que-es-fijacion-precios-1200x630.original (1)

La Seguridad Social actualiza las cotizaciones para 2026 con incrementos en bases y tipos, manteniendo la estructura del sistema

La reciente publicación de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, establece el desarrollo de las normas de cotización a la Seguridad Social para el ejercicio 2026. Esta disposición, publicada en el BOE el 31 de marzo, da continuidad al marco normativo vigente, introduciendo ajustes técnicos derivados de la evolución económica y normativa, sin que ello suponga una reforma estructural del sistema.

La nueva orden se enmarca en un contexto de prórroga presupuestaria, en el que el Real Decreto-ley 16/2025 y el Real Decreto-ley 3/2026 han permitido mantener y actualizar las reglas de cotización, complementadas por la fijación del salario mínimo interprofesional para 2026. En este sentido, la regulación mantiene en lo esencial los criterios ya aplicables en 2025, incorporando únicamente modificaciones en determinados parámetros clave.

Entre las principales novedades destaca el incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que pasa del 0,80 % al 0,90 %, lo que supone un ligero aumento de la carga contributiva. Asimismo, se eleva el tope máximo de cotización hasta los 5.101,20 euros mensuales, con especial incidencia en trabajadores con retribuciones más elevadas y en situaciones de pluriempleo.

Por otro lado, las bases mínimas de cotización se actualizan conforme al nuevo salario mínimo interprofesional, situándose en 1.221 euros mensuales o 40,70 euros diarios. Este ajuste tiene un impacto directo en las cotizaciones de los trabajadores con menores niveles salariales, al incrementarse la base sobre la que se calculan las aportaciones. En relación con las retribuciones que superan la base máxima, continúa el despliegue progresivo de la cotización adicional de solidaridad, que gana peso en 2026 y refuerza la contribución de los salarios más altos al sistema.

Junto a estas novedades, la orden mantiene sin cambios sustanciales aspectos clave como las reglas de prorrateo de pagas extraordinarias, el tratamiento de las vacaciones devengadas y no disfrutadas, así como el régimen de cotización en supuestos de pluriempleo, si bien adaptando los importes a los nuevos límites establecidos.

BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN