Etiqueta: ayudas

  • Ayudas. Proyectos industriales en Teruel

    Ayudas. Proyectos industriales en Teruel

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    ORDEN EIE/834/2016, de 26 de julio, por la que convocan ayudas complementarias a proyectos industriales en la provincia de Teruel. (BOA nº 153 de 09/08/2016)

    Actuaciones subvencionables:

    Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas aquellas actuaciones industriales en la provincia de Teruel que hayan sido beneficiarias en 2015 de subvenciones concedidas en el marco de alguna de las siguientes ayudas:

    – Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (en adelante ADIA).

    – Convocatoria de ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras (en adelante MINER).

    – Incentivos Económicos Regionales (en adelante IER).

    Los proyectos subvencionables consistirán en actuaciones de inversión recogidas en los diferentes expedientes objeto de la subvención que complementa esta convocatoria.

    Plazo:

    El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias en Aragón

    Bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias en Aragón

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    ORDEN EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias, en la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA nº 152 de 08/08/2016)

    Las líneas y programas de actuación contemplados en esta orden son:

    1. Línea de Comercio Interior. Contemplando actuaciones y programas en los siguientes ejes de trabajo:
    – Apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés.
    – Apoyo a las asociaciones de empresarios de comercio.
    – Apoyo especial al comercio de zonas rurales.
    – Apoyo a entidades locales aragonesas para urbanismo comercial.
    – Apoyo a la introducción y desarrollo de las nuevas tecnologías y la innovación en el comercio minorista.

    2. Línea de Fomento a la Actividad Ferial, que contempla actuaciones en los siguientes ámbitos estratégicos:
    – Programa de Inversiones en obras o equipamiento de los recintos feriales que se realicen como inmovilizado material.
    – Programa de mejora de la gestión o promoción de los certámenes comerciales mediante la realización de estudios de estrategia sobre la actividad ferial, e imagen corporativa u otras actividades.
    – Programa de apoyo a la organización y la celebración de certámenes comerciales.
    – Programa de apoyo a la organización de jornadas técnicas y congresos que traten sobre la industria o comercio.

    3. Línea de Ayudas para el Sector Artesano, que contempla acciones en los siguientes ámbitos estratégicos:
    – Programa de mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.
    – Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo.
    – Nuevos profesionales artesanos.

    Beneficiarios:

    1. Las pequeñas o medianas empresas (PYMES) comerciales incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.

    2. Las empresas artesanas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, cuya actividad esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001), a excepción del subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria).

    3. Las Instituciones Feriales y otras entidades organizadoras de ferias oficiales inscritas en el Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón.

    4. Entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios que promuevan actuaciones objeto de subvención en el sector artesano, comercio interior y ferias.

    5. Ayuntamientos y otras Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón que promuevan actuaciones objeto de subvención en el sector artesano, comercio interior y ferias.

     

  • Ayudas. Desarrollo alternativo de las zonas mineras

    Ayudas. Desarrollo alternativo de las zonas mineras

    BOE

    Extracto de la Resolución de 23 de junio de 2016, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se convocan las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras, para el ejercicio 2016. (BOE nº177 de 23/07/2016)

    La finalidad de las ayudas es promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas de la minería del carbón y su entorno con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo y mantenimiento de los ya existentes en dichas zonas, para incentivar su desarrollo considerando su condición de regiones desfavorecidas, y de esta manera promover un desarrollo armonioso y equilibrado, de conformidad, también, con las recomendaciones del Comité de las Regiones de la Unión Europea.

    Beneficiarios:

    Las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo que fundamenten la concesión de la ayuda.

    Plazo:

    El plazo de presentación de las solicitudes, y de la documentación aneja que se indica en la convocatoria, será de dos meses contados a partir del día siguiente al su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  • Ayudas. Infraestructuras energéticas

    Ayudas. Infraestructuras energéticas

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    ORDEN EIE/772/2016, de 18 de julio, por la que se convocan ayudas para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel. (BOA nº145 de 28/07/2016)

    Esta orden tiene por objeto convocar las ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2015 para proyectos de inversión en la provincia de Teruel relacionados con infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza, sean generadores de empleo y contribuyan a la fijación de la población.

    Actuaciones subvencionables:

    Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y efectivamente pagadas en el periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2015 hasta el 10 de octubre de 2016. Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:

    • Las inversiones correspondientes a la ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que correspondan a acometidas para nuevos suministros o mejora y renovación de los existentes, y que se ubiquen en la provincia de Teruel.
    • Los gastos de redacción de proyecto y dirección de obra, seguridad y salud, licencias y autorizaciones hasta un máximo del 10% del presupuesto de ejecución material de la inversión total, y siempre que sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

    El IVA únicamente podrá considerarse como importe subvencionable cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por el beneficiario.

    Beneficiarios:

    Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria empresas (grandes y pymes), autónomos y las entidades y administraciones públicas de la provincia de Teruel. Las ayudas establecidas en esta convocatoria quedan acogidas, en el caso de empresas y autónomos, al régimen de mínimis.

    Para la determinación de la consideración de PYME se atenderá a lo dispuesto en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L124, de 20 de mayo de 2003). Ver anexo III.

    Los requisitos para poder ser beneficiario de las ayudas son:

    a) La realización y ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que correspondan a acometidas para nuevos suministros o mejora y renovación de los existentes, y que se ubiquen en la provincia de Teruel.

    b) Inversión mínima prevista en las infraestructuras a ejecutar, de forma que el importe de cada subvención no podrá ser inferior a 20.000 euros en ningún caso según los porcentajes máximos de ayuda fijados en el apartado 7 de esta convocatoria.

    c) El cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

    Plazo:

    El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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