En el marco del proyecto europeo RESOURCE, el Gobierno de Aragón y CEEI Aragón organizan una jornada – worshop el próximo 28 de marzo de 10 a 13 horas en la Sala Jerónimo Zurita del Edificio Pignatelli con talleres de co-creación en el que participan Administraciones Públicas, centros tecnológicos y de investigación, agentes sociales, empresas e inversores.
El proyecto RESORUCE tiene como objetivo apalancar en tres años 20 millones de euros en financiación pública y privada en el ámbito europeo para proyectos de Economía Circular.
Programa
10 h. Apertura Institucional Gobierno de Aragón – CEEI Aragón.
10:10 h. Presentación Indicadores RESOURCE – Proyectos de Economía Circular.
11 h. Conferencia “La Economía Circular en Aragón – Aragón Circular”, a cargo de la Cátedra de Ingeniería Circular de UNIZAR.
11:30 – 12:30 h. Sesión de Dinamización – Talleres de Co-creación:
Administraciones Públicas
Centros Tecnológicos – Investigación
Agentes Sociales
Empresas
Inversores
12:30 h. Clausura Jornada: Presentación Conclusiones.
Se convocan las ayudas a proyectos de inversión empresarial que fomenten la investigación y desarrollo e innovación industrial en la provincia de Teruel (FITE 2021).
Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarios las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la provincia de Teruel, que realicen proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental.
Se podrá participar en esta convocatoria de manera individual o en cooperación de varias empresas en un proyecto común. Los organismos de investigación y difusión de conocimientos solo podrán participar en la modalidad de cooperación con una o varias empresas, debiendo cada organismo desarrollar un mínimo del 10% del proyecto.
En caso de proyectos de cooperación, todas las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos participantes deben estar establecidos en la provincia de Teruel.
Actuaciones subvencionables
Se considerarán actuaciones subvencionables aquellas que contengan actividades de desarrollo experimental o de investigación industrial y sean desarrolladas o implementadas en las instalaciones de la empresa en la provincia de Teruel.
La dimensión de los proyectos se concretará en actuaciones con un importe mínimo de 200.000 euros y las actuaciones subvencionables deberán concluir en todo caso con anterioridad al 15 de octubre de 2023.
Gastos subvencionables
Costes de personal: Investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
Costes del instrumental y material en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto
Cuantía
Categoría de la ayuda
Intensidad de la ayuda (%)
Importe máximo de la ayuda (euros)
Desarrollo experimental
25%
400.000
Investigación industria
50%
400.000
La intensidad de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrá aumentarse hasta un 10 % si el proyecto implica una colaboración efectiva en los siguientes términos:
Entre empresas, al menos una de las cuales debe ser pyme, y ninguna de ellas por sí sola puede correr con más del 70% de los costes subvencionables
Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimiento, asumiendo cada uno de estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y
teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” (publicado el 23/03/2023).
De acuerdo con el RD publicado el pasado mes de enero, la tramitación de las bajas (incapacidades temporales) inferiores a 365 días sufrirá, a partir de este 1 de abril, una modificación esencial: los trabajadores dejarán de estar obligados de presentar a su empresa los partes de baja, confirmación y alta.
Es intención de la norma, por un lado, agilizar los trámites y, por otro, evitar al trabajador una tarea burocrática de la gestión de su propia baja, trámite que puede ser en ocasiones especialmente gravoso. Ahora, es la propia Seguridad Social la que proporcionará toda la información de manera telemática a la empresa.
¿Cómo se tramitarán las bajas a partir del 1 de abril?
Hasta ahora, el médico entrega al trabajador el parte médico, la copia correspondiente de la baja, confirmación y alta. Después, el trabajador lo remite a la propia empresa para que esta lo cumplimente y remita a la entidad gestora.
Con la norma antes referenciada, y a partir del 1 de abril, ahora será el Servicio Público de Salud, (o la mutua, o la empresa colaboradora) la que remitan los partes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Será el INSS quien comunicará entonces a la empresa todos los datos necesarios de los partes emitidos por el médico.
Recibida tal comunicación, la empresa tendrá la obligación de transmitir a través del denominado Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) de forma inmediata y, como máximo, en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos requeridos para que el trabajador perciba la prestación correspondiente.
Lo mismo para el supuesto de alta: Será la Seguridad Social la que lo se comunicará al Servicio Público de Salud o a la mutua y estos, a su vez, a la empresa.
