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  • Seminario Fundación Naturgy: El nuevo consumidor de energía

    Seminario Fundación Naturgy: El nuevo consumidor de energía

    JornadaEnergía

    Día: 27 de septiembre de 2018 
    Hora: 9 horas
    Lugar: Hotel Silken Reino de Aragón. C/ Coso, 80 Zaragoza

    El sector energético ha sido tradicionalmente un sector de oferta. Es decir, que ha estado dominado desde el punto de vista de los grandes actores de generación y distribución de energía y de los organismos reguladores de la Administración Pública. El consumidor, empresarial o doméstico, ha jugado un papel muy reducido hasta el momento y sus opciones reales para escoger eran muy limitadas.

    Esta situación está cambiando y la evolución de la tecnología y de la sociedad abre nuevas posibilidades al consumidor dentro del modelo energético.

    Por eso, Naturgy organiza el próximo jueves 27 un seminario acerca del uso de energía en Zaragoza. La participación es gratuita previa inscripción hasta completar el aforo de la sala.

    Programa e inscripción

  • 1 DE OCTUBRE: TRÁMITES  CON LA T.G.S.S. POR VÍA ELECTRÓNICA OBLIGATORIOS PARA LOS AUTÓNOMOS. SISTEMA CL@VE.

    1 DE OCTUBRE: TRÁMITES CON LA T.G.S.S. POR VÍA ELECTRÓNICA OBLIGATORIOS PARA LOS AUTÓNOMOS. SISTEMA CL@VE.

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    La Orden Ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo, modifica la Orden Reguladora del Sistema RED y establece la obligatoriedad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos para incorporarse a dicho Sistema. Y establece un periodo transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor. Por lo tanto, la obligación será efectiva a partir del 1 de octubre de 2018.

    Resumiendo, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales cualquier autónomo podrá realizar sus gestiones:

    1. El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos). A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo. Si quieres acogerte a este sistema, consulta los servicios que permiten la gestión, asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.
    2. La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).

    Es decir, si como  autónomo tienes contratados los servicios de una gestoría o profesional con acceso al sistema RED estos – como autorizados tuyos – podrán realizar ñas gestiones con la TGSS. En caso contrario, o si deseas realizarlos directamente tu, debes gestionar el alta y tener acceso al sistema Cl@ave.

    Reproducimos a continuación la información oficial de la página web del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (https://revista.seg-social.es/2018/03/23/los-autonomos-llegan-al-sistema-red) :

    “Los autónomos tendrán la obligación de realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones a partir del 1 de octubre.

    Estos trabajadores por cuenta propia tendrán obligación de incorporarse al  Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) a partir de entonces, lo que quiere decir que tendrán que realizar por esta vía los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. La obligatoriedad se extiende a la recepción de las notificaciones, por lo que para su consulta y firma se deberá acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.

    Así lo determina la Orden ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018, que otorga un plazo de seis meses (entre el 1 de abril y el 1 de octubre) para que los trabajadores por cuenta propia se vayan adaptando. Para cumplir con esta obligación estos trabajadores puede optar por gestionar sus trámites a través de un autorizado Red o directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

    Veamos paso a paso en qué consiste la nueva obligación y a quién afecta:

    ¿A quién afecta la Orden ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018?

    En concreto, afecta a los trabajadores autónomos por cuenta propia o autónoma; trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA), y trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

    ¿Qué nuevas obligaciones tengo como autónomo?

    Esta Orden Ministerial establece la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Incluye la recepción, por  comparecencia en la SEDESS, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

    ¿Desde cuándo?

    La Orden Ministerial fija un período transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor, que se produce el 1 de abril. Por tanto, la obligación será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados. No se va a efectuar ninguna notificación previa sobre esta obligación por correo postal.

    ¿Dónde puedo gestionar mis trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?

    La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:

    -El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos). A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.

    -La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).

    ¿Y si tengo algún problema?

    Se puede encontrar toda la información en la sede electrónica, en la web de la Seguridad Social y en Twitter: @Info_TGSS. Además, puede acudir al teléfono de información 901 50 20 50, y recibirá toda la atención que necesita, presencialmente, en las oficinas de la Seguridad Social.

    ¿Qué necesito para poder acceder a los servicios en la SEDESS?

    Para acceder a los servicios de la SEDESS, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad, como el certificado electrónico admitido por la Seguridad Social y que puede gestionar en las oficinas de la Seguridad Social. Todos los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos son accesibles con este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas. Permite además la presentación de solicitudes a través del registro electrónico.

    También se puede utilizar el DNI electrónico y el sistema Cl@ve, si bien este último no permite el acceso al servicio de culta y firma de notificaciones telemáticas.

    ¿Qué servicios ofrece la sede electrónica de la Seguridad Social a los trabajadores autónomos?

    Los trabajadores autónomos cuentan con un amplio catálogo de servicios en la SEDESS para la gestión de los trámites relacionados con la afiliación y la cotización a la Seguridad Social. Entre otras cosas, pueden ursar el alta y la baja en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos; formular el cambio de base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos; modificar la actividad en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos; solicitar la modificación, para el año siguiente, de los datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y mutua; y cursar la variación de datos.

    Además, desde la SEDESS el trabajador autónomo puede solicitar determinados informes y certificados:

    • Duplicado de la resolución del alta o de la baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
    • Informe o consulta sobre las bases de cotización y las cuotas ingresadas en el Régimen.
    • Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
    • Informe de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

    La SEDESS dispone de otros servicios que pueden resultar de interés para el colectivo de trabajadores autónomos:

    -Informe de vida laboral.
    -Informe de bases de cotización.
    -Domiciliación en cuenta. (Domiciliación del pago de cuotas a la seguridad social)
    -Cambio de domicilio.
    -Comunicación de teléfono y correo electrónico.
    -Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales.
    -Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social.
    -Consulta de deudas y obtención de documentos de ingreso.
    -Pago con tarjeta de deudas con la Seguridad Social.

  • Ayudas para proyectos de inversión en la provincia de Teruel

    Ayudas para proyectos de inversión en la provincia de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1452/2018, de 3 de septiembre, del Instituto Aragonés de Fomento, por la que se convocan ayudas con destino a proyectos de inversión en la provincia de Teruel.

    Ayudas para promover actuaciones de inversión para la implantación de nuevas actividades económicas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación, mejora y/o modernización de las instalaciones y equipos ya existentes.

    Beneficiarios

    Personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda.

    Cuantía

    El importe total de la convocatoria es de dos millones de euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

    -Hasta el 15% para grandes empresas.

    -Hasta el 25% para medianas empresas.

    -Hasta el 35% para autónomos, microempresas y empresas de pequeño tamaño.

    El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de mínimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

    En el caso de las subvenciones a proyectos de explotaciones ganaderas deberá aplicarse el Reglamento número 1408/2013 de la Comisión Europea, no pudiendo superarse los 15.000 euros de ayuda concedidos a una única empresa ganadera a lo largo de un período de tres años.

    Plazo

    Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes

    Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes

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    Orden HAC/941/2018, de 5 de septiembre, por la que se modifican la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, y la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país.

    Se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal así como el modelo 231 de Declaración de información país por país.

     

  • CEPYME respalda la candidatura de su presidente, Antonio Garamendi, a la presidencia de CEOE

    CEPYME respalda la candidatura de su presidente, Antonio Garamendi, a la presidencia de CEOE

    ANTONIO GARAMENDI CEPYME

    El Comité Ejecutivo y la Junta Directiva de CEPYME han respaldado por unanimidad la candidatura del presidente de la Confederación, Antonio Garamendi, a la presidencia de la CEOE, en las elecciones que se celebrarán el próximo 21 de noviembre.

    Antonio Garamendi ha anunciado su candidatura en la reunión conjunta del Comité Ejecutivo y de la Junta Directiva de CEOE celebrada esta mañana, en la que se ha aprobado la fecha de las elecciones y el proceso a seguir.

    Garamendi es presidente de CEPYME desde 2014 y vicepresidente de CEOE desde esa misma fecha, ya que los estatutos de esta organización establecen que el presidente de CEPYME es vicepresidente nato de CEOE.

    El presidente de CEPYME ya fue candidato a la presidencia de CEOE en las elecciones celebradas en diciembre de 2014, en las que resultó elegido Juan Rosell. Desde entonces, ha trabajado intensamente por impulsar el desarrollo económico y empresarial de nuestro país, así como el fortalecimiento de las pymes y los autónomos, base del tejido empresarial español.

    Igualmente, ha desempeñado un papel activo en el diálogo social, representando a CEPYME en las mesas de trabajo y acuerdos sociales alcanzados durante estos años, siempre en el marco de la unidad con CEOE y la defensa de los intereses de las empresas de menor dimensión.

    Tanto los representantes del Comité Ejecutivo como los de la Junta Directiva de la Confederación han agradecido expresamente al presidente la labor desarrollada al frente de CEPYME durante este período y le han manifestado su firme apoyo en la candidatura a la presidencia de la CEOE.

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