Etiqueta: desempleo

  • CEPYME Aragón pide potenciar el empleo productivo para reducir la estacionalidad

    CEPYME Aragón pide potenciar el empleo productivo para reducir la estacionalidad

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    El paro registrado en Aragón en el mes de diciembre ha bajado en 281 personas respecto al mes de noviembre, lo que supone un descenso del 0,4%. Así, la cifra total de desempleados en la Comunidad es de 70.710. Por provincias, Huesca ha registrado la mayor bajada con un 4,82% de variación mensual, que se traduce en 468 personas menos, seguida de Teruel con una bajada del 1,7%, que supone 109 personas menos. Zaragoza, sin embargo, ha registrado una subida del 0,54%, que se traduce en 296 desempleados más.

    Estas cifras sitúan a Aragón como la segunda Comunidad en la que menos ha caído el paro respecto al mes anterior. No obstante, es la tercera en la que más ha descendido el desempleo interanualmente, con un 11,54% menos.

    Aurelio López de Hita, presidente de CEPYME Aragón, ha señalado que “diciembre suele ser un mes de bajada debido a la campaña de Navidad, aunque cabe destacar que el descenso ha sido muy ligero si lo comparamos con otras Comunidades. 2017 ha sido un año de altibajos ya que los primeros meses registraron bajadas importantes, pero durante los meses de verano las cifras fueron de subida”. Pese a esto, López de Hita ha recordado que “en datos interanuales la tendencia es positiva puesto que, en comparación con el mes de diciembre de 2016, el paro registrado en la Comunidad ha disminuido en 9.223 personas, lo que nos coloca entre las regiones con mayor caída de desempleados”.

    Las oscilaciones en los datos ponen de manifiesto la importancia del apoyo a la actividad empresarial y, más especialmente, a las PYMES y autónomos que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad”, ha indicado López de Hita. “Hay que tratar de generar empleo en sectores estructurales como la industria o la construcción que siguen registrando cifras negativas. Los sectores productivos son los que dan estabilidad al empleo”, ha concluido.

    CEPYME Aragón quiere recordar que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores.

  • CEPYME Aragón insiste en la necesidad de apoyar a pymes y autónomos

    CEPYME Aragón insiste en la necesidad de apoyar a pymes y autónomos

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    El paro registrado en Aragón en el mes de noviembre ha bajado en 608 personas respecto al mes de octubre, lo que supone un descenso del 0,85%. Así, la cifra total de desempleados en la Comunidad es de 70.991. Por provincias, Zaragoza ha registrado la mayor bajada con un 0,92% de variación mensual, que se traduce en 508 personas menos, seguida de Huesca con una bajada del 0,67%, 66 personas menos, y Teruel con un 0,53% menos, que supone 34 personas menos.

    Estas cifras sitúan a Aragón como la cuarta Comunidad en la que más ha caído el paro respecto al mes anterior y la primera respecto al mismo mes del año pasado con un 12,88% menos.

    El secretario general de CEPYME Aragón, Carmelo Pérez, ha señalado que “después de dos meses de subidas mensuales volvemos a registrar, aunque ligera, una bajada del desempleo y los datos interanuales siguen siendo muy positivos, lo que indica que estamos yendo por el camino adecuado. No obstante, hay que seguir trabajando para que el empleo creado sea de calidad”.

    CEPYME Aragón quiere recordar que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores. Asimismo, son las PYMES y los autónomos los que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad.

    El mes que comenzamos afronta acontecimientos políticos que podrían alterar la marcha de la economía en general y de Aragón en especial, teniendo en cuenta las relaciones comerciales que unen nuestra Comunidad con Cataluña”, ha recordado Pérez. “Insistimos en la importancia de medidas de apoyo a pymes y autónomos ante la posible situación de inestabilidad, ya que son los que más empleos generan y los más sensibles a los cambios”, ha concluido.

