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  • Guía sobre tecnologías innovadoras para el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales

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    CEPYME ARAGÓN con la Financiación de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, F.S.P., en el marco de la acción GABINETE TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DE PYMES (AT2017-0070) acaba de publicar la Guía sobre tecnologías innovadoras para el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

    En los últimos años estamos asistiendo a una evolución tecnológica sin precedentes, las nuevas tecnologías avanzan a un ritmo vertiginoso lo que supone por una parte la aparición de riesgos asociados a estas tecnologías novedosas, pero, por otra parte, surge la oportunidad de utilizar dichas tecnologías como herramienta para ayudar en la gestión preventiva de la empresa y contribuir a la reducción de la siniestralidad y la mejora de las condiciones de las personas trabajadoras. Así tecnologías como el Internet de las cosas, Wearables, Gamificación, Machine Learning o el Big Data pueden ser de gran ayuda para colaborar en la gestión preventiva de la empresa.

    Mejorar e innovar para alcanzar la máxima eficacia de la Seguridad y Salud en el trabajo es una preocupación permanente y constituye un fin en sí mismo en primer lugar indudablemente por el coste humano que provocan los accidentes y enfermedades profesionales en las personas que los sufren, y, por otra parte, no debemos olvidar que una buena política de prevención y gestión de riesgos contribuye a la mejora de la competitividad empresarial.

    Por ello CEPYME ARAGÓN, con la financiación de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, F.S.P., pone a su disposición esta guía que pretende mostrar las diferentes tecnologías que pueden ser aplicadas a la prevención de riesgos laborales, acercando al lector a estas tecnologías y viendo posibles casos de uso de las mismas.

    Descargar la Guía

  • Formación obligatoria en prevención del sector metal

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    La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales recoge en su artículo 19 el deber del empresario de “garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva”.

    En este sentido, el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM)  (BOE 19 de junio de 2017 – Resolución de 7 de junio de 2017), con entrada  en vigor el 1 de octubre de 2017, regula, entre otras y como las materias reservadas al ámbito estatal por el art. 84,4 ET., el establecimiento de una formación mínima en prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores del sector, tanto si realizan su actividad en obras de construcción, como en cualquiera otro ámbito del sector.

    Así, el empresario, desde el 1 de octubre de 2017 y en el plazo de tres años, debe proporcionar a cada trabajador, una formación teórica y práctica en materia de PRL a razón de un sexto de la plantilla por semestre. La formación mínima obligatoria en materia de PRL dependerá de la actividad u oficio que se desarrolle y se establecen – en resumen –  las siguientes acciones formativas:

    Para los trabajadores que NO acceden a obra:

    • Formación de directivos (6h)
    • Formación para personal de oficinas (6h). Puede ser presencial o teleformación
    • Formación de oficio (8h) para trabajadores con el tronco común de 12h convalidado
    • Formación de oficio (20h) para trabajadores que NO hayan realizado previamente el curso de 20h
    • Formación de reciclaje (4h). Habiendo realizado previamente la formación de 20h y antes de 3 años.

    Para los trabajadores que acceden a obra:

    • Formación de oficio (20h). Destinado a todos los trabajadores del sector metal que accedan a obra que NO hayan realizado previamente el curso de 20h correspondiente a su oficio
    • Formación de oficio (6h) para todos los trabajadores que accedan a obra y tengan convalidado el tronco común de 14h
    • Formación de reciclaje (4h). Habiendo realizado previamente la formación de 20h y antes de 3 años.

    Si tiene cualquier duda sobre la formación necesaria para sus trabajadores o sobre cualquier materia relacionada con la prevención de riesgos laborales, CEPYME Aragón, pone a su disposición el Servicio de Asistencia Técnica financiado por la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, dentro de la acción GABINETE TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DE PYMES (AT2017-0070)

    Se trata de un Servicio gratuito de Asesoramiento en materia de Prevención de Riesgos Laborales, a través del cual pretendemos dar respuesta a todas aquellas dudas en materia preventiva que pueden suscitarse en el día a día de las empresas, en especial pymes, micropymes y autónomos.

    Si desean realizar una consulta pueden ponerse en contacto con nosotros:

  • G.T. Prevención y Seguridad Industrial de PYMES (Boletín 03/2018)

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    Se acaba de publicar el Boletín nº 3 (2018) que realiza el Gabinete Técnico de Prevención y Seguridad Industrial de Pymes de CEPYME ARAGÓN con la financiación de la FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES(AT2017-0070) relativo a las noticias, normativa, publicaciones, etc… que en materia de Prevención de Riesgos Laborales han surgido, y que destacamos en este periodo.

