La cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80 por ciento del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a este plan, no superará la cantidad de: 6.000,00 euros.

    Las autoempleadoras que soliciten ayuda que hubiesen sido subvencionadas en la convocatoria de Autoempleo Femenino del año anterior, punto segundo no podrán superar la cantidad de 6.000,00 € ni el 80 por ciento del presupuesto total del proyecto entre la cuantía percibida en 2020 y la concedida en 2021.

    Si la beneficiaria percibe más ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no puede suponer más del 80 por ciento del coste del presupuesto total. Si de la suma de las ayudas públicas se superase dicho porcentaje, la aportación de la Diputación Provincial de Zaragoza se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 1 de junio de 2021.

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