Etiqueta: medioambiente

  • Impuestos Ambientales. Modelos de declaración.

    Impuestos Ambientales. Modelos de declaración.

    BOA_EscudoBoletin

    ORDEN HAP/736/2016, de 1 de julio, por la que se modifica la Orden HAP/237/2016, de 29 de febrero, por la se aprueban los modelos de declaración censal, autoliquidación y pagos fraccionados de los nuevos Impuestos Medioambientales creados por la Ley 10/2015, de 28 de diciembre, de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    BOA nº 140 de 21/07/2016

  • EnerTIC Awards 2016

    EnerTIC Awards 2016

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    EnerTIC Awards 2016: “Reconocimiento a la Innovación y las mejores prácticas”

    Después del éxito de los enerTIC Awards 2015 que premiaron a los proyectos más innovadores y a los directivos más comprometidos con la eficiencia energética y la sostenibilidad, durante la Gala de Entrega en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (Madrid), enerTIC presenta la cuarta edición de sus premios de referencia los enerTIC Awards 2016.

    La cuarta edición de los enerTIC Awards llega con el objetivo de premiar y reconocer a:

    • Directivos que han contribuido a implantar el uso de las soluciones tecnológicas más innovadoras para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en sus empresas y organizaciones. Profesionales que a lo largo de su trayectoria hayan fomentado las buenas prácticas en su sector, para que su actuación sirva de inspiración y ejemplo a otros directivos.
    • Proyectos tecnológicos innovadores realizados por empresas y organizaciones comprometidas con la eficiencia energética y la sostenibilidad. Actuaciones e iniciativas públicas o privadas que han ayudado a promover el uso de las TICs para la mejora de la eficiencia energética.

    Los enerTIC Awards surgieron hace cuatro años en el marco de los Grupos de Expertos de enerTIC y desde entonces la definición de los criterios de evaluación se ha realizado de forma abierta y se ha regido con los máximos criterios de independencia, transparencia y rigurosidad.

    Finaliza el plazo de presentación el 31 de julio de 2016

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  • Conclusiones de MTD para industrias de metales no ferrosos

    Conclusiones de MTD para industrias de metales no ferrosos

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    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1032 DE LA COMISIÓN de 13 de junio de 2016 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, para las industrias de metales no ferrosos. DOCE L 174 DE 30.06.2016

    Las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) son la referencia para establecer las condiciones de los permisos para las instalaciones recogidas en el capítulo II de la Directiva 2010/75/UE y las autoridades competentes deben fijar límites de emisión que garanticen que, en condiciones normales de funcionamiento, las emisiones no superen los niveles asociados a las mejores técnicas disponibles tal y como se exponen en las conclusiones sobre las MTD.

    La Ley 11/2014 de prevención y protección ambiental de Aragón, señala que en su artículo 65 que:

    “2. En un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las MTD en cuanto a la principal actividad de una instalación, el departamento competente en materia de medio ambiente garantizará que:
    a) Se hayan revisado y, si fuera necesario, adaptado todas las condiciones de la autorización de la instalación para garantizar el cumplimiento de la legislación básica estatal en materia de prevención y control integrados de la contaminación.
    b) La instalación cumple las condiciones de la autorización.
    3. La revisión tendrá en cuenta todas las conclusiones relativas a los documentos de referencia MTD aplicables a la instalación, desde que la autorización fuera concedida, actualizada o revisada. “

    Por lo tanto, aquellas industrias de metales no ferrosos, que estén sometidas a Autorización Ambiental Integrada, deberán tener en cuenta este documento para la revisión en este periodo.

    En el documento ahora publicado se describen las conclusiones sobre las MTD relativas a determinadas actividades especificadas en las secciones 2.1, 2.5 y 6.8 del anexo I de la Directiva 2010/75/UE, a saber:
    — 2.1: Calcinación o sinterización de minerales metálicos incluido el mineral sulfuroso;
    — 2.5: Transformación de metales no ferrosos:
    a) producción de metales en bruto no ferrosos a partir de minerales, de concentrados o de materias primas secundarias mediante procesos metalúrgicos, químicos o electrolíticos;
    b) fusión de metales no ferrosos, inclusive la aleación, incluidos los productos de recuperación y otros procesos en las fundiciones de metales no ferrosos con una capacidad de fusión superior a 4 toneladas diarias para el plomo y el cadmio o 20 toneladas diarias para todos los demás metales;
    — 6.8: Fabricación de carbono sinterizado o electrografito por combustión o grafitación.

    En particular, estas conclusiones se refieren a los procesos y actividades siguientes:
    — la producción primaria y secundaria de metales no ferrosos;
    — la producción de óxido de cinc a partir de humos durante la producción de otros metales;
    — la producción de compuestos de níquel a partir de licores durante la producción de un metal;
    — la producción de calcio-silicio (CaSi) y silicio (Si) en el mismo horno que el ferrosilicio;
    — la producción de óxido de aluminio a partir de bauxita antes de producir aluminio primario, cuando esto forme parte de la producción del metal;
    — el reciclado de las escorias salinas de aluminio;
    — la producción de electrodos de carbono o grafito.

    Guía Orientativa sobre la Ley 11/2014 de
    Prevención y Protección Ambiental de Aragón

  • AMBIENTALIA

    AMBIENTALIA

    20160620_AmbientaliaCalamocha

    FERIA DE MEDIOAMBIENTE, ORNITOLOGÍA Y VIDA SALUDABLE

    Se celebra los días 2 y 3 de julio la feria ambientalia en Calamocha-Teruel.
    Temas de la exposición: Desarrollo sostenible, energías renovables, bioconstrucción, residuos, productos ecológicos, biodiversidad, clima, educación ambiental, agua y reciclaje, vida silvestre, naturaleza.

    www.feriadecalamocha.com

     

  • Gestión de Residuos de Amianto

    Gestión de Residuos de Amianto

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    Nueva Publicación sobre Gestión de Residuos de Amianto

    El objeto de este documento elaborado por el INSHT, es reunir y exponer, de forma concisa, los controles, obligaciones y responsabilidades de productores y gestores (incluidos transportistas), así como la documentación necesaria requerida para garantizar una correcta gestión de los residuos peligrosos, en concreto, de los residuos con amianto.

    El documento contempla, entre otras normas,  la aplicación tanto de normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales como de residuos:

    • Real Decreto 396/2006 [4] sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, incluye el transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto, así como los vertederos autorizados para residuos de amianto y, por tanto, este tipo de actividades estarán sujetas también a las obligaciones que se derivan de este Real Decreto.
    • Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, la que transpone la Directiva 2008/98/CE, Directiva Marco de Residuos [3], que integra, en una única, toda la legislación anteriormente vigente.

    20160602_ResiduosConAmianto– Conocer y descargar la publicación –

    El índice es el siguiente:
    INTRODUCCIÓN
    DEFINICIONES
    LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUO
    EL PRODUCTOR O POSEEDOR INICIAL DE RESIDUOS
    EL GESTOR DE RESIDUOS
    AUTORIZACIÓN Y COMUNICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN. DOCUMENTACIÓN
    PROCEDIMIENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS RESIDUOS. DOCUMENTACIÓN
    CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DERIVADA DEL RD 396/2006
    BIBLIOGRAFÍA
    ANEXO I, CONTENIDO DE LA AUTORIZACIÓN Y COMUNICACIÓN
    ANEXO II, NOTIFICACIÓN PREVIA DE TRASLADO (NPT)
    ANEXO III A. ACEPTACIÓN DE LOS RESIDUOS / B.RECHAZO DE LOS RESIDUOS
    ANEXO IV, CONTENIDO DEL DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN
    ANEXO V, NORMATIVA QUE REGULA LA CLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS COMO PELIGROSOS A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2015

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