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  • Se prorroga la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

    Se prorroga la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

     

    Se publica una modificación de la Orden 657/2020, de 17 de julio (de su Disposición Final, en concreto) prorrogando su vigencia e indicándose ahora que dicha Orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2020, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea.

     

    Excepciones

     

    Recordamos que la Orden ahora prorrogada establecía los Criterios aplicables para denegar la entrada por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, por la que será sometida a denegación de entrada, por motivos de orden público o salud pública, toda persona nacional de un tercer país, salvo que pertenezca a una de las siguientes categorías:

    • Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
    • Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
    • Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
    • Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
    • Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
    • Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.
    • Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
    • Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
    • Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
    • Residentes en los países que figuran en el ANEXO siempre que procedan directamente de ellos, hayan transitado exclusivamente por otros países incluidos en la lista o hayan realizado únicamente tránsitos internacionales en aeropuertos situados en países que no constan en el anexo. En el caso de los residentes en China y Marruecos, queda pendiente de verificar la reciprocidad. Los países son los siguientes: 
      – Australia.- Canadá.

      – Georgia.

      – Japón.

      – Nueva Zelanda.

      – Ruanda.

      – Corea del Sur.

      – Tailandia.

      – Túnez.

      – Uruguay.

      – China.

    (No es de aplicación en la frontera terrestre con Andorra ni en el puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar y se mantiene en cualquier caso el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla)

    Orden completa

  • Comienza la Semana Europea de la Movilidad

    Comienza la Semana Europea de la Movilidad

     

    Hoy arranca la Semana Europea de la Movilidad y que tendrá lugar hasta el día 22 de septiembre.

    Esta campaña es una iniciativa europea que surgió en 1999 y que este año tiene como lema “por una movilidad sin emisiones”. La Campaña pretende resaltar la importancia de la accesibilidad a sistemas de cero emisiones y promover un sistema inclusivo de movilidad para todas las personas.

    La contaminación ambiental está considerada el principal riesgo ambiental para la salud a escala mundial. La exposición continuada a los contaminantes emitidos por los vehículos a motor tiene efectos perjudiciales para la salud, afecta al sistema cardiovascular y al sistema respiratorio. El tráfico rodado es el principal causante de la contaminación atmosférica. 

    La Dirección General de Tráfico ha asumido su compromiso de velar por una movilidad sostenible, saludable ,universal y competitiva, además de segura. Por eso, desde esta Jefatura Provincial de Zaragoza quieren mostrar su apoyo a esta Campaña y específicamente al impulso de la movilidad sostenible. Así, nos animan a celebrar el día 22 como Día sin coches.

    Descárgate el tríptico de buenas prácticas, elaborado por esta Jefatura Provincial y anímate a participar de las actividades programadas.

    Descargar tríptico

    Programa de actividades

  • La AECC anima a las empresas aragonesas a colgar en sus escaparates carteles de su cuestación anual

    La AECC anima a las empresas aragonesas a colgar en sus escaparates carteles de su cuestación anual

    La actual crisis sanitaria está afectando a todos los estratos de nuestra sociedad, y también ha situado a los pacientes de cáncer en una situación de gran vulnerabilidad, es por eso que en la AECC tienen que continuar trabajando, para responder con un apoyo continuo y constante a quien les pueda necesitar, y para continuar invirtiendo en prevención y en INVESTIGACIÓN porque eso salva vidas.

    CEPYME Aragón es una Organización Empresarial especialmente sensible a los intereses y necesidades generales de la sociedad, y es por eso que solicitamos la colaboración de todos con una de las  acciones más notables de la AECC: el Día de la Cuestación (23 de septiembre), en esa fecha tradicionalmente todos los que forman la AECC salen a las calles para teñirlas de verde, y para:

    • Recordar a las personas con cáncer que están aquí para ayudarles, a través de sus SERVICIOS GRATUITOS Y UNIVERSALES.
    • Posicionar el cáncer como una realidad social y como el problema sociosanitario que es. #EmergenciaCáncer.
    • Recaudar socios y donativos que les permitan continuar con su misión y con su apoyo a la INVESTIGACIÓN en cáncer.

    Este año la actual situación sanitaria dificultará su presencia en las calles y ello les obliga a dar un nuevo enfoque a esta jornada.

