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  • Ayudas al emprendimiento en Aragón

    Ayudas al emprendimiento en Aragón

     

    Se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.

    La finalidad de estas subvenciones es apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando para ello el establecimiento de personas desempleadas como trabajadores autónomos, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones aquellas personas físicas que, cumpliendo los requisitos previstos específicamente en la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, para cada modalidad de subvención y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

    • Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
    • Que se incorporen al negocio familiar como autónomos colaboradores.
    • Que alcancen el primer año de actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia y hayan sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como trabajador autónomo o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
    • Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
    • Que contrate al primer trabajador por cuenta ajena.
    • Que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y soliciten y obtengan un préstamo a título individual.

    Se entenderá que las personas beneficiarias ejercen la actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Colegio profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas se encuentre en el ámbito territorial de Aragón.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Podrán ser objeto de subvención, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria, todos aquellos supuestos previstos en los Capítulos del II al VII, ambos inclusive, de la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, que se produzcan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive y para los que se establecen las siguientes subvenciones:

    • Subvención al establecimiento como trabajador autónomo, destinada a promocionar el empleo por cuenta propia de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
    • Subvención para el fomento del relevo generacional, destinada a facilitar la continuidad del negocio más allá de la vida laboral de su promotor.
    • Incentivo a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad por cuenta propia.
    • Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autónomos colaboradores.
    • Subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo, para favorecer el crecimiento de su proyecto de autoempleo.
    • Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son los siguientes:

    a) Para la subvención al establecimiento como trabajador autónomo, la subvención para el fomento del relevo generacional y la subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autónomos colaboradores: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.

    b) Para el incentivo a la consolidación de proyectos: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el primer año de actividad.

    c) Para la subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

    d) Para la subvención financiera: en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Por el contrario, si el préstamo se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, el plazo de seis meses se computará desde dicho inicio. En todo caso, tanto los gastos como los pagos de la inversión deben estar realizados en la fecha de solicitud.

    Orden completa

  • Ayudas a pymes para actuaciones de comercio exterior

    Ayudas a pymes para actuaciones de comercio exterior

     

    Se convocan para el ejercicio 2022 ayudas para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior en la Comunidad Autónoma de Aragón, realizadas por PYMES aragonesas.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas o medianas empresas que tengan su domicilio fscal en Aragón o desarrollen una actividad industrial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las actuaciones subvencionables se destinarán a financiar las siguientes actividades:

    • Organización y participación en misiones comerciales o ferias. La organización y participación por parte de los beneficiarios de acciones presenciales o virtuales de prospección comercial y presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional, misiones inversas y otras acciones similares dirigidas a la promoción de las pequeñas y medianas empresas aragonesas, de sus productos y servicios en el ámbito internacional.
    • Aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación.
    • Mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora

     

    Serán gastos subvencionables aquellos que deriven de los siguientes conceptos:

    Respecto de la organización y participación por parte de los beneficiarios de acciones de prospección comercial y la presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional, misiones inversas y otras acciones similares, los gastos de organización:

    • Agenda de trabajo
    • Canon de ocupación e inscripción
    • Diseño, montaje e instalación de stands en los espacios contratados para la organización de misiones comerciales directas e inversas, encuentros empresariales, exposiciones y participación en ferias internacionales.

    Respecto del aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación: los gastos derivados de la contratación de servicios de mantenimiento y actualización de los cuadros de mando de servicios de información personalizados durante el periodo subvencionable, que tracen la información de los movimientos de exportación e importación de productos y empresas, procedente de diversas fuentes contrastadas para identificar los movimientos estratégicos del sector sobre las siguientes cuestiones:

    • Tendencias de los mercados internacionales. Identificación de los países con una evolución más favorable, zonas geográficas de mayor interés y seguimiento de países seleccionados.
    • Identificación de clientes y competidores de un producto/sector en los mercados de interés.
    • Seguimiento de clientes y competidores seleccionados para identificar su estrategia y movimientos en los mercados internacionales.

    Respecto de la mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora: los gastos de contratación de servicios de consultoría especializada, planificación de las acciones de internacionalización y análisis de mercados.

    La actuación anterior deberá haberse ejecutado desde el 15 de septiembre de 2021 y con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.

    Para la concesión de la ayuda deberá justificarse en el momento de la solicitud tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago.

    Se considerará gasto realizado y pagado el que haya sido facturado y abonado entre el 15 de septiembre de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud. El gasto máximo subvencionable no podrá ser superior a 25.000 euros.

    No se consideran subvencionables los siguientes gastos:

    • Gastos de viaje, alojamiento y dietas.
    • Pago de impuestos.
    • Gastos corrientes de estructura de las empresas.
    • Nóminas o seguros sociales.
    • Alquileres excepto los derivados del montaje e instalación de los stands.
    • Gastos del transporte y aduaneros de las mercancías en las acciones de prospección comercial y ferias fuera de territorio español.
    • Gastos que generen autofacturación.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 14 de septiembre de 2022.

    Orden completa

  • ¿Cómo modifica la reforma laboral los modelos de contratos elaborados por el SEPE?

    ¿Cómo modifica la reforma laboral los modelos de contratos elaborados por el SEPE?

     

    El Servicio Público de Empleo Estatal-SEPE publica una nota en la que se informa sobre la modificación de las modalidades de contratación laboral derivadas del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, así como de los cambios en los modelos de contratos y de las modificaciones introducidas en los mismos, que ha ocasionado la aplicación del mencionado Real Decreto-ley.

    La Reforma laboral ha implicado, entre otras reformas, una modificación del régimen legal de diversas modalidades de contratación laboral. Ello conlleva una adaptación de los modelos de contratos elaborados por el SEPE, afectando también a la comunicación de estas contrataciones a través de la aplicación Contrat@.

    Descargar nota informativa

  • Información de la AEAT sobre la bonificación en el precio de determinados productos energéticos

     

    La web de la AEAT publica un banner específico sobre las medidas gestionadas por la AEAT en relación con el RDL 6/2022, con especial referencia a la bonificación sobre el precio de los combustibles.

    Estas medidas se dividen en dos apartados:

    • Ayudas directas a los sectores del transporte y de la industria gas intensiva
      Acceder

     

    • Bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos:
        • Solicitud de anticipo a cuenta
        • Consulta anticipos a cuenta
        • Contestar requerimientos y/o aportar documentación

      Acceder

    Se ofrece igualmente información sobre la bonificación y forma de documentarla:

  • Jornada: ¿En qué sectores no se encuentran trabajadores?

    Jornada: ¿En qué sectores no se encuentran trabajadores?

     

    La reactivación de la actividad económica, tras la pandemia de la COVID-19, está poniendo de relieve una preocupante escasez de mano de obra en determinados territorios y sectores claves para nuestra economía.

    Con el fin de conocer las causas y, sobre todo, las posibles soluciones a este problema que puede condicionar el ritmo y la intensidad de la recuperación de nuestra economía, CEPYME va a  celebrar el próximo 19 de abril una jornada, con el título “¿En qué sectores no se encuentran trabajadores?”.

    En esta jornada contarán con la voz de los expertos en cada uno de los sectores afectados, para conocer sus necesidades, problemas y expectativas para los próximos meses.

    En la clausura del encuentro contarán con la intervención de la ministra de Educación y Formación Profesional, Dª Pilar Alegría.

    Es importante destacar que después de dos largos años de pandemia, y dado que las circunstancias lo hacen posible, van a celebrar esta jornada de manera presencial, en el centro Impact Hub (C/ Piamonte, 23, Madrid) a las 10:00h.

    Puedes confirmar tu asistencia por correo electrónico a secretaria@cepyme.es.

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