Categoría: PRL

  • Los trabajadores dejarán de estar obligados a presentar a su empresa los partes de baja a partir del 1 de abril

    Los trabajadores dejarán de estar obligados a presentar a su empresa los partes de baja a partir del 1 de abril

     

    De acuerdo con el RD publicado el pasado mes de enero, la tramitación de las bajas (incapacidades temporales) inferiores a 365 días sufrirá, a partir de este 1 de abril, una modificación esencial: los trabajadores dejarán de estar obligados de presentar a su empresa los partes de baja, confirmación y alta.

    Es intención de la norma, por un lado, agilizar los trámites y, por otro, evitar al trabajador una tarea burocrática de la gestión de su propia baja, trámite que puede ser en ocasiones especialmente gravoso. Ahora, es la propia Seguridad Social la que proporcionará toda la información de manera telemática a la empresa.

     

    ¿Cómo se tramitarán las bajas a partir del 1 de abril?

     

    Hasta ahora, el médico entrega al trabajador el parte médico, la copia correspondiente de la baja, confirmación y alta. Después, el trabajador lo remite a la propia empresa para que esta lo cumplimente y remita a la entidad gestora.

    Con la norma antes referenciada, y a partir del 1 de abril, ahora será el Servicio Público de Salud, (o la mutua, o la empresa colaboradora) la que remitan los partes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).  Será el INSS quien comunicará entonces a la empresa todos los datos necesarios de los partes emitidos por el médico.

    Recibida tal comunicación, la empresa tendrá la obligación de transmitir a través del denominado Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) de forma inmediata y, como máximo, en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos requeridos para que el trabajador perciba la prestación correspondiente.

    Lo mismo para el supuesto de alta: Será la Seguridad Social la que lo se comunicará al Servicio Público de Salud o a la mutua y estos, a su vez, a la empresa.

    En resumen:

    • El médico expide la baja, confirmación y alta y entrega la copia al trabajador para su conocimiento
    • El Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remite los datos al INSS
    • El INSS comunica los datos necesarios sobre los partes de baja, confirmación y alta para que la empresa conozca la situación
    • Se transmiten los datos Sistema de Remisión Electrónica de Datos para el cálculo de la prestación
    • El INSS gestiona los partes médicos y los datos comunicados a la entidad que corresponda la gestión de la prestación
    • En el momento del alta, se comunicará al Servicio Público de Salud o mutua y lo comunicará a la empresa

     

    Especialidades en función de la duración

     

    • Bajas de duración inferior a 5 días naturales:

    El médico emite el parte de baja y de alta en el mismo documento donde se indica el día de alta y baja.

    Se puede solicitar la revisión del día de alta, tanto si se comprueba que ya está en condiciones de reincorporarse o si necesita extender la duración.

     

    • Bajas de entre 5 y 30 días naturales:

    El médico emite el parte de baja, indicando la fecha de la revisión médica prevista, que no podrá exceder en más de siete días naturales a la fecha de baja.

    En la revisión, se emite el parte de alta o el parte de confirmación.

    Después de este primer parte de confirmación, si fuese necesario emitir alguno más, no podrán emitirse con una diferencia de más de catorce días naturales entre sí.

     

    • Bajas de entre 31 y 60 días naturales:

    Similar al anterior supuesto, pero después del primer parte de confirmación, los sucesivos no podrán emitirse con una diferencia de más de 28 días naturales entre sí.

     

    • Bajas a partir de 61 días de baja estimada:

    La fecha de revisión prevista no podrá exceder de más de 14 días naturales a la fecha de baja.

    Después del primer parte de confirmación, los siguientes no podrán emitirse con una diferencia de más de 35 días naturales entre sí.

    Real Decreto completo

    Presentación resumen del INSS

    FAQs

  • ¿Cómo se abonará el subsidio por baja laboral por incapacidad temporal de las mujeres en caso de menstruación incapacitante?

    ¿Cómo se abonará el subsidio por baja laboral por incapacidad temporal de las mujeres en caso de menstruación incapacitante?

     

    La Ley Orgánica 1/2023, de salud sexual y reproductiva (BOE 1.03) establece, por primera vez en la UE a partir del día 2 de marzo, una nueva causa de baja laboral por incapacidad temporal “especial” por contingencias comunes de las mujeres en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo, pudiendo implicar síntomas como dispareunia, disuria, infertilidad, o sangrados más abundantes de lo normal, entre otros.

    Igualmente, se reconoce como ITCC la debida a la interrupción del embarazo (voluntario o involuntario), mientras la mujer reciba asistencia sanitaria del Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo, y la de gestación de la mujer desde el día primero de la semana 39.

