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  • Calendario contribuyente. Junio 2023

    Calendario contribuyente. Junio 2023

     

    • 12-06-2023  Hasta el 12 de junio
      • Intrastat
    • 20-06-2023  Hasta el 20 de junio
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuesto Especial y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades
    • 27-06-2023  Hasta el 27 de junio
      • Renta y patrimonio
    • 30-06-2023  Hasta el 30 de junio
      • Declaraciones informativas
      • IVA
      • Renta y patrimonio

    Fuente: AEAT

  • Si tienes un proyecto sostenible, apúntate a los premios Generali SME Enterprize

    Si tienes un proyecto sostenible, apúntate a los premios Generali SME Enterprize

    La tercera edición de los Premios SME EnterPRIZE de Generali entra en su recta final. En menos de una semana se cierra la recepción de candidaturas para aquellas pymes españolas con proyectos sostenibles en las categorías de bienestar laboral, sostenibilidad ambiental e impacto social. Los ganadores de cada categoría recibirán un premio de 30.000€ para impulsar un proyecto sostenible y optarán a representar a España en la final internacional que se celebrará el próximo mes de octubre en Bruselas. Aquellas pymes que reúnan los requisitos pueden presentar su candidatura hasta el 31 de mayo.

    Con esta iniciativa, el Grupo Generali busca impulsar una cultura de sostenibilidad entre las pymes, que tienen un papel esencial para convertir en realidad la ambición de la Unión europea de construir una economía más verde e integradora, así como inspirar a otros empresarios para cambiar los modelos actuales y contribuir a proteger el planeta y el bienestar de la sociedad.

    La edición de este año se desarrolla en diez países de la UE: Alemania, Austria, Croacia, Eslovenia, España, Francia, Hungría, Italia, Portugal y República Checa.  En cada país, Generali junto a su red de distribución y socios locales, impulsan esta iniciativa para descubrir a los Héroes de la Sostenibilidad locales. A lo largo de los dos últimos años, SME EnterPRIZE ha llegado a más de 13.000 pymes en su búsqueda de Héroes de la Sostenibilidad. 

    Inscripción

  • ¿Qué permisos tienen los trabajadores este 28-M?

    ¿Qué permisos tienen los trabajadores este 28-M?

    ¿Pueden ir los trabajadores a votar durante su jornada laboral el 28-M? ¿Y si les ha tocado ser miembro de mesa electoral?

    Estos son los premisos de los que podrán disfrutar este domingo.

     

    Permiso retribuido para ser miembro de mesa electoral

     

    Las personas trabajadoras que sean presidente o vocal de mesas electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación. Asimismo, tienen derecho a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior, cuando sea laborable.

    La empresa deberá cambiar el turno de noche de las personas trabajadoras integrantes de la mesa electoral que así lo soliciten, cuando el turno fuera inmediatamente anterior a la jornada electoral.

    Los suplentes en mesas electorales tienen permiso retribuido por el tiempo transcurrido hasta conocer si los titulares se han presentado y, por tanto, si van a tener que sustituirles.

    Las personas trabajadoras que acrediten su condición de apoderadas también tienen derecho a permiso retribuido durante el día de la votación (sin incluir las cinco horas del día inmediatamente posterior).

     

    Permiso retribuido para ejercer el voto

     

    El artículo 37.3 d) del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET) regula el permiso retribuido para el ejercicio del sufragio activo: “El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo (…) d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica”.

    En desarrollo de este precepto, el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril (en adelante, RD 605/1999) reconoce en su artículo 13 un permiso retribuido “de hasta cuatro horas” para ir a votar en un procedimiento electoral cuando se trata de personas trabajadoras que, siendo electores en dicho procedimiento electoral, “…presten sus servicios el día de las elecciones”.

    En el ámbito de sus competencias, las comunidades autónomas han de concretar el permiso y su duración, previo acuerdo con los delegados del Gobierno. En Anexo se incluyen las normativas publicadas al efecto.

    Sin perjuicio de la regulación específica de cada administración, habrá que verificar si el convenio colectivo aplicable a la empresa contiene una regulación respecto de la duración y compensación del permiso retribuido, tal y como permite el artículo 13 RD 605/1999.

    Corresponde a la empresa la distribución, en función de la organización del trabajo, del período en el que las personas trabajadoras dispongan del permiso retribuido.

