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  • Abierta la convocatoria PADIH para pymes

    Abierta la convocatoria PADIH para pymes

    El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la EOI, acaba de abrir una convocatoria dirigida a pymes de cualquier sector productivo, consistente en la prestación de servicios por EDIH españoles, entre los que se encuentra el Aragón EDIH.

    La convocatoria del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH) se realiza en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Contacta con Aragón EDIH en info@aragondih.com

    En esta convocatoria, la ayuda consiste en la prestación de servicios por parte de los EDIH de forma gratuita. Servicios de asesoramiento, apoyo en materia de innovación para la implantación de tecnologías digitales disruptivas con el objetivo de mejorar la competitividad de las empresas.

    Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva y por orden de presentación de solicitudes hasta que se agote el crédito presupuestario.

     

    Servicios:

    • Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías. Cuantía máxima: 10.000 euros.
    • Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas. Cuantía máxima: 20.000 euros.
    • Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología. Cuantía máxima: 5.000 euros.
    • Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología. Cuantía máxima: 5.000 euros.
    • Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación. Cuantía máxima: 5.000 euros.

    El importe máximo equivalente de los servicios que reciba la pyme es de 30.000 euros.

     

    La presentación de convocatorias.

     

    La presentación de las solicitudes se llevará a cabo a través del formulario electrónico de la sede electrónica de EOI. Fecha de fin de presentación de solicitudes: 30 de septiembre de 2025 (23.59 horas). Antes si se agotase el crédito presupuestario.

    Sede electrónica EOI 

    Para presentar una solicitud, previamente se debe haber solicitado una Propuesta de Servicios a un EDIH. Lo que se solicita es que se financie la prestación de esos servicios que figuran en la Propuesta de Servicios. Las actividades deben finalizarse en el plazo máximo de 12 meses desde la concesión de la ayuda. Las actuaciones deberán estar finalizadas el 31 de diciembre de 2025.

    Plataforma de servicios EDIH

     

  • Si eres una startup de reciente creación, te interesa esta este programa

    Si eres una startup de reciente creación, te interesa esta este programa

    La Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial y primera escuela de negocios de España) ha puesto en marcha el “Programa de Aceleración de Startups- Regional” que ofrece asesoramiento individualizado y formación específica para el crecimiento y desarrollo de las startups de Aragón.

    De la mano de la EOI, el Grupo Init, ha sido seleccionado en España para liderar el programa Activa Startups en Aragón.

    El programa tiene una duración estimada de cinco meses de duración con 21 horas lectivas al mes distribuidas en 50 horas de talleres grupales, 40 horas de mentoring individual y cinco eventos para la búsqueda de financiación y networking con agentes activos del ecosistema inversor y empresarial.

    Más información

     

    Requisitos

     

    Ser una startup innovadora de reciente creación (sin más de 5 años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, o de 7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía, o industriales). Para más información:

      876 069 985

      ejimenez@theinit.com

    Es necesario rellenar el formulario de inscripción para poder participar, ya que las plazas son limitadas. 

    Formulario

  • ¿Cómo afectan las novedades en la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en la normativa tributaria?

    ¿Cómo afectan las novedades en la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en la normativa tributaria?

    En el BOE del 25/05/2023 se ha publicado la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias.

    Las modificaciones introducidas en la Ley General Tributaria tienen por objeto, entre otras:

    • La transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, conocida como DAC 7, estableciendo una nueva obligación de información respecto de los operadores de las plataformas digitales o el régimen de las inspecciones conjuntas;
    • Se introduce la figura de la autoliquidación rectificativa por la cual el obligado tributario podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, que reemplazará, en aquellos tributos en los que así se establezca, la presentación de declaraciones complementarias y de solicitudes de rectificación;
    • En el procedimiento de comprobación limitada, con el fin de mejorar su efectividad, se reconoce la facultad de la Administración tributaria de comprobar la contabilidad mercantil, a los solos efectos de constatar la coincidencia entre lo que figure en ella y la información que obre en poder de la Administración;
    • Se modifica el régimen de la obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal con el fin de dispensar de la obligación de información por el deber de secreto profesional a determinados intermediarios.

    La Ley 13/2023, de 24 de mayo, también modifica otras normas tributarias, como son las leyes reguladoras de los Impuestos sobre Sociedades, sobre el Valor Añadido o sobre la Renta de no Residentes.

