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  • Ayudas a la industria del textil y el calzado

    Ayudas a la industria del textil y el calzado

     

    La dirección general de Promoción Industrial e Innovación del departamento de Economía, Empleo e Industria del Gobierno de Aragón publica la convocatoria de ayudas para los sectores del textil y calzado de la comunidad, los conocidos como sectores maduros. Una convocatoria que en 2024 tiene un presupuesto de 250.000 euros cofinanciados por el Gobierno de Aragón (150.000) y los fondos FEDER (100.000) en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la Pyme en Aragón.

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) del sector textil-confección o del sector del calzado, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. 

    Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas o tener su domicilio social en Aragón, estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como desarrollar su actividad industrial en los sectores del textil-confección y/o del calzado.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Ayudas regionales a la inversión

    Una inversión en activos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, para la ampliación o modernización de un establecimiento existente, para la diversificación de la producción o para un cambio en el proceso general de producción.

     

    Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental

    Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

    Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.

     

    Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial

    Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

     

    Ayudas para servicios de consultoría técnica

    Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad habituales en la gestión de la empresa.

    Ayudas para el asesoramiento y realización de trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios

     

    Cuantía

     

    El importe máximo de la ayuda, que podrá acumular, en su caso, distintas categorías, no excederá de los 50.000 euros por solicitud o beneficiario, sin perjuicio de que ese importe máximo pueda ser incrementado.

    Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 1.000 euros.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 8 de mayo de 2024.

    Orden completa

  • El TS permite deducirse la gratificación de los consejeros no prevista en estatutos

    El TS permite deducirse la gratificación de los consejeros no prevista en estatutos

     

    En una sentencia dictada el pasado 13 de marzo (STS 1622/2024), el Tribunal Supremo ha establecido que las empresas pueden deducirse en el gravamen las cantidades pagadas a los consejeros cuyo cargo está fijado sin remuneración en los estatutos sociales de la compañía

    La sentencia originaria de la Audiencia Nacional recurrida en casación, y que ha sido ahora resulta con fecha 13 de marzo de este año por el TS, negaba la deducción de los salarios abonados a tres directivos de una empresa que compatibilizaron su relación laboral con el cargo de miembros del Consejo de Administración. Se consideró, en esencia, que la doctrina del vínculo determinaba que la relación mercantil absorbía la laboral y que, por tanto, siendo el cargo de administrador gratuito en estatutos, todos los salarios abonados por la empresa debían calificarse como donativos o liberalidades no deducibles por aplicación del art. 14.1.e) del Texto Refundido de la Ley del IS (TRLIS).

    Esa había sido la postura habitual en este tema, pero la sentencia ahora dictada determina, por el contrario, que la circunstancia de que los estatutos sociales no prevean el carácter retribuido del cargo de administrador o consejero no puede comportar, necesariamente, la consideración de liberalidad del gasto negando su deducibilidad. Así, de acuerdo con el principio de correlación de ingresos y gastos y el párrafo segundo del art. 14.1.e) del TRLIS se considera un gasto salarial directamente correlacionado con la actividad empresarial sin que obtención de ingresos pueda ser calificado de donativo o liberalidad no deducible.

    Es decir, que la falta de previsión estatutaria de estas retribuciones no supone en todo caso que estemos ante liberalidades no deducibles, pudiéndose demostrar la onerosidad si se puede acreditar su relación con la actividad empresarial.

    Esta sentencia viene a complementar a otra reciente – 4378/2022, del 18 de enero de 2024 – similar en contenido, por la que se admitía la deducibilidad incluso en el caso de que la retribución de los administradores no hubiera sido aprobada por la junta general de accionistas, aunque en este caso si que se preveía su remuneración en estatutos).

    Sentencia completa

  • Recuerda que el 8 de abril finaliza el plazo para presentar candidaturas a los XV Premios de Excelencia a la Innovación para las Mujeres Rurales

    Recuerda que el 8 de abril finaliza el plazo para presentar candidaturas a los XV Premios de Excelencia a la Innovación para las Mujeres Rurales

     

    El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) concluye el próximo lunes, 8 de abril, el plazo de presentación de candidaturas de la XV edición de los ‘Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales’, correspondiente al año 2024.

    Desde 2010, la convocatoria anual de los premios tiene como finalidad distinguir proyectos nuevos, excelentes, originales e innovadores y actuaciones que reconozcan el trabajo y el papel de las mujeres en el medio rural, así como promover la incorporación e inserción laboral de las mujeres en el territorio.

     

    Categorías

     

    Excelencia a la innovación en la actividad agraria

    Está dirigido a proyectos relacionados con actividades agrarias y complementarias, que utilicen tecnologías agrarias, ganaderas o forestales que redunden en el avance de un sector sostenible, eficiente en la obtención de productos de calidad, que responda a la demanda de las consumidoras y consumidores y que puedan integrar estrategias de comercialización y promoción.

