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  • Manual sobre prevención y seguridad vial en el sector agropecuario

    Manual sobre prevención y seguridad vial en el sector agropecuario

    Continuando con la labor de concienciación sobre la prevención en materia de seguridad vial a empresas situadas en polígonos industriales iniciada en el 2016, CEPYME Aragón ha elaborado en este 2019 un nuevo estudio sobre seguridad vial, dirigido a empresas del sector agropecuario aragonés aportando recomendaciones y medidas preventivas con la finalidad de evitar accidentes de tráfico, tanto desde la perspectiva del desplazamiento en misión como in itínere.

    Esta acción está comprendida en el marco de la subvención otorgada por el Gobierno de Aragón a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón) para la realización de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante 2019.

    Este sector cuenta con profesionales que diariamente deben realizar desplazamientos con ocasión o por consecuencia de su actividad laboral además de los desplazamientos in itínere ligados a cualquier puesto de trabajo.

    Por ello hemos considerado interesante llevar a cabo un estudio del sector, analizar los puestos de trabajo que implican desplazamientos para el desarrollo de su tarea y llevar a cabo un manual que sirva de guía a los profesionales del sector.

    El objetivo general que se ha pretendido  alcanzar es concienciar sobre los riesgos en materia de seguridad vial en el ámbito laboral, y divulgar e las medidas preventivas de aplicación a través de la elaboración de un documento asequible y sencillo, que permita a las empresas y profesionales del sector agropecuario conocer y o recordar riesgos en materia de seguridad vial laboral, medidas preventivas, buenas prácticas y algunos protocolos de actuación específicos.

    Se propone además información sobre buenas prácticas en seguridad vial, protocolos y otros materiales que podrán ser utilizados y difundidos en las empresas objeto de estudio y a visitantes/usuarios.

    Solicitar el manual

  • “AVIVA”, herramienta de ayuda incluida en el portal del IVA, amplía sus contenidos para resolver dudas sobre el cálculo del IVA repercutido

    El Asistente Virtual de IVA “AVIVA”, herramienta de ayuda incluida en el portal del IVA, amplía sus contenidos para resolver dudas sobre el cálculo del IVA repercutido incluyendo cuestiones sobre el devengo, base imponible y tipos impositivos.
    Se recuerda que los temas ya tratados por el Asistente son los siguientes:

    • ¿La operación lleva IVA? (ventas y servicios localizados en Península y Baleares).
    • Comercio exterior (incluye venta ocasional de vehículos a extranjeros).
    • Facturación y Registro.
    • Modificación de la base imponible y otras rectificaciones (errores en factura, IVA repercutido, deducciones o modelos).
    • Operaciones inmobiliarias (Incluye obras en inmuebles).

    Las conversaciones mantenidas se podrán imprimir o guardar (PDF) si el usuario indica que la conversación le ha sido útil.
    La información facilitada por el Asistente será objeto de continua mejora y actualización teniendo en cuenta la opinión de los usuarios.

    Asistente virtual

  • Guía práctica sobre el registro de la jornada laboral

    Guía práctica sobre el registro de la jornada laboral

    A lo largo de 2019 se han publicado una serie de normas entre las que ha destacado el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, por el que desde el pasado 12 de mayo, las empresas están obligadas a registrar diariamente la jornada de sus trabajadores.

    Con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma y solventar las dudas que todavía pueden quedar, CEPYME Aragón ha elaborado una guía práctica sobre esta cuestión.

    Descargar guía

  • Subvenciones para dotar de internet de banda ancha de nueva generación en Polígonos Empresariales de Aragón

    Subvenciones para dotar de internet de banda ancha de nueva generación en Polígonos Empresariales de Aragón

    Se convocan para el periodo 2020-2021 subvenciones para el desarrollo de infraestructuras y servicios de telecomunicaciones destinadas a dotar de servicios de internet de banda ancha de nueva generación en Polígonos Empresariales de Aragón.

    Es objeto de la Orden convocar para el periodo 2020-2021 subvenciones destinadas a dotar de infraestructuras y servicios de telecomunicaciones de banda ancha de nueva generación en los polígonos empresariales de Aragón señalados en su anexo I, en los que no existen las citadas infraestructuras y en los que no es previsible que se desarrollen en condiciones comerciales en los próximos tres años, según los listados publicados por la Secretaría de Estado para el Avance Digital (SEAD), “Zonas blancas NGA 2019”.

    El objetivo de la convocatoria de subvenciones es hacer llegar los referidos servicios de banda ancha de nueva generación a las empresas situadas en las citadas áreas de actividad económica, para potenciar un uso más intensivo y eficiente de las tecnologías de la información y comunicación, con la finalidad de incrementar su capacidad de innovación, productividad y competitividad.

    Beneficiarios

    Podrán obtener la condición de beneficiarias las personas jurídicas pertenecientes al sector privado que en el momento de solicitar la subvención reúnan los siguientes requisitos:

    • Ostentar la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
    • Otros requisitos establecidos en el apartado Tercero de la convocatoria.

    Cuantía

    La cuantía total máxima prevista para esta convocatoria es de 2.000.000 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias 17040/G/5424/770054/14201 y 17040/G/5424/770054/91001 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los años 2020 y 2021, correspondiendo 750.000 € al año 2020, y 1.250.000 € al año 2021, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dichos presupuestos.

    Estos importes tendrán la consideración de estimados hasta que se apruebe el presupuesto correspondiente o se produzca la prórroga de presupuestos. En todo caso, se estará a lo dispuesto en el presupuesto de la anualidad correspondiente.

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, en su redacción dada por la Orden IIU/1926/2018, de 22 de noviembre, la cuantía individualizada de la subvención será un porcentaje sobre el presupuesto que se estime subvencionable.

    Dicho porcentaje deberá indicarse en la solicitud, en el apartado señalado como intensidad de ayuda solicitada. Dicha intensidad de ayuda será única para el conjunto de los polígonos a cubrir según la propuesta del solicitante, y será como máximo del 80% de los gastos e inversiones subvencionables.

    El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y se otorgará la subvención a un único beneficiario.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Más información

    Modificación posterior

  • Firmado el Convenio Colectivo del Sector Comercio del Mueble de Zaragoza

    Firmado el Convenio Colectivo del Sector Comercio del Mueble de Zaragoza

    La Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector Comercio del Mueble de Zaragoza han firmado un acuerdo que garantiza a los trabajadores del sector un convenio colectivo hasta 2021.

    Las partes han acordado una subida salarial del 1,75% para cada año (2019, 2020 y 2021) y han pactado una retribución adicional del 1% para cada uno de los años de vigencia del convenio, que está condicionado a alcanzar un incremento del 25% de las ventas globales. Asimismo, si al finalizar la vigencia del convenio la suma de IPC de los tres años de vigencia es inferior al 5,25%, el exceso se aplicará como base de cálculo para las tablas de 2022.

    Por otro lado, se mantiene la jornada de trabajo en 1778 horas anuales durante la vigencia del convenio y se incluye para todos los trabajadores del sector el derecho al disfrute de, como mínimo, tres fines de semana (sábado y domingo), en el año natural. Se aplicarán de manera transitoria dos fines de semana en el año 2020 y tres fines de semana en el año 2021.

    Entre los diversos puntos acordados destaca la importancia de la formación continua del personal en el sector y se dispone la obligatoriedad de la elaboración de planes de formación anual en las empresas.

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