Categoría: RSE

  • Subvenciones para fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad

    Subvenciones para fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad

     

    Se convocan subvenciones para fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en Aragón.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Modalidades de subvención

     

    Subvención por la contratación indefinida inicial

    Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial, a personas con discapacidad o con capacidad intelectual límite, que sean demandantes de empleo en situación de no ocupadas y que se encuentren inscritas en el servicio público de empleo, podrán beneficiarse por cada contrato celebrado:

    • 5.500 euros con carácter general por la contratación de personas con discapacidad. Esta cantidad se elevará a 6.000 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
    • 7.000 euros si el contrato se celebra con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Esta cantidad se elevará a 7.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
    • 4.000 euros con carácter general por la contratación de personas con capacidad intelectual límite. Esta cantidad se elevará a 4.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.

    Las cuantías de las subvenciones se incrementarán en 1.000 euros adicionales por cada uno de los siguientes supuestos:

    • Cuando la contratación se realice por personas trabajadoras autónomas o por una cooperativa o sociedad laboral que contraten a su primer empleado.
    • Cuando la persona contratada preste sus servicios en un centro de trabajo ubicado en una localidad o núcleo de población aragonés de menos de 5.000 habitantes.

    Cuando el contrato se concierte a tiempo parcial, las subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la jornada realizada.

     

    Subvenciones por la contratación temporal de personas con discapacidad

    Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas con discapacidad mediante el contrato temporal podrán beneficiarse de una de las siguientes subvenciones:

    • 2.400 euros con carácter general por la contratación temporal de personas con discapacidad. Esta cantidad se elevará a 2.800 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
    • 3.000 euros si el contrato temporal se celebra con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Esta cantidad se elevará a 3.400 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.

    Las cuantías se incrementarán en 400 euros adicionales cuando la persona contratada preste sus servicios en un centro de trabajo ubicado en una localidad o núcleo de población aragonés de menos de 5.000 habitantes.

     

    Subvención por la transformación en indefinidos de contratos temporales

    Podrá ser objeto de subvención la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo, contratos formativos y contratos de interinidad suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.

    Requisitos:

    • La transformación en indefinidos de los contratos temporales, formativos y de interinidad deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del contrato objeto de transformación o de cualquiera de sus prórrogas, si las hubiere.
    • La jornada del nuevo contrato indefinido deberá ser al menos igual o superior a la del contrato que se transforma.
    • El nuevo contrato indefinido fruto de la transformación representará un incremento neto de la plantilla fija de la empresa o entidad beneficiaria en comparación con la media de los 12 meses previos al contrato subvencionado

     

    Subvenciones por contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales

    Las empresas colaboradoras que contraten con carácter indefinido a un trabajador con especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo procedente de un enclave laboral,  podrán beneficiarse de:

    • Subvención de 8.000 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
    • Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras u obstáculos. Esta subvención podrá alcanzar los 1.800 euros por persona con discapacidad contratada y se destinará a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona con discapacidad contratada, o a eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores con discapacidad. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por el propio trabajador.

     

    Subvención para la adaptación del puesto de trabajo

    Podrá ser objeto de subvención la adaptación de puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación, así como la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas y la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.

    El importe de la subvención será de hasta 1.800 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada con carácter indefinido, sin que en ningún caso rebase el coste real, excluidos impuestos, que, al efecto, se justifique por la referida adaptación, dotación o eliminación. A efectos de justificación no se admitirán los pagos en efectivo.

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son las siguientes:

    • Para las subvenciones por contratación indefinida o temporal: quince días contados desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que da derecho a subvención.
    • Para la subvención por transformación en indefinidos de contratos temporales: quince días contados desde la fecha de inicio del contrato indefinido fruto de la transformación.
    • Las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad podrán solicitarse durante toda la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de quince días desde el pago de la correspondiente adaptación.

    En aquellos supuestos en que la fecha de inicio de contrato o de la transformación estuviese comprendida entre el 1 de octubre de 2022 y el día de entrada en vigor de la convocatoria, ambas inclusive, el plazo de quince días para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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  • 21 de marzo: Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial

    21 de marzo: Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial

    El 21 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, en recuerdo de las personas que fallecieron en la manifestación pacífica celebrada ese mismo día de 1960, en Sharpeville, contra el Apartheid en Sudáfrica. Las Naciones Unidas instauraron esta efeméride en 1966 con el objetivo de promover la igualdad y el respeto, y erradicar las actitudes y comportamientos racistas y de odio.

    Aragón tiene retos fundamentales que acometer, especialmente tras la pandemia y los efectos sociales, sanitarios y económicos derivados de la misma, y para abordarlos con éxito es fundamental una sociedad cohesionada desde los valores democráticos y constitucionales. Es el momento de no dar un paso atrás en todo lo conquistado, pero también de continuar trabajando para construir, entre todas y todos, un Aragón cada vez mejor, en el que nadie se quede atrás. El tiempo es ahora.

  • Ayudas a pymes para la elaboración de planes de  igualdad

    Ayudas a pymes para la elaboración de planes de igualdad

     

    Se convocan ayudas a la pequeña y mediana empresa y entidades sin ánimo de lucro para la elaboración de planes de igualdad correspondientes a 2023.