    En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, se da una nueva redacción de la regla de limitación de deducibilidad de gastos financieros contenida en el artículo 16 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

    En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, se establece que en los supuestos de abandono del régimen de depósito distinto del aduanero de los bienes objeto de Impuestos Especiales se realizará una operación asimilada a una importación y no una importación de bienes; por ello, también se ha modificado la base imponible de las importaciones de bienes y de las operaciones asimiladas a las importaciones de bienes. Además, se permite a los empresarios y profesionales que tengan la sede de su actividad económica en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla acogerse al régimen de importación del comercio electrónico en el IVA, sin necesidad de contar, como hasta ahora, con un representante establecido en la Comunidad.

    En el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, las modificaciones que se introducen buscan completar la transposición de la Directiva (UE) 2017/1852 del Consejo, de 10 de octubre de 2017, relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea.

    Las modificaciones introducidas por la Ley 13/2023, de 24 de mayo, tienen por objeto mejorar el marco existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión Europea, así como ampliar la cooperación administrativa a ámbitos nuevos, con el fin de abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía y ayudar a las administraciones tributarias a gestionar los impuestos de una forma mejor y más eficiente.

    Texto completo

  • Todavía estás a tiempo de presentar tu candidatura a las ayudas de ReActivadas

    Todavía estás a tiempo de presentar tu candidatura a las ayudas de ReActivadas

    La Fundación Isabel Martín, ONG de Cooperación al Desarrollo y Acción Social, presenta la II Convocatoria de ReActivadas, ayudas a los emprendimientos de mujeres en Aragón y que está dotada con 17.000 euros. 

    El plazo para la presentación de candidaturas finalizará el próximo jueves 15 de junio.

    Con esta iniciativa se pretende reconocer a las empresarias y profesionales así como colaborar en la reactivación de su actividad mediante la visibilización de sus emprendimientos ya que, simplemente con participar, su propuesta se podrá ver en el canal de YouTube de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

    Consulta dudas en el 876 280 063, de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 y los viernes de 09:00 a 15:00.
     En cualquier momento por email en admin@fundacionisabelmartin.es, poniendo en el asunto “ReActivadas”.

    La ayuda consistirá en la financiación de un Plan de Reactivación para emprendedoras radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (domicilio fiscal y unidad productiva/de negocio), dotada con diecisiete mil euros, en una única categoría (Primera Clasificada), consistente en:

    • Una ayuda económica de 10.500,00 euros (diez mil quinientos euros)
    • Una ayuda de 6.500,00 euros (seis mil quinientos euros), IVA incluido, para publicidad en radio y televisión en la CARTV y para merchandising del proyecto de Comercio Justo de la Fundación Isabel Martín.

    Más información Bases de la convocatoria

  • Se convocan ayudas de segunda oportunidad para personas trabajadoras autónomas para el año 2023

    Se convocan ayudas de segunda oportunidad para personas trabajadoras autónomas para el año 2023

    Ha sido publicada la ORDEN EPE/710/2023, del 18 de mayo, por la que se convocan ayudas de segunda oportunidad para personas trabajadoras autónomas para el año 2023. De la concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se podrán beneficiar:

    a) Las personas físicas que se encuentren actualmente o hayan estado, en algún momento entre el 1 de marzo de 2020 y la fecha de publicación de la presente convocatoria, de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en cualquiera de las Mutualidades de Previsión Social existentes, que ejerzan o hayan ejercido su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    b) Las asociaciones profesionales intersectoriales representativas del trabajo autónomo a nivel autonómico que hayan sido reconocidas como tales mediante orden de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón, que lleven a cabo una de las modalidades de asistencia técnica reguladas en el apartado primero cuyos destinatarios sean las personas físicas del punto 1.a) de este apartado tercero.

    c) Los mediadores concursales o instituciones de mediación concursal que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que se encuentren inscritos en el csv: BOA20230605011Núm. 105 Boletín Ofcial de Aragón 05/06/202323151 Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación en base a la Ley 16/2022, de 5 de  septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la efciencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades; que lleven a cabo una de las modalidades de asistencia técnica reguladas en el apartado primero cuyos destinatarios sean las personas físicas del punto 1.a) de este apartado tercero.

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