    Por otra parte, a partir de los tres meses de la publicación en el BOE, en las situaciones de menstruación incapacitante, el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el primer día de la baja en el trabajo, mientras que en los supuestos generales de IT por contingencias comunes solo se tiene derecho a la prestación desde el cuarto día. En los otros dos supuestos señalados, el pago se hará desde el día siguiente de la baja en el trabajo, estando a cargo de la empresa el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

    Para la situación de IT a partir de la semana 3ª, el subsidio se abona desde que se inicie la baja, hasta la fecha del parto, salvo que con anterioridad se hubiera iniciado una situación de riesgo durante el embarazo, en este caso, seguirá percibiendo la prestación si esta debe mantenerse.

    Esto último puede dar lugar a la inclusión de supuestos no patológicos previos.

  • La Comisión Europea presenta el Plan Industrial del Pacto Verde para la Era Cero Emisiones Netas

    La Comisión Europea presenta el Plan Industrial del Pacto Verde para la Era Cero Emisiones Netas

     

    La Comisión Europea ha presentado el Plan Industrial del Pacto Verde, destinado a mejorar la competitividad de la industria europea con cero emisiones netas y a impulsar la rápida transición hacia la neutralidad climática.

    El objetivo de este Plan es crear un entorno más propicio para el aumento de la capacidad de fabricación de la UE en relación con las tecnologías y productos con cero emisiones netas necesarios para cumplir los ambiciosos objetivos climáticos de Europa.

    Dicho Plan se basa en iniciativas anteriores y aprovecha los puntos fuertes del mercado único de la UE, complementando los esfuerzos que se están haciendo en el marco del Pacto Verde Europeo y de REPowerEU.

    Este plan se basa en cuatro pilares: 

    El primer pilar se centra en la creación de un entorno normativo previsible y simplificado, que se apoyará en la publicación de tres propuestas normativas clave:

    • Ley de Industria Net-Zero:  que proporcione un marco regulador adecuado para su despliegue rápido, garantizando permisos simplificados y rápidos, promoviendo proyectos estratégicos europeos y desarrollando normas para apoyar la ampliación de las tecnologías en todo el mercado único,
    • Ley de Materias Primas Críticas:  que garantice un acceso suficiente a aquellos materiales vitales para la fabricación de tecnologías clave (previsto el 8 de marzo) y
    • La reforma del diseño del mercado de la electricidad de la UE: para asegurar que los consumidores se benefician de menores costes de la energía (marzo).

    El segundo pilar está centrado en asegurar un acceso más rápido a financiación suficiente; previéndose la adaptación de las normas de ayudas de estado, como la adecuación del marco temporal (ver mayor información debajo) y la revisión del Reglamento general de exención por categorías. También se prevé la facilitación del uso de los fondos existentes (REPowerEU, InvestEU y el Innovation Fund), así como la creación de un Fondo Europeo de Soberanía, en el contexto de la revisión del Marco Financiero Plurianual (julio previsiblemente).

    El tercer pilar del Plan Industrial pasa por mejorar las capacidades necesarias en tecnologías de transición para lo que la Comisión prevé, entre otros, la creación de “academias industriales cero emisiones netas” para poner en marcha programas de mejora y reciclaje profesional en industrias estratégicas. A fin de desarrollar las capacidades para una transición ecológica centrada en las personas, la Comisión propondrá la creación de academias para una industria con cero emisiones que pongan en marcha programas de reciclaje y perfeccionamiento profesional en industrias estratégicas. También estudiará el modo de combinar un enfoque en el que primen las capacidades, que reconozca las capacidades reales, con enfoques existentes basados en las cualificaciones, y el modo de facilitar el acceso de los nacionales de terceros países a los mercados de trabajo de la UE en sectores prioritarios, así como medidas para fomentar y armonizar la financiación pública y privada para el desarrollo de capacidades.

    Por último, el cuarto pilar se centra en una política comercial abierta para unas cadenas de suministro resilientes, incidiendo en avanzar en el desarrollo de la red de acuerdos de libre comercio y otras formas de cooperación con socios de la Unión. Para ello, la Comisión seguirá desarrollando la red de acuerdos de libre comercio de la UE y otras formas de cooperación con los socios, a fin de apoyar la transición ecológica. También estudiará la creación de un Club de Materias Primas Fundamentales que reúna a los «consumidores» de materias primas y a los países ricos en recursos para garantizar la seguridad mundial del suministro por medio de una base industrial competitiva y diversificada, así como de asociaciones industriales de tecnologías limpias y con cero emisiones netas. 

    La Comisión también protegerá el mercado único frente al comercio desleal en el sector de las tecnologías limpias y utilizará los instrumentos con los que cuenta para asegurarse de que las subvenciones extranjeras no distorsionen la competencia en dicho mercado, también en el sector de las tecnologías limpias.

    Más información

  • Abierta la convocatoria de 2023 para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES)

    Abierta la convocatoria de 2023 para la integración de empresas en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES)

     

    Ya está abierto el plazo para solicitar la integración en la Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES).

