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  • Ayudas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo de Aragón

    Ayudas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo de Aragón

    Abierta la convocatoria de ayudas para la realización de actividades de producción, programación y distribución vinculadas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán solicitar estas subvenciones las empresas (incluyendo tanto las personas físicas como las jurídicas) de producción, programación y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o de circo que tengan su domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, se encuentren inscritas en situación de alta en el censo de empresarios, y tengan como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las referidas artes escénicas.

    Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria los peticionarios que ostenten la forma jurídica de entidad sin ánimo de lucro.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Producción de espectáculos de artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo.

    Deberá aportarse una grabación del estreno, con la limitación de un proyecto por peticionario.

    En caso de que el solicitante presente más de un proyecto, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda.

    En caso de que los dos proyectos estén valorados con la misma puntuación, el peticionario deberá optar por uno de los dos proyectos.

     

    Giras y actuaciones fuera de Aragón

    Entendiendo por giras la distribución de espectáculos de artes escénicas. En esta modalidad se contemplan los siguientes apartados:

    • Gira nacional peninsular: Actuaciones, con un mínimo de tres, fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser consecutivas o no.
    • Actuaciones en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
    • Actuaciones internacionales.
    • Participación en festivales y ferias nacionales e internacionales.
      En esta modalidad solo se subvencionará un proyecto por peticionario y por apartado. Podrá presentarse más de un proyecto por apartado, pero únicamente se subvencionará el que obtenga mayor puntuación.

     

    Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada

    Por un periodo no inferior a seis meses.

     

    Cuantía

     

    La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 euros en todas las modalidades.

    La cuantía máxima de la subvención no será superior a 45.000 euros en la modalidad de producción de espectáculos de artes escénicas, a 15.000 euros en la modalidad de giras y actuaciones fuera de Aragón, y a 50.000 euros en la modalidad de programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada.

    El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de julio de 2025.

    Más información

  • Ayudas para galerías de arte aragonesas

    Ayudas para galerías de arte aragonesas

    Se convocan las ayudas a galerías de arte de Aragón para la realización de actividades destinadas a consolidar la creación, producción y difusión, tanto nacional como internacional, de las producciones de artes visuales realizadas por galerías de arte aragonesas.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las empresas con domicilio social en Aragón, que desarrollen su actividad básica en nuestra comunidad y estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 6156, correspondiente a galerías de arte.

    Se entienden por galerías de arte las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público, física y/o virtual, de obras de arte con finalidad comercial y que colaboren en la difusión de las artes plásticas y visuales.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán actuaciones objeto de subvención:

    • Creación, producción y difusión de exposiciones.
    • Difusión de la galería y artistas aragoneses a través de la participación en ferias o eventos nacionales e internacionales.

    Se consideran gastos subvencionables aquellos que se realicen desde el día 14 de noviembre de 2024 hasta el día 13 de noviembre de 2025 y se paguen desde el día 14 de noviembre de 2024 hasta el día 18 de noviembre de 2025. 

     

    Cuantía

     

    La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 euros ni superior a 25.000 euros.

    El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de julio de 2025.

    Más información 

  • Aragón crea el distintivo “Marca de Excelencia en Igualdad de Aragón”

    Aragón crea el distintivo “Marca de Excelencia en Igualdad de Aragón”

     

    El Gobierno de Aragón ha creado la Marca de Excelencia en Igualdad para estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con el objetivo de alcanzar la igualdad real y distinguir a aquellas que destaquen en la aplicación de políticas igualitarias.

     

    ¿Quién podrá optar al distintivo?

