Etiqueta: subvención

  • Disponible el boletín informativo PRL correspondiente al mes de septiembre

    Disponible el boletín informativo PRL correspondiente al mes de septiembre

    CEPYME Aragón con la financiación del Gobierno de Aragón ha publicado el Boletín Informativo PRL correspondiente al mes de septiembre de 2025, encuadrado en el marco de las acciones desarrolladas por la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa correspondientes a la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales correspondientes a 2024 y con el que finaliza la serie de boletines publicados en 2025.

    Este Boletín informativo, que se edita de forma mensual, contiene información sobre guías, publicaciones, e información de interés y trata de ser una herramienta de apoyo a la actividad preventiva, que contribuya al fomento de la cultura preventiva y permita implantar la prevención de riesgos laborales de forma eficaz y eficiente.

    En el se incluye información actualizada sobre temas relacionados con la prevención de riesgos laborales, incluyendo información técnica y jurídica en materia preventiva, seguridad y salud laboral, higiene industrial, ergonomía, etc.

    A través de estos boletines pretendemos proporcionar a las empresas, especialmente pymes y a las personas trabajadoras información actualizada sobre prevención de riesgos laborales y apoyar en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en las pymes facilitando su gestión diaria.

     

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  • Últimos días para presentar candidaturas a los premios Talento Empleo

    Últimos días para presentar candidaturas a los premios Talento Empleo

    El Grupo San Valero, en colaboración con CEOE Aragón y CEPYME Aragón, presentaban el pasado mes de junio  la quinta edición de los Premios Talento Empleo Aragón, unos galardones que reconocen el esfuerzo de empresas y entidades aragonesas en la creación de empleo estable y de calidad, su contribución al desarrollo económico y su compromiso con la sociedad.

    La convocatoria  está abierta y las candidaturas pueden formalizarse hasta el 18 de septiembre de 2025, a través del formulario disponible en la web oficial de los premios  www.gruposanvalero.es/talentoempleo.

    Los galardones se dividen en cuatro categorías: Gran Empresa, Pequeña y Mediana Empresa, Micropyme y Tercer Sector. Los premiados recibirán un diploma acreditativo, la escultura de los Premios Talento Empleo, una obra numerada del artista Pepe Cerdá y una beca para el Máster en Dirección y Gestión de Empresas de la Universidad San Jorge.

    En la pasada edición fueron reconocidos Sport Emotion Hub (Gran Empresa), Libelium Comunicaciones Distribuidas (Pyme), Linking Talent (Micropyme) y la Asociación Guayente (Tercer Sector).

    El acto de entrega de los premios se celebrará próximamente en un evento institucional que reunirá a representantes empresariales, sociales y académicos de la comunidad aragonesa.

  • CEPYME agradece a S.M. el Rey el apoyo a las pymes y le traslada las dificultades por las que atraviesan estas empresas

    CEPYME agradece a S.M. el Rey el apoyo a las pymes y le traslada las dificultades por las que atraviesan estas empresas

    S.M. el Rey Felipe VI ha recibido hoy en Audiencia a los vocales del Comité Ejecutivo de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), encabezado por su presidenta, Ángela de Miguel. Al encuentro ha asistido también el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, y representantes de algunas de las empresas colaboradoras con CEPYME.

    En este encuentro también han participado, en representación de CEPYME Aragón, dos de sus principales dirigentes que, desde el pasado mes de mayo, forman parte del Comité Ejecutivo como vicepresidentes nacionales: María Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Aragón, y Benito Tesier, vicepresidente de la organización aragonesa. Su presencia refuerza el papel activo de Aragón en la defensa de las pequeñas y medianas empresas en el ámbito nacional y su compromiso con la estabilidad y el progreso del tejido empresarial.

     

    Durante el acto, la presidenta de CEPYME ha expuesto al Monarca la complicada situación que atraviesan las pequeñas y medianas empresas como consecuencia de la incertidumbre económica, el incremento de los costes laborales y la complejidad normativa, que “están poniendo a prueba la capacidad de permanencia de muchas empresas, en especial de las más pequeñas”.