    Por eso, en su empeño por continuar trabajando para apoyar a todas las personas que padecen esta enfermedad, quieren hacer llegar a las empresas aragonesas carteles que inviten a realizar un donativo en este día a través de un sencillo código QR o mensaje de SMS, una acción buena para la misión de la AECC, pero también para los negocios implicados, pues se traduce en un acto de RSC muy destacable.

     

    ¿Cómo puedes ayudar?

     

    ¡Muy sencillo! Solo tienes que descargarte el cartel que compartimos y lo luzcas en tu escaparate o en los espacios compartidos con colaboradores (empleados, contactos, etc…). De esta sencilla manera, estarás fomentando la visibilidad de la entidad, y también la recaudación de donativos que les permitirán continuar con sus tareas de apoyo, acompañamiento, prevención e investigación en cáncer.

    Y si además piensas que tu empresa es una empresa especialmente solidaria, desde la AECC te animan a crear tu propia HUCHA DIGITAL, donde crearás el perfil de tu entidad, y tuscontactos podrán aportar a tu hucha a través de este sencillo link.  

    Descargar cartel de Zaragoza

    Descargar cartel de Huesca

    Descargar cartel de Teruel

  • Medidas de confinamiento en Andorra (Teruel)

    Medidas de confinamiento en Andorra (Teruel)

     

    Con fundamento en el rebrote del COVID 19 constatado, las Ordenes publicadas el 10 de septiembre, implican para el término municipal de Andorra (Teruel) el establecimiento de medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19. Todo ello con efectos desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” hasta la fecha en que la autoridad sanitaria, tras valorar la situación epidemiológica en su ámbito territorial de aplicación, decida la innecesariedad del mantenimiento de las medidas.

    Así, destacando lo más relevante:

     

    Vuelta a Fase 2

     

    Aplicación íntegra del régimen establecido para la fase 2 de desescalada: Se aplicará el régimen establecido en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

     

    Suspensión de la Orden SAN/474/2020

     

    Queda en suspenso la aplicación en los citados territorios de lo previsto en la Orden SAN/474/2020, de 19 de junio, por la que se adoptan medidas de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID19 en la Comunidad Autónoma de Aragón, en todo lo que resulte contrario a esta Orden.

     

    Medidas de restricción de la libertad de circulación de las personas

     

    • Se restringe la libre entrada y salida de personas residentes en el término municipal de Andorra a partir del día siguiente al de publicación de esta Orden.
    • No obstante lo anterior, se permitirán aquellos desplazamientos de personas residentes o no en dicho término municipal, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
      • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
      • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.
      • Retorno al lugar de residencia.
      • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
      • Asistencia del alumnado a centros educativos de cualquier nivel y etapa de enseñanza.
      • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
      • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
    • La circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen el término municipal afectado estará permitida, siempre y cuando tenga origen y destino fuera del mismo.
    • Se permite la circulación dentro del municipio afectado, si bien se recomienda evitar los desplazamientos y actividades no imprescindibles.

    Las Ordenes recogen igualmente normas sobre el deber de colaboración, facultades de inspección y sanciones, etc.

    Orden completa

  • Actualizados dos documentos del Ministerio de Sanidad sobre control de COVID19

    Actualizados dos documentos del Ministerio de Sanidad sobre control de COVID19

     

    Se han actualizado los siguientes documentos elaborados por el Ministerio de Sanidad a fecha de 7 de septiembre de 2020:

     

    Novedades

     

    Entre las novedades, se destacan:

    • La inclusión de la aplicación Radar COVID 19 como fuente de detección de contactos estrechos, apreciándose algunas diferencias en cuanto a las recomendaciones de seguimiento de los mismos.
    • La incorporación de un nuevo concepto de “contactos que realicen actividades consideradas esenciales” (personal sanitario, sociosanitario, personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, personal de centros educativos, etc.), para los que, entre cuestiones, se podría reducir el período de cuarentena si el PCR es negativo.
    • Además, en el documento referido a los Centros Educativos sustituyen EPI por material de protección, así como eliminan la posibilidad de utilizar la mascarilla higiénica, manteniendo únicamente la mascarilla quirúrgica. Por otra parte, han adaptado el concepto de contacto estrecho en aquellos grupos que no son de convivencia estable.

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