Categoría: Laboral

  • ¿Tu empresa está sensibilizada con la violencia de género? Participa en el censo de la Fundación Federico Ozanam

    ¿Tu empresa está sensibilizada con la violencia de género? Participa en el censo de la Fundación Federico Ozanam

     

    La Fundación Federico Ozanam ha solicitado a CEPYME Aragón colaboración para un proyecto de atención a mujeres víctimas de violencia de género financiado por INAEM en el que una de las acciones consiste en la elaboración de un censo de empresas sensibilizadas con este problema social.

    La inscripción en este censo no lleva consigo ningún tipo de compromiso de contratación, simplemente se busca contar con un grupo de empresas y entidades comprometidas con este problema social.

    Asimismo, la inscripción y participación no es pública. Desde Fundación Federico Ozanam podrán enviar información a las empresas de perfiles disponibles para contratación en el caso de que lo soliciten.

    Si a tu empresa le interesa colaborar con esta iniciativa mostrando vuestro compromiso puedes mandar un correo a igualdad@cepymearagon.es cumplimentando los siguientes datos:

    • Nombre de la empresa
    • Dirección:
    • CIF:
    • Nombre de la persona de contacto:
    • Teléfono:
    • Correo:
    • CNAE:
    • Número aproximado de empleados:

    La empresa anteriormente relacionada mediante la remisión de este correo con sus datos manifiesta expresamente que presta autorización a Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza para la cesión de los mismos a Fundación Federico Ozanam, para su uso en el Censo de Empresas Diana con la finalidad  igualmente indicada de registro, colaboración y participación en el censo al que hace referencia este escrito.

  • Firmado el Convenio colectivo del sector comercio del mueble de Zaragoza hasta 2024

    Firmado el Convenio colectivo del sector comercio del mueble de Zaragoza hasta 2024

     

    La Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector Comercio del Mueble de Zaragoza ha firmado un acuerdo que garantiza a los trabajadores del sector un convenio colectivo hasta el 31 de diciembre de 2024.

    Las partes han acordado una subida salarial del 3% para el año 2022, un 4% para el año 2023 y un 3,5 % para el año 2024.

    Por otro lado, se mantiene la jornada de trabajo en 1788 horas anuales durante la vigencia del convenio y se incluye un disfrute de cuatro fines de semana en el año natural.

    Con respecto a la revisión salarial, si al finalizar 2023 el IPC interanual de diciembre de 2023 fuera superior al 4% se aplicará un incremento adicional máximo del 1 % con efecto de 1 de enero de 2024; respecto a 2024, si al finalizar 2024 el IPC interanual de diciembre de 2024 fuera superior al 3,5%, se aplicará un incremento adicional máximo del 1 % con efecto de 1 de enero de 2025.

  • Calendario de días inhábiles de la Administración para 2024

    Calendario de días inhábiles de la Administración para 2024

     

    De acuerdo con el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros, sino la validez del día indicado para el cómputo de plazos en cualquier trámite con la Administración.

    Por todo ello, la Secretaría de Estado de Función Pública, y como todos los años, aprueba y publica el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2024, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputo de plazos.

    Son días inhábiles:

    • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
    • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
    • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local:  los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

    Los días inhábiles a que se refieren los puntos primero y segundo se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto a la norma. También estará disponible en el Punto de Acceso General Electrónico de la Administración General del Estado.

     

    Calendario de días inhábiles 2024

     

    Enero

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Febrero

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 13: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

     

    Marzo

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
    • Día 19: Inhábil en la Región de Murcia, así como en la Comunitat Valenciana.
    • Día 28: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La  Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La  Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la  Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 29: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Abril

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunitat Valenciana.
    • Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de
    • Castilla y León.

     

    Mayo

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
    • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
    • Día 30: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla-La Mancha.
    • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

     

    Junio

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 10: Inhábil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
    • Día 17: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunitat Valenciana.

     

    Julio

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País
    • Vasco, así como en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.

     

    Agosto

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 5: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
    • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Septiembre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 9: Inhábil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
    • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

     

    Octubre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana

     

    Noviembre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Diciembre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

     

    Se recogen igualmente especialidades sobre la materia en la Comunidad Autónoma de Canarias (en función de cada isla del archipiélago), en la Comunidad Autónoma de Cataluña, (en relación al territorio de Arán), y en la Comunitat Valenciana (que otorga carácter retribuido y recuperable el 24 de junio, San Juan).

    Resolución completa

  • Calendario laboral 2024: Todos los festivos del próximo año

    Calendario laboral 2024: Todos los festivos del próximo año

     

    Como todos los años, y tras haber remitido al Ministerio de Trabajo y Economía Social las diecisiete comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla la relación de fiestas laborales para el año 2024, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.

    El calendario laboral de 2024 recoge un total de 12 días festivos, de los que nueve se celebrarán de forma conjunta en toda España, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), a los días festivos nacionales y autonómicos de Aragón, hay que sumar los dos festivos locales que tiene cada municipio, hasta un total de 14 días festivos al año.

     

    Festivos autonómicos

     

    Según el calendario laboral 2024 que publica el Boletín Oficial de Aragón en el Decreto 93/2023, de 14 de junio, en esta comunidad autónoma son festivos los siguientes días:

    • 1 de enero. Año Nuevo (lunes).
    • 6 de enero. Epifanía del Señor (sábado).
    • 28 de marzo. Jueves Santo (jueves).
    • 29 de marzo. Viernes Santo (viernes).
    • 23 de abril. Día de Aragón / San Jorge (martes).
    • 1 de mayo. Día del Trabajo (miércoles).
    • 15 de agosto. Asunción de la Virgen (jueves).
    • 12 de octubre. Fiesta Nacional de España (sábado).
    • 1 de noviembre. Todos los Santos (viernes).
    • 6 de diciembre. Día de la Constitución Española (viernes).
    • 9 de diciembre. Inmaculada Concepción (por coincidir en domingo se traslada al lunes).
    • 25 de diciembre. Natividad del Señor (miércoles).

    Decreto completo

     

    Festivos locales

     

    La mayor parte de los ayuntamientos de la provincia de Zaragoza, Huesca y Teruel han efectuado sus respectivas propuestas que procede acoger, quedando así completado el calendario de fiestas laborales para el año 2024.

    Fiestas locales en los municipios de Zaragoza

    Fiestas locales en los municipios de Huesca

    Fiestas locales en los municipios de Teruel

  • SERENA: la nueva aplicación para la gestión y tramitación de expedientes de regulación de empleo (ERTE y ERE)

    SERENA: la nueva aplicación para la gestión y tramitación de expedientes de regulación de empleo (ERTE y ERE)

     

    Desde el día 7 de noviembre las comunicaciones de inicio o solicitudes de expedientes de regulación de empleo se tramitan a través de la nueva aplicación SERENA – Sistema de Expedientes de Regulación de Empleo Nacional.

    SERENA es una aplicación informática pensada para la gestión y tramitación de expedientes de regulación de empleo (ERTE y ERE) y del Mecanismo RED. Por el momento, sólo se utilizará para los expedientes de ámbito supra autonómico y, por tanto, competencia de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, aunque en el futuro se desarrollará una extensión del uso a las Autoridades Laborales de todas las comunidades autónomas interesadas.

    Se aplica a los siguientes procedimientos de Regulación de Empleo:

    • Procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.
    • Extinción y suspensión de relaciones de trabajo y reducción de jornada por fuerza mayor.
    • Mecanismos Red

    Acceder

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies