Etiqueta: ayudas

  • Ayudas a empresas en centros de emprendedores o parques tecnológicos

    Ayudas a empresas en centros de emprendedores o parques tecnológicos

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1630/2017, de 19 de septiembre, por la que se convocan las ayudas con destino a la inversión a favor de empresas instaladas en CEEI ARAGON, Parques Tecnológicos y Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

    Las ayudas tienen como finalidad el desarrollo y consolidación de proyectos de inversión de empresas instaladas o en proceso de instalación en los Centros Europeos de Empresas e Innovación existentes en Zaragoza, Huesca y Teruel (CEEI Aragón), los Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, así como para empresas instaladas o en proceso de instalación en el Parque Tecnológico Walqa y en el Parque Tecnológico del Motor de Aragón.

    Beneficiarios

    Solo podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas y jurídicas privadas, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el párrafo segundo del apartado 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las excepciones recogidas en el siguiente punto.

    Será condición imprescindible que, en el momento de la solicitud de la ayuda, la empresa esté instalada o bien aprobada su instalación en CEEIARAGON, en un centro perteneciente a los Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, en el Parque Tecnológico Walqa o en el Parque Tecnológico del Motor.

    Cuantía

    El importe total de la convocatoria es de ciento quince mil euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

    Provincia de Teruel:

    Hasta el 35% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
    Hasta el 25% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    Hasta el 15% de los costes subvencionables para grandes empresas.

    Provincias de Huesca y Zaragoza (a excepción de la ciudad de Zaragoza):

    Hasta el 30% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
    Hasta el 20% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    Hasta el 10% de los costes subvencionables para grandes empresas.

    Ciudad de Zaragoza:

    Hasta el 20% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
    Hasta el 10% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    Hasta el 5% de los costes subvencionables para grandes empresas.

    Los porcentajes de ayudas a conceder en concepto de subvención por alquiler serán los siguientes:

    a) 50% del coste del alquiler del primer año.
    b) 25% del coste del alquiler del segundo año.

    La suma de las ayudas correspondientes en concepto de alquiler del primer y segundo año no podrá superar el 75% de la subvención total concedida a la empresa.

    El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de minimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Líneas ICO de financiación

    Líneas ICO de financiación

    Como recordatorio de una de las ayudas para empresas, se indican brevemente las diferentes líneas de financiación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) existentes en la actualidad.

    Se incluye vínculo a la información de la página web para cada una de las modalidades.

    Líneas y modalidades disponibles:

    1. MEDIACIÓN: Las Líneas de Mediación o Líneas ICO, son líneas de financiación en las que el ICO actúa a través de las Entidades de Crédito, es decir, concede los fondos con la intermediación de las citadas Entidades.

    2. EMPRESAS Y EMPRENDEDORES: disponibles para financiar tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez de autónomos y empresas. Los particulares y comunidades de propietarios podrán solicitar financiación exclusivamente para la rehabilitación de viviendas.

    En cada enlace se informa de cuantía y requisitos de cada modalidad:

    – ICO Empresas y Emprendedores 2017
    Financiación orientada a autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en el territorio nacional y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez. También pueden solicitar financiación particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas.

    – ICO Garantía SGR/SAECA 2017
    Financiación orientada a autónomos y empresas que cuenten con el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) o SAECA que realicen inversiones en España o fuera del territorio nacional y/o quieran cubrir sus necesidades de liquidez. La empresa que solicite financiación para realizar una inversión fuera de España ha de tener domicilio en España o al menos un 30% de capital de empresa española.

    – ICO Crédito Comercial 2017
    Financiación orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional o cubrir los costes previos de producción y elaboración de los bienes objeto de venta en España.

    3. INTERNACIONAL:

    – ICO Internacional 2017 
    – ICO Exportadores 2017
    – ICO Canal Internacional

  • CEPYME Aragón e ITAINNOVA organizan una jornada informativa sobre las ayudas del programa Activa Industria 4.0

    CEPYME Aragón e ITAINNOVA organizan una jornada informativa sobre las ayudas del programa Activa Industria 4.0

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    CEPYME Aragón organiza el próximo 15 de septiembre, en colaboración con ITAINNOVA, una jornada informativa sobre la convocatoria de ayudas del programa Activa Industria 4.0 que forma parte de la iniciativa Industria Conectada 4.0 del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y la Estrategia Aragón Industria 4.0 del Gobierno de Aragón.