  • CEPYME Aragón reclama más apoyo a pymes y autónomos

    CEPYME Aragón reclama más apoyo a pymes y autónomos

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    El paro registrado en Aragón en el mes de octubre ha subido en 2.361 personas respecto al mes de septiembre, lo que supone un aumento del 3,4%. Así, la cifra total de desempleados en la Comunidad es de 71.599. Por provincias, Teruel ha registrado el mayor crecimiento con un 8,68% de variación mensual, que se traduce en 515 personas más, seguida de Huesca con una subida del 4,1%, 385 personas más, y Zaragoza con un 2,71% más, que supone 1.461 personas más.

    Estas cifras sitúan a Aragón como la quinta Comunidad en la que más ha subido el paro respecto al mes anterior pero la primera en la que más ha descendido el desempleo respecto al mismo mes del año pasado con un 11,67% menos.

    El presidente de CEPYME Aragón, Aurelio López de Hita, ha señalado que los datos interanuales indican que vamos por la senda adecuada aunque las cifras vuelven a marcar una subida mensual. No hay que olvidar, no obstante, qué tipo de empleo se crea y en qué condiciones destacando, además, la preocupante cifra de paro juvenil”.

    CEPYME Aragón quiere recordar que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores. Asimismo, son las PYMES y los autónomos los que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad.

    La incertidumbre creada por los acontecimientos políticos que estamos viviendo pueden alterar la buena marcha de la economía y es que la situación catalana abre un camino de desconfianza especialmente para nuestra Comunidad por las relaciones comerciales que nos unen, ha señalado López de Hita. “Ante esta falta de estabilidad hacen falta medidas para continuar creando empleo y especialmente políticas de apoyo a pymes y autónomos que son los que más puestos de trabajo generan en Aragón”, ha concluido.

  • CEPYME Aragón valora positivamente la recuperación del empleo en la Comunidad

    CEPYME Aragón valora positivamente la recuperación del empleo en la Comunidad

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    Según la Encuesta de Población Activa (EPA), publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la tasa de ocupación de Aragón ha subido un 2,81% respecto a 2016 y el paro ha bajado un 31%, así la cifra total de desempleados en Aragón es de 66.900 y la tasa de paro es del 10,5%, casi 6 puntos por debajo de la media nacional.

    Respecto a los datos intertrimestrales, el número de personas en desempleo ha descendido este tercer trimestre de 2017 un 8,64% respecto al segundo trimestre del año pero debido, entre otros motivos, a una disminución de la población activa (-2,2%).

    El secretario general de CEPYME Aragón, Carmelo Pérez, ha señalado que “los datos interanuales son positivos e indican que la senda que seguimos es la correcta. La recuperación comienza a llegar al grueso del tejido empresarial aragonés formado por pymes y autónomos. No obstante, siguen existiendo otros problemas como la falta de confianza empresarial”.

    Los datos trimestrales así como sectoriales (el empleo en la industria ha aumentado pero la construcción sigue cayendo) ponen de manifiesto la importancia del apoyo a la actividad empresarial y, más especialmente, a las PYMES y autónomos que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad. CEPYME Aragón quiere recordar que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores.

    La situación que estamos viviendo con el proceso independentista catalán abre un camino de desconfianza para el mercado, las empresas y los autónomos de nuestra Comunidad”, ha destacado Pérez. “No hay que olvidar que Aragón se juega 16.000 millones de euros en su relación comercial con Cataluña”, ha remarcado.

  • Protección por desempleo. Reactivación del programa PREPARA

    Protección por desempleo. Reactivación del programa PREPARA

    BOEReal Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueba la reactivación extraordinaria y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

    Con el presente RDley, de forma extraordinaria y hasta el 30 de abril de 2018, se prorroga la reactivación del programa para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, manteniendo la protección de este colectivo y permitiendo así realizar el estudio en profundidad y con todas las garantías de los citados programas que actualmente complementan la protección por desempleo, en especial teniendo en cuenta que el Programa de Activación para el Empleo, actualmente prorrogado por Real Decreto-ley 7/2017, de 28 de abril, tiene prevista la incorporación de nuevos beneficiarios hasta el 30 de abril de 2018.

    El Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, introdujo un programa temporal de seis meses de duración destinado a las personas que habían agotado su protección por desempleo, basado en acciones de mejora de la empleabilidad y en la percepción de una ayuda económica de acompañamiento.

