
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha elaborado una lista de preguntas frecuentes en relación al Estado de Alarma.
Preguntas frecuentes sobre Industria y PYME


El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha elaborado una lista de preguntas frecuentes en relación al Estado de Alarma.
Preguntas frecuentes sobre Industria y PYME


Compartimos la Comunicación de la Dirección General de Migraciones sobre el alcance del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, en relación con la suspensión de plazos administrativos y su incidencia en los procedimientos en materia de extranjería.
Incluye información sobre:


Por su interés y por su utilidad para la adopción de medidas de prevención en los centros de trabajo, se acompaña el Criterio Operativo nº 102/2020 sobre medidas y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social relativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2).


Se permite el sistema de firma electrónica no avanzado (Cl@VE PIN) en los pagos de deudas a Entidades colaboradoras que se realicen con tarjetas de crédito o de débito. Ya se permitía este sistema para los pagos con cargo en cuenta.
En relación con aquellos contribuyentes cuyo certificado electrónico esté caducado o próximo a caducar, se informa que la AEAT permite el uso de los certificados caducados en su SEDE de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Es posible que su navegador habitual no se lo permita en cuyo caso se recomienda por la AEAT que se traslade al FireFox para poder seguir usándolo.
Si se tienen dudas sobre cuestiones técnicas informáticas se facilitan los siguientes teléfonos:
Teléfono: 901 200 347 o 91 757 57 77.
Como en todos los ejercicios fiscales, se publica la Orden que determina los sujetos pasivos obligados a realizar la autoliquidación del IRPF y Patrimonio, las características de los modelos de declaración, el borrador y forma de obtención del mismo, así como el modo y plazo de presentación.
No varía el plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, que será el comprendido entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2020, ambos inclusive.

Se publica en la AEAT un documento (pdf) con preguntas frecuentes que pretenden aclarar las dudas derivadas de la aplicación en el ámbito tributario del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
El documento incluye: