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  • Ayudas a la contratación del Programa MEJORA de INAEM

    Ayudas a la contratación del Programa MEJORA de INAEM

     

    Se convocan para el ejercicio 2025 las subvenciones del Programa MEJORA destinado a fomentar la contratación estable y de calidad y los contratos formativos para la obtención de práctica profesional de personas jóvenes cualificadas, así como a incentivar el relevo generacional a través de la celebración de contratos de relevo.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Líneas de subvención

     

    Línea 1: Subvenciones para la mejora de la empleabilidad

    Subvenciones para la formalización a jornada completa de contratos indefinidos iniciales o contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, siendo el objeto de dichos contratos mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes contratadas y favorecer la práctica profesional adecuada a sus niveles de estudios.

    Los destinatarios finales de la Línea 1 son aquellas personas jóvenes desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo con una edad igual o inferior a 35 años que, contando con una cualificación profesional reconocida por el sistema profesional para el empleo o del sistema educativo, sean contratadas en empleos relacionados con dicha cualificación.

    Se entenderá que la persona joven cuenta con la citada cualificación profesional cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

    • Licenciatura o diplomatura universitaria, ingeniería o ingeniería técnica, arquitectura o arquitectura técnica o máster universitario.
    • Grado universitario.
    • Título formativo de Grado Medio o título formativo de Grado Superior de Formación Profesional.
    • Certificados de profesionalidad o certificados profesionales.
    • Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores

     

    Línea 2: Subvenciones para el relevo generacional

    Subvenciones por la formalización de contratos de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido o de duración determinada de al menos 12 meses, cuyo objeto es favorecer el relevo generacional en las empresas de Aragón.

    Los destinatarios finales de la Línea 2 son aquellas personas jóvenes desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo con una edad igual o inferior a 35 años que sean contratadas mediante un contrato de relevo al objeto de sustituir a una persona trabajadora de la misma empresa que haya accedido a la jubilación parcial en los términos establecidos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

     

    Cuantía

     

    Línea 1: Subvenciones para la mejora de la empleabilidad

    Cuando el contrato se celebre por tiempo indefinido la subvención será de un importe igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 24 una cantidad equivalente al 25% de la base mínima de
    cotización correspondiente al grupo de cotización en el que se encuadre la categoría profesional de la persona trabajadora contratada.

    Para los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios la subvención será de un importe igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 12 una cantidad equivalente al 25% de la base mínima de cotización correspondiente al grupo de cotización en el que se encuadre la categoría profesional de la persona trabajadora contratada.

    Las cuantías resultantes tras el cálculo descrito en los apartados anteriores se incrementarán por cada uno de los siguientes supuestos y porcentajes hasta un límite máximo de
    12.000 euros por contrato subvencionado:

    • Un 10% adicional cuando la persona contratada sea mujer. Dicho porcentaje se elevará al 50% cuando el contrato se haya celebrado con mujeres desempleadas víctimas de violencia de género que acrediten documentalmente dicha condición en la forma prevista en la correspondiente convocatoria.
    • Un 10% adicional cuando la empresa contratante cuente con una plantilla inferior a 10 personas trabajadoras por cuenta ajena el día anterior a la fecha en que se produzca la contratación.
    • Un 10% adicional cuando la persona objeto de subvención sea contratada para prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.

     

    Línea 2: Subvenciones para el relevo generacional

    Cuando el contrato de relevo se celebre por tiempo indefinido desde su inicio, la cuantía básica de la subvención será de un importe igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 8 el salario mínimo interprofesional mensual vigente en el momento de publicación de la correspondiente convocatoria, excluida la parte proporcional de las pagas extras.

    Cuando el contrato de relevo se celebre inicialmente por una duración determinada hasta que la persona trabajadora parcialmente jubilada alcance la edad ordinaria de jubilación y abandone definitivamente la empresa, la cuantía básica de la subvención será de un importe igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 4 el salario mínimo interprofesional mensual vigente en el momento de publicación de la correspondiente convocatoria, excluida la parte proporcional de las pagas extras. En este caso el contrato de relevo habrá de tener al menos una duración de 12 meses.

    Las cuantías resultantes tras los cálculos descritos en los apartados anteriores se incrementarán por cada uno de los siguientes supuestos y porcentajes, hasta un límite máximo de 12.000 euros por contrato subvencionado:

    • Un 10% adicional cuando la persona contratada sea mujer. Dicho porcentaje se elevará al 50% cuando el contrato se haya celebrado con mujeres desempleadas víctimas de violencia de género
    • Un 10% adicional cuando la empresa contratante cuente con una plantilla inferior a 10 personas trabajadoras por cuenta ajena el día anterior a la fecha en que se produzca la contratación.
    • Un 10% adicional cuando la persona objeto de subvención sea contratada para prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes. 

