Categoría: Medioambiente

  • El Ministerio abre a audiencia pública una línea  con 150 millones para repotenciación eólica,  minihidráulica y reciclaje de palas

    El Ministerio abre a audiencia pública una línea con 150 millones para repotenciación eólica, minihidráulica y reciclaje de palas

     

    El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha sacado a información pública tres programas de ayudas a la repotenciación eólica, la renovación hidroeléctrica y el reciclaje de palas de aerogeneradores, disponibles aquí y dotados inicialmente con 150 millones de euros. Con esta línea se espera lograr al menos 435 MW eólicos repotenciados, 50 MW hidroeléctricos renovados y una capacidad anual de reciclaje de cerca de 19.000 toneladas de palas y otros materiales compuestos del aerogenerador.

    El apoyo económico otorgado se especificará en cada convocatoria. En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta requisitos de economía circular, como la reducción, reutilización y reciclado de los residuos generados en los parques eólicos, en especial de las palas de los aerogeneradores.

     

    Proyectos subvencionables

     

    Esta línea se divide en tres programas de ayudas:

    • Repotenciación de instalaciones eólicas, para la sustitución completa de aerogeneradores.
    • Renovaciones tecnológicas-ambientales de instalaciones hidroeléctricas de hasta 10 MW de potencia, para la sustitución de equipos preexistentes.
    • Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.

    Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda. Los proyectos deberán estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2025 y tendrán que respetar el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente.

    Las intensidades de ayuda contempladas podrán incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas. Igualmente, se podrá incrementar en 5 puntos porcentuales cuando la actuación se sitúe en islas, zonas de reto demográfico y/o de Transición Justa.

     

    Repotenciación y renovación

     

    La repotenciación de instalaciones existentes de generación eléctrica contribuye a generar un menor impacto ambiental y permite un mejor aprovechamiento del recurso renovable porque sustituye sistemas obsoletos o antiguos por otros nuevos de mayor eficiencia. En el caso de la tecnología eólica, la repotenciación ayuda a reducir el impacto paisajístico y la superficie ocupada, ya que permite la sustitución de un elevado número de generadores antiguos y pequeños por un número más reducido de equipos de mayor tamaño.

    Dentro de las actuaciones para la renovación tecnológica y medioambiental se prevén medidas para asegurar la migración de peces a lo largo del cauce del río, la protección o mejora de los hábitats y la cobertura de tuberías para evitar efecto barrera, entre otras.

     

    Reciclaje y cadena de valor

     

    Dentro de las actuaciones para la renovación tecnológica y medioambiental se prevén medidas para asegurar la migración de peces a lo largo del cauce del río, la protección o mejora de los hábitats y la cobertura de tuberías para evitar efecto barrera, entre otras.

     

    ¿Cómo remitir comentarios?

     

    Los comentarios a los proyectos de orden ministerial y proyecto de resolución para la primera convocatoria deben remitirse hasta el 17 de junio al buzón de correo electrónico: bzn-repotenciacion@miteco.es, indicando en el asunto ‘Información pública incentivos Repotenciación Circular

  • Convocadas las ayudas para el mecanismo de compensación de costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero

    Convocadas las ayudas para el mecanismo de compensación de costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero

     

    Se convoca la concesión de las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece un mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero.

     

    Beneficiarios

     

    Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica y que:

    • Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
    • Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados
    • Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año 2021, debido a los costes indirectos soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos

     

    Cuantía

     

    Las ayudas adoptarán la forma de subvención. El importe global máximo destinado a las subvenciones en la convocatoria se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.

     

    Plazo

     

    Desde el 14 de junio hasta el 11 de julio de 2022.

    CORRECCIÓN POSTERIOR: El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será de veintisiete días hábiles comprendidos desde el día 14 de junio hasta el 20 de julio de 2022, ambos inclusive.

    Orden completa

    Bases reguladoras

  • 5 de junio: Día Mundial del Medio Ambiente

    5 de junio: Día Mundial del Medio Ambiente

     

    El Día Mundial del Medio Ambiente es la fecha más importante en el calendario oficial de las Naciones Unidas para fomentar la conciencia y la acción global en favor de la protección ambiental. La fecha, celebrada todos los años desde 1974, también se ha convertido en una plataforma vital para promover el progreso hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

    Más de 150 países participan cada año bajo el liderazgo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y corporaciones, organizaciones no gubernamentales, comunidades y celebridades de todo el mundo adoptan la marca del Día Mundial del Medio Ambiente para defender causas ambientales.

