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  • Jornadas informativas sobre la convocatoria de ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables

    Jornadas informativas sobre la convocatoria de ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables

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    Con motivo de la publicación de la ORDEN EIE/263/2019, de 14 de marzo, por la que se convocan para el año 2019, ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el BOA del 22 de marzo, se van a realizar presentaciones de dicha convocatoria en Huesca, Teruel y Zaragoza.

    Beneficiarios

    • Podrán ser beneficiarios  las empresas privadas y autónomos, las corporaciones locales, las instituciones o entidades sin ánimo de lucro y las comunidades de propietarios. Los particulares, entendiendo como tales exclusivamente las personas físicas, podrán ser beneficiarios de subvenciones a la inversión en las actuaciones subvencionables recogidas en el apartado segundo, punto 1.b) geotermia y punto 1.e) solar fotovoltaica.
    • Para que una corporación local pueda obtener la condición de beneficiario, esta debe acreditar estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este apartado como beneficiarios.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
    • Cuando se trate de empresas, éstas deberán cumplir todos los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca, lo que deberá acreditarse mediante certificación o informe favorable del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad sobre declaración responsable emitida por la empresa. Asimismo quedan excluidas del acceso a cualquier tipo de ayuda o subvención, por el período de tiempo que dure la sanción, las empresas que hubiesen sido sancionadas por la autoridad laboral competente mediante Resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46.bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, lo que se acreditará mediante informe de la citada autoridad laboral.
    • Cuando las actuaciones subvencionables se realicen mediante inversiones de empresas de servicios energéticos, en el ejercicio de sus funciones, la solicitud de ayuda por dicha actuación subvencionable tan solo la podrá realizar la empresa de servicios energéticos. Dicha empresa de servicios energéticos deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 7 y 9 del Real Decreto-Ley 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

    Actuaciones subvencionables

    • Se considera actuación subvencionable la ejecución de proyectos e instalaciones en materia de ahorro y diversiifcación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a:
      a) Biomasa. Aprovechamiento de los residuos agrícolas, forestales, ganaderos, urbanos y cultivos energéticos para su explotación energética en procesos productivos y en calderas de calefacción y agua caliente. En concreto, la utilización de la biomasa en calderas de potencia máxima de 1 MW para producción de energía térmica para uso residencial, servicios, agrícola, ganadero o industrial. Ya se trate de una nueva instalación, o de la sustitución de una caldera o quemador de otra tecnología.
      b) Geotermia. Sondeos y captaciones de energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su aprovechamiento en los sectores residencial, servicios, agrícola, ganadero o industrial con una potencia térmica máxima de 70 kW para el caso que los beneficiarios sean particulares, o de 500 kW para el caso que los beneficiarios sean empresas privadas, autónomos, corporaciones locales, instituciones o entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios.
      c) Solar Térmica. Captación de energía térmica del sol para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, con una potencia térmica máxima de 250 kW.
      d) Minihidráulica. Instalaciones de autoconsumo eléctrico con o sin conexión a la red de distribución eléctrica hasta un máximo de 100 kW de potencia instalada. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, electrificación rural, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
      e) Solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante paneles solares híbridos. Instalaciones de autoconsumo eléctrico, con o sin conexión a la red de distribución eléctrica, hasta un máximo de 100 kWp de potencia eléctrica instalada de paneles solares fotovoltaicos y, en su caso, de paneles solares híbridos (producción de electricidad y de agua caliente) hasta un máximo de 250 kW de potencia térmica. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
      f) Eólica y solar fotovoltaica. Instalaciones de autoconsumo eléctrico de tecnología eólica o que integren las tecnologías eólica y fotovoltaica, con o sin conexión a la red de distribución eléctrica, hasta un máximo de 100 kW de potencia instalada total. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
    • Serán subvencionables las actuaciones relativas a la ejecución de nuevos proyectos e instalaciones, así como la ampliación de potencia o sustitución de instalaciones existentes. Cuando se trate de la sustitución de anteriores instalaciones de energía renovable, solo será subvencionable la parte de la inversión proporcional a la potencia aumentada de la instalación.
    • Las actuaciones indicadas deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • El período para realizar y pagar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza el 1 de enero de 2019 y se extiende hasta el 5 de noviembre de 2019, ambas fechas inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dado el carácter cofinanciado de estas ayudas por parte del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), las actuaciones no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente a la presente convocatoria, al margen de que el beneficiario haya efectuado todos los pagos relacionados.