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes de la correspondiente subvención será de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

    Folleto informativo

    Más información

  • Abierta la convocatoria de ayudas a la contratación de Fundación Mapfre

    Abierta la convocatoria de ayudas a la contratación de Fundación Mapfre

     

    La Convocatoria de Ayudas al Empleo ACCEDEMOS es un proyecto impulsado por Fundación MAPFRE desde 2013 que busca fomentar el empleo en España a través del apoyo a las pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con necesidad de contratar y con falta de recursos para ello.

     

    Beneficiarios

     

    Pueden solicitar estas ayudas pequeñas y medianas empresas, autónomos y entidades sociales con domicilio fiscal en España y constituidas legalmente o dadas de alta en la Seguridad Social con fecha anterior al 31 de diciembre del 2023.

     

    Características de la ayuda

     

    Fundación MAPFRE otorgará 450 ayudas económicas más 60 ayudas extraordinarias para la DANA por valor de:

    • 515 euros mensuales para la contratación de un nuevo empleado a jornada completa.
    • 310 euros mensuales para la contratación a jornada parcial (mínimo 20 horas).

    La ayuda se otorgará con una duración máxima de 9 meses continuados.

    Debes tener en cuenta que los contratos deben ser indefinidos o de formación en alternancia, y que la contratación del nuevo empleado/a para el que se solicite la ayuda tiene que hacerse con fecha igual o posterior al 1 de enero del 2025.

    Únicamente se concederá una ayuda por empleador/a y por empleado/a.

     

    Plazo

    El plazo de solicitud de las ayudas se iniciará el 10 de febrero de 2025 y finalizará con la concesión del número total de las ayudas o en su defecto el 30 de septiembre de 2025.

    Más información

  • Pedalea por una causa solidaria: Cuenta atrás para la V Aragón Bike Contra el Cáncer

    Pedalea por una causa solidaria: Cuenta atrás para la V Aragón Bike Contra el Cáncer

     

    ¡Cuenta atrás para la V Aragón Bike Contra el Cáncer!

    La Asociación Española contra el Cáncer en Zaragoza organiza, un año más, la Aragón Bike Contra el Cáncer que se desarrollará el 14 y 15 de junio y que tiene como objetivo recaudar fondos para conseguir que en 2030 el cáncer tenga una supervivencia del 70%.

    Participar es muy fácil:

    • Evento de carácter virtual, puedes pedalear desde cualquier punto de España (o del extranjero)
    • Abierto a todas las edades
    • Recibirás tu maillot conmemorativo
    • Podrás participar los días 14 y 15 de junio… ¡o cuando tú quieras! El reto personal de cada uno es hacer entre 10, 20 o 50 km. pero pueden ser más. Lo importante es sumar y replicar en redes sociales

     

    ¿Cómo apuntarte?

     

    Puedes inscribirte y conseguir tu dorsal hasta el 13 de marzo a las 23:59 o fin de existencias de maillots. ¡Inscríbete y recibe tu maillot!

    Inscripción

  • El Gobierno aprueba la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior

    El Gobierno aprueba la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior

     

    El Ministerio del Interior, en su proceso de digitalización, hace uso y obtiene gran cantidad, diversidad y tipos de información, que se ha incrementado de forma muy significativa durante los últimos años, así como la responsabilidad y la sensibilización públicas hacia el uso que se hace de tales datos.

    Por ello, se ha definido una Política de Gobierno del Dato para conjugar la necesaria transformación digital con la transparencia administrativa y el derecho a la información con la protección de otros derechos fundamentales, como la privacidad de las personas, la protección de datos de carácter personal y otras restricciones recogidas en nuestro ordenamiento jurídico, como la seguridad del Estado y la persecución de los delitos, que en el caso del Ministerio del Interior adquieren una especial relevancia.

    La implementación de esta Política impulsa, con la necesaria labor formativa, un cambio en la forma de trabajar de los empleados públicos con mayor flexibilidad, motivación y conciliación. Además, impulsa una administración inclusiva, innovadora, abierta, digital y eficiente, con el objetivo de aportar servicios públicos de máxima calidad. Los datos se convierten, en este sentido, en la fuerza de cambio de la Administración Digital.

    Por este motivo, la norma considera necesario regular uno de los elementos fundamentales de la gestión de los servicios basada en los datos. Todo ello con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y responsable de los datos en el Departamento durante todo su ciclo de vida, de proteger su autenticidad, integridad, confidencialidad, privacidad, disponibilidad y trazabilidad, y de garantizar su cadena de custodia, interoperabilidad y reutilización.