    Está destinado a mujeres rurales que hayan desarrollado un proyecto en el medio rural nacional, que lleve funcionando al menos un año, a contar desde la fecha en que se publique el extracto de la presente convocatoria, y que dicho proyecto perdure en dicha fecha.

    Podrán participar titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales ubicadas en el medio rural. En caso de personas jurídicas el órgano directivo deberá contar con al menos una mujer y su domicilio social se deberá encontrar en el medio rural.

     

    Excelencia a la innovación en la actividad pesquera o acuícola

    Está dirigido a proyectos relacionados con actividades pesqueras o acuícolas y complementarias, que utilicen tecnologías pesqueras o acuícolas que redunden en el avance de un sector sostenible, eficiente en la obtención de productos de calidad, que responda a la demanda de las consumidoras y consumidores y que puedan integrar estrategias de comercialización y promoción.

    Está destinado a mujeres dedicadas a la actividad pesquera o acuícola nacional que hayan desarrollado un proyecto, que lleve funcionando al menos un año, a contar desde la fecha en que se publique el extracto de la presente convocatoria, y que dicho proyecto perdure en dicha fecha.

    Podrán participar mujeres de zonas pesqueras rurales o entidades de mujeres vinculadas al sector económico pesquero, entendiendo éste como un conglomerado de actividades íntimamente relacionadas, basadas en la explotación y aprovechamiento de los recursos marinos vivos, que abarca la pesca extractiva, la comercialización, la transformación, la construcción naval, la industria auxiliar y los servicios relacionados.

    Igualmente, podrán participar titulares de explotaciones acuícolas u operadores que desarrollen actividades vinculadas con la acuicultura en las diferentes fases de la cadena desempeñando estas en el medio rural o en zonas pesqueras rurales españolas.

     

    Excelencia a la innovación en diversificación de la actividad económica en el medio rural

    Está dirigido a proyectos que diversifiquen la actividad económica del medio rural, ligados, entre otros, a la industria agroalimentaria, a la industria de los productos de la pesca o la acuicultura, a la prestación de servicios a la agricultura y la silvicultura, a las actividades relacionadas con la prestación de servicios y la integración social y a las actividades turísticas, que favorezcan nuevos ámbitos económicos o generen empleo en el medio rural.

    Está destinado a mujeres rurales que hayan desarrollado un proyecto que lleve funcionando al menos un año, a contar desde la fecha en que se publique el extracto de la presente convocatoria, y que dicho proyecto perdure en dicha fecha.

    Podrán participar aquellas personas físicas o jurídicas privadas en cuya dirección participe al menos una mujer y que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural, cuyos proyectos reúnan los requisitos exigidos para esta categoría y que desarrollen su actividad dentro del territorio nacional.

     

    Excelencia a la comunicación

    Está dirigido a reconocer los trabajos en los ámbitos de la comunicación, la información y de los medios de difusión que hayan contribuido a difundir la actividad de las mujeres en el medio rural o en zonas pesqueras rurales, su reconocimiento social y su promoción nacional e internacional y con ello hayan fomentado la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

    Podrán optar a este premio los trabajos publicados, editados o emitidos por cualquier medio de comunicación físico o digital, en los dos años anteriores, a contar desde la fecha en que se publique el extracto de la presente convocatoria.

     

    Reconocimiento especial por la trayectoria vinculada al apoyo a las mujeres en el medio rural y en zonas pesqueras rurales

    La propuesta de la candidatura se efectuará por la Presidencia del jurado, fuera del periodo de presentación de candidaturas y en la primera reunión del mismo. Esta candidatura será admitida por el jurado y comunicada a la persona física o entidad interesada, que deberá aceptar la propuesta en el plazo de diez días y presentar la documentación que solicite el órgano de instrucción.

     

    Cuantía

     

     En cada categoría se premiarán tres iniciativas, con un primer, segundo y tercer premio dotados con 18.000, 12.000 y 7.500 euros, respectivamente.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de candidaturas finaliza el 8 de abril.

