El BOE ha publicado el Real Decreto por el que se adoptan nuevas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio

El Gobierno prorroga las ayudas energéticas y al transporte hasta finales de 2026

El nuevo paquete de medidas frente a la crisis en Oriente Medio mantiene el apoyo a los carburantes profesionales, introduce rebajas fiscales progresivas y limita la subida de la tarifa regulada del gas. Las empresas beneficiarias deberán revisar las condiciones asociadas a las ayudas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un tercer real decreto-ley dentro del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. El paquete prorroga y adapta durante el último trimestre de 2026 varias medidas que vencían el 30 de septiembre, con el objetivo de amortiguar el efecto de los costes energéticos sobre hogares y empresas.

Para las pymes y personas autónomas, las medidas de mayor interés se concentran en el precio de los carburantes, las ayudas a actividades especialmente expuestas al coste del combustible y la evolución de las facturas energéticas.

Rebajas fiscales en gasolina y gasóleo

El Gobierno ha anunciado reducciones del Impuesto sobre Hidrocarburos equivalentes a 20 céntimos por litro en octubre, 13 céntimos en noviembre y 6 céntimos en diciembre. El paquete incorpora un mecanismo de salvaguarda que permitiría elevar de nuevo la rebaja hasta 20 céntimos en función de la evolución de los precios.

Las empresas con un consumo relevante de combustible deberán tener en cuenta esta secuencia al revisar sus previsiones de costes para el último trimestre. La rebaja fiscal general y las ayudas específicas para profesionales responden a mecanismos diferentes, por lo que conviene comprobar cuál corresponde en cada caso.

Ayudas para transporte, agricultura y pesca

En el transporte por carretera, se amplía la ayuda al gasóleo profesional para los vehículos con derecho a devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. Su cuantía prevista es de 5 céntimos por litro en octubre, 12 en noviembre y 19 en diciembre, con posibles ajustes ligados al mecanismo de salvaguarda fiscal.

También se establece una ayuda directa extraordinaria para determinados profesionales del transporte que no pueden acogerse a esa devolución. El paquete incluye, además, apoyos al transporte ferroviario de mercancías y al transporte marítimo.

En el sector agrario se mantiene la bonificación de 20 céntimos por litro de gasóleo B, articulada mediante la devolución del impuesto. Para el sector pesquero se prorroga la ayuda destinada a compensar el incremento del coste del combustible de los buques.

Medidas sobre gas y electricidad

La norma limita el peso de la cotización del gas en la fórmula de cálculo de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de octubre. Según el Gobierno, esta medida situaría el incremento máximo de la tarifa en torno al 15 %, frente a una subida superior al 45 % sin esa limitación. Asimismo, establece un precio máximo de 19,55 euros para la bombona de butano hasta el 30 de junio de 2027.

El paquete contempla también una cláusula de salvaguarda para la electricidad y el gas. Si se cumplen las condiciones de evolución de precios previstas, podrían activarse reducciones del IVA de la electricidad del 21 % al 10 % y del Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,1 % al 0,5 %, con el alcance establecido para determinados suministros. No se trata de una rebaja general e incondicional de la factura eléctrica de todas las empresas.

Atención a las condiciones de las ayudas

El Gobierno señala que se mantienen condiciones para las empresas beneficiarias de ayudas vinculadas a la crisis, entre ellas las relativas al plan de movilidad sostenible de las personas trabajadoras y a los despidos por causas derivadas del conflicto. Antes de solicitar o contabilizar una ayuda, cada empresa debe comprobar sus requisitos específicos, el periodo cubierto y las obligaciones que conlleva.

El paquete incorpora asimismo medidas para reforzar las reservas de gas natural licuado y el seguimiento de los precios energéticos por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

 

REAL DECRETO COMPLETO