
Publicada la convocatoria en Aragón de ayudas a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025 basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas-
Beneficiarios
Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas:
- Personas físicas: Aquellos que deseen adquirir un vehículo eléctrico o instalar un punto de recarga en su hogar.
- Empresas y autónomos: Que busquen incorporar vehículos eléctricos a sus flotas o instalar infraestructura de recarga en sus instalaciones.
- Administraciones públicas: Para la renovación de flotas de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga en espacios públicos.
Actuaciones subvencionables
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Adquisición de vehículos eléctricos
La compra de vehículos eléctricos nuevos, como turismos, motocicletas y cuadriciclos eléctricos, está subvencionada. Se incluyen tanto vehículos eléctricos puros (BEV) como vehículos híbridos enchufables (PHEV) y vehículos de pila de combustible. No serán actuaciones subvencionables las adquisiciones de vehículos de categorías M2, M3, N2 y N3. -
Instalación de puntos de recarga
Las ayudas también se destinan a la instalación de puntos de recarga, tanto en viviendas particulares como en instalaciones empresariales y públicas.
Cuantía
Turismos Eléctricos (Categoría M1):
Sin achatarramiento:
- Autonomía entre 30 km y 90 km: 2.500 euros.
- Autonomía superior a 90 km: Ayuda: 4.500 euros.
Con achatarramiento (vehículo antiguo con más de 7 años de antigüedad):
- Autonomía entre 30 km y 90 km: 5.000 euros.
- Autonomía superior a 90 km: 7.000 euros.
Furgonetas Eléctricas (Categoría N1):
- Sin achatarramiento: 7.000 euros.
- Con achatarramiento: 9.000 euros.
Motocicletas Eléctricas (Categorías L3e, L4e, L5e):
- Sin achatarramiento: 1.100 euros.
- Con achatarramiento: 1.300 euros.
Cuadriciclos Eléctricos (Categorías L6e, L7e):
- Sin achatarramiento: 1.400 euros.
- Con achatarramiento: 1.600 euros.

Plazo
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas finaliza el 31 de diciembre de 2025 y las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
Quedan incluidas las actuaciones iniciadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de entrada en vigor de la Orden, considerándose válidas las solicitudes presentadas a partir del 1 de enero de 2025.
Más información adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible
Más información implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos


