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  • Ayudas para el pequeño comercio aragonés

    Ayudas para el pequeño comercio aragonés

     

    El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través de la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía, convoca una nueva línea de ayudas que tienen como destino las iniciativas empresariales de inversión y mejora, así como de digitalización en el pequeño comercio correspondientes a los programas de apoyo a la competitividad de las pymes de comercio minorista aragonés.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.

    La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

    • 641
    • 642
    • 643
    • 644
    • 645
    • 647.1
    • 647.2
    • 647.3
    • 647.4
    • 651
    • 652.2
    • 652.3
    • 652.4
    • 653
    • 654.1
    • 657
    • 659
    • 661.3
    • 662.2

    Quedan excluidas:

    • Las empresas que pertenecen a grandes  empresas de distribución. También quedan excluidas
    • Las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específcas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/205, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, citadas en su artículo 2, apartado 3
    • Los establecimientos dedicados total o parcialmente a la prestación de servicios, salvo que acrediten fehacientemente que su actividad principal es la comercial en la venta de bienes integrados en alguno de los epígrafes previstos en la convocatoria.

    No podrán obtener la condición de beneficiarios:

    • Quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral competente, mediante resolución administrativa firme, con las sanciones  accesorias de exclusión del acceso a ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los  programas de empleo.
    • Quienes hayan sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
    • Quienes incumplan los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzcan.
    • Quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral competente, mediante resolución administrativa firme, con las sanciones accesorias de exclusión del acceso a ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las actuaciones objeto de subvención se realizarán en establecimientos comerciales, existentes o de nueva creación, ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón. Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a continuación:

    Inversión y mejora de los comercios, tales como:

    • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
    • Mejoras y equipamiento de escaparates.
    • Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.

    Digitalización de la PYME:

    • Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM, marketing digital, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes.
    • Transformación digital del comercio; creación de web, Apps, comercio electrónico, pasarelas de pago y soluciones en ciberseguridad.
    • Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos Terminal Punto de Venta, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda), pedidos a proveedores, logística de entrega y herramientas para el control de caja, facturación y contabilidad.

    NO serán objeto de subvención los siguientes conceptos:

    • Mamparas u otro equipamiento de distanciamiento personal o uso sanitario por motivo del COVID-19.
    • El gasto corriente derivado de las actuaciones objeto de subvención.
    • Alquileres.
    • Equipos informáticos de uso genérico, cámaras fotográficas y teléfonos móviles.
    • Impuestos y tasas.
    • Los bienes usados.
    • Los gastos de reparación, sustitución y mantenimiento.
    • Equipamiento destinado a la sala de ventas o almacén.
    • No se podrán subvencionar inversiones o gastos cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.

    Las actuaciones anteriores deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda. Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a los gastos subvencionables indicados en este apartado deberán estar comprendidos en el periodo entre el 16 de septiembre de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud, sin existir posibilidad de prórroga del mismo.

    Para la concesión de la ayuda deberá justificarse en el momento de la solicitud tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago.

    Se considerará gasto realizado y pagado el que haya sido facturado y abonado entre el 16 de septiembre de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud.

     

    Cuantía

     

    Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 3.500 euros, por establecimiento comercial.

    El porcentaje concreto de subvención será establecido en función de los criterios de valoración.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes se abrirá el 29 de julio y finalizará el 30 de agosto de 2021.

    Las solicitudes se dirigirán a los Servicios Provinciales del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica:

    https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-inversion-mejora-digitalizacion-pequeno-comercio, o incluyendo en el buscado de trámites el procedimiento número 19.

    Se presentará una única solicitud por establecimiento comercial. En el supuesto de beneficiarios con varios establecimientos, deberán solicitarse cada uno de ellos de manera independiente, hasta un máximo de tres establecimientos por solicitante.

    Orden completa

  • CEPYME Aragón logra la inserción laboral del 46,6% de los participantes de su programa PIMEISTA a pesar de la pandemia

    CEPYME Aragón logra la inserción laboral del 46,6% de los participantes de su programa PIMEISTA a pesar de la pandemia

     

    CEPYME Aragón ha logrado el 46,6% de inserción de los participantes en su Programa Integral para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción en Sectores de Trabajo en Aragón, superando el porcentaje establecido para el programa. El proyecto, que comenzó a finales de 2019, se enmarca en la iniciativa del INAEM para financiar programas integrales para la mejora de la empleabilidad y la inserción.

    El proyecto estaba dirigido a personas desempleadas interesadas en trabajar en el sector Comercio y Marketing y se ha desarrollado en las tres provincias aragonesas.

    Tras un año y 3 meses de trabajo, un total de 150 personas han participado en el programa (80 en Zaragoza, 25 en Tarazona, 25 en Huesca y 20 en Teruel), de las que el 46,6% han conseguido su inserción laboral, pese a la situación sanitaria y económica que hemos sufrido durante este periodo.

    A lo largo del programa se han realizado un total de 1.110 acciones individuales que abarcan diagnósticos de empleabilidad, diseño de itinerarios, definición de CVs, técnicas para la búsqueda de empleo, información y asesoramiento del mercado de trabajo o información del entorno productivo.

    Actualmente, CEPYME Aragón tiene en marcha dos programas de inserción laboral: un Programa Integral para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción (PIMEI) dirigido a personas desempleadas; y el Programa “+Preparadas para el empleo”, destinado a mujeres mayores de 30 años en desempleo.

  • Preguntas frecuentes sobre la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

    Preguntas frecuentes sobre la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

     

    La recientemente publicada Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, dada la diversidad de materias que incluye y a fin de atender las diversas dudas que implica su contenido, debe ser contrastada en su aplicación con los criterios que la AEAT va publicando en la página abierta con las respuestas a las preguntas frecuentes sobre la misma (faqs).

    Se determinan los criterios de la AEAT sobre materias tales como:

    1. Reducción del 60 por ciento de los rendimientos de capital inmobiliario del IRPF en los supuestos de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a viviendas.
    2. Intereses de demora
    3. Recargos por presentación de declaración o autoliquidación extemporánea.
    4. Sanciones.
    5. Sanciones por limitación de pagos en efectivo.
    6. Suspensión temporal de los plazos de prescripción de acciones y derechos.
    7. Responsabilidad subsidiaria de titulares de Depósitos Fiscales y Registro de Extractores de Depósitos Fiscales

    Acceder a FAQS

    Ley completa

  • Si tu empresa destaca por su compromiso medioambiental ya puedes presentar tu candidatura a los 101 Ejemplos Empresariales de Acciones #PorElClima

    Si tu empresa destaca por su compromiso medioambiental ya puedes presentar tu candidatura a los 101 Ejemplos Empresariales de Acciones #PorElClima

     

    La Comunidad #PorElClima ha puesto en marcha, por cuarto año consecutivo, los 101 Ejemplos Empresariales de Acciones #PorElClima. Se trata de una iniciativa con la que se busca reconocer el esfuerzo llevado a cabo por el sector privado para acelerar la ambición climática, y este año con especial atención a las acciones realizadas por PYMES. Una propuesta que este año adquiere incluso mayor relevancia ante la próxima Cumbre del Clima de Glasgow (COP 26).

    Como novedad, la edición de este año presenta cinco categorías:

    • Mitigación del cambio climático
    • Adaptación al cambio climático
    • Innovación de productos y/o servicios de la economía baja en carbono
    • La movilización social
    • Reporte público

    Aquellas empresas interesadas en enviar su candidatura pueden hacerlo hasta el 17 de septiembre a través de este formulario web. Sólo es posible presentar una propuesta por compañía, bien sea una acción que ya esté en marcha y pueda reportar resultados medibles o una iniciativa de nueva creación. Todas ellas deben cumplir con los criterios de replicabilidad, innovación y originalidad y deben incluir información sobre los beneficios e impacto económico, ambiental y social, así como el tipo de público al que está dirigida la propuesta.

    Además, se valorarán los compromisos de reducción de emisiones, así como la información sobre el cálculo y registro de la huella de carbono o el hecho de contar con objetivos basados en ciencia (SBT). Puedes conocer todos los criterios de selección aquí.

  • Calendario contribuyente. Agosto 2021

    Calendario contribuyente. Agosto 2021

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