    Ángela de Miguel ha reiterado el respaldo de la Confederación a la Corona, destacando su papel fundamental como garante de estabilidad institucional, unidad y compromiso con el bien común y su cercanía constante al tejido empresarial. La presidenta de CEPYME ha agradecido el respaldo de S.M. el Rey a los pequeños empresarios y su cercanía en momentos de dificultad como los vividos durante la Dana o los más recientes, como consecuencia de los incendios forestales que han asolado España este verano y ha elogiado y apoyado la iniciativa de S.M. el Rey de animar a visitar las zonas afectadas, invitando a la gente a que vuelva a los parajes por los que pasó fuego para mostrar el cariño y la solidaridad con los afectados y contribuir a que sigan adelante y reactivar la actividad económica de los lugares afectados.

  • Bases reguladoras para la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial

    Bases reguladoras para la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial

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    Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial

    Esta orden constituye el establecimiento de las normas reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyos financieros para la realización de inversiones de carácter industrial que contribuyan a reforzar la competitividad de las empresas industriales y a favorecer el desarrollo de la industria.

    La finalidad de dicho apoyo será favorecer el desarrollo de empresas y proyectos estratégicos, estimulando las iniciativas industriales innovadoras, que contribuyan a la generación de empleo y al aumento de las exportaciones.

    Se encuentran englobadas en la anterior definición, aquellas inversiones realizadas por las empresas industriales que avancen hacia la digitalización, entendida como el uso intensivo y a escala industrial de los habilitadores digitales en sus procesos productivos.

    Beneficiarios

    • Podrán acogerse a la financiación establecida en esta orden las sociedades que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público, ni aquellas sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, del sector público sea superior al 50 por 100, o en los casos en que sin superar ese porcentaje, se encuentre respecto de las referidas entidades en el supuesto previsto en el artículo 42 del Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se publica el Código de Comercio.
    • Se entenderá que el solicitante desarrolla o va a desarrollar una actividad industrial productiva si las actuaciones para las que solicita financiación se refieren a actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11, según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Los beneficiarios no podrán estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado interior, ni estar en crisis.

    Tipos de actuaciones financiables

    • Podrán financiarse con arreglo a las normas establecidas en esta orden las inversiones industriales en territorio nacional de las siguientes tipologías:
      a) Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
      b) Traslado de establecimientos industriales: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
      c) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de equipos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
      d) Implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.»: realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud, para:
      1.º La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) de los procesos de producción, que al menos integre una línea de producción completa.
      2.º La fabricación de los sistemas definidos en el anterior párrafo.
      3.º La implementación de infraestructuras físicas de red para la conectividad digital de los procesos de producción, que avancen hacia el concepto de «Internet de las Cosas». Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de maquinaria y/o parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.
    • Las inversiones industriales de cualquiera de las anteriores tipologías deberán ser viables técnicamente según el estado o situación actual de la tecnología a escala industrial.

    Plazo 

    El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será como máximo de 2 meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

    Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión.

  • Ayudas para proyectos de inversión en la provincia de Teruel

    Ayudas para proyectos de inversión en la provincia de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1452/2018, de 3 de septiembre, del Instituto Aragonés de Fomento, por la que se convocan ayudas con destino a proyectos de inversión en la provincia de Teruel.

    Ayudas para promover actuaciones de inversión para la implantación de nuevas actividades económicas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación, mejora y/o modernización de las instalaciones y equipos ya existentes.

    Beneficiarios

    Personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda.

    Cuantía

    El importe total de la convocatoria es de dos millones de euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

    -Hasta el 15% para grandes empresas.

    -Hasta el 25% para medianas empresas.

    -Hasta el 35% para autónomos, microempresas y empresas de pequeño tamaño.

    El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de mínimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

    En el caso de las subvenciones a proyectos de explotaciones ganaderas deberá aplicarse el Reglamento número 1408/2013 de la Comisión Europea, no pudiendo superarse los 15.000 euros de ayuda concedidos a una única empresa ganadera a lo largo de un período de tres años.

    Plazo

    Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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