Etiqueta: discapacidad

  • Subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad

    Subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2114/2018, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que contraten a trabajadores con discapacidad, siempre que no concurra ninguna causa de exclusión expresa de las previstas en su artículo 3 y se reúnan los requisitos y condiciones establecidos en el Capítulo II de la citada Orden.

    Objeto

    1. Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2019, las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena de las personas con discapacidad.

    2. La finalidad de estas subvenciones es incentivar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Plazo

    El artículo 14 de la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, determina los plazos de presentación de solicitudes de las distintas subvenciones, que será de un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que da derecho a subvención. En caso de transformación de contratos temporales, el plazo de un mes se contará a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

    Las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad previstas en los artículos 10 y 11.1.b) de la citada Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, podrán solicitarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de un mes desde el pago de la correspondiente adaptación.

    No obstante, para aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes se contará a partir de dicha entrada en vigor.

  • Solidar celebra la IV Entrega de distinciones solidarias a la empleabilidad de trabajadores con discapacidad

    Solidar celebra la IV Entrega de distinciones solidarias a la empleabilidad de trabajadores con discapacidad

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    Día: 16 de noviembre
    Hora: 18 horas
    Lugar: Patio de la Infanta – Ibercaja, calle San Ignacio de Loyola, 16 

    La Asociación de Empresarios Solidarios de Aragón, Solidar, celebra el próximo 16 de noviembre el acto de entrega de distinciones solidarias a la empleabilidad de trabajadores con discapacidad.

    SOLIDAR tiene como primera finalidad el favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad.

    El Certificado Solidar aspira a difundir en el tejido empresarial aragonés el concepto de solidaridad hacia las personas con discapacidad, así como dar visibilidad a los trabajadores que soportan alguna limitación y a las empresas que los contratan.

    Este distintivo está dirigido a reconocer el esfuerzo que, de manera silenciosa, han venido desarrollando numerosas empresas en Aragón mediante la contratación directa de trabajadores del colectivo indicado o la aplicación de las medidas alternativas previstas en la “Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social” (antigua LISMI).

    A lo largo de las tres ediciones que se han celebrado, se ha realizado la entrega de “Certificados Solidar”, en sus distintos niveles, a 42 empresas e instituciones.

    El Certificado Solidar es gratuito y está a disposición de todas aquellas Empresas, Instituciones o Profesionales que realicen acciones solidarias como las descritas.

    Inscripción gratuita

  • Guía de incentivos a la contratación de personas con discapacidad

    Guía de incentivos a la contratación de personas con discapacidad

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    Fundacion ONCE a través de Inserta Empleo ha elaborado la Guía de incentivos a la contratación de personas con discapacidad con el objetivo de promover el empleo de las personas con discapacidad y su integración en el mercado laboral. La Guía pretende facilitar a empresas y empleadores un documento de referencia en el que puedan consultar los incentivos, principalmente en forma de subvenciones o bonificaciones y reducciones a la Seguridad Social, de aplicación a la contratación de las personas con discapacidad.

    El documento se divide en dos grandes secciones: la primera, dedicada a los incentivos estatales para la contratación de personas con discapacidad; y la segunda, acerca de los incentivos de aplicación en las Comunidades Autónomas.

    Descargar guía

  • Subvenciones para la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

    Subvenciones para la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

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    Extracto de la Orden EIE/995/2018, de 31 de mayo, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, modificada por Orden EIE/210/2018, de 5 de febrero.

    La finalidad de estas subvenciones es incentivar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que contraten a trabajadores con discapacidad, siempre que no concurra ninguna causa de exclusión expresa de las previstas en su artículo 3 y se reúnan los requisitos y condiciones establecidos en el Capítulo II de la citada orden.

    Bases reguladoras

    Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se establecen en la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena de las personas con discapacidad. (Ver BOA)

    Plazo

    Un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que da derecho a subvención. En caso de transformación de contratos temporales, el plazo de un mes se contará a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

    Las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad previstas en los artículos 10 y 11.1.b) de la citada Orden EIE/608/2016, podrán solicitarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato y, en todo caso, en el plazo de un mes desde el pago de la correspondiente adaptación.

    No obstante, para aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de la misma, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes se contará a partir de dicha entrada en vigor.

  • Modificación de las bases para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad

    Modificación de las bases para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad

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    ORDEN EIE/210/2018, de 5 de febrero, por la que se modifica la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Al objeto de favorecer el tránsito del empleo protegido al empleo ordinario y contribuir así a la plena integración laboral de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con el resto de trabajadores, se opta por matizar alguna de las exclusiones del acceso a las ayudas previstas en la citada Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, que vienen impidiendo la obtención de dichas ayudas en supuestos de trabajadores procedentes del mismo grupo de empresas al que perteneciese la solicitante de subvención. Se considera oportuno no aplicar esta exclusión cuando la empresa de la que proceda el trabajador con discapacidad incorporado a la empresa solicitante de la ayuda fuese un centro especial de empleo y dicho trabajador hubiese estado vinculado a aquélla por una relación laboral de carácter especial.

    Por otro lado, la experiencia en la aplicación de las citadas bases reguladoras y la permanente interlocución con las entidades representativas de las personas con discapacidad aportan nuevos enfoques en algunas cuestiones tales como la necesidad de identificar aquellos conceptos que han de considerarse subvencionables en el ámbito de la adaptación de puestos de trabajo o la eliminación de barreras en el acceso al empleo de las personas con discapacidad. En este ámbito se considera oportuno incluir expresamente en la norma, como una eliminación de barreras, la contratación de servicios de interpretación en lengua de signos española que faciliten el acceso al empleo de personas sordas o con discapacidad auditiva.

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