    Atendiendo a la situación del mercado de trabajo y a las necesidades de las personas destinatarias, el programa ha sido prorrogado en sucesivas ocasiones, la última de ellas mediante la disposición final segunda del Real Decreto-ley 1/2016, de 15 de abril, por el que se prorroga el Programa de Activación para el Empleo, que modifica la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas, estableciendo la prórroga automática del mismo por períodos de seis meses, siempre que la tasa de desempleo fuese superior al 18 por ciento según la última Encuesta de Población Activa (EPA) publicada con anterioridad a la fecha de la prórroga, y se reunieran los requisitos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto.

    La recuperación del plan se justifica por la indudable necesidad de mantener la protección de un colectivo de personas desempleadas tan sensible como el de los destinatarios del programa en tanto se realice la revisión y reordenación de los actuales programas destinados a mejorar las posibilidades de inserción de los desempleados y, a su vez, a complementar la protección por desempleo.

    Su contenido es similar al de los dictados con ocasión de las prórrogas anteriores, si bien han de tenerse en cuenta dos consideraciones:

    • Primera: que el plazo para solicitar la inclusión en el programa de las personas que hayan agotado la protección por desempleo desde el 16 de agosto hasta el 7 de octubre de 2017 será de 2 meses desde esta última fecha. En este plazo recuérdese que la persona solicitante deberá realizar, durante un período mínimo de 30 días, acciones de búsqueda activa de empleo, que deberán acreditarse en el momento de la solicitud, en la forma que se determine por el Servicio Público de Empleo Estatal.
    • Segunda: que las funciones de concesión y pago de la ayuda económica de acompañamiento se atribuyen excepcionalmente al Servicio Público de Empleo Estatal (vid. art. 1.10 del RDL 14/2017).

    REPOSICIÓN DE LA REDUCCIÓN DE COTIZACIONES EN EL SISTEMA ESPECIAL PARA EMPLEADOS DE HOGAR (disp. adic. primera):

    Con el propósito de mantener la medida se establece que:

    • Desde el 1 de septiembre de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2018 (fecha a partir de la que se producirá la plena equiparación de este colectivo con los restantes trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social conforme a la disp. trans. decimosexta LGSS), se aplicará una reducción del 20 % a las cotizaciones devengadas por la contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, así como de quienes ya lo estuvieran desde un momento posterior al 1 de enero de 2012.

    Esta reducción alcanza el 45% para familias numerosas conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

    • Estos beneficios en la cotización no serán aplicables en los supuestos en que los empleados de hogar, que presten servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, asuman el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en dicho sistema especial.

    ACLARACIÓN DEL ÁMBITO DEL SECTOR PÚBLICO AL QUE SE PERMITE FORMALIZAR CONTRATOS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS ESPECÍFICOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA SIN LA APLICACIÓN DE LOS LÍMITES DE DURACIÓN DEL CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADOS Y DEL ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS (disps. final segunda y trans. única):

    Esta medida se introduce a través de la adición de un párrafo a la disposición adicional vigesimotercera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, persiguiéndose, conforme se expone en el preámbulo del Real Decreto-Ley, «aclarar», que no «ampliar» el ámbito del sector público al que se aplican las reglas específicas de esa disposición de la Ley 14/2011 y los supuestos en los que se admiten en el sector público los contratos de obra o servicio determinado con una duración superior a 3 años.

    De este modo se establece que:

    • A los contratos para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica a que se refieren los artículos 20.2, 26.7 y 30 y el apartado 2 de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, que formalicen las Administraciones públicas, organismos públicos, universidades públicas y otras entidades del sector público consideradas agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, esto es, entidades que realicen o den soporte a la investigación científica y técnica o a la innovación: no les será de aplicación ni lo dispuesto en el artículo 15.1.a) del ET en materia de duración máxima del contrato por obra o servicio, ni lo dispuesto para el encadenamiento de contratos en los párrafos primero y segundo del artículo 15.5 ET.

    La modificación se aplicará tanto a los contratos por obra o servicio determinados vinculados a un proyecto específico de investigación científica y técnica que se celebren desde el 8 de octubre de 2017 (fecha de entrada en vigor del RDL) como a los vigentes en esa fecha (disp. trans. única).

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