    La RAES la constituyen aquellas empresas que han manifestado su interés en implementar en su organización proyectos tendentes a promover y facilitar a los trabajadores la adopción de modos de vida sanos en ambientes favorables a la salud. Asimismo, la Red proporciona una infraestructura para el intercambio de información, la colaboración entre las empresas, la innovación en promoción de salud y contribuye a visibilizar las acciones emprendidas por estas.

     

    Candidatos

     

    Podrán solicitar la integración tanto microempresas, pymes, grandes empresas, entidades públicas o cualesquiera otras empresas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

     

    Características de los proyectos

     

    El proyecto o proyectos presentados a esta convocatoria, deben reunir las siguientes características:

    1. Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.

    2. Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.

    3. Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.

    4. Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados

    5. Se valorarán especialmente los proyectos cuya temática se ajuste a las áreas de trabajo priorizadas por el Gobierno de Aragón que figuran en el anexo de la Orden EPE/219/2021, de 15 de marzo.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes se presentarán hasta el 2 de abril de 2023.

    Resolución completa

  • Acciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales de CEPYME Aragón durante 2022

    Acciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales de CEPYME Aragón durante 2022

     

    CEPYME Aragón ha venido desarrollando durante 2022 diversas actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en virtud de la Orden de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, por la que se concede una subvención directa a Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), para la financiación de gastos derivados en el ámbito de relaciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales, igualdad y negociación colectiva durante el año 2022.

    El propósito de estas acciones ha sido cumplir con las líneas de actuación de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo con el fin de lograr el objetivo de mejora continua de las condiciones de trabajo y de la seguridad y salud de las empresas aragonesas y de sus trabajadores y trabajadoras, mediante el desarrollo de las siguientes acciones:

     

    Acción número 1: Comunicación de actividades, eventos y noticias relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales

     

    El objetivo de esta acción ha consistido en sensibilizar y divulgar a las empresas, autónomos y asociaciones empresariales información pertinente, actualizada y ajustada a sus necesidades sobre prevención de riesgos laborales que les ayudara al cumplimiento de sus obligaciones legales y responsabilidades y a realizar un trabajo sin ningún riesgo, con la finalidad expresa de conseguir unos entornos laborales más seguros y saludables a través de nuestro Blog Canal PRL http://www.canalprl.com/blog-prl/ y nuestras redes sociales (Twitter: @CEPYMEAragonPRL @canalPRL; Facebook: Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de CEPYME).

     

    Acción número 2: Seguridad con medios de movimiento de mercancías en logística

    El objetivo principal de esta segunda acción ha consistido en la elaboración de una guía de seguridad con medios de movimiento de mercancías en logística, editada en formato pdf.

    Se ha elaborado un documento asequible y sencillo, que permite a las empresas y profesionales del sector conocer los sistemas de seguridad que deben poseer y los procedimientos de utilización más adecuados en cada caso.

    Solicitar guía

     

     

    Acción número 3: Campaña informativa a pymes y personas autónomas del sector de la industria textil sobre riesgos específicos 

     

    Debido a las propias características de los procesos productivos del sector de la industria textil y de los equipos de trabajo o productos implicados en este tipo de actividades, las personas trabajadoras de este sector están expuestas a una serie de riesgos de importancia significativa.

    Según el último “Informe anual de accidentes de trabajo en España” elaborado por el INSST, el índice de incidencia de accidentes de trabajo en la industria textil en 2020 se situó en 2.728,2 que, a pesar de haberse reducido un 25,5% respecto al año anterior, supone una cifra muy elevada sobre la que es necesario actuar.

    Por ello se consideró interesante la elaboración de una serie de 5 carteles informativos sobre los riesgos laborales específicos del sector que sirvieran de ayuda a empresas, especialmente pymes y personas autónomas del sector, así como a las personas trabajadoras del mismo para conocer los riesgos más característicos del sector y las medidas preventivas a adoptar.

    Solicitar carteles

     

     

    Acción número 4: Webinar sobre prevención del cáncer en el ámbito laboral

     

    El cáncer es la primera causa de muerte relacionada con el trabajo.

    Las empresas y los lugares de trabajo desempeñan un papel fundamental para conseguir reducir la carga del cáncer ya que pueden contribuir a crear entornos laborales más saludables y actuar como apoyo fundamental para el personal afectado por la enfermedad.

    Por ello, y debido a las graves repercusiones del cáncer sobre la salud de las personas trabajadoras, consideramos de gran interés el poder llevar a cabo un webinar en el que se abordaran los diferentes aspectos preventivos a tener en cuenta en el ámbito laboral.

    Con el título PREVENCIÓN DEL CÁNCER EN EL ENTORNO LABORAL, este WEBINAR tuvo lugar el pasado 30 de noviembre a las 9 horas de la mañana, contando para su inauguración con Doña Mª Soledad De La Puente, Directora General de Trabajo, Autónomos y Economía Social del Gobierno de Aragón y con la participación de David Planas, Técnico de Prevención de la Asociación Española Contra el Cáncer en Zaragoza para la ponencia principal.

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