    Orden completa

  • Ayudas para asociaciones empresariales de comercio

    Ayudas para asociaciones empresariales de comercio

     

    Se convocan para el ejercicio del año 2024, ayudas correspondientes a actuaciones de promoción, dinamización, y digitalización del comercio minorista, realizadas por entidades sin ánimo de lucro de empresarios de comercio.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios, que promuevan actuaciones objeto de subvención, y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada uno de ellos, según el epígrafe en que se desarrollan.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las actuaciones subvencionables, que deberán estar facturadas y pagadas dentro del periodo establecido en la convocatoria y haberse ejecutado antes de finalizar el año 2024, se destinarán a financiar las siguientes actividades:

    Actividades de promoción, dinamización y apoyo a la distribución comercial y contratación del personal necesario para estas actividades

    a) La promoción y publicidad de las actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro dirigidas al fomento de las actividades de dinamización comercial del comercio minorista.

    b) El apoyo a medios logísticos de distribución comercial concertados por la asociación, para el servicio a sus asociados.

    c) La contratación del personal necesario para llevar a cabo estas actividades, durante la mayor parte de su jornada laboral, ya sea a tiempo completo o parcial, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas. En concreto son subvencionables los perfiles de dinamizador o gerentes comerciales, que realicen las tareas de impulso y organización de las actividades de promoción, publicidad o formación para el comercio minorista asociado, incluyendo la dinamización de páginas web u otras herramientas de comunicación, publicidad y promoción que la asociación de comerciantes disponga.

    Digitalización del pequeño comercio minorista

    a) Actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, tales como: actividades formativas, marketing digital, redes sociales y web, analítica de datos, ventas con comercio electrónico y en “market places”, o transformación digital, aplicaciones para teléfonos móviles u otro tipo de medios digitales que sirvan para promocionar el comercio o fidelizar clientes, accesibilidad de contenidos digitales para personas con discapacidad, entre otras.

    b) La contratación del personal necesario que preste servicios a las asociaciones en materia de digitalización, durante la mayor parte de su jornada laboral, ya sea a tiempo completo o parcial, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas, o la asistencia técnica para la prestación de dichos servicios. En concreto son subvencionables los perfiles del empleado o la prestación de la asistencia técnica en materia de digitalización, nuevas tecnologías, redes sociales y gestión de productos en plataformas de comercio electrónico propias o ajenas, o en aquellas plataformas que tengan un sistema de fidelización personalizado para el consumidor con análisis de resultados.

     

    Cuantía

     

    Las ayudas relativas a los gastos para la promoción, publicidad, distribución comercial y digitalización, así como para la contratación laboral de dinamizadores o gerentes el 80%, excepto en los casos en los que se solicite subvención para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial, cuya ayuda para los gastos subvencionables de la contratación del segundo y siguientes
    gerentes y dinamizadores comerciales será el 60%.

    La ayuda relativa al personal contratado que preste sus servicios en materia de digitalización será del 80%, pudiéndose contratar una o varias personas, pero siendo subvencionable únicamente como máximo la contratación del equivalente a un puesto de trabajo a tiempo completo, con una duración mínima de seis meses en contratos temporales, o 5 meses en contratos indefnidos, salvo que el cese de la relación laboral sea por causas exclusivamente imputables al trabajador.

     

    Plazo

     

    El plazo para presentar solicitudes finaliza el 17 de abril de 2024.

    Orden completa

  • CEPYME: “El deterioro de la productividad se empieza a cronificar en la pyme española”

    CEPYME: “El deterioro de la productividad se empieza a cronificar en la pyme española”

     

    2023 cerró con una elevada caída de productividad para la pyme española. En el cuarto trimestre de 2023, ésta descendió un 0,7% en tasa interanual, distanciándose todavía más del nivel previo a la pandemia. De hecho, el repunte de productividad que se produjo en 2021 tan solo sirvió para compensar el gran desplome registrado en la pandemia. Lamentablemente, una vez estabilizada la actividad, la productividad ha recuperado su tendencia descendente iniciada en 2017 y ahora se sitúa ligeramente por debajo de la de 2015.

    Pese al crecimiento de la actividad que se ha registrado en los últimos trimestres, este no ha sido suficiente para que la empresa entrañe una ganancia de productividad. El comportamiento de las ventas y del empleo crecen, pero continúan en desaceleración, y la ligera reducción de los costes operativos, especialmente de la energía en el cuarto trimestre del año no ha sido suficiente para mejorar la situación de las pymes españolas, ya que no solo permanecen considerablemente elevados con relación a dos años atrás, sino que no se observa moderación ni en los costes de los servicios ni en los laborales, que continúan escalando a tasas superiores del 5%. A esto se suma un empeoramiento en la situación financiera para las pymes, en la que predomina la atonía en el crecimiento de los nuevos créditos y el encarecimiento de los tipos de interés, que a pesar de que se hayan estabilizado, superan el 5% para las pymes. Son datos del Indicador CEPYME sobre la situación de la pyme, correspondiente al cuarto trimestre de 2023, que elabora el Servicio de Estudios de la Confederación de pymes.