    “Sólo una Tierra” es el mismo tema que se utilizó cuando se celebró el primer Día Mundial del Medio Ambiente en Estocolmo en 1972. Hoy, 50 años después, este mensaje sigue siendo igual de válido. Este planeta sigue siendo nuestro único hogar, y debemos hacer todo lo posible para proteger los recursos finitos de la Tierra. Estar en simbiosis con la naturaleza para un mañana más verde.

    El tema pretende animar a la gente a comprometerse y trabajar activamente para conseguir resultados tangibles y nuevas soluciones. Abarca desde el consumo y la producción sostenibles (objetivo 12 de la Agenda 2030) hasta la forma en que nosotros, como individuos, desarrollamos nuestra relación con la naturaleza, aprendemos a comprender su valor y adaptamos nuestra toma de decisiones en función de este valor.

    Más información

  • CEPYME Aragón se suma a la Declaración para la reducción de las emisiones difusas

    CEPYME Aragón se suma a la Declaración para la reducción de las emisiones difusas

     

    El foro sobre la reducción de emisiones difusas convocado por el Gobierno de Aragón y en el que han participado activamente agentes sociales, clústeres, Universidad, sistema agroalimentario, colegios profesionales, consumidores, etc., ha vuelto a reunirse hoy para firmar la Declaración sobre la reducción de emisiones difusas en Aragón, no solo como objetivo, sino con medidas concretas en las que ir avanzando.

    Además de firmar esta declaración, todos los firmantes se comprometen a desarrollar su contenido y a contribuir en el diseño del futuro plan que contará con las medidas necesarias, técnicamente posibles y económicamente sostenibles.

    Concretamente el Gobierno de Aragón, según ha asegurado el presidente Lambán, se compromete a impulsar con los medios necesarios la elaboración de un plan específico a través del que desarrollar esta declaración y hacerla efectiva, en un plazo máximo de 6 meses. Para ello se potenciará el Consejo Aragonés del Clima como vía para la institucionalización de la mitigación y adaptación al cambio climático y, en particular, de la implantación del plan y de las acciones en pro de la reducción de las emisiones difusas.

    El objetivo de lograr reducir un 40% las emisiones difusas para el año 2030 exige que todos los actores institucionales, económicos y sociales se pongan de forma inmediata a trabajar en ello mancomunadamente para lograr reducir las emisiones difusas en Aragón un 6% anual.

    Entre las medidas de la Declaración para la reducción de las emisiones difusas firmada hoy, se contempla desarrollarla desde los ámbitos productivos actuaciones en todos los sectores. Entre otras, en la agricultura, se promoverá la sustitución de los fertilizantes minerales por los orgánicos —procedentes de subproductos como los estiércoles o purines y del compostaje de residuos domésticos recogidos selectivamente—. En la energía, se crearán comunidades energéticas; en el transporte se promoverá la movilidad sostenible y segura y la electrificación; y en edificios se minimizará el gasto utilizando energías y combustibles alternativos. Se apostará por una economía circular en la que se incentive la recuperación y rehabilitación de viviendas y edificios con criterios de ahorro energético, el consumo responsable y de proximidad, con movilidad sostenible. Otras actuaciones a desarrollar están recogidas en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y en la Estrategia Aragonesa de Cambio Climático (EACC).

    También se buscará aumentar el esfuerzo en I+D+i y explorar nuevos mercados, nuevas soluciones basadas en la naturaleza, nuevas tecnologías, nuevos modelos de gestión y nuevas aplicaciones para alcanzar un mayor valor añadido en los sectores difusos. En este sentido, se destaca el papel fundamental para la formación, para la transferencia de conocimiento y para la innovación de las universidades y centros de investigación, los centros tecnológicos, las asociaciones empresariales, los colegios profesionales y los clústeres empresariales de Aragón, así como de las empresas con un marcado componente innovador, capaces de desarrollar y transferir soluciones tecnológicas innovadoras y sostenibles al mercado.

