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  • Ayudas: Programa Emprendedores

    Ayudas: Programa Emprendedores

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    ORDEN EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    ORDEN EIE/469/2016 (BOA 30/05/2016)

    OBJETO: 

    La presente orden tiene por objeto aprobar el Programa Emprendedores y establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo. El Programa Emprendedores es el programa público del Gobierno de Aragón constituido por un conjunto de medidas para la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o que pongan en marcha iniciativas emprendedoras de ámbito local que den lugar a microempresas.

    BENEFICIARIOS:

    1. Serán beneficiarios de las subvenciones previstas en la Sección 1.ª del Capítulo II aquellas personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho capítulo y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
    a) Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
    b) Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
    c) Que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la misma.

    2. Serán beneficiarias de las subvenciones previstas en la Sección 2.ª del Capítulo II las microempresas independientes de nueva creación que no hubieran iniciado su actividad. Las empresas ya constituidas podrán solicitar, en el plazo de seis meses desde su constitución, la calificación como MILE en los términos señalados en los artículos 17 y 18.

    3. Serán beneficiarias de las subvenciones previstas en la Sección 3.ª del Capítulo II las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único que ejerzan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    4. A efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá por personas con discapacidad a aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. La acreditación del grado de discapacidad se realizará en los términos establecidos reglamentariamente.

    5. Quedan expresamente excluidos de las ayudas establecidas en la presente orden los siguientes supuestos:
    a) Quienes incurran en cualquiera de las prohibiciones generales del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o en cualquiera de las prohibiciones específicas establecidas en esta orden para cada tipo de subvención.
    b) Quienes hubiesen sido sancionados por la autoridad laboral competente y no cumpla la normativa mencionada en el artículo 38.5 de la Ley de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016.
    c) Quienes incumplan los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzcan.
    d) Quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • 15.000€ para modernizar tu empresa.

    15.000€ para modernizar tu empresa.

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    Hasta 15.000 euros para modernizar tu empresa con la subvención de red.es

    Día: 10 de Mayo de 2016 (martes)
    Hora: 12:00 a 13:30
    Lugar: Salón de Actos de CEPYME Aragón

    CEPYME y EFOR te invitan a una jornada donde informaremos de las condiciones del programa ¡Súbete a la nube! impulsado por la entidad pública red.es y que estará vigente sólo del 18 de mayo al 8 de junio.

    Cuestiones que se analizarán:

    • Requisitos para acogerse a la subvención
    • Proyectos subvencionables
    • Trámites para solicitar la ayuda
    • Plazos a tener en cuenta

    TALLER GRATUITO

    INSCRIPCIONES

  • Jornada Gratuita: ‘PYME INNOVADORA. DEDUCCIONES Y BONIFICACIONES FISCALES POR INNOVACIÓN’

    Jornada Gratuita: ‘PYME INNOVADORA. DEDUCCIONES Y BONIFICACIONES FISCALES POR INNOVACIÓN’

    JORNADA GRATUITA.
    ‘PYME INNOVADORA. DEDUCCIONES Y BONIFICACIONES FISCALES POR INNOVACIÓN’

    Día: Jueves, 21 de abril de 2016.
    Hora: 10:00-11:00 horas.
    Lugar: Salón de Actos de CEPYME Aragón. Plaza de Roma F1 Oficinas, 2ª Planta. 50010 Zaragoza

    CEPYME Aragón, en colaboración con el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón y AENOR, organiza esta jornada informativa gratuita sobre el Registro de PYME innovadora y sus beneficios.

    El Registro de ‘PYME Innovadora’, de carácter gratuito para las empresas, cuenta con un alto grado de automatismo, no supone nuevas estructuras ni barreras administrativas y facilita el acceso de las Pequeñas y Medianas Empresas a la contratación pública, a líneas blandas de financiación y le otorga un valor añadido a su empresa.

    La integración en el Registro lleva aparejado el otorgamiento del sello de PYME innovadora que podrá exhibirse con el logo y formato oficiales.

    Tras la inscripción en el Registro y la obtención del sello, la PYME podrá:
    • Exponer en su sede y locales el distintivo concedido a la empresa.
    • Utilizar el distintivo en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios, sujeto a la plena observancia de la normativa aplicable, en particular, en materia de publicidad.
    • Compatibilizar los beneficios fiscales y bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social regulados en el artículo 6 del Real Decreto 475/2014.

    Especialmente dirigido a: Asociaciones empresariales, pymes, autónomos, gerentes, asesores y consultores.

    PROGRAMA:
    10:00 h. –Bienvenida y presentación de la jornada.

    Carmelo Pérez Serrano. Secretario General de CEPYME ARAGON
    Ilma. Sra. María Teresa Gálvez Jaqués. Directora Gral. de Investigación e Innovación
    Mª Luisa Claver. Directora Delegación Aragón de AENOR

    10:15 h. – Registro de PYME innovadora:

    ‘Sello PYME Innovadora’. Normativa aplicable e inscripción. Deducciones y Bonificaciones.
    Gerardo Malvido. Gerente de I+D+i de AENOR

    10:45 h –Turno de preguntas.

    – Inscripción –

  • Plataformas Tecnológicas

    Plataformas Tecnológicas

    RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2016, por la que se aprueba la convocatoria del año 2016 para la concesión de ayudas correspondientes a la convocatoria Plataformas Tecnológicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 (BOE nº75 de 28/03/2016)

    El objetivo de esta convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión.

    Las Plataformas Tecnológicas son estructuras clave para el fomento de la colaboración público-privada y la detección de nuevas demandas en el ámbito de los Retos de la Sociedad.

    Las Plataformas Tecnológicas realizan exclusivamente actividades de fomento y dinamización de la I+D+i en el ámbito de los Retos de la Sociedad.

    El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de abril de 2016 a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el 28 de abril de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular)

    Más información

  • PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD ESPAÑOLES Y EN EL EXTERIOR

    PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD ESPAÑOLES Y EN EL EXTERIOR

    RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2016, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca, para el año 2016, la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior. (BOE nº 78 31/03/2016)

    Esta convocatoria consta de dos programas:

    • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: Las ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la convocatoria para cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países, así como subvencionar la realización de la traducción al idioma del país en el que se realice la extensión.
    • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

    Más información

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