    Estas ayudas, dirigidas a PYMES aragonesas, buscan impulsar la digitalización de la industria y dotar a las empresas de estrategia, iniciativas y acciones que les ayuden en esa transformación. Las subvenciones consisten en un asesoramiento especializado e individualizado que incluye un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital.

    En la sesión informativa, que comenzará a las 12 horas y tendrá lugar en la sede de CEPYME Aragón (Plaza de Roma F-1 oficinas, 2ª planta), se explicarán los detalles de la convocatoria que finaliza el próximo 22 de septiembre y contará con la intervención de Ángel Fernández, director de ITAINNOVA, Alfredo Gómez, consultor de Innovación Tecnológica de ITAINNOVA, y Fernando Fernández, director general de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía del Gobierno de Aragón.

    La asistencia es gratuita hasta completar aforo.

    Día: 15 de septiembre
    Hora: 12 horas
    Lugar:
    sede de CEPYME Aragón, Plaza Roma F-1 Oficinas 2ª planta
    Más info: atencion@cepymearagon.es


    INSCRIPCIONES:

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  • Ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria

    Ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria

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    EXTRACTO de la Orden VMV/971/2017, de 7 de julio, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria correspondientes a la prorroga, para 2017, del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.

    Beneficiarios:

    Podrán ser beneficiarios las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, o los propietarios únicos de edificios de viviendas de tipología predominante residencial de vivienda colectiva, situados en Aragón.

    En los edificios que se destinen íntegramente al alquiler durante, al menos, 10 años a contar desde la recepción de la ayuda, podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones propietarias de los inmuebles.

    Actuaciones subvencionables:

    Subvenciones para la financiación de la rehabilitación de edificios consistente en la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes de edificios de tipología residencial colectiva.

    Las actuaciones en los edificios deben dirigirse a:
    a) Su conservación.
    b) La mejora de la calidad y sostenibilidad.
    c) Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad.

    Cuantía:

    La cuantía individualizada de la subvención será como máximo del 57% del coste subvencionable correspondiente a las actuaciones de conservación y/o de calidad y sostenibilidad, y hasta un máximo del 80 %, del coste subvencionable correspondiente a las actuaciones de accesibilidad, sin superar en ningún caso las cuantías unitarias por vivienda que se establecen en la convocatoria.

    Plazo:

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Programa de Crecimiento Empresarial 2017

    Programa de Crecimiento Empresarial 2017

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    La Dirección General de Industria y PYME está trabajando en una nueva edición del Programa de Crecimiento Empresarial que tiene por objetivo mejorar la capacidad de crecimiento y competitividad de las PYMES. 

    Se trata de un programa de asesoramiento personalizado para PYMES industriales españolas con fabricación en España, promovido por la SGIPYME con profesionales especializados bajo la dirección de Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial). El programa facilita asesoramiento trabajando con las PYMES las palancas organizativas para fomentar y consolidar su proceso de crecimiento.

    La convocatoria será publicada posiblemente a lo largo de este mes de julio. A partir de su publicación se abrirá un plazo de 50 días hábiles para presentar las solicitudes. 

    ¿Quién puede acceder al Programa 2017?

    Podrán acceder aquellas empresas industriales con fabricación en España.Los requisitos para poder tener la condición de beneficiarias son:

    • Tener la condición de PYME, entendiendo como tal, aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
    • Dedicarse al desarrollo de actividades industriales, cuya fabricación se produzca en España.
    • Tener dentro de su objeto social el desarrollo de actividades de las indicadas en las divisiones 10 a 32 inclusive del CNAE-2009.
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
    • Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria.
    • Quedan excluidas de esta subvención las entidades públicas, entendiéndose por entidades públicas cualquier entidad de derecho público o privado que sean dependientes o estén vinculadas a cualquier Administración pública, según lo definido en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
    • El asesoramiento a prestar a las empresas industriales será propuesto por la Fundación EOI en base a las necesidades indicadas en la solicitud de subvención.
    • La convocatoria de subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de esta ayuda.

    ¿Cuánto me va a costar este programa?

    El coste del servicio es de 6.497,30 €, de los cuales tú sólo tendrás que pagar 805,45 €. El resto del Programa está subvencionado por la SGIPYME. Si tu empresa resulta seleccionada, dispondrás de 50 horas de asesoramiento, consistente en 20 horas de diagnóstico, 20 horas de asesoramiento temático y 10 horas de seguimiento.

    Los participantes del Programa de Crecimiento Empresarial podrán recibir servicios de formación y asesoramiento financiados por el Fondo Social Europeo y el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, dentro del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.

    Más información

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