    Jornadas informativas

    Zaragoza

    Día: 5 abril
    Hora: 
    16:00h
    Lugar: 
    Sala Jerónimo Zurita.
    Edificio Pignatelli, puerta 19 planta baja.
    Paseo María Agustín, 36.

    Huesca

    Día: 3 abril
    Hora:
     16:00h
    Lugar:
    Edificio Ricardo del Arco.
    C/ Ricardo del Arco, 6

    Teruel

    Día: 4 abril
    Hora:
     16:00h
    Lugar
    : Salón de Actos.
    Edificio Carmelitas.
    C/ San Francisco, 1

  • La Asociación de Artistas Plásticos Goya Aragón organiza la exposición “CONFLUENCIAS, Ebro-Sena”

    La Asociación de Artistas Plásticos Goya Aragón organiza la exposición “CONFLUENCIAS, Ebro-Sena”

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    Día: del 8 al 14 de abril
    Lugar: Sala Hipóstila, Auditorio de Zaragoza

    La Asociación de Artistas Plásticos Goya Aragón ha preparado una nueva exposición colectiva en nuestra ciudad, que se realizará del 8 al 14 de Abril de 2019, en el mismo espacio del pasado año: la magnífica Sala Hipóstila, del Auditorio de Zaragoza, dentro del Distrito Universidad de nuestra ciudad.

    En esta ocasión, el proyecto se abrirá también a la participación de la asociación y del colectivo de varios artistas de las asociaciones del Este de París, Artistes Belleville, Menilmontant, Lilas, Belleville y Le 100 y lleva por título “CONFLUENCIAS, Ebro-Sena”, en referencia a los dos simbólicos ríos, Sena y Ebro, que bañan nuestras respectivas ciudades de París y Zaragoza.

    UN OBJETIVO DE INSPIRACIÓN PARA TODOS 
    Las dos ciudades implicadas en el proyecto que tienen en común la suerte del fluir de dos caudalosos ríos, Ebro y Sena, que siempre han sido origen de vida, de historia, de cultura, de arte…
    A lo largo del tiempo, la confluencia de los ríos de estas dos ciudades ha supuesto sentimientos encontrados de unión y división, de nexo y frontera, de progreso y desastre, de amor y temor, de paz y guerra…

    Los limos que aportan las corrientes de ambos ríos, son un regalo de promesa de vida.
    En el respeto de sus riberas confluye una maravillosa riqueza vegetal y una variadísima fauna como promesa de prosperidad, y de futuro… Por el contrario, en la agresión a esta naturaleza se unirán la inquietante amenaza,la tragedia humana, el caos, la muerte…

    La palabra Confluencias encierra en sí misma prometedoras connotaciones: ríos, corrientes, reuniones de personas de diferentes lugares,.. que inspiran este proyecto, creando ríos de cultura y creatividad, corrientes de ideas compartidas, reunión de grupos de artistas procedentes de dos ciudades lejanas, con un nexo común: el enriquecimiento mutuo a través del intercambio de arte y su libre expresión.

  • Los agentes sociales se reúnen con la ministra de Trabajo

    Los agentes sociales se reúnen con la ministra de Trabajo

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    Esta mañana la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, ha mantenido un encuentro en la sede del Gobierno de Aragón con los integrantes de la Mesa del Diálogo Social. En esta reunión –en la que también ha participado la consejera Marta Gastón, la delegada del Gobierno y las directoras de Trabajo y del INAEM- ha podido abordar con los responsables en Aragón de CEOE, CEPYME Aragón, UGT y CCOO los principales asuntos relacionados con el Ministerio que dirige Valerio y el trabajo desarrollado en nuestra Comunidad Autónoma a través de la colaboración entre el Gobierno de Aragón y los agentes sociales.