     

    Beneficiarios

     

    Se podrán beneficiar las empresas y entidades sin ánimo de lucro, cuya plantilla se encuentre entre 10 y 49 personas trabajadoras que, desde el 23 de julio del 2022 hasta la fecha de la presente convocatoria hayan procedido a la inscripción, por primera vez, en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la autoridad laboral competente, de un plan de igualdad tendente a alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo, siempre y cuando no se encuentren obligadas en virtud de Convenio Colectivo ni en los casos en que la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan.

    Las ayudas reguladas en esta convocatoria incluyen necesariamente el desarrollo por parte de la entidad beneficiaria de las siguientes fases:

    • La elaboración de un diagnóstico, como resultado del proceso de toma y recogida de datos, dirigido a identificar y estimar con indicadores cuantitativos y cualitativos, las desigualdades, dificultades y obstáculos existentes o que puedan existir en la empresa para conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
    • La elaboración de un plan de igualdad como conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
    • La inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la autoridad laboral competente.

     

    Gastos subvencionables

     

    • Gastos derivados de la elaboración del diagnóstico de situación de la entidad en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
    • Gastos derivados de la elaboración del plan de igualdad.
    • Los importes correspondientes al coste derivado de la subcontratación total o parcial de la actividad subvencionada con otra entidad

    No se considerarán subvencionables:

    • Los bienes de inversión ni sus gastos de amortización, la adquisición de equipamiento, ni la de mobiliario e infraestructuras, ni los gastos cuyo valor sea superior al de mercado, ni todos aquellos que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada
    • Los gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.
    • La adquisición de equipos y material inventariable.
    • Las comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.
    • El Impuesto de Valor Añadido (IVA): en ningún caso se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA.

     

    Las actuaciones previstas para la elaboración del diagnóstico y del plan de igualdad, pueden haber sido realizadas directamente por personal de la propia entidad o por una empresa o personal externo, contratado para esta finalidad.

    La subcontratación no podrá superar el 50% del importe total de la actividad subvencionada. De modo excepcional, se podrá contratar la ejecución total de la actividad, siempre que se acredite documentalmente la imposibilidad material de la beneficiaria para su ejecución directa.

    La entidad beneficiaria de la subvención deberá realizar directamente las siguientes funciones, no pudiendo delegar ni subcontratar con terceros su desarrollo total ni parcial:

    • El diseño de la acción subvencionada.
    • La elaboración final de la memoria justificativa económica.
    • La coordinación de todas las fases de realización de la actividad subvencionada.
    • La solicitud de inscripción en el registro.

     

    Cuantía

     

    Se podrá financiar hasta el 80% de los gastos subvencionables. En el caso de percibir otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no podrá superar este porcentaje. El importe de la actividad subvencionable no alcanzado por la subvención que se otorgue será cubierto con fondos propios de la entidad beneficiaria. No obstante, en ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

    Las subvenciones se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria, con el límite máximo de dos mil quinientos euros (2.500 €) por entidad beneficiaria.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de la solicitud finalizará el 13 de abril de2023.

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  • Taller gratuito: Cálculo de huella de carbono para pymes

    Taller gratuito: Cálculo de huella de carbono para pymes

     

    El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental, con el apoyo de la Comunidad #PorElClima y la colaboración de CEPYME Aragón, organiza el próximo 29 de marzo de 9.30 a 11.30h en las instalaciones de CEPYME Aragón una sesión dirigida a que las pymes ahonden en el concepto de huella de carbono y comprendan su importancia en el camino hacia la descarbonización de la economía, entre otras cuestiones. El encuentro, en el que se presentará la herramienta gratuita de cálculo ScopeCO2, se celebrará de manera presencial en la sede de CEPYME Aragón en Zaragoza y, previa inscripción obligatoria, es de acceso libre.

    El tejido empresarial, y especialmente las pymes por representar más del 99% de las empresas aragonesas, tienen un papel fundamental en el cumplimiento de la hoja de ruta marcada por el Acuerdo de París, que establece el objetivo global de no sobrepasar el aumento de temperatura del planeta en 1,5 grados centígrados por encima del periodo preindustrial a finales de siglo. La Estrategia Aragonesa de Cambio Climático (EACC 2030) es la consecuencia de la firme adhesión del Gobierno de Aragón al Acuerdo por el Clima, y desde este marco se urge a acelerar descarbonización del sector económico, contribuyendo con este taller a impulsar la acción climática de las entidades aragonesas.

    Entre los asistentes se seleccionarán 3 empresas a las que se apoyará en el desarrollo del cálculo de su huella de carbono.

    Inscripción

    Programa

  • Jornada de buenas prácticas en gestión de la diversidad, interculturalidad e inmigración en Aragón

    Jornada de buenas prácticas en gestión de la diversidad, interculturalidad e inmigración en Aragón

     

    La Dirección General de Cooperación al Desarrollo e Inmigración y su Servicio de Inmigración organiza el próximo 28 de marzo a las 9h la JORNADA DE BUENAS PRÁCTICAS en gestión de la diversidad, interculturalidad e inmigración en Aragón.

    Se trata de un reconocimiento y la exposición de buenas prácticas en estas materias que han sido validadas por una Comisión de expertos-as independientes de la Administración pública, la iniciativa social, el mundo empresarial – laboral y el ámbito educativo.

    La jornada tendrá lugar en el Centro Joaquín Roncal y la entrada es libre hasta completar aforo.

    STREAMING:  Si no puedes presencialmente, puedes seguir la Jornada on line, en abierto y directo por Streaming, en este ENLACE

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