Etiqueta: empleo

  • Ayudas: Programa Emprendedores

    Ayudas: Programa Emprendedores

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    ORDEN EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    ORDEN EIE/469/2016 (BOA 30/05/2016)

    OBJETO: 

    La presente orden tiene por objeto aprobar el Programa Emprendedores y establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo. El Programa Emprendedores es el programa público del Gobierno de Aragón constituido por un conjunto de medidas para la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o que pongan en marcha iniciativas emprendedoras de ámbito local que den lugar a microempresas.

    BENEFICIARIOS:

    1. Serán beneficiarios de las subvenciones previstas en la Sección 1.ª del Capítulo II aquellas personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho capítulo y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
    a) Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
    b) Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
    c) Que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la misma.

    2. Serán beneficiarias de las subvenciones previstas en la Sección 2.ª del Capítulo II las microempresas independientes de nueva creación que no hubieran iniciado su actividad. Las empresas ya constituidas podrán solicitar, en el plazo de seis meses desde su constitución, la calificación como MILE en los términos señalados en los artículos 17 y 18.

    3. Serán beneficiarias de las subvenciones previstas en la Sección 3.ª del Capítulo II las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único que ejerzan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    4. A efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá por personas con discapacidad a aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. La acreditación del grado de discapacidad se realizará en los términos establecidos reglamentariamente.

    5. Quedan expresamente excluidos de las ayudas establecidas en la presente orden los siguientes supuestos:
    a) Quienes incurran en cualquiera de las prohibiciones generales del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o en cualquiera de las prohibiciones específicas establecidas en esta orden para cada tipo de subvención.
    b) Quienes hubiesen sido sancionados por la autoridad laboral competente y no cumpla la normativa mencionada en el artículo 38.5 de la Ley de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016.
    c) Quienes incumplan los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzcan.
    d) Quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Concursos y Licitaciones: BOA – 04/05/2016

    Concursos y Licitaciones: BOA – 04/05/2016

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    • Realización de cursos de formación para el empleo en el Centro de Formación para el Empleo de Huesca en el período 2016/2017.
      [Ver ANUNCIO BOA]
  • Fomento de empleo dirigido a emprendedores

    Fomento de empleo dirigido a emprendedores

    El Excmo. AYUNTAMIENTO DE CASPE anuncia el ACUERDO  adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2016 se aprobaron las bases reguladoras de concesión de subvenciones de fomento de empleo dirigido a emprendedores, ejercicio 2016. – BOP Z núm 46 de fecha 26 de febrero de 2016

    El objeto de esta convocatoria es favorecer la generación de empleo a través de la promoción del establecimiento del trabajador por cuenta propia mediante la concesión de subvenciones por la creación de actividad empresarial independiente. Las ayudas solo se concederán para la creación de empleo en centros de trabajo domiciliados en el municipio de Caspe.

    El plazo de presentación de solicitudes de ayudas al fomento del empleo 2016 comenzará a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOPZ, en el tablón de anuncios y en la web municipal, y finalizará el 30 de noviembre de 2016

    Más información en http://www.iaf.es/admin/ayudas/ver.php?id=311

  • Subvenciones. Mantenimiento del empleo en Centros Especiales de Empleo

    Subvenciones. Mantenimiento del empleo en Centros Especiales de Empleo

    ORDEN de 3 de diciembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, por la que se convocan subvenciones extraordinarias para el mantenimiento del empleo en Centros Especiales de Empleo y se aprueban sus bases reguladoras.

    ORDEN de 3 de diciembre de 2015 (BOA 04/12/2015)

  • Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

    Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

    Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Real Decreto Legislativo 5/2015 (BOE 31/10/2015)

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