En resumen:
El médico expide la baja, confirmación y alta y entrega la copia al trabajador para su conocimiento
El Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remite los datos al INSS
El INSS comunica los datos necesarios sobre los partes de baja, confirmación y alta para que la empresa conozca la situación
Se transmiten los datos Sistema de Remisión Electrónica de Datos para el cálculo de la prestación
El INSS gestiona los partes médicos y los datos comunicados a la entidad que corresponda la gestión de la prestación
En el momento del alta, se comunicará al Servicio Público de Salud o mutua y lo comunicará a la empresa
Especialidades en función de la duración
Bajas de duración inferior a 5 días naturales:
El médico emite el parte de baja y de alta en el mismo documento donde se indica el día de alta y baja.
Se puede solicitar la revisión del día de alta, tanto si se comprueba que ya está en condiciones de reincorporarse o si necesita extender la duración.
Bajas de entre 5 y 30 días naturales:
El médico emite el parte de baja, indicando la fecha de la revisión médica prevista, que no podrá exceder en más de siete días naturales a la fecha de baja.
En la revisión, se emite el parte de alta o el parte de confirmación.
Después de este primer parte de confirmación, si fuese necesario emitir alguno más, no podrán emitirse con una diferencia de más de catorce días naturales entre sí.
Bajas de entre 31 y 60 días naturales:
Similar al anterior supuesto, pero después del primer parte de confirmación, los sucesivos no podrán emitirse con una diferencia de más de 28 días naturales entre sí.
Bajas a partir de 61 días de baja estimada:
La fecha de revisión prevista no podrá exceder de más de 14 días naturales a la fecha de baja.
Después del primer parte de confirmación, los siguientes no podrán emitirse con una diferencia de más de 35 días naturales entre sí.
Comienza la campaña de Renta del ejercicio 2022 y la página web de la AEAT facilita ya información sobre la misma, con posibilidad de solicitar ya el número de referencia y acceder con él a los datos fiscales (o con la firma o certificado electrónico, si se tiene).
Recordamos que la campaña de la Renta 2022 arranca tras la Semana Santa, el 11 de abril, cuando se inicia el plazo para la presentación de la Declaración del IRPF a través del programa Renta Web, por internet.
Principales novedades normativas
El Real Decreto 31/2023 ntroduce las siguientes modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF):
Tipo mínimo de retención aplicable a determinados rendimientos del trabajo
Tipo de retención aplicable a determinadas actividades económicas
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 introduce las siguientes modificaciones:
Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
Obligación de declarar
Determinación del tipo de retención
Reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa
Reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada
Reducción a empresarios determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva
Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva
Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones empresariales a sistemas de previsión social
Tipo de gravamen del ahorro en el IRPF
Escala aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español
Deducción por maternidad
Retención sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual
Imputación de rentas inmobiliarias
Deducción por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma durante los períodos impositivos 2022 y 2023
A tener en cuenta
Ingreso Mínimo Vital
Al objeto de facilitar la presentación de la declaración, la AEAT ha creado un documento explicativo para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con las implicaciones que tiene en la declaración de la renta
ERTE
Al objeto de facilitar la presentación de la declaración, la AEAT ha elaborado un documento con una serie de recomendaciones e información explicativa para los contribuyentes que en 2022 fueron perceptores de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber estado inmersos en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE).
Aragón Fashion Week se consolida, en su quinta edición, como un referente del sector de la moda aragonesa y uno de los más importantes a nivel nacional.
El leitmotiv de esta edición “El Textil y la Moda del Futuro: Personas & Planeta”, las nuevas tendencias nos hablan de la moda y su transformación en el tiempo, un futuro textil sostenible y ético. El mundo de la moda asume conceptos como la sostenibilidad, la circularidad, la reutilización de los productos y materiales y los pone en marcha.
En esta quinta edición contaron para su clausura con la firma invitada ANGEL SCHLESSER, que presentó su colección para otoño invierno 23/24, FEMME. LA FRAGANCIA, inspirada en los perfumes de la marca, creando una mujer urbana, con un estilo sofisticado y actual y caminando hacia nuevos códigos estéticos, investigando en las formas y en los patrones.
Cerró la noche del viernes la final del Certamen de jóvenes diseñadores. El ganador, Víctor Moreno, recibió el trofeo de manos de Arturo Aliaga, vicepresidente del Gobierno de Aragón y consejero de Industria Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.
FITCA reactiva la industria de la moda en Aragón con la celebración de las dos citas más relevantes en nuestra Comunidad, la celebración de la quinta edición de la Aragón Fashion Week (AFW23) y el XVIII Certamen de Jóvenes Diseñadores de Aragón, que ha contado en esta edición con la colaboración en su financiación del Departamento de Industria, Competitividad y desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, con el patrocinio principal de Aragón, Alimentos Nobles Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Gobierno de Aragón y La Torre Outlet Zaragoza, además del apoyo entre otros de ModaEspaña, CEPYME Aragón, Ayuntamiento de Zaragoza e Ibercaja poniendo en valor y dando visibilidad y mayor proyección al sector textil de nuestra Comunidad.
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