    Emisiones difusas

    La Declaración de reducción de emisiones difusas está suscrita por UAGA, UPA, ARAGA, ASAJA, FACA, AIAA, TRADIME, AETIVA, UCA, COPA, i+Porc, CLENAR, ALIA, FHa, ZINNAE, CAMPAG, UZ, AEMET, OPCC, CPNA, FITA, ECODES, F. Agricultura del conocimiento, Térvalis, CEOE, CEPYME Aragón, UGT, CCOO y Gobierno de Aragón.

    Las emisiones difusas son aquellas emisiones de gases de efecto invernadero que quedan al margen del mercado y de los derechos de emisión. Esto es, están fuera de los denominados sectores regulados por la Directiva de Comercio de Derechos de Emisión de GEI asociadas principalmente a la generación de energía y la gran industria.

    Los sectores denominados difusos se dividen en energéticos: residencial, comercial e institucional, transporte e industria no sujeta al comercio de derechos de emisión; y en no energéticos: agrícola y ganadero, gestión de residuos y gases fluorados. Todos ellos sectores muy importantes para la economía aragonesa.

  • Se establecen las bases de ayudas para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono

    Se establecen las bases de ayudas para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono

     

    Se establecen las bases reguladoras del mecanismo de compensación de costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero, repercutidos en los precios de la electricidad, consecuencia de la aplicación del cuarto período del régimen europeo de comercio de derechos de emisión (en adelante, RCDE), para determinados sectores y subsectores expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono.

     

    Finalidad

     

    Evitar el traslado de la actividad productiva propia de aquellos sectores más expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono, a terceros países que no están sujetos al RCDE ni a la normativa de la Unión Europea (en adelante, UE), lo que conllevaría una pérdida de la actividad productiva en España y en la UE, así como el peligro de producir un aumento global de las emisiones de gases de efecto invernadero debido a las menores restricciones en países no pertenecientes a la UE.

    El mecanismo de compensación adoptará la forma de subvención.

     

    Beneficiarios

     

    Las personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en RCDE, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que cumplan los requisitos siguientes:

    • Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
    • Realicen una o varias actividades o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de las nuevas Directrices, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo, los cuales se encuentran igualmente incluidos en el anexo I del presente real decreto.
    • Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año precedente a la convocatoria del mecanismo de compensación de ayudas, como consecuencia de los costes indirectos soportados en los gastos de suministro destinados a los procesos productivos.

     

    Ámbito temporal

     

    Será aplicable a las subvenciones que se convoquen en el periodo 2022-2031, para compensar los costes indirectos soportados en los años 2021-2030 correspondientes al cuarto periodo del RCDE.

     

    Criterios de evaluación

     

    Las ayudas se concederán por el procedimiento de concurrencia competitiva y las solicitudes se evaluarán de acuerdo con el cumplimiento de los siguientes criterios:

    • Estar en riesgo de fuga de carbono, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 10 ter de la Directiva 2003/87/CE, en relación a las actividades o productos definidos en el anexo I del presente real decreto, por haber incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, como consecuencia de los procesos de producción.
    • Haber acreditado actividad productiva destinada a la comercialización y al beneficio empresarial, y, por ello, sometido a la competencia del mercado, durante el correspondiente ejercicio fiscal anterior al año de la convocatoria derivada de este real decreto.

     

    Sectores primarios que se consideran expuestos a un riesgo real de fuga de carbono

     

      Código NACE (rev. 2) Descripción
    1 14.11 Confección de prendas de vestir de cuero.
    2 24.42 Producción de aluminio.
    3 20.13 Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica.
    4 24.43 Producción de plomo, zinc y estaño.
    5 17.11 Fabricación de pasta papelera.
    6 17.12 Fabricación de papel y cartón.
    7 24.10 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.
    8 19.20 Refino de petróleo.
    9 24.44 Producción de cobre.
    10 24.45 Producción de otros metales no férreos.
    11 Los siguientes subsectores dentro del sector de los plásticos (20.16):
      20.16.40.15 Polietilenglicoles y los demás poliéter-alcoholes, en formas primarias.
    12 24.51 Todas las categorías de productos en el sector de la fundición de hierro.
    13 Los siguientes subsectores dentro del sector de la fibra de vidrio (23.14):
      23.14.12.10 Esteras de fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio).
    23.14.12.30 Velos de fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio).
    14 Los siguientes subsectores dentro del sector de los gases industriales (20.11):
      20.11.11.50 Hidrógeno.
    20.11.12.90 Compuestos oxigenados inorgánicos de elementos no metálicos.

    Real Decreto completo

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