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  • Proyectos de innovación en formación profesional

    Proyectos de innovación en formación profesional

    ORDEN de 11 de marzo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la que se autoriza
    a centros públicos y privados concertados que imparten formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón
    para desarrollar proyectos de innovación en formación profesional durante el curso 2014-2015, prorrogables al
    curso 2015-2016.

    ORDEN de 11 de marzo de 2015 (BOA 07/04/2015)

     

    Acceder a: Servicios para el Empleo y la Formación

  • Sello de Excelencia y del Sello de Oro Aragón Empresa

    Sello de Excelencia y del Sello de Oro Aragón Empresa

    RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2015, del Instituto Aragonés de Fomento, relativa a la concesión del Sello de Excelencia y del Sello de Oro Aragón Empresa, actuaciones del Programa Aragón Empresa.

    Acceso a RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2015 (BOA 07/04/2015)

  • Convenio de colaboración. Formación para el empleo y prácticas no laborales.

    Convenio de colaboración. Formación para el empleo y prácticas no laborales.

    ORDEN de 18 de marzo de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) del Gobierno de Aragón, la Fundación Endesa, Cáritas Diocesana de Huesca y la Federación de Empresarios del Metal de Huesca, para el desarrollo de acciones de formación para el empleo y prácticas no laborales.
    Acceso a la ORDEN de 18 de marzo de 2015 (BOA 07/04/2015)

     

    Acceder a: Servicios para el Empleo y la Formación

  • Se modifica el reglamento de desarrollo parcial de la ley 26/2007 de responsabilidad ambiental

    Se modifica el reglamento de desarrollo parcial de la ley 26/2007 de responsabilidad ambiental

    Real Decreto 183/2015, de 13 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre [Acceso al RD 183/2015 (BOE 07/04/2015)]

    La principal novedad que incluye es que se elimina el procedimiento de la verificación de los análisis de riesgos medioambientales, por lo que se suprime la sección 3.ª del capítulo III sobre verificación del análisis de riesgos medioambientales.Y entre otras modificaciones, se encuentra la del artículo 38 en relación con la actualización de la cuantía mínima de la garantía financiera, de forma que la cuantía mínima que se haya de garantizar se actualizará en los términos que se indiquen en la póliza o en el correspondiente instrumento de constitución de garantía financiera, o a instancia de la autoridad competente en los casos en los que se prevea necesario para el cumplimiento de la ley.
    Asimismo, se modifica el artículo 44, sobre el fondo de compensación de daños medioambientales del Consorcio de Compensación de Seguros, en consonancia con la modificación del artículo 33 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, introducida por la Ley 11/2014, de 3 de julio, con objeto de adaptarlo a la situación actual de la normativa nacional.
    Además, con la nueva redacción de la disposición final primera, la realización de los análisis de riesgos medioambientales necesarios para el cálculo de la cuantía de la garantía financiera prevista en el capítulo III, no deberá llevarse a cabo con carácter obligatorio hasta la fecha a partir de cual sea exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria que se fijará, para cada sector de actividad, mediante las órdenes ministeriales a las que se refiere la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre. Por otra parte, los modelos de informe de riesgos ambientales tipo de cada sector o, en su caso, la guía metodológica correspondiente, así como las tablas de baremos, deberán estar informados favorablemente por la Comisión técnica de prevención y reparación de daños medioambientales, antes de la fecha a partir de la cual sea exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para cada sector de actividad, para que los operadores puedan utilizar estos instrumentos voluntarios como base para realizar su análisis de riesgos medioambientales y fijar la cuantía de garantía financiera obligatoria.

  • Traslado de Residuos, nueva normativa estatal

    Traslado de Residuos, nueva normativa estatal

    Publicado el Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

    La norma se estructura en tres capítulos: el primero contiene las disposiciones de carácter general, el segundo los requisitos comunes a todos los traslados y el tercero se refiere al caso específico de los traslados que requieren que se efectúe una notificación previa a los órganos competentes de las comunidades autónomas.

    Son dos los anexos que acompañan al real decreto: uno relativo al contenido del documento de identificación y otro al de la notificación de traslado.

    Fuente: BOE de 07/04/2015

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