    Las ventas se ralentizan más que el empleo y lastra la productividad

    Las ventas de las pymes continuaron creciendo en el cuarto trimestre del 2023, pero su ritmo se desaceleró considerablemente. Las ventas de las pymes se ralentizaron a cierre de 2023 por quinto trimestre consecutivo, desde un 20,2% interanual en el pico que se registró en el segundo trimestre de 2022 hasta el 3,5% en el último tramo de 2023. Esa desaceleración se explica por la moderación de la inflación (se trata de ventas nominales), pero también por el debilitamiento de la actividad económica, ya que las ventas corregidas de la inflación, muestran con más crudeza la desaceleración, creciendo solo el 1,2%.

    La marcada ralentización de las ventas convive con un todavía aumento de las plantillas (2,7% en las medianas empresas y 2,1% en las pequeñas). La primera variable -ventas- desacelera más que la segunda -empleo- lastrando la productividad, que en términos medios cayó un 0,7% interanual en el cuarto trimestre de 2023, como se ha señalado anteriormente.

    Los costes laborales encadenan 10 trimestres de subidas superiores al 5%

    Si bien los costes operativos caen en el cuarto trimestre en términos interanuales (-0,7% interanual) gracias al comportamiento del componente energético (-22,6%), el coste de los servicios utilizados por las pymes se acelera (3,1%) y los costes laborales siguen creciendo con fuerza (5,3%). De hecho, el coste laboral total de las pymes encadena 10 trimestres consecutivos con aumentos interanuales superiores al 5%, suceso inédito desde 1994. Cabe recordar las sucesivas alzas de cotizaciones sociales y del SMI que se han registrado en los últimos años.

    En el cuarto trimestre, el aumento interanual del coste laboral fue del 5,3%, el más alto de los cinco últimos trimestres. Además, desde el cuarto trimestre de 2021 los costes laborales subieron un 11% para las firmas pequeñas y un 10% para las medianas. Condiciones financieras en las pymes A los problemas por los que atraviesan las pymes se suma la mayor carestía del crédito. La proporción de nuevos préstamos sobre ventas es menor que en ejercicios anteriores. A esto se suma que, a pesar de que el coste de la financiación sube a ritmo más moderado, sigue creciendo. El tipo de interés medio a pymes ha superado el 5% por primera vez desde 2009, del 5,01% en el cuarto trimestre de 2023, frente al 3,05% registrado un año antes.

    Por otra parte, el contexto de mayor inflación se ha traducido en una restricción del crédito comercial entre empresas. Este equivalió en el cuatro trimestre al 55,2% de las ventas de las pymes, porcentaje que desciende por cuarto trimestre consecutivo, inferior además a la media del bienio 2022-2023 (58,4%) y a la media del lustro prepandemia (64,1%).

    Como consecuencia, el esfuerzo financiero de las pymes vinculado a la deuda comercial ascendió a 2.630 millones de euros en el cuarto trimestre, lo que supone un alza del 50,1% interanual y del 119% respecto al periodo de referencia de 2021. Esto se traduce para una pequeña empresa en un esfuerzo financiero de 5.300 euros anualizados, casi el doble que a cierre de 2021; y de 40.200 euros para las firmas medianas frente a los 16.800 en el mismo periodo.

    No obstante, resulta positiva la reducción del endeudamiento total de las pymes, que prosigue la tendencia descendente que inició en 2008. La ratio de endeudamiento se sitúa en el 82,3%, el menor desde 1999.

    Más concursos: 2.083 pymes concursadas

    En cuanto al numero de concursos, el cuarto trimestre arrojó una cifra de 2.083 pymes concursadas, el tercer peor dato trimestral desde 2013 y un 4,2% interanual más, de las cuales 2.050 fueron firmas pequeñas y el resto medianas. Desafortunadamente, esta evolución evidencia en parte el impacto negativo de la ralentización económica, la paralización de proyectos y la detención de inversiones. Resulta preocupante que el número de concursos haya sido superior al del cuarto trimestre de 2022, ya que entonces no se había disipado aún el decalaje derivado de la moratoria concursal por la pandemia ni se registraba una acumulación extraordinaria de casos como la posterior a la huelga de letrados de la Administración de Justicia acaecida en 2023.

    En conclusión, el Indicador CEPYME anotó un debilitamiento en el cuarto trimestre de 2023 con relación a los tres anteriores marcando la menor cota del pasado ejercicio. El Indicador CEPYME (4,9 en el cuarto trimestre de 2023) se mide en puntos, los cuales asemejan la calificación de un examen, y consta de cinco subindicadores: Actividad (7,7), Costes (1), Crédito (6,9), Solvencia (4,1) y Competitividad (5,8). Cada uno de los bloques se compone del estudio de tres variables.

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