    Si la persona trabajadora desea ejercer su voto por correo, tendrá derecho a un permiso retribuido de hasta 4 horas para realizar la solicitud de certificado acreditativo d inscripción en el censo y para la remisión del voto por correo. Este permiso se reducirá proporcionalmente según la jornada de cada trabajador.

    Orden completa

     

  • Consulta las certificaciones disponibles en AEAT

    La Agencia Tributaria (AEAT) emite, con base en los datos que figuren en sus bases y archivos, certificados de diversos aspectos del ámbito fiscal y tributario de los contribuyentes.

    Es habitual, a título de ejemplo, la solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales en muchos trámites con la Administración (contratación pública, subvenciones, etc.), o la de acreditación de situación censal (altas en determinados impuestos, etc.) o de presentación, o no, de alguna de las declaraciones tributarias (IRPF, IVA, etc), o de acreditación de la condición de operador intracomunitario.

    Las certificaciones disponibles se agrupan de acuerdo con las siguientes materias:

    • Censales
    • Declaraciones Tributarias
    • Situación Tributaria
    • Contratistas y subcontratistas
    • Resto de Certificados/ Certificados genéricos

       La tramitación de la solicitud y la, normalmente rápida, obtención del certificado exige la tenencia y uso del pertinente certificado o firma digital en cualquiera de las modalidades admitidas.

    Consúltalos aquí

  • Ayudas al comercio aragonés

    Ayudas al comercio aragonés

     

    Se convocan para el ejercicio 2023 ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

     

    Beneficiarios

     

    PYMES

    Pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles. Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento físico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales.

    La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2, los cuales se encuentran incluidos en algunos de los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

     

    Asociaciones sin ánimo de lucro

    Asociaciones sin ánimo de lucro, así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones legalmente constituidas y con sede social en Aragón que, tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.

    Quedan excluidas del concepto de beneficiario las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución. También quedan excluidas las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, así como los establecimientos no permanentes o los dedicados total o parcialmente a la prestación de servicios, salvo que acrediten fehacientemente que su actividad principal es la comercial.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se consideran gastos subvencionables:

    Gastos dirigidos a la transformación digital

    • Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
    • Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
    • Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
    • Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
    • Soluciones en ciberseguridad.
    • Plataformas para la mejora de la comunicación interna dentro de un negocio, entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.
    • Creación y mejora de webs.
    • Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes (Apps) u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios.
    • Creación y mejora de Marketplaces.
    • Mejora a la accesibilidad de los contenidos digitales para personas con discapacidad.
    • Hardware y software dirigido a actuaciones de realidad virtual y/o aumentada para la promoción comercial.

     

    Gastos referidos a transformación del punto de venta

    • Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
    • Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de decisiones, su potencial transmisión o relevo generacional.
    • Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.
    • Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva visita previa.
    • Adquisición de mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el establecimiento físico.
    • Incorporación de técnicas de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes.
    • Instalación de punto de entrega inteligentes

     

    Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular

    • Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
    • Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, ecoeficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización.
    • Pantallas o sistemas de información que contribuyan al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, mostrando información sobre temperatura y humedad

     

    Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad

    • Plataformas colaborativas productor local, pyme comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
    • Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de `Km 0´ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
    • Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el lineal como durante su envío y distribución.
    • Optimización del surtido ofrecido en el lineal físico y online.
    • Sistemas que mejoren la carga y descargas en las áreas comerciales urbanas, mediante la apertura en remoto de las persianas por terceros, bien sea a través de una web, de una app o de un sistema de códigos enviado por el comerciante, en tiempo real o diferido y con garantías de seguridad para el comerciante.

     

    Cuantía

     

    La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables, excluido todo tipo de impuestos, será de 2.000 euros tanto para las PYMES incluidas en uno de los IAEs subvencionables, como para las asociaciones sin ánimo de lucro detalladas, que realicen actuaciones en el sector comercial. La inversión máxima subvencionable será de 80.000 euros. Dichos importes no incluirán el IVA, excepto en las entidades beneficiarias exentas total o parcialmente de su declaración.

    La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

    La aportación de la Administración autonómica prevista supondrá un porcentaje del 80% con respecto al coste final, en el caso de las Pymes y del 100% en el caso de las Asociaciones.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Orden completa

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