Etiqueta: empleo

  • Subvenciones para formación dirigida a trabajadores desempleados

    Subvenciones para formación dirigida a trabajadores desempleados

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2248/2017, de 27 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

    La presente orden tiene como objeto convocar de manera anticipada para su ejecución a lo largo del año 2018, las subvenciones públicas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Aspectos a destacar:

    – Formación a medida de las necesidades de la empresa, bien impartida por la misma o por un centro de formación.

    – Los cursos podrán iniciarse desde la aprobación y hasta el 31 de agosto de 2018.

    – Máximo de 25 alumnos por curso.

    – La empresa se compromete a contratar a, al menos, el 60% de los alumnos con una duración minima de 6 meses y dentro de los 6 meses siguientes a la finalización de la acción formativa.

    – La selección de los participantes se llevará a cabo por el Instituto Aragonés de Empleo en colaboración con la empresa.

    – Cuantía de la subvención a determinar en función del número de alumnos, horas de formación y especialidad formativa.

    – Los modelos de solicitud estarán disponibles en los próximos días en la Oficina Virtual de Trámites en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:

    • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
    • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
    • Las agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades) que, aún careciendo de personalidad jurídica, se comprometan a desarrollar la formación y realizar las contrataciones requeridas, asumiendo cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje y los periodos mínimos de contratación exigidos.

    Cuantía

    La cuantía de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos y por el importe del módulo económico recogido en la convocatoria.

    Plazo

    La solicitud podrá presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el día 30 de junio de 2018.

    Ficha resumen  

  • Subvenciones para la contratación de jóvenes desempleados inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil

    Subvenciones para la contratación de jóvenes desempleados inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2247/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

    La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de los citados jóvenes siempre que los contratos tengan una duración de seis meses y contemplen una jor­nada laboral de al menos el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colec­tivo de referencia.

    Beneficiarios

    • De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las siguientes entidades:
      a) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autó­nomos, así como las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y cuya titularidad corresponda ínte­gramente a dichas entidades.
      b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas depen­dientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
      c) Las Universidades.
      d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legal­mente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de per­sonalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.
    • Los proyectos de obras, servicios o actividades a realizar en el marco de este programa de subvenciones se deberán encuadrar en los ámbitos previstos en el número 1 del artículo 6 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, no pudiendo ser objeto de subvención aquellos contratos vinculados a la realización de obras, servicios o actividades ejecutados por las entidades beneficiarias que, por su carácter habitual, produzcan un efecto de sustitución de empleo. Corresponderá a la entidad solicitante motivar el cumplimiento de esta condición por medio de la memoria descriptiva del proyecto a la que se refiere la letra b) del apartado Noveno de esta orden.
      Conforme dispone el número 3 del artículo 6 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de sep­tiembre, no serán objeto de subvenciones los contratos vinculados al ejercicio de actividad económica oferta de bienes y servicios en el mercado en competencia con otros operadores.

    Cuantía

    Las subvenciones convocadas por medio de la presente orden se financiarán con cargo a los créditos del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2018 que a continuación se relacionan:

    Aplicación presupuestaria Descripción Crédito

    G/3221 440156 19090 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 138.750,00 €

    G/3221 440156 91001 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 11.250,00

    G/3221 460119 19090 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 982.350,00 €

    G/3221 460119 91001 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 79.650,00

    G/3221 480442 19090 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 290.644,00

    G/3221 480442 91001 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 21.600,00

    Plazo

    De conformidad con lo establecido en artículo 12 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de sep­tiembre, el plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria.

  • Subvenciones para incentivar la contratación

    Subvenciones para incentivar la contratación

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2246/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad.

    CORRECCIÓN de errores de la Orden EIE/2246/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad.

    La finalidad de estas subvenciones es incentivar la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años, mayores de 45 años, parados de larga duración y mujeres, promover la estabilidad en el empleo por medio de la conversión de contratos temporales en indefinidos, apoyar a los trabajadores autónomos que contraten a su primer empleado e incentivar la contratación en prácticas de jóvenes con titulación universitaria, todo ello con un enfoque de género en la configuración de unas medidas de acción positiva hacia el colectivo femenino y con un enfoque local incentivando especialmente el empleo en núcleos de población reducida.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que contraten a trabajadores por cuenta ajena, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones establecidos en el capítulo II de la citada orden.

    Cuantía

    El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a dos millones doscientos mil euros (2.200.000. €) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el proyecto de presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el año 2018, que a continuación se relacionan:

    Aplicación presupuestaria Descripción Crédito

    G/3221 470091 11201 Fomento de la contratación y estímulo del mercado 1.050.000 €

    G/3221 470091 91001 Fomento de la contratación y estímulo del mercado 1.050.000 €

    G/3221 470091 91002 Fomento de la contratación y estímulo del mercado 100.000 €

    Plazo

    El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador. En caso de transformación de contratos temporales, el plazo de un mes se contará a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

    En los supuestos de subvención para la contratación temporal con fines integradores previstos en el artículo 10 de la citada Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, la subvención se solicitará en el plazo de un mes desde la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.

    No obstante, en aquellos supuestos en que la fecha de inicio del contrato o de su conversión en indefinido quedase comprendida entre el 1 de octubre de 2017 y la entrada en vigor de la presente convocatoria, el plazo de un mes al que se refieren los dos párrafos anteriores se contará a partir de dicha entrada en vigor.

  • CEPYME Aragón pide potenciar el empleo productivo para reducir la estacionalidad

    CEPYME Aragón pide potenciar el empleo productivo para reducir la estacionalidad

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    El paro registrado en Aragón en el mes de diciembre ha bajado en 281 personas respecto al mes de noviembre, lo que supone un descenso del 0,4%. Así, la cifra total de desempleados en la Comunidad es de 70.710. Por provincias, Huesca ha registrado la mayor bajada con un 4,82% de variación mensual, que se traduce en 468 personas menos, seguida de Teruel con una bajada del 1,7%, que supone 109 personas menos. Zaragoza, sin embargo, ha registrado una subida del 0,54%, que se traduce en 296 desempleados más.

    Estas cifras sitúan a Aragón como la segunda Comunidad en la que menos ha caído el paro respecto al mes anterior. No obstante, es la tercera en la que más ha descendido el desempleo interanualmente, con un 11,54% menos.

    Aurelio López de Hita, presidente de CEPYME Aragón, ha señalado que “diciembre suele ser un mes de bajada debido a la campaña de Navidad, aunque cabe destacar que el descenso ha sido muy ligero si lo comparamos con otras Comunidades. 2017 ha sido un año de altibajos ya que los primeros meses registraron bajadas importantes, pero durante los meses de verano las cifras fueron de subida”. Pese a esto, López de Hita ha recordado que “en datos interanuales la tendencia es positiva puesto que, en comparación con el mes de diciembre de 2016, el paro registrado en la Comunidad ha disminuido en 9.223 personas, lo que nos coloca entre las regiones con mayor caída de desempleados”.

    Las oscilaciones en los datos ponen de manifiesto la importancia del apoyo a la actividad empresarial y, más especialmente, a las PYMES y autónomos que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad”, ha indicado López de Hita. “Hay que tratar de generar empleo en sectores estructurales como la industria o la construcción que siguen registrando cifras negativas. Los sectores productivos son los que dan estabilidad al empleo”, ha concluido.

    CEPYME Aragón quiere recordar que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores.

  • Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020

    Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020

    BOE

    Real Decreto 1032/2017, de 15 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020.

    El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020. Esta Estrategia da continuidad a la aprobada para el periodo 2014-2016, que supuso un importante cambio en la coordinación de las políticas activas de empleo que gestionan las CCAA.

    Tras la reforma del marco de coordinación de las políticas activas en el año 2013, la distribución de los fondos a las CCAA por parte del Servicio Público de Empleo Estatal ha pasado de realizarse en función de las condiciones sociolaborales de cada comunidad, hasta 2012, a vincularse plenamente al cumplimiento de objetivos, durante los últimos años.

    Para ello se estableció que la EEAE se configuraría como uno de los tres instrumentos de coordinación del Sistema Nacional de Empleo, junto con los Planes Anuales de Política de Empleo (PAPE) y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.

    Desde entonces, la finalidad de la Estrategia es determinar cómo debe ser la política de activación del Sistema Nacional de Empleo (SNE) de los próximos años, estableciendo unos principios generales, unos objetivos y un marco de planificación, ejecución, evaluación y financiación para las políticas activas del mercado de trabajo.

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