La medida deriva de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, que establece un periodo transitorio de diez meses desde su entrada en vigor para hacer obligatoria la utilización digital de determinados documentos de control administrativo.
La nueva regulación supone un avance relevante en la digitalización de la gestión administrativa del transporte, y se enmarca además en el proceso de adaptación al futuro marco europeo eFTI, orientado a facilitar el intercambio electrónico de información relacionada con el transporte de mercancías.
¿Qué es el Documento de Control Administrativo?
El Documento de Control Administrativo, conocido como DeCA, recoge la información necesaria para acreditar la realización de determinados servicios de transporte y facilitar las actuaciones de inspección y control.
El artículo 222 del Real Decreto 1211/1990 establece la obligación de llevar a bordo del vehículo los documentos de control administrativo debidamente cumplimentados.
Esta obligación afecta a los transportes interiores y a las operaciones de cabotaje realizadas en territorio español. En el caso de los transportes internacionales que discurran parcialmente por España, se utilizarán los documentos de control previstos en los convenios internacionales correspondientes, por lo que estos servicios quedan fuera de la obligación general del DeCA prevista para el transporte interior.
Hasta ahora, la normativa ya permitía que la documentación de control pudiera cumplimentarse mediante medios electrónicos, siempre que se cumplieran determinados requisitos técnicos.
Sin embargo, la disposición transitoria octava de la Ley de Movilidad Sostenible establece que, desde el 5 de octubre de 2026, deberán ser necesariamente digitales:
- El Documento electrónico de Control Administrativo del transporte público de mercancías por carretera.
- La hoja de ruta de los transportes públicos de personas.
Este cambio obliga a las empresas del sector a revisar sus procedimientos administrativos y asegurarse de que disponen de sistemas compatibles con los requisitos establecidos por la Administración.
Nuevos requisitos para las aplicaciones y sistemas informáticos
Para facilitar la implantación de este proceso, la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril establece las características que deben cumplir tanto las aplicaciones informáticas utilizadas para gestionar los DeCA como los propios documentos electrónicos.
La nueva resolución sustituye a la aprobada el 22 de mayo de 2023 y determina, entre otros aspectos:
- Las características técnicas que deben cumplir las aplicaciones utilizadas para gestionar los DeCA.
- Los requisitos de los ficheros electrónicos en los que se materializan estos documentos.
- Las condiciones que deben reunir las direcciones web desde las que se facilite su descarga.
- El procedimiento para modificar los datos del DeCA durante la realización del servicio cuando resulte necesario.
- La forma en que pueden agruparse determinados servicios.
- La documentación o información que debe portar el conductor durante el transporte.
Una de las novedades de la regulación es la eliminación de la obligación de registrar previamente el dominio en el que se almacenan los documentos electrónicos.
¿Qué implica para las empresas de transporte?
La obligatoriedad del formato digital supone que las empresas deberán contar con herramientas informáticas adaptadas antes del próximo 5 de octubre.
Esto puede afectar tanto a transportistas y operadores logísticos como a empresas cargadoras y otros agentes que intervienen en la elaboración y gestión de la documentación asociada al transporte. Por ello, resulta recomendable revisar con antelación los sistemas utilizados actualmente y comprobar que permiten generar, almacenar, modificar y facilitar el acceso a los documentos de acuerdo con los requisitos establecidos por la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril. Además de responder a una obligación normativa, la digitalización de esta documentación puede facilitar una gestión más ágil de los servicios, reducir el uso de documentación en papel y mejorar la trazabilidad de las operaciones de transporte.
El 5 de octubre de 2026 marca, por tanto, una fecha relevante para el sector del transporte por carretera. Desde ese momento, el Documento de Control Administrativo del transporte público de mercancías y la hoja de ruta del transporte público de personas deberán gestionarse obligatoriamente en formato digital. Para las empresas, anticiparse a esta fecha y adaptar sus procedimientos y sistemas tecnológicos será fundamental para garantizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones y evitar incidencias en la operativa diaria.