    La Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior recoge el conjunto de orientaciones y directrices de aplicación en el Departamento y sus organismos dependientes o vinculados para el gobierno del dato, necesarios para garantizar la rendición de cuentas sobre el uso eficaz, eficiente y responsable de los datos en el Departamento, teniendo en cuenta las Normas Técnicas de Interoperabilidad que integran el Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), las Normas Técnicas de Seguridad que integran el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, la Orden INT/424/2019, de 10 de abril, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio del Interior y las directrices generales en materia de seguridad de la información para la difusión de resultados provisionales en procesos electorales, así como los estándares y buenas prácticas nacionales e internacionales aplicables para el gobierno del dato, en materia de protección de datos de carácter personal, en materia de transparencia y acceso a la información, y en materia de estadística oficial.

    Los objetivos de la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior son:

    • Establecer las directrices para documentar las decisiones, acciones y operaciones del Ministerio del Interior con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y responsable de los datos en el Departamento, así como proteger la integridad y la cadena de custodia de estos durante todo su ciclo de vida.
    • Velar por que la gestión del dato y las nuevas tecnologías que se adopten faciliten la estrategia organizativa y el uso y explotación de los datos que necesite el Departamento.
    • Asignar responsabilidades y dirigir la preparación e implementación de las estrategias y políticas de datos que aseguren que estos satisfacen las necesidades del Departamento.
    • Monitorizar, a través de los adecuados sistemas de medición, el uso del dato en el Departamento.
    • Facilitar la interrelación con la ciudadanía y otras administraciones.
    • Facilitar la rendición de cuentas y la transparencia administrativa.
  • Ayudas a la contratación de personas con discapacidad

    Ayudas a la contratación de personas con discapacidad

     

    Se convocan para el año 2025, las subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad en situación de desempleo, favorecer su estabilidad laboral mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos, financiar la adaptación de sus puestos de trabajo y la eliminación de barreras u obstáculos que lo impidan o dificulten, así como impulsar el tránsito de las personas trabajadoras con discapacidad desde el empleo en los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Tendrán la consideración de personas con discapacidad las personas trabajadoras que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

    • Que tengan reconocida una discapacidad en un grado igual o superior al 33% o con capacidad intelectual límite.
    • Que sean pensionistas de la Seguridad Social con una pensión reconocida de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez o sean pensionistas de clases pasivas con una pensión reconocida de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Subvención por la contratación indefinida inicial de personas con discapacidad o con capacidad intelectual límite

    Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial podrán beneficiarse de las siguientes subvenciones por cada contrato celebrado:

    • 5.500 euros con carácter general por la contratación de personas con discapacidad. Esta cantidad se elevará a 6.000 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
    • 7.000 euros si el contrato se celebra con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Esta cantidad se elevará a 7.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
    • 4.000 euros con carácter general por la contratación de personas con capacidad intetectual límite. Esta cantidad se elevará a 4.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.

     

    Subvenciones por la contratación temporal de personas con discapacidad

    Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas con discapacidad mediante el contrato temporal de fomento del empleo previsto para este colectivo podrán beneficiarse de una de las siguientes subvenciones:

    • 2.400 euros con carácter general por la contratación temporal de personas con discapacidad. Esta cantidad se elevará a 2.800 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
    • 3.000 euros si el contrato temporal se celebra con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. Esta cantidad se elevará a 3.400 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.

     

    Subvención por la transformación en indefinidos de contratos temporales

    Podrá ser objeto de subvención la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo, contratos formativos y contratos de interinidad suscritos con personas trabajadoras con discapacidad. En el supuesto de que las contrataciones indefinidas resultantes sean a jornada parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de dicha jornada.

     

    Subvenciones por contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales

    Las empresas colaboradoras que contraten con carácter indefinido a un trabajador con especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo procedente de un enclave laboral, podrán beneficiarse de las siguientes ayudas:

    • Subvención de 8.000 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
    • Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras u obstáculos. Esta subvención, compatible con la prevista en el punto anterior, podrá alcanzar los 1.800 euros por persona con discapacidad contratada y se destinará a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona con discapacidad contratada, o a eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores con discapacidad. 

     

    Subvención para la adaptación del puesto de trabajo

    Podrá ser objeto de subvención la adaptación de puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación, así como la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas y la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.

    El importe de la subvención será de hasta 1.800 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada con carácter indefinido, sin que en ningún caso rebase el coste real, excluidos impuestos, que, al efecto, se justifique por la referida adaptación, dotación o eliminación. A efectos de justificación no se admitirán los pagos en efectivo.

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son los siguientes:

    • Para las subvenciones por contratación indefinida o temporal: quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora que da derecho a subvención.
    • Para la subvención por transformación en indefinidos de contratos temporales: quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de inicio del contrato indefinido fruto de la transformación.
    • Las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo podrán solicitarse durante toda la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de quince días hábiles desde el día siguiente al pago de la correspondiente adaptación.

    En aquellos supuestos en que la fecha de inicio del contrato o de la transformación estuviese comprendida entre el 1 de octubre de 2024 y el día de entrada en vigor de la convocatoria, ambas inclusive, el plazo de quince días para la presentación de solicitudes se contará a partir del 18 de febrero de 2025.

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