Etiqueta: ayudas

  • VIII Charla Entre Costuras

    VIII Charla Entre Costuras

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    Día: 8 de mayo de 2018
    Hora: 18 horas
    Lugar: Showroom FITCA, en Urb. Parque Roma, bloque G, local 15

    La Federación de Industrias Textiles y de la Confección de Aragón organiza una nueva edición de su ciclo Charla Entre Costuras. En esta ocasión quiere dar a conocer  las ayudas del Gobierno de Aragón a la Industria y a la Pyme en su convocatoria para 2018, y más concretamente INDUSTRIA 4.0 y DISEÑO+.

    Para la exposición de estas ayudas contarán con la presencia de Jesús Sánchez (Director General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía del Gobierno de Aragón), Frco.-Javier Burillo (Jefe del Servicio de Apoyo a la PYME) y Juan-Manuel Ubiergo (Director del Centro Aragonés de Diseño Industrial -CADI) quienes presentarán y responderán a los planteamientos que a lo largo del acto realicen los asistentes.

    El encuentro se cerrará con un networking acompañado de un vino aragonés.  La interrelación que se produce en estas Charlas entre las empresas asistentes, colaboradores y ponentes demuestra el potencial de FITCA como organización de referencia para las empresas y profesionales de los sectores textil, confección, marroquinería, calzado, moda, etc… en todos sus campos: creación, diseño, investigación, formación, fabricación, distribución, comercialización de productos y servicios, etc.

    Los asistentes deben confirmar su presencia a través del correo fitca@fitca.com o telefónicamente en el 976 300 020 informando de las personas que acudirán a este acto.

  • Ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYMEs

    Ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYMEs

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    EXTRACTO de la Orden EIE/614/2018, de 6 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2018, ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

    Beneficiarios

    Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Actuaciones subvencionables

    • Ayudas regionales a la inversión:
      Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
    • Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:
      1. Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
      2. Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
    • Ayudas a la innovación:
      Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
    • Ayudas para servicios de consultoría técnica:
      Podrán ser objeto de ayuda los costes de servicios de consultorías de carácter técnico contratados. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será de un mes a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” de esta convocatoria, computado tal y como se establece en el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ayudas para actuaciones de promoción y dinamización comercial

    Ayudas para actuaciones de promoción y dinamización comercial

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    EXTRACTO de la Orden EIE/606/2018, de 4 de abril, por la que se convocan para el ejercicio del año 2018, ayudas correspondientes a actuaciones de promoción y dinamización comercial, realizadas por entidades sin ánimo de lucro de empresarios de comercio.

    Beneficiarios

    Las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios, que promuevan actuaciones objeto de subvención, y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada uno de ellos, según el epígrafe en que se desarrollan.

    Actuaciones subvencionables

    1. La promoción y publicidad de las actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro dirigidas al fomento de las actividades de dinamización comercial del comercio minorista.
    2. La contratación del personal necesario para llevar a cabo estas actividades, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas.

    En concreto, de dinamizadores o gerentes comerciales que realicen las tareas de impulso y organización de las actividades de promoción y publicidad, incluyendo la dinamización de páginas web u otras herramientas de comunicación, publicidad y promoción que la asociación de comerciantes disponga; y de técnicos en nuevas tecnologías y redes sociales (siempre y cuando los solicitantes gestionen una plataforma de comercio electrónico, o tengan un sistema de fidelización personalizado para el consumidor, con generación de beneficios por compra realizada y análisis de resultados).

    Importe

    1. La cuantía total estimada para esta convocatoria es de un millón seiscientos mil euros (1.600.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria G/15040/6221/480437/91002 que figura en la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018.
    2. Las ayudas relativas a los gastos subvencionables descritos en el apartado tercero, punto 1, podrán alcanzar respecto a la promoción y publicidad hasta un máximo del 80%, y respecto a la contratación laboral de dinamizadores o gerentes comerciales y de técnicos en nuevas tecnologías hasta un máximo del 60%, excepto en los casos en los que se solicite subvención para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial por beneficiario, cuya ayuda para los gastos subvencionables de la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial por beneficiario, cuya ayuda para la contratación del segundo y siguientes dinamizadores comerciales será de un máximo del 40%.
    3. En cualquier caso, el presupuesto máximo solicitado para promoción y publicidad no podrá superar la cantidad de 50.000 euros, excepto para las entidades no gremiales que sean representativas, como mínimo, en un ámbito provincial, cuyo presupuesto máximo solicitado total no podrá superar la cantidad de 100.000 €.
    4. En los casos en los que se solicite ayuda para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial, las entidades beneficiarias deberán ser representativas, como mínimo, en un ámbito provincial.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará en un mes desde la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Ayudas para inversiones y mejoras del pequeño comercio en la provincia de Teruel

    Ayudas para inversiones y mejoras del pequeño comercio en la provincia de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2326/2017, de 13 de diciembre, por la que se convocan ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio de la provincia de Teruel.

    Beneficiarios

    Empresas Pequeñas y medianas empresas (pymes), comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.

    Actuaciones

    – La realización de obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización, ampliación o acondicionamiento y el equipamiento de locales comerciales.

    – La incorporación del comercio electrónico a la PYME del sector del comercio minorista

    Importe

    El importe total de la convocatoria es de cuatrocientos cincuenta mil euros. La ayuda para realización de obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización, ampliación o acondicionamiento y el equipamiento de locales comerciales no superará el 35% de la inversión subvencionable. La ayuda para la incorporación del comercio electrónico a la PYME del sector del comercio minorista no superará el 50% de la inversión subvencionable, con un máximo de 3.000 euros por beneficiario.

    Plazo

    Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Modificación de las bases para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad

    Modificación de las bases para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad

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    ORDEN EIE/210/2018, de 5 de febrero, por la que se modifica la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Al objeto de favorecer el tránsito del empleo protegido al empleo ordinario y contribuir así a la plena integración laboral de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con el resto de trabajadores, se opta por matizar alguna de las exclusiones del acceso a las ayudas previstas en la citada Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, que vienen impidiendo la obtención de dichas ayudas en supuestos de trabajadores procedentes del mismo grupo de empresas al que perteneciese la solicitante de subvención. Se considera oportuno no aplicar esta exclusión cuando la empresa de la que proceda el trabajador con discapacidad incorporado a la empresa solicitante de la ayuda fuese un centro especial de empleo y dicho trabajador hubiese estado vinculado a aquélla por una relación laboral de carácter especial.

    Por otro lado, la experiencia en la aplicación de las citadas bases reguladoras y la permanente interlocución con las entidades representativas de las personas con discapacidad aportan nuevos enfoques en algunas cuestiones tales como la necesidad de identificar aquellos conceptos que han de considerarse subvencionables en el ámbito de la adaptación de puestos de trabajo o la eliminación de barreras en el acceso al empleo de las personas con discapacidad. En este ámbito se considera oportuno incluir expresamente en la norma, como una eliminación de barreras, la contratación de servicios de interpretación en lengua de signos española que faciliten el acceso al empleo de personas sordas o con discapacidad auditiva.

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