Etiqueta: ley

  • Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo, abiertas hasta el 30 de octubre

    Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo, abiertas hasta el 30 de octubre

    El Gobierno de Aragón mantiene abierta hasta el 30 de octubre  la convocatoria de subvenciones dirigidas a fomentar el empleo autónomo y consolidar la actividad de emprendedores en la Comunidad.

    El programa está orientado a apoyar a las personas desempleadas que decidan iniciar un negocio por cuenta propia, así como a quienes se incorporen a un negocio familiar como autónomos colaboradores. También podrán optar quienes ya estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hayan disfrutado previamente de la tarifa reducida contemplada en la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

    El objetivo es triple: facilitar la creación de empleo a través del autoempleo, garantizar la continuidad de pequeños negocios mediante el relevo generacional y favorecer la inserción laboral de familiares en actividades ya en marcha.

    Estas ayudas se enmarcan en la estrategia del Ejecutivo aragonés para consolidar el tejido empresarial de pymes y autónomos, considerado clave para el desarrollo económico y social del territorio.

    Las solicitudes pueden tramitarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

    Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo

  • Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en Aragón

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    LEY 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón.

    El Pleno de las Cortes de Aragón aprobó el pasado 28 de junio la Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que:

    1. Establece los principios generales de actuación de los poderes públicos de Aragón en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
    2. Prevé medidas dirigidas a prevenir y combatir en los sectores público y privado aragoneses toda forma de discriminación por razón de género.
    3. Incorpora medidas y recursos dirigidos a promover y garantizar la efectiva igualdad de oportunidades y de trato en todos los ámbitos de la vida en Aragón.
    4. Desarrolla medidas para transversalizar el enfoque de género y modificar los roles masculinos estereotipados que sustentan la desigualdad de género.

    La ley contiene 103 artículos y se estructura en un Título preliminar, cinco Títulos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y siete disposiciones finales.

    El Título preliminar establece el objeto, el ámbito de aplicación, los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos de nuestra Comunidad Autónoma con la finalidad de alcanzar la igualdad de género y las categorías básicas, así como los conceptos relativos a la igualdad.

    El Título I se centra en las competencias, funciones, la organización institucional y la coordinación entre las Administraciones públicas de Aragón.

    El Título II regula las políticas públicas para la igualdad de género.

    El Título III contiene las medidas de acción positiva para promover la igualdad de género en los diferentes ámbitos y se estructura en ocho Capítulos.

    El Título IV está dedicado a las garantías específicas para la igualdad de género, entre las cuales incluye a la institución del Justicia de Aragón, la evaluación de la aplicación de la ley, la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro y acciones frente a la publicidad ilícita, frente a la discriminación por razón de género en los convenios colectivos y, en general, frente a la discriminación y desigualdad de género.

    Y , finalmente, el Título V versa sobre la inspección y el régimen de infracciones y sanciones.

  • CEPYME Aragón expone en Cortes su posición en relación a la proposición de ley de apoyo al trabajo autónomo y al emprendimiento

    CEPYME Aragón expone en Cortes su posición en relación a la proposición de ley de apoyo al trabajo autónomo y al emprendimiento

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    Doce colectivos, vinculados con el mundo económico y social en la Comunidad, han expuesto su posición y aportaciones en relación a la proposición de ley de apoyo al trabajo autónomo y al emprendimiento en Aragón. Asociaciones sectoriales, patronal y sindicatos han protagonizado nuevas audiencias legislativas de las Cortes, en este caso en el marco de la tramitación parlamentaria que se está llevando a cabo con la propuesta normativa elaborada por el Grupo Podemos Aragón.

    Carmelo Pérez, secretario general de CEPYME Aragón, ha señalado que “los conceptos de emprendedor y autónomo son ambos importantes y no habría que mezclarlos: se merecen una regulación diferente. Un emprendedor un buen día se convierte en empresario”.

    Como se recordará, el Pleno de las Cortes de Aragón tomó en consideración este texto el pasado 17 de mayo, con el voto favorable de IU y la abstención del resto de formaciones. De acuerdo con la exposición de motivos de la propuesta legislativa, la iniciativa pretende definir y, con ello, determinar “el ámbito subjetivo de aquellas situaciones relacionadas con el emprendimiento y con el trabajo autónomo, para después pasar a desarrollar una serie de medidas e instrumentos que favorezcan las apuestas personales que dichos trabajadores están dispuestos a realizar”.

  • Modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

    Modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

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    Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.

    El Gobierno español aprobó el 13 de abril de 2018 el Real Decreto-Ley 2/2018, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

    Se realiza la transposición de la Directiva 2014/26/UE (la “Directiva 2014/26) relativa a la gestión de los derechos de autor y derechos afines, así como la Directiva (UE) 2017/1564 , sobre prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual, o con otras dificultades para acceder a textos impresos y, además, se introducen nuevos preceptos en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

    La precitada Directiva 2014/26 se marcaba tres objetivos:

    • La armonización del régimen jurídico aplicable a las entidades de gestión colectiva y a los nuevos operadores y figuras dentro de la gestión colectiva a nivel comunitario.
    • Refuerzo de la transparencia de estas entidades y establecer mecanismos para el control de su gestión.
    • Introducción de normas unificadas sobre licencias multiterritoriales y  obras musicales en los Estados CE.

    Con la transposición de tal Directiva, se abre el mercado a nuevos participantes, y se facilita el acceso al repertorio de obras musicales dentro de la Unión Europea, gracias a las licencias multiterritoriales.

    Así, el RDL contempla la posibilidad de que operen en España tanto las entidades de gestión colectiva de otros Estados, como las demás sociedades dependientes de entidades de gestión colectiva y los llamados operadores de gestión independientes, lo que abre el mercado de la gestión colectiva en España a nuevos participantes. Todas estas figuras tienen sus artículos y requisitos, y comparten el deber de comunicar el inicio de sus actividades al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    Se introduce igualmente la figura legal de los operadores de gestión independiente: entidades legalmente constituidas y autorizadas por un contrato de gestión para gestionar derechos de explotación u otros de carácter patrimonial en nombre de varios titulares de derechos. A diferencia de las entidades de gestión colectiva, tienen ánimo de lucro y no están controlados por titulares de derechos.

    Esta norma regula por primera vez las licencias multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales. Estas tienen por objeto facilitar a los proveedores de servicios de música en línea la obtención del permiso necesario, mediante una única autorización trasfronteriza, para utilizar, sin carácter de exclusiva, los derechos -i.e., reproducción y de comunicación pública, incluida la puesta a disposición- sobre obras o repertorios musicales en el territorio de varios Estados miembros e, incluso, de toda la Unión Europea.

    Se introduce un nuevo artículo 31 ter en el TRLPI, en el que se dispone que no se requerirá autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual para llevar a cabo actos de reproducción, distribución y comunicación pública de obras ya divulgadas que se realicen en beneficio de personas con discapacidad, siempre que tales actos no tengan ánimo de lucro; guarden una relación directa con la discapacidad de que se trate; se lleven a cabo mediante un procedimiento o medio adaptado a la discapacidad; y se limiten a lo que esta exige.

    Como materias no incluidas en la transposición de la Directiva, se mencionan como novedades:

    • La exigencia de tener saldadas las deudas con la entidad de gestión colectiva para que el titular de derechos pueda revocar su contrato de gestión (artículo 158.6 del TRLPI).
    • Establecimiento del plazo de cinco años del artículo 20.4 del TRLPI sobre reclamación de derechos por retransmisión por cable, para igualarlo con el plazo general de cinco años previsto en el artículo 177 del TRLPI para la reclamación de derechos de propiedad intelectual.

    La introducción de un plazo de un año, a contar desde la fecha de la factura de adquisición del equipo o soporte que motivó el pago de la compensación equitativa, para ejercer la acción de reembolso del artículo 25.8 del TRLPI.

  • Jornada: Nuevos requisitos de la normativa de Protección de Datos

    Jornada: Nuevos requisitos de la normativa de Protección de Datos

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    Día: 16 de mayo
    Hora: 10 horas
    Lugar: 
    sede de CEPYME Aragón, Plaza de Roma F-1, oficinas, 2ª planta, Zaragoza

    El próximo 25 de mayo de 2018 comenzará a aplicarse el Reglamento General de Protección de Datos que originará profundos cambios en las obligaciones de las empresas y autónomos en cuanto a la protección de datos personales de sus clientes, trabajadores, etc.

    Por eso, CEPYME Aragón organiza una jornada informativa sobre los nuevos requisitos de la normativa. Se trata de la única sesión de la Agencia Española de Protección de Datos de Aragón.

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