     

    Podrán optar a la “Marca de Excelencia en Igualdad de Aragón” todas las empresas o entidades, con independencia de que su capital sea público o privado, que cuenten con algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que cumplan los siguientes requisitos o condiciones:

    • Estar inscritas en la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente.
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
    • No haber sido sancionadas por resolución administrativa firme ni condenadas por sentencia judicial firme, en los cuatro años anteriores a la solicitud, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género en la legislación vigente.
    • Tener registrado y vigente un plan de igualdad, en aquellos supuestos en los que el solicitante esté obligado a su implantación de acuerdo con la normativa legal o convencional. En los demás supuestos, tener implantado y en vigor un plan de actuación de igualdad, así como haberle dado publicidad.
    • Las empresas o entidades que no estén obligadas a realizar un plan de igualdad, habrán de acreditar su compromiso mediante la implantación voluntaria de dicho plan o de otras medidas tendentes a lograr la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, como implantar una guía de buenas prácticas y experiencias en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, cuya potencial efectividad las haga susceptibles de ser valoradas para la obtención del distintivo.
    • Haber procedido a la inscripción del Plan de igualdad en el Registro de Planes de Igualdad de las empresas.
    • Haber realizado balances o informes de seguimiento y evaluación del plan de igualdad o, en su caso, de las medidas adoptadas.
    • Desarrollo de la actividad de la empresa o entidad en la Comunidad Autónoma de Aragón, y tener su domicilio social en el territorio aragonés o delegación. En caso contrario, que se trate de centros de trabajo radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón cuyos órganos de dirección y administración estén dotados de capacidad de gestión y autonomía suficiente para decidir y desarrollar cambios organizacionales suficientes para dar cumplimiento al contenido de los Planes de Actuación en Materia de Igualdad.
    • Cumplir con las obligaciones en materia de elaboración y registro de planes de igualdad.

     

    ¿Qué se tendrá en cuenta?

     

    Plan de igualdad o políticas de igualdad

    • Claridad y rigor en el diseño del plan de igualdad o de las medidas a adoptar, en la definición de los objetivos que persiguen, así como de los medios con que cuenta para su implantación, ejecución, desarrollo y evaluación.
    • La implicación de la representación legal de las personas trabajadoras en el compromiso empresarial en materia de igualdad.
    • La existencia de agentes responsables o unidades de igualdad, en los ámbitos de las relaciones laborales.
    • Compromiso de la alta dirección de la empresa o entidad con su consecución real y efectiva.
    • Medidas innovadoras que contribuyan a la eliminación y prevención de situaciones de discriminación entre mujeres y hombres.
    • Proporcionalidad y razonabilidad de las medidas que integren el Plan de Igualdad o las medidas de igualdad, atendiendo al equilibrio entre los objetivos, los medios y los plazos establecidos para su ejecución.
    • Existencia de mecanismos de información y participación de la plantilla en la implantación de las medidas de igualdad de género.
    • La alineación del plan o de las medidas desarrolladas con los objetivos y medidas incluidos en los instrumentos de planificación estratégica orientados a la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres promovidos por el Gobierno de Aragón.
    • Que el Plan haya sido acordado y así se refleje en el acta final y en su registro.

     

    Aspectos relacionados con el acceso al empleo y condiciones de trabajo

    • La representación equilibrada entre mujeres y hombres en todos los grupos y categorías profesionales, incluyendo el personal de alta dirección.
    • La adopción de medidas de acción positiva en el acceso al empleo y en la promoción profesional en los niveles en que las mujeres estén subrepresentadas.
    • La participación equilibrada entre mujeres y hombres en los ámbitos de toma de decisiones y en la promoción y el acceso a los puestos directivos y de mayor responsabilidad.
    • Las garantías de igualdad retributiva por trabajos de igual valor.
    • Las medidas concretas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
    • La implantación de medidas adecuadas de prevención y sanción del acoso sexual, por razón de género y del acoso laboral, así como de la violencia contra la mujer y el apoyo expreso a las empleadas que sean o hayan sido víctimas.
    • La prevención de la salud laboral del personal, atendiendo a las consecuencias derivadas de las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, y el establecimiento de medidas de prevención de riesgos laborales innovadoras.
    • La presencia de mujeres y la adopción de medidas para impulsar su participación en puestos de trabajo de alto contenido tecnológico, técnico y científico, con evolución positiva en los últimos años.
    • Fomento del empleo de mujeres jóvenes.