    El presidente de CEPYME Aragón, Aurelio López de Hita, ha recalcado la necesidad de legislar para las pequeñas empresas teniendo en cuenta el tejido empresarial de Aragón, compuesto en más de 99% por pymes y autónomos, y ha aprovechado para denunciar la sobrerregulación normativa a la que están sometidas.

  • Premio Europeo a la Seguridad de los Productos

    Premio Europeo a la Seguridad de los Productos

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    La Comisión Europea ha presentado la primera edición del Premio Europeo a la Seguridad de los Productos, dirigido a reconocer a aquéllos para los que la seguridad es una parte primordial de su actividad y que van más allá de los requisitos mínimos establecidos por el Derecho de la Unión.

    Este premio cuenta con dos categorías:

    • Seguridad de los productos vendidos en línea: Para productores, minoristas de venta en línea o mercados en línea que venden u ofrecen sus propios productos (no alimenticios) o los de terceros en línea.
    • Seguridad de los productos de puericultura: Para las empresas que diseñan, producen y distribuyen productos de puericultura para bebés y niños de corta edad (esta categoría no incluye juguetes ni cosméticos).

    El premio consta de doce galardones: seis en la categoría de «ventas en línea» y seis en la de «productos de puericultura». Tres pymes y tres grandes empresas recibirán los galardones de oro, plata o bronce en cada categoría.

    Los ganadores serán invitados a una prestigiosa ceremonia en Bruselas el 26 de septiembre. V?ra Jourová, Comisaria Europea de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género, será la encargada de entregar los premios.

    El plazo para la inscripción por Internet está abierto hasta el 7 de abril.

    Mas información

    Formular de inscripción

  • Publicado el Proyecto de Estatuto de Consumidores Electrointensivos

    Publicado el Proyecto de Estatuto de Consumidores Electrointensivos

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    El Ministerio de Industria ha publicado el Proyecto de Real Decreto por el que se regula el Estatuto de Consumidores Electrointensivos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto Ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y del comercio en España.

    Debemos destacar que este Proyecto de Real Decreto regula a los consumidores electrointensivos cuya caracterización, mecanismos de apoyo y obligaciones deben desarrollarse conforme al Real Decreto Ley 20/2018 antes citado. En este sentido los requisitos para poder optar a la categoría de consumidor electrointensivo se otorgan por puntos de suministro de acuerdo con las exigencias establecidas en la normativa de aplicación, que en resumen son las siguientes:

    1. Ser consumidores conectados en alta tensión que contraten su energía en el mercado de producción y que dispongan de contrato de acceso a la red aplicando una tarifa de diferencia a seis períodos tarifarios.
    2. Haber consumido durante al menos dos de los tres años anteriores un volumen de alta energía eléctrica superior a 40 GWh y en las horas correspondientes al período tarifario 6 al menos del 50% de la energía.
    3. El cociente entre el consumo anual y el Valor Añadido Bruto de la empresa titular de la instalación deberá ser superior a 2, 5 kWh/€.
    4. Tener un consumo predecible, para lo que se deberán aportar al operador del sistema su previsión de consumo mensualmente con una precisión superior del 75% .
    5. La empresa titular del punto de suministro deberá estar válidamente constituida conforme a la normativa en vigor.

    Para las empresas de nueva creación se prevé que se puedan acreditar los requisitos antes señalados en los apartados 1 y 2 en base a proyecciones.

    Con independencia de lo anterior, en el artículo 4 se determina el procedimiento para certificar la condición de categoría de consumidor electrointensivo, y en el artículo 5 se especifica la tramitación para la solicitud de la certificación; asimismo en el artículo 6 se explica el procedimiento para la validez de los certificados, y en el artículo 7 se expone la revocación de la certificación.

    Por último se explican los diferentes mecanismos aplicables a los consumidores electrointensivos, entre los que se incluyen la reducción de los pagos por capacidad, la compensación por los coste indirectos por gases de efecto invernadero, la revisión del coeficiente de pérdidas, así como los contratos bilaterales a largo plazo de generadores con consumidor electrointensivo.

    Este Proyecto de Real Decreto es especialmente importante para determinado tipo de pequeñas y medianas empresas grandes consumidoras de energía, como empresas manufactureras o de sectores industriales.

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