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  • Cambios en la Unidad Transitoria creada por el Gobierno de Aragón para la gestión de las ayudas europeas

    Cambios en la Unidad Transitoria creada por el Gobierno de Aragón para la gestión de las ayudas europeas

     

    A nadie escapa la importancia para la economía en general y empresas en particular la importancia de las ayudas encuadradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en adelante PRTR, como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la pandemia COVID-19, así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la “descarbonización” y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, consiguiendo en última instancia una mayor capacidad de la sociedad para superar problemas como la pandemia.

    La gestión coordinada de los procedimientos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y la adecuada atención procedimental al elevado número de peticiones planteadas para acogerse a tales planes pasa a ser el elemento esencial que determinará el éxito o fracaso de tal planificación.

    El Gobierno de Aragón, en el año 2022, consciente de la gran cantidad de actuaciones que se iban a desarrollar en ejecución del PRTR en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y su sector público institucional; de la necesaria coordinación que resultaría precisa para su desarrollo; y de la multiplicidad de órganos y organismos afectados en la ejecución de dicho Plan, aprobó inicialmente una Orden conjunta de 3 de diciembre de 2021, del Vicepresidente del Gobierno, la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales y el Consejero de Hacienda y Administración Pública y un posterior Decreto 5/2022, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas para impulsar la gestión urgente y coordinada de los procedimientos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Este Decreto 5/2022, procedió a crear una Unidad Transitoria para el impulso y apoyo a la gestión coordinada de subproyectos financiados con cargo al MRR en ejecución del PRTR (en adelante, Unidad Transitoria)

    Tras casi dos años de funcionamiento de esta Unidad Transitoria, se considera conveniente modificar dicho Decreto 5/2022, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, en algunos aspectos concretos, que es lo que se pretende con el Decreto hoy publicado y que entra en vigor de forma inmediata (BOA 5/1/2024):

     

    Su composición

     

    La nueva organización, implantada por el actual Gobierno autonómico que entró en vigor el 12 de agosto de 2023, obliga a llevar a cabo una actualización, habida cuenta de la creación de una Dirección General de Financiación y Fondos Europeos, a la que, específicamente, se le asignan las competencias en materia de Fondos Europeos, entre los que se encuentran incluidos los procedentes del MRR.

     

    Sus funciones

     

    Al atribuir a la creada Dirección General de Financiación y Fondos Europeos algunas de las asignadas inicialmente a la Unidad Transitoria cuando ésta se constituyó.

     

    Sus competencias

     

    Derivada de la experiencia adquirida a lo largo del primer trienio de gestión de estos Fondos Europeos procedentes del MRR (2021-2023) y que aconseja incorporar y precisar las funciones de la Unidad Transitoria, así como determinar que las competencias para promover esta modificación se encuentran, actualmente, centralizadas en el Departamento de Hacienda y Administración Pública, de acuerdo con la nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por corresponderle tanto las competencias relativas a los fondos europeos, la gestión presupuestaria, la información y asesoramiento a la Comunidad Autónoma de Aragón sobre las acciones del Estado con trascendencia presupuestario-financiera para la Comunidad Autónoma de Aragón y al ejercicio del control interno de la actividad económico-financiera y la contabilidad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma.

    Decreto completo

  • Publicada la primera convocatoria del PERTE de Descarbonización Industrial

    Publicada la primera convocatoria del PERTE de Descarbonización Industrial

     

    El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado la orden de bases y a la primera convocatoria del PERTE de Descarbonización Industrial correspondiente a la línea de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera. El texto completo de esta orden se publicará en el BOE el próximo sábado día 30.

    Esta convocatoria, en concurrencia no competitiva, está dotada con 1.000 millones de euros, de los que 500 millones se otorgarán en forma de subvención y otros 500 millones en forma de préstamo.

     

    Beneficiarios

     

    Las sociedades mercantiles estales que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial, con independencia de la actividad principal definida en sus estatutos.

    Las entidades anteriores deberán haber desarrollado actividades industriales, al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de solicitud. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad demuestra experiencia en producción industrial comparable en la actividad, en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Esta experiencia deberá acreditarse.

    Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado a) y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos en el anexo II de la orden. (Requisitos exigibles al acuerdo de agrupación y modelos de declaración responsable y sus posibles actualizaciones publicadas en el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo).

     

    Líneas de actuación y líneas de ayuda

     

    Un proyecto tractor deberá contener, al menos, un proyecto primario de estas líneas:

    • Reducción de emisiones directas de la instalación (excluyendo el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso del carbono).
    • Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

     

     Líneas de actuación

    Reducción de emisiones directas de la instalación, que se podrá dirigir a:

    • Descarbonización de fuentes de energía: electrificación de procesos, incorporación de hidrogeno renovable y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de calor renovable como la energía solar térmica.
    • Gestión energética integral de procesos industriales: recuperación de calor de procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios, almacenamiento energético, digitalización para la mejora de la eficiencia energética y la gestión de flujos térmicos.
    • Descarbonización por reducción de recursos naturales: utilización de materias primas secundarias, utilización de subproductos de residuos y valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles.
    • Captura, almacenamiento y uso del carbono. Se considerará que estos proyectos no contravienen el principio de DNSH y se podrán financiar mediante esta línea de ayudas si cumplen las condiciones establecidas en el artículo 11 de la orden.

    Mejora sustancial de la eficiencia energética por el ahorro de energía eléctrica.

    Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.

    I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación principal del proyecto tractor.

     

    Líneas de ayuda

    Cada uno de los proyectos primarios que compongan el proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayudas siguientes, y dentro, de cada línea, únicamente en una de sus tipologías:

    1. Línea de Investigación industrial y desarrollo experimental. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

    • Proyectos de investigación industrial
    • Proyectos de desarrollo experimental
    • Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental

    2. Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

    • Proyectos de innovación en materia de organización
    • Proyectos de innovación en materia de procesos

    3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medioambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

    • Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar en nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general.
    • Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales.

    4. Línea de ayudas a la inversión en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.

    5. Línea de ayudas de inversiones para la promoción de la energía procedente de energías renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales. Estas inversiones deberán realizarse en la instalación principal o sus aledaños y las instalaciones de generación de energía y la instalación principal deberán estar físicamente conectadas.

    6. Estudios ambientales, incluidas las auditorías energéticas, o la viabilidad técnica asociada, directamente vinculados a las inversiones contempladas en las líneas de ayuda de 3,4 y 5.

    7. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYMES. La única tipología de proyecto dentro de esta línea consiste en una inversión en activos materiales o inmateriales destinados a un cambio esencial en el proceso general de producción de una PYME existente, complementaria a alguna de las líneas de actuación establecidas en el artículo 11, y que contribuya al conjunto del proyecto tractor para la descarbonización de la instalación principal.

     

    Cuantía

     

    El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será de concurrencia no competitiva.

    Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria, podrán tener la forma préstamo reembolsable, subvención o ser una combinación de ambas.

    La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 24 de enero de 2024 y el 17 de abril de 2024.

    Orden completa

  • ¿Cómo se cumplimenta el modelo 303 para arrendadores de Hacienda?

    ¿Cómo se cumplimenta el modelo 303 para arrendadores de Hacienda?

     

    La sede electrónica de la AEAT recoge un apartado de ayuda para la cumplimentación del modelo 303 para arrendadores correspondiente al cuarto trimestre (4T) del 2023.

    Este servicio le ayuda a determinar los importes y otra información a consignar en el modelo 303 para su posterior traslado al Formulario 303, donde se mostrará el resultado de la declaración.

    Este servicio puede ser utilizado exclusivamente por arrendadores de locales y viviendas urbanos que no lleven a cabo otra actividad.

    Se prevén en un desplegable las opciones posibles (ordinario, con régimen de caja, con prorrata …) desplegándose en cada caso las instrucciones de cumplimentación que corresponden

    NO es aplicable si durante el trimestre se han realizado alguna de las siguientes operaciones:

    • Arrendamiento con opción de compra.
    • Servicios complementarios de hostelería.
    • Adquisición de bienes o servicios a proveedores extranjeros o establecidos en Canarias, Ceuta o Melilla (sí será aplicable en el caso de obras realizadas por extranjeros)

    Acceder

  • Calendario contribuyente. Enero 2024

    Calendario contribuyente. Enero 2024

     

    • 02-01-2024  Hasta el 2 de enero
      • Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • IVA
    • 12-01-2024  Hasta el 12 de enero
      • Intrastat
    • 22-01-2024  Hasta el 22 de enero
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuesto Especial y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades
    • 30-01-2024  Hasta el 30 de enero
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta
    • 31-01-2024  Hasta el 31 de enero
      • Declaraciones informativas
      • Impuesto sobre determinados servicios digitales
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta
      • Renta y sociedades

    Fuente: AEAT

  • Medidas aprobadas en materia de vivienda para 2024

    Medidas aprobadas en materia de vivienda para 2024

     

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

    Entre las medidas aprobadas en materia de vivienda destacamos:

    Se aprueba una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación, con fondos provenientes de la Adenda del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para incrementar el parque de vivienda en alquiler social o a precio asequible, así como para mejorar el parque de vivienda ya existente destinado a alquiler social o asequible.

    Se modifica el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en materia de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

    Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2024 el procedimiento de desahucio y los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.

    Se modifica el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

    Asimismo, se modifica el Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

    Real Decreto completo

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