     

    Aspectos relativos al modelo organizativo y la responsabilidad social de las empresas o entidades

    • La realización de actuaciones relativas a la responsabilidad social corporativa, destinadas a promover condiciones de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa o entidad.
    • Las reservas de plazas para mujeres pertenecientes a colectivos de vulnerabilidad.
    • La posibilidad de que sus empleadas y empleados puedan realizar cursos de formación durante la jornada laboral.
    • La formación en materia de igualdad proporcionada al personal directivo, así como a los trabajadores que realizan funciones de contratación, selección y formación de personal, que permitan la corrección de las carencias de cualificación de las personas trabajadoras, así como facilitar su acceso a puestos de trabajo en los que se encuentran subrepresentadas.
    • Actuaciones de responsabilidad social realizadas por las empresas o entidades
    • La existencia y aplicación de sistemas y criterios de clasificación profesional que erradiquen la asignación de funciones y tareas en función del sexo y permitan prevenir y, en su caso, erradicar las situaciones de discriminación directa o indirecta.
    • La coordinación con las actuaciones similares desarrolladas por otras empresas, especialmente, en el mismo sector o sectores de actividad o el mismo ámbito geográfico.

    Decreto completo

  • Estos son los festivos de Aragón para 2026

    Estos son los festivos de Aragón para 2026

     

     

    El Gobierno de Aragón ha fijado las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2026 en nuestra comunidad autónoma, a las que se añadirán hasta dos más, de carácter local, a propuesta de cada ayuntamiento.

    El Estatuto de los Trabajadores y la normativa que lo desarrolla determina que las comunidades autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos -de los cuales dos son locales-, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias.

    Las fiestas laborales, de carácter retribuido y no recuperables, para el año 2026, en la Comunidad Autónoma de Aragón, serán las siguientes:

    • 1 de enero, jueves, Año Nuevo.
    • 6 de enero, martes, Epifanía del Señor.
    • 2 de abril, Jueves Santo.
    • 3 de abril, Viernes Santo.
    • 23 de abril, jueves, San Jorge, Día de Aragón.
    • 1 de mayo, viernes, Fiesta del Trabajo.
    • 15 de agosto, sábado, Asunción de la Virgen.
    • 12 de octubre, lunes, Fiesta Nacional de España.
    • 2 de noviembre, lunes, en sustitución del día 1, domingo, Todos los Santos.
    • 7 de diciembre, lunes, en sustitución del día 6, domingo, Día de la Constitución Española.
    • 8 de diciembre, martes, Inmaculada Concepción.
    • 25 de diciembre, viernes, Natividad del Señor.

    Decreto completo

  • AEFA lanza la 9ª edición de su Programa de Análisis y Dirección de Empresa Familiar

    AEFA lanza la 9ª edición de su Programa de Análisis y Dirección de Empresa Familiar

     

    La Asociación de Empresa Familiar de Aragón lanza una nueva edición de su Programa de Análisis y Dirección de Empresa Familiar, un programa formativo centrado exclusivamente en la empresa familiar. Es,  sin duda, una opción formativa indispensable para conocer y dar respuesta a las singularidades propias de la empresa familiar.

    El PADEF tiene como objetivo ayudar a los miembros de los órganos de gobierno de empresas familiares aragonesas a formarse en cuanto a los aspectos propios de este tipo de compañías, dotando al participante de las herramientas necesarias para la gestión de la dirección de su empresa, y potenciando las capacidades directivas personales.

    El programa aúna contenidos transversales indispensables para futuros directivos de empresas familiares con el desarrollo de competencias directivas personales en base a ejemplos y experiencias de las principales empresas familiares de Aragón. Está abierto a todas las empresas de Aragón y su objetivo es la formación como eje de competitividad, sostenibilidad y permanencia en el territorio.

    La duración del mismo es de 16 sesiones (60 horas) distribuidas los jueves por la tarde y los viernes por la mañana desde el 11 de septiembre al 7 de noviembre.

    Las empresas asociadas a CEPYME Aragón podrán beneficiarse de un descuento especial.

    Folleto informativo

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