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  • CEPYME Aragón pone en marcha un Canal de Comunicación en Riesgos Psicosociales

     

    Canal de Comunicación en Prevención de Riesgos Psicosociales

    CEPYME Aragón con la financiación de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales en el marco de la acción GABINETE TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DE PYMES durante 2018 ha puesto en marcha la web Canal de Comunicación en Riesgos Psicosociales.

    El Objetivo de este “Canal de Comunicación en Riesgos Psicosociales”, es facilitar a empresarios, trabajadores y demás agentes implicados en la Prevención de Riesgos Laborales toda la información referida a los riesgos psicosociales en el ámbito laboral y su prevención para el fomento y el desarrollo de una cultura preventiva que permita la implantación de la Prevención de Riesgos Laborales de una forma eficaz y eficiente.

    Los contenidos principales del canal versarán sobre metodologías de evaluación de riesgos psicosociales de referencia que permitan un mejor conocimiento y prevención de dichos riesgos, manuales, guías y publicaciones sobre prevención de riesgos psicosociales, herramientas de diagnóstico e intervención en las empresas e información sobre buenas prácticas en la materia.

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  • Subvenciones para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo

    Subvenciones para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo

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    EXTRACTO de la Orden EIE/822/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    MODIFICACIÓN POSTERIOR: Extracto de la Orden EIE/1404/2018, por la que se modifica la Orden EIE/822/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    Beneficiarios

    • Tendrán la condición de beneficiarios, las empresas y entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y lleven a cabo alguna de las acciones subvencionables señaladas en esta orden.
    • Las empresas y entidades beneficiarias, deberán cumplir con los requisitos generales siguientes:
      a) Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
      b) Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
    • Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma ni ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
    • Las empresas y entidades beneficiarias deberán acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.

    Acciones subvencionables

    • Programa de formación en liderazgo y comunicación destinado a trabajadores de las empresas o entidades que ocupen mandos intermedios.
      Objetivo: Potenciar el liderazgo y las estrategias comunicativas de los mandos intermedios, complementando sus conocimientos con contenidos prácticos de formación directiva y de comunicación.
      – Acciones formativas dirigidas a los mandos intermedios, con la finalidad de dotarlos de recursos y herramientas apropiadas, que permitan una correcta transmisión de información a sus equipos de trabajo y, que contribuyan a mejorar la calidad de las relaciones laborales y la productividad de la empresa.
      – Se incluirá talleres prácticos para la obtención de habilidades de liderazgo y comunicación, que supondrán como mínimo un 50 % de las acciones formativas.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Intervención y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud de los trabajadores de las empresas del sector medios de comunicación audiovisuales y prensa escrita.
      Objetivo: Sensibilizar e incrementar la cultura preventiva de los trabajadores pertenecientes a este sector, dotándoles de herramientas que les permitan gestionar los factores de riesgo psicosocial.
      – Acciones formativas dirigidas a directivos, mandos intermedios y trabajadores pertenecientes al sector que faciliten el conocimiento de las herramientas o medidas que pueden establecer para la mejora de la seguridad y salud laboral.
      – Se incluirá talleres prácticos para la obtención de habilidades de liderazgo y comunicación, que supondrán como mínimo un 50 % de las acciones formativas.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Análisis sobre los riesgos psicosociales en las empresas del sector “call center”.
      Objetivo: Examinar los posibles factores de riesgo psicosocial, a los que se pueden enfrentar los trabajadores pertenecientes al sector “call center”.
      – Estudio y análisis de los factores de riesgos psicosociales de los trabajadores de este sector.
      – Recursos humanos del sector: características, perfiles, necesidades.
      – Diseño de intervenciones y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud laboral de estos trabajadores.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Análisis de los factores de riesgo psicosocial de la población juvenil ante la incorporación al mercado de trabajo.
      Objetivo: Analizar y evaluar las competencias clave, así como el grado de conciencia y conocimiento de los jóvenes en materia de prevención e intervención relacionada con la prevención primaria de los riesgos psicosociales en su incorporación al mercado laboral. Sensibilizar y formar en prevención de riesgos psicosociales y planificar acciones para este colectivo.
      – Estudio de fuentes documentales y análisis experimental que permita una evaluación del estado de percepción de los riesgos psicosociales en los jóvenes y su influencia en la satisfacción laboral y la eficacia profesional.
      – Planificación y desarrollo de la acción formativa, conclusiones y difusión de los resultados.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros

    Plazo

    El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”, y, deberá ir acompañada de la documentación que se indica en el apartado noveno de la presente convocatoria. El solicitante de la subvención deberá ser la empresa, entidad o representante legal y se presentará en modelo normalizado según anexo I de esta orden, que estará disponible en la página web del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

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