El régimen de festividades laborales establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en su normativa de desarrollo atribuye a las comunidades autónomas la facultad de fijar, dentro del límite máximo de catorce días festivos anuales —incluidos dos de carácter estrictamente local—, sus propias festividades.
En este marco, el Boletín Oficial de Aragón publicó en el mes de julio la relación de días festivos retribuidos y no recuperables correspondientes al año 2026, quedando únicamente pendiente la determinación oficial de las festividades de ámbito local.
Posteriormente, las Subdirecciones Provinciales de Trabajo competentes han incorporado las propuestas remitidas por la mayoría de los ayuntamientos de las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza, completando con ello la configuración definitiva del calendario de fiestas laborales de Aragón para 2026.



