Categoría: Laboral

  • Calendario laboral 2022 descargable

    Calendario laboral 2022 descargable

     

    CEPYME Aragón pone a disposición de los asociados el Calendario Laboral correspondiente al año 2022 en formato PDF.

    Se recuerda la obligación legal para la empresa -con base en el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores- de exhibir el mismo en lugar visible del centro de trabajo.

    Elaboración y trámites:

    • Anualmente la empresa, tras consulta y previo informe de los representantes de los trabajadores, elaborará un calendario laboral que comprenderá el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas, y otros días inhábiles, teniendo en cuenta la jornada máxima legal o, en su caso, la pactada.
    • El calendario estará de acuerdo con la regulación que anualmente efectúa el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables y los establecidos por cada Comunidad Autónoma y por los Ayuntamientos correspondientes, siendo catorce días la totalidad de estos.
    • El calendario deberá exponerse en sitio visible en cada centro de trabajo.

    Descargar

  • Calendario laboral 2022: Festivos locales

    Calendario laboral 2022: Festivos locales

     

    El DECRETO 84/2021, de 30 de junio, del Gobierno de Aragón, estableció las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles, para el año 2022 en la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que los días inhábiles correspondientes a las entidades locales fueran determinados con posterioridad, una vez publicado el calendario laboral de éstas.

    El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (“Boletín Oficial del Estado”, número 180, de 29 de julio de 1983) sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos en relación con el artículo 37.2 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece que la autoridad laboral competente, a propuesta del Pleno del ayuntamiento correspondiente, determinará hasta dos fiestas locales de carácter inhábil, retribuido y no recuperable.

    La mayor parte de los ayuntamientos de la provincia de Zaragoza, Huesca y Teruel han efectuado sus respectivas propuestas que procede acoger, quedando así completado el calendario de fiestas laborales para el año 2022.

    En consecuencia, las Subdirecciones Provinciales de Trabajo de Zaragoza, Huesca y Teruel, ordenan la publicación de las fiestas de ámbito local de dichas provincias.

    Fiestas locales en los municipios de Zaragoza

    Fiestas locales en los municipios de Huesca

    Fiestas locales en los municipios de Teruel

    * Pendiente de publicación la modificación del festivo del municipio de Zaragoza por el que se traslada la festividad local de San Valero, el 29 de enero, al lunes 31 de enero de 2022. 

  • Calendario laboral 2022: Festivos en cada Comunidad Autónoma

    Calendario laboral 2022: Festivos en cada Comunidad Autónoma

     

    Se publica en el BOE la relación de fiestas laborales para el año 2022 remitida al Ministerio de Trabajo y Economía Social por las diecisiete Comunidades Autónomas y por las Ciudades de Ceuta y Melilla.

    Resolución completa

  • ¿Cómo solicitar el listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud del ERTE?

    ¿Cómo solicitar el listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud del ERTE?

    Desde la Dirección General de Trabajo, Autónomos y economía Social del Gobierno de Aragón se facilita el enlace de la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en la que se puede acceder a toda la información necesaria para la cumplimentación del listado de personas trabajadoras previo a la solicitud de las medidas extraordinarias en materia de cotización y de prestaciones por desempleo, conforme a los dispuesto en el RD-ley 18/21

     

    ¿Quién está obligado a solicitar el listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo?

     

    El listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo debe presentarse por las empresas en los siguientes supuestos:

    • Los expedientes de regulación temporal de empleo incluidos en el artículo 1 del Real Decreto Ley 18/2021, de 28 de septiembre cuya prórroga se haya autorizado.
    • Nuevos expedientes de regulación temporal de empleo autorizados a partir del 1 de octubre de 2021, autorizados conforme al Real Decreto Ley 18/2021.
    • Existencia de nuevas personas trabajadoras que pasen a estar incluidas en un expediente de regulación de empleo previsto en los apartados anteriores.

     

    Plazo de presentación

     

    Debido a las incidencias técnicas en el desarrollo de esta aplicación el plazo de 5 días para proceder a la presentación del listado de trabajadores se amplia hasta el día 5 de noviembre de 2021, respecto de aquellas empresas que hubiesen tenido que presentar el listado antes de esa fecha.

    Así será posible la presentación hasta el 5 de noviembre de 2021 de los listados de empresas con ERTE prorrogados, autorizados o comunicados antes del 1 de noviembre. En todo caso se podrá presentar el listado de trabajadores en cualquier momento desde que la aplicación se encuentre en funcionamiento. Esto último tendrá lugar a más tardar el día 1 de noviembre y se informará de ello en la presente página.

    Por el contrario para las empresas cuyo ERTE sea prorrogado, autorizado comunicado a partir del 1 de noviembre el plazo será de 5 días hábiles a partir de ese momento.

     

    Lugar de presentación

     

    El listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo solo puede presentarse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Economía Social http://mites.gob.es

    Más información

  • Fijados los días de apertura en domingos y festivos para 2022

    Fijados los días de apertura en domingos y festivos para 2022

     

    (BOA 21/07/2021)

    Como todos los años, se publica la Orden al efecto de determinar los días que podrán permanecer abierto al público los establecimientos comerciales en cada provincia de Aragón (y área metropolitana de la ciudad de Zaragoza) en el año 2022.

    El listado de días se publica sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre establecimientos con régimen especial de horarios. (artículo 3 de la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos).

    Huesca:

    • 2 y 9 de enero
    • 14 de abril
    • 2 de mayo
    • 24 de julio
    • 15 de agosto
    • 4 de septiembre
    • 4, 11 y 18 de diciembre

    Teruel:

    • 2 y 9 de enero
    • 14 y 23 de abril
    • 26 de junio
    • 4 de septiembre
    • 27 de noviembre
    • 4, 11 y 18 de diciembre

    Zaragoza:

    • 2 y 9 de enero
    • 2 de mayo
    • 26 de junio
    • 4 de septiembre
    • 1 y 27 de noviembre
    • 4, 11 y 18 de diciembre

    Área metropolitana de Zaragoza:

    • 2 y 9 de enero
    • 14 de abril
    • 26 de junio
    • 4 de septiembre
    • 1 y 27 de noviembre
    • 4, 11 y 18 de diciembre

     

    Queda pendiente de concreción que por los ayuntamientos, para todo el comercio ubicado en su término municipal, se ejerza en su caso la facultad de sustitución, de hasta dos fechas,  del total de domingos y festivos de apertura autorizada establecida para